Economista denuncia concentración de riqueza en cinco municipios

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Por Miguel Díaz Román

A pesar de que durante el pasado año fiscal 2021-2022 la economía de Puerto Rico tuvo un crecimiento de 3.7% según concluyó la Junta de Planificación, el efecto de ese crecimiento se concentró en cinco municipios, lo que representa una injusticia implícita debido a que los beneficios generados por el alza económica apenas se sintieron en el resto de la isla, según indicó el economista José Alameda.

El economista reveló que, tras realizar un estudio sobre la actividad económica en los municipios del país, los cinco municipios más agraciados por el crecimiento económico fueron San Juan, Bayamón, Carolina, Caguas y Guaynabo, un cordón urbano que tradicionalmente se ha conocido como la zona metropolitana de San Juan.

“Es obvio que hay una concentración enorme de riqueza de producción, de riqueza material, de infraestructura, de infraestructura de producción en establecimientos en los municipios grandes. Cuando crece Puerto Rico no crece todo el mundo igual. Hay esas partes que se llevan la mayor tajada de ese crecimiento. Eso hay que reconocerlo, porque la gente cree que cuando se dan esos crecimientos de 3 %, 4 % y 5 % es para todo el mundo. No necesariamente y los datos lo confirman”, sostuvo Alameda.

El economista hizo los señalamientos en el programa Informe Semanal, que se transmite todos los viernes en las redes sociales.

De hecho, el economista reveló que existen 10 municipios pequeños que solo se han beneficiado con el 1 % de total de empleos generados por el crecimiento, lo que implica que cada uno de esos municipios han sido favorecidos en .10 % del empleo creado.

Alameda indicó que en los municipios de San Juan, Bayamón, Carolina, Caguas y Guaynabo se concentró la astronómica cifra de $13,600 millones obtenidos a través del pago de salarios, lo que representa el 56 % del total de ingresos por concepto del pago de salarios en toda la isla, que ascendió a $25,000 millones.

Además, en los cinco municipios antes citados se registraron 410,000 empleos, lo que representó el 49% de todos los empleos activos y registrados en nóminas en ese periodo en la isla, que alcanzó la cifra de 831,000 puestos de trabajo.

Concentración exagerada de riqueza

Otro hallazgo revelador es que el 45 % de los establecimientos comerciales y establecimientos equipados con infraestructura de producción en toda la isla están ubicados en los cinco municipios que comprenden la zona metropolitana de San Juan.

Pero quizás el hallazgo más desconcertante es que en estos municipios se concentra el 28.9 % de la población de la isla.

“Con el 28.9 % de la población estos municipios tienen el 56 % del total de ingresos por el pago de salarios, el 49% de todos los empleos y el 45 % de los establecimientos comerciales.!Es una concentración exagerada de riqueza!” dijo Alameda.

El economista agregó que dentro de los cinco municipios existen tres que capturan las mayores porciones de ingreso por nómina, empleos y establecimientos comerciales.

“Bayamón, Guaynabo y San Juan tienen el 36 % de todos los establecimientos y el 39 % del empleo total de la isla. San Juan captura una tercera parte del salario total mientras Guaynabo captura el 7.5 % y Bayamón el 5.5 %. Todo esto indica que existe una desigualdad que va más allá del ingreso familiar”, dijo Alameda.

Municipios donde no pasa nada

Los 10 municipios pequeños menos favorecidos son Ceiba, Vieques, Culebra, Las Marías, Florida, Comerio, Agua Buenas, Ciales, Adjuntas y Maricao.

“Cuando hay crecimiento económico en esos municipios no pasa nada”, expresó Alameda, al señalar la injusticia implícita que representa la alta concentración de riqueza en cinco municipios de la zona metropolitana.

No obstante, Alameda reveló que el municipio de Juncos es una excepción debido a la alta concentración de empresas farmacéuticas ubicadas allí y por los numerosos empleos que estas empresas generan.

“Juncos es una excepción porque es como un enclave de la industria farmacéutica. Pero Juncos sigue teniendo una alta tasa de gente pobre lo que indica que continúa esa desigualdad que no es tan solo personal o de ingreso familiar, sino que también es geográfica y espacial”, dijo el economista.

Sostuvo que el crecimiento de 3.7% para el fiscal 2022 fue estimulado por el desembolso de fondos federales, pero también hubo una considerable aportación por parte del consumo, las inversiones locales en la reconstrucción de los daños causados por el huracán María y por las exportaciones, especialmente de parte de la industria farmacéutica

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Cuestionada la idoneidad del profesor Carlos Ortiz Reyes como rector de Ciencias Médicas

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Por Miguel Díaz Román

En momentos cuando se encuentra en su etapa final la designación en propiedad de un rector para el recinto de Ciencias Médicas (RCM) de la Universidad de Puerto Rico, han surgido serios cuestionamientos sobre si el actual rector interino, el profesor Carlos Ortiz Reyes, es un candidato idóneo para regir la principal institución de enseñanza médica del país.

El doctor Hermán Cestero, quien es especialista en cirugía y miembro de la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico (UPR), sostuvo que no está satisfecho con las explicaciones ofrecidas por el profesor Ortiz Reyes sobre sus credenciales académicas.

Cestero advirtió que escrudiñará profundamente los antecedentes del actual rector interino de RCM, si finalmente figura en la terna de candidatos que deberá evaluar la Junta de Gobierno la próxima semana.

“No estoy satisfecho con las explicaciones que ha ofrecido (Ortiz Reyes). Yo quiero ver el diploma que acredita su preparación académica y el documento que acompaña el diploma, acreditando los estudios que tomó. No se ha dicho cuál es la institución académica en la que estudió y el año en qué estudió. Eso es parte del “curriculum vitae” que debe entregar. Yo soy como Santo Tomás, que tengo que tocar la herida”, dijo Cestero en alusión al episodio bíblico narrado en el Evangelio de Juan, sobre la incredulidad del apóstol Tomás, quien negó la resurrección de Jesús.
Para cambiar de opinión el apóstol Tomás reclamó ver y tocar las heridas infligidas a Jesús en la cruz.

En la convocatoria para la nominación de candidatos a la rectoría del RCM, difundida por el doctor Francisco Javier Jiménez, quien preside el comité de consulta de nominaciones, figura como primer requisito que el candidato posea “preferiblemente un grado doctoral relacionado al campo de la salud”.

En el “curriculum vitae” de Ortiz Reyes indica que posee un bachillerato del RCM obtenido en 1986, una maestría de Phoenix University en el año 2,000 y estudios conducentes a grado doctoral en Nova Southeastern University.

Ángel Hoyos, quien es el portavoz para la prensa de Ortiz Reyes, indicó que la maestría de Phoenix University es en administración de empresas. Agregó que el rector interino actualmente está estudiando en Nova Southeastern University para obtener el doctorado.

Hoyos no aclaró cuál era la especialidad del bachillerato de Ortiz Reyes obtenido en el RCM, pero una fuente conocedora indicó que el bachillerato del rector interino es en tecnología veterinaria.

Este periodista indagó en el sitio de internet de la Middle States Commission on Higher Education (MSCHE), y la Phoenix University y Nova Southeastern University no figuran como universidades acreditadas.

MSCHE es la entidad reconocida por el Departamento de Educación Federal para la acreditación de instituciones de educación superior y colegios en Puerto Rico.

De hecho, todos los recintos de la UPR figuran como entidades acreditadas en el sitio de MSCHE.

Insisten en acreditación

No obstante, Hoyos insistió en que ambas instituciones están acreditadas por la MSCHE, pero no presentó evidencia para probar su argumento.

El portavoz de prensa envió por internet copia del sitio de Phoenix University, en que se indica que la universidad está acreditada por la Higher Learning Commission, que es uno de los seis acreditadores regionales de Estados Unidos.

También se menciona que determinados programas de la universidad están acreditados por la Acreditation Council for Business Schools and Programs.

Además, Hoyos envió el enlace de Nova Southeastern University en Florida, donde se indica que la institución está acreditada por la Southern Association of Colleges and Schools Commission on Colleges.

La Universidad de Phoenix, que es una de las instituciones universitarias en línea más grandes de Estados Unidos, no posee actualmente operaciones en Puerto Rico.

En el presente la universidad posee 75,000 estudiantes, lo que representa una merma sustancial en su matrícula debido a que en 2010 tuvo 470,000 estudiantes.

Tras una investigación federal en 2019, la institución acordó pagar una multa por $191 millones a la Comisión Federal de Comercio por realizar campañas publicitarias engañosas y afirmaciones falsas sobre que los estudiantes graduados obtendrían empleo en determinadas empresas.

En otro mensaje a través de internet, Hoyos señaló que Ortiz Reyes cuenta con una amplia trayectoria académica y más de 37 años de experiencia en el RCM, en los que se ha destacado como decano de administración, entre otras posiciones.

Agregó que Ortiz Reyes no tiene vinculación política. “Su enfoque es la academia y el RCM”, mencionó el portavoz de prensa.

En la mañana de ayer miércoles, luego de que Hoyos no respondiera a las llamadas telefónicas, este periodista acudió a la oficina del rector Ortiz Reyes en el RCM con el fin de solicitar una entrevista y para que mostrara pruebas de sus credenciales académicas.

No es necesario el diploma

En el vestíbulo de la oficina, la licenciada Rosa Martínez Addario, quien es asesora legal de Ortiz Reyes, sostuvo que el funcionario se encontraba en una graduación en el teatro de la UPR.

Martínez Addario indicó que Ortiz Reyes no tiene un diploma de su maestría colgado en su oficina debido a que sus estudios en administración de empresa no requieren una licencia, por lo cual no es un requisito desplegar en un lugar visible el diploma de maestría.

“Eso es para las profesiones que tienen licencia como los abogados y los médicos”, dijo Martínez Addario.

Este periodista también le solicitó por escrito a la oficina del presidente de la UPR, el doctor Luis A. Ferrao”, que revelara las credenciales académicas de Ortiz Reyes.

A raíz de su nombramiento como rector interino, las comunicaciones oficiales de la UPR lo identificaban como “profesor”.

A pesar de que el doctor Ferrao fue quien recomendó a Ortiz Reyes al cargo de rector interino, la oficial de prensa del presidente indicó que el RCM ofrecería la información.

De hecho, el doctor Ferrao se ausentó de la graduación del RCM, una ausencia que se ha interpretado como un distanciamiento del presidente hacia Ortiz Reyes, quien sí estuvo presente en la actividad.

Un error llamar “doctor” al rector

Este periodista también llamó al señor Rubén Román, quien es el productor del programa de investigaciones periodísticas Rayos X, que se transmite por el canal 2, debido a que recientemente Ortiz Reyes participó en ese programa y fue identificado de manera incorrecta como “doctor”.

Primeramente, Román sostuvo que alguien le dijo que Ortiz Reyes era doctor. Luego, ante los reclamos para que identificara la persona que le ofreció la información incorrecta, Román dijo que “yo presumí que era doctor porque era el rector de Ciencias Médicas”.

Sobre este evento, Hoyos indicó que al finalizar el programa Ortiz Reyes advirtió a los productores que él “no es doctor”.
“Fue un error de producción”, dijo Hoyos.

Efectos de un detalle técnico

Sobre los símbolos fálicos y los dibujos pornográficos se colaron durante la presentación digital del oftalmólogo Natalio Izquierdo Encarnación, quien es uno de los dos candidatos que actualmente compiten para la designación al cargo de rector, Hoyos dijo que fue “detalle técnico” que permitió que el acceso a la actividad a través de la plataforma de participación remota conocida como Zoom “estuviera abierto”.

La intromisión de las imágenes en la presentación digital ocurrió el miércoles de la pasada semana en el anfiteatro 2, ubicado en el primer piso del RCM. En el anfiteatro se encontraban los miembros del comité de consulta y evaluación de candidatos para la rectoría del RCM.

“Ese enlace no tenía los permisos para que la gente que entrara a esa reunión no pudiera añadir cosas, no pueden escribir. Ese fue el error. Luego se corrigió”, dijo Hoyos.

La doctora Carmen Zorrilla, quien es profesora de ginecología y obstetricia en el RCM y quien se encontraba presente en el anfiteatro, dijo que la proyección de las imágenes pornográficas fue el resultado de un “hackeo” que tuvo como propósito de “sabotear el orden”.

“No creo que fuera una broma. Pero al ser un proceso público, algunos aprovecharon para retrasar la presentación”, indicó Zorrilla. Pero Hoyos negó que fuera un intento de sabotear la presentación del doctor Izquierdo Encarnación.

Investigación complicada

Hoyos también negó que, durante una reunión del Senado Académico de la UPR celebrada el pasado viernes, Ortiz Reyes se hubiera opuesto a que se realizara una investigación sobre la intromisión de las imágenes pornográficas.

“Quien se opuso en el Senado Académico a la investigación del incidente fue el doctor José Ortiz, quien es miembro del Senado Académico”, dijo Hoyos.

Pero el doctor Horacio Serrano, que presentó la moción para que se investigara la intromisión de las imágenes pornográficas en el Senado Académico, dijo que Ortiz Reyes sostuvo que la investigación podría ser “muy complicada”.

“Yo dije que independientemente de eso el Senado Académico tenía la obligación ministerial de investigar lo ocurrido. Mi moción fue aprobada”, dijo el doctor Serrano.

De acuerdo con fuentes que estuvieron presentes en la reunión del Senado Académico, la intervención de Ortiz Reyes fue interpretada como un llamado de oposición para que no se investigara el incidente.

UPR deberá responder mañana

El pasado viernes 12 de mayo el juez Anthony Cuevas, quien preside la sala de recursos extraordinarios del Centro Judicial de San Juan, concedió hasta mañana viernes 19 de mayo para que la representación legal de la UPR responda a la solicitud de interdicto preliminar y permanente que presentó la ex rectora del RCM, doctora Ilka Ríos Reyes.

Ríos Reyes solicitó que se detenga el proceso de selección del rector de RCM y se ordene a la UPR que permita la participación de la ex rectora en la competencia para el cargo.

Según la petición de interdicto, el pasado 21 de abril Ríos Reyes se presentó antes de la 4:00 de la tarde en la rectoría del RCM para dejar copia de los documentos requeridos para oficializar su candidatura.

Una hora después, Ríos Reyes recibió un correo electrónico de parte del doctor Francisco Javier Jiménez, quien es catedrático de la Escuela de Farmacia del RCM, quien le informó que la hora límite para cumplir con el trámite había vencido a las 3:00 de la tarde, lo que impidió que Ríos Reyes fuera registrada como competidora para la elección.

En la petición de interdicto Ríos Reyes alega que los directivos del comité de consulta difundieron información contradictoria que no justifica la cancelación de su candidatura.

El documento sostiene que “una carta del comité de consulta que indicaba la fecha límite para el proceso de nominación y entrega de los documentos es el viernes, 21 de abril de 2023 en o antes de las 3:00 PM”.

Pero un afiche digital informaba que “el cierre de las nominaciones será el 21 de abril del 2023 en o antes de las 4:00 PM”.

La petición de interdicto fue radicada el pasado jueves en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan por la licenciada Wanda Valentín Custodio

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UPR acepta que Ilka Ríos Reyes compita para rectora de Ciencias Médicas luego de rechazarla

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Por Miguel Díaz Román

En lo que representa un giro inesperado que marca un cambio en la controversia que rodea la selección de un rector en propiedad para el recinto de Ciencias Médicas (RCM) de la Universidad de Puerto Rico, el comité de consulta que evalúa los candidatos al cargo decidió aceptar la nominación de la doctora Ilka Ríos Reyes, luego de que había rechazado su candidatura.

La decisión, que fue notificada por correo electrónico el pasado viernes, también provocó que los abogados de la UPR solicitaran la desestimación de una demanda radicada por la doctora Ríos Reyes.

La también ex rectora del RCM había presentado una solicitud de interdicto preliminar y permanente contra la UPR que fundamentalmente exigía la paralización del proceso de selección del rector de RCM y que la universidad permitiera la participación de Ríos Reyes en la competencia para el cargo.

La petición de interdicto fue radicada por la licenciada Wanda Valentín Custodio.

La moción de desestimación fue radicada el pasado viernes 19 de mayo en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan por los abogados de la UPR, los licenciados Ashley La Torre Navarro y Alfonso A. Orona Amilivia.

La acción de los abogados responde a la determinación del juez Anthony Cuevas, quien atiende la petición de interdicto y quien concedió hasta el pasado viernes para que la representación legal de la UPR responda a los planteamientos de Ríos Reyes.

Según la petición de interdicto, el pasado 21 de abril y antes de la 4:00 de la tarde, Ríos Reyes radicó por internet los documentos requeridos para oficializar su candidatura a la rectoría del RCM.

UPR pide la desestimación

Una hora después, Ríos Reyes recibió un correo electrónico de parte del preside el comité de consulta, el doctor Francisco Javier Jiménez, quien le informó que la hora límite para cumplir con el trámite había vencido a las 3:00 de la tarde, lo que impidió que Ríos Reyes fuera registrada como competidora para la elección.

En la petición de interdicto Ríos Reyes alega que los directivos del comité de consulta difundieron información contradictoria que no justifica la cancelación de su candidatura.

El documento sostiene que “una carta del comité de consulta que indicaba la fecha límite para el proceso de nominación y entrega de los documentos es el viernes, 21 de abril de 2023 en o antes de las 3:00 PM”.

Pero un afiche digital informaba que “el cierre de las nominaciones será el 21 de abril del 2023 en o antes de las 4:00 PM”.

“Luego de evaluar lo solicitado por la Dra. Ríos, el Comité Ad Hoc decidió, de forma interna, conceder lo solicitado al permitirle participar en el proceso de convocatoria. Por ende, lo solicitado por la Dra. Ríos ya fue concedido. Así, la controversia en el caso de epígrafe se ha tornado académica”, sostiene la moción de desestimación.

No obstante, el documento no identifica las razones para que la candidatura de Ríos Reyes fuera rechazada por el doctor Jiménez, ante el escenario de que existían dos fechas límite para cumplir con el proceso de nominación.

Credenciales en duda

Hasta el momento en que fue publicado este artículo el juez Cuevas no había tomado una determinación sobre la moción de desestimación presentada por la UPR.

Los candidatos que había aceptado el comité de consulta son el actual rector interino, el profesor Carlos Ortiz Reyes, y el oftalmólogo Natalio Izquierdo Encarnación.

La candidatura de Ortiz Reyes ha generado una agria disputa en el RCM debido a que existen sectores que dudan de la idoneidad de sus credenciales académicas para ocupar la posición de rector.

A pesar de que el primer requisito que el comité de consulta requiere a los candidatos es poseer “preferiblemente un grado doctoral relacionado al campo de la salud”, Ortiz Reyes no tiene un doctorado.

Según la información difundida sobre su preparación académica, Ortiz Reyes posee un bachillerato en tecnología veterinaria obtenido en el RCM en 1986, una maestría de Phoenix University en el año 2,000 y estudios conducentes a grado doctoral en Nova Southeastern University.

Estas dos instituciones no figuran como universidades acreditadas por la Middle States Commission on Higher Education (MSCHE), que es la entidad reconocida por el Departamento de Educación Federal para la acreditación de instituciones de educación superior y colegios en Puerto Rico.

De hecho, los sectores que se oponen a la candidatura de Ortiz Reyes sostienen que el bachillerato tecnología veterinaria del RCM es su única credencial académica corroborable, debido a que todos los recintos de la UPR figuran como entidades acreditadas por la MSCHE.

El doctor Hermán Cestero, quien es miembro de la Junta de Gobierno de la UPR, sostuvo que no está satisfecho con las explicaciones ofrecidas por Ortiz Reyes sobre sus credenciales académicas.

Cestero advirtió que escrudiñará profundamente los antecedentes del actual rector interino de RCM.

González Cancel imputa mediocridad a Ferrao

Ortiz Reyes fue nombrado rector interino del RCM por el presidente de la UPR, el doctor Luis A. Ferrao.

Por su parte, el conocido cardiólogo Iván González Cancel, cuestionó la idoneidad de Ortiz Reyes como candidato a rector del RCM y la capacidad gerencial del presidente de la UPR.

En un mensaje difundido por las redes sociales, González Cancel sostuvo que “Ferrao, su eminentísima presidencia de la UPR, anda considerando a personas sin ningún doctorado, sin preparación para ejercer la posición de rector del RCM. Así se promueve la mediocridad y la pérdida de acreditación. Evidentemente, Ferrao no está capacitado y se acompaña de mediocridad”.

De hecho, un grupo de ex rectores del RCM y de médicos que han ocupado la dirección de las diversas especialidades académicas que ofrece esa institución, se proponen realizar una conferencia de prensa en la que exhortarán al comité de consulta que realice la selección de un candidato que cumpla con la mayor rigurosidad académica exigida y con una amplia experiencia en asuntos de salud.

En la comunicación enviada por el comité de consulta el pasado viernes se le informó a Ríos Reyes que el próximo jueves 25 de mayo de 10:00 de la mañana hasta las 2:30 de la tarde, es la fecha tentativa pautada para que la candidata participe de una vista pública en la deberá presentar su plan de trabajo a la comunidad universitaria.

Allí también la candidata será entrevistada por el comité de consulta. La actividad se celebrará en el anfiteatro 2 del RCM.

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Muere Scott M. Favre, presidente de empresa de ajustadores públicos imputada de fraude

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Por Miguel Díaz Román

El polémico empresario Scott M. Favre, presidente de la empresa de ajustadores públicos, Scott M. Favre Public Adjuster (SFPA), que fue imputada de fraude por inflar reclamaciones por parte de la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) en 2019, y que enfrenta actualmente numerosos casos por fraude en reclamaciones en los tribunales del país, falleció el pasado 9 de mayo.

El fallecimiento del empresario ocurre en momentos cuando aún no han finalizado algunos de los casos judiciales que enfrenta SFPA en Puerto Rico y cuando la OCS no ha pautado una vista administrativa para ventilar a fondo los señalamientos contra la empresa, cuatro años después de que el regulador determinó que había cometido fraude.

El licenciado Ramón Rosario Cortés, quien pertenece al bufete Puerto Rico Legal Advisers LLC, que es el representante legal del ajustador público SFPA, sostuvo que se le informó del fallecimiento del empresario.

Este periodista le cuestionó a Rosario Cortés si el fallecimiento de Scott M. Favre afectará los casos judiciales o el proceso administrativo ante la OCS.

“Afectará lo que sea en su capacidad individual. Él no tenía casos en su carácter individual en Puerto Rico. La entidad (SFPA) no muere con sus accionistas ¿Qué ellos van a hacer con la entidad? Eso no te lo puedo decir”, indicó Rosario Cortés.

El abogado indicó que la muerte del empresario no debería afectar los casos judiciales que enfrenta SFPA porque no había sido citado a testificar en carácter de testigo.

No obstante, fuentes de la industria de seguros revelaron que al menos los abogados de una de las aseguradoras que mantienen casos judiciales contra SFPA habían intentado sin éxito sentarlo a deponer previo al inicio del juicio.

El licenciado Pedro Ortiz Álvarez, quien representa a determinados asegurados, sostuvo que la muerte de Scott M. Favre no afectará los procesos judiciales en curso.

“Lo lamento como lamento la muerte de cualquier ser humano. Pero él no era perito en ninguno de nuestros casos”, dijo Ortiz Álvarez.

Además del licenciado Rosario Cortés, quien fue exsecretario de Asuntos Públicos y Política Pública de La Fortaleza durante la incumbencia del ex gobernador Ricardo Rosselló, la defensa de SFPA la integra el licenciado Alfonso Orona Amilivia, quien se desempeñó como principal asesor legal del ex gobernador.

El tercer abogado es el licenciado Andrés Guillemard, quien es el esposo de Caridad Pierluisi, hermana del gobernador, Pedro Pierluisi, y quien ocupa la posición de directora de la Oficina del Gobernador.

Más de 60 clientes

Tras el huracán María SFPA fue autorizada hacer negocios en la Isla el 14 de noviembre de 2017, en un proceso expedito en el que la OCS autorizó que 98 ajustadores públicos provenientes de Estados Unidos operaran en la isla para atender la emergencia.

De hecho, muchos de estos ajustadores públicos fueron investigados por la OCS en los pasados años debido a que incurrieron en la inflación de reclamaciones y otras violaciones al Código de Seguros.

En Puerto Rico SFPS logró representar a más de 60 clientes quienes enfrentaron daños causados por el huracán María, entre los que figuran corporaciones públicas, agencias del gobierno, municipios y empresas privadas.

Entre las entidades públicas figuran la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), la Autoridad de Puertos (AP), el Departamento de la Vivienda, la Administración de los Sistemas de Retiro, el Centro de Convenciones de Puerto Rico, la Autoridad de Carreteras, el Departamento de Corrección, el Departamento de Recreación y Deportes, la Autoridad de Edificios Públicos y los municipios de Cabo Rojo, Guayanilla, Barceloneta Yabucoa, San Germán, Humacao, Vieques, Aguadilla, Sabana Grande, Juana Díaz y Caguas, entre otros.

La Asociación de Empleados del ELA, la Universidad Católica y las empresas Rivera Siaca también fueron clientes de SFPS.

El 23 de mayo de 2019 la OCS emitió una orden de cese y desista contra SFPA por inflar de manera fraudulenta reclamaciones relacionadas con los daños causados por el huracán María en los municipios de Yabucoa y San Germán y en cuatro edificios de las empresas Rivera Siaca.

Multas irrisorias

La OCS le impuso a SFPS dos multas que en conjunto suman $30,000, la cual, según fuentes de la industria de seguros, resultó irrisoria ante la gravedad de las acciones fraudulentas corroboradas por los investigadores de la agencia reguladora.

La orden de la OCS fue firmada por el ex Comisionado de Seguros, Javier Rivera Ríos, y avalada por el licenciado Alexander Adams Vega, quien es el actual Comisionado de Seguros y quien para entonces ocupaba la posición de comisionado auxiliar de asuntos legales.

La decisión de la OCS respondió a las querellas presentadas por las aseguradoras Integrand Assurance Company, QBE Seguros y Mapfre Praico Insurance Company.

Por ejemplo, por los daños de los cuatro edificios de la empresa Rivera Siaca, SFPA presentó una reclamación ante Integrand Assurance Company por valor de $55.5 millones, mientras los daños estimados y certificados por un ingeniero ascendían a $3.4 millones.

En el caso del municipio de Yabucoa, SFPS presentó ante QBE Seguros un estimado de daños que ascendió a $22.4 millones en 25 propiedades municipales.

Pero una empresa que antes había contratado el municipio de Yabucoa estimó los daños en $6.8 millones. En el caso del municipio de San Germán SFPA presentó ante Mapfre una reclamación por la cantidad de $22.5 millones.

Posteriormente el alcalde Isidro Negrón envió una comunicación a la aseguradora informando que SFPA había inducido a error al municipio y anunciando que la reclamación presentada por el ajustador público “no procede”. El alcalde solicitó 90 días para someter una reclamación enmendada.

En el caso del municipio de Caguas SFPA radicó un estimado de daños ascendente a $94.6 millones, mientras la aseguradora Integrand Assurance Company había estimado sólo $19.7 millones.

Uno de los casos más dramáticos es el de la Asociación de Empleados del ELA, pues en representación de la entidad SFPS presentó ante Integrand Assurance Company una reclamación por valor de $53.4 millones, a pesar de que la aseguradora entendió que la asociación no había enfrentado daños, según indicó el licenciado Rafael Vázquez González, representante legal de la desaparecida aseguradora Integrand Assurance.

Guillemard: ¿socio o abogado de SFPA?

Otro caso emblemático es el del municipio de Cabo Rojo, pues SFPA presentó una reclamación ascendente a $62.1 millones ante la aseguradora Mapfre, mientras que los daños estimados por ingenieros se limitaron a $1.2 millones, lo que implica que la reclamación fue inflada por una diferencia de $60.9 millones.

Incluso, en una moción informativa ante la OCS, luego de radicar una querella contra SFPA, Mapfre sostuvo que el municipio despidió al ajustador público y contrató un ajustador local familiarizado con los costos de construcción del país, tras lo cual las partes acordaron que el monto a pagar por la reclamación sería $1.9 millones, que representa el 5.6 % de la cantidad ajustada por SFPS.

Otro aspecto es el controvertible papel desempeñado por el licenciado Guillemard, quien además de abogado de SFPA figura simultáneamente como socio de negocios del ajustador público.

Contra Guillemard se radicó una moción de desacato el Tribunal Federal de San Juan en junio del 2022 por negarse a entregar documentos y comparecer a deponer sobre los negocios del ajustador público en Puerto Rico.

La moción de desacato fue radicada ante la juez federal Aida Delgado por los abogados David Baria y Christopher Van Cleave, quienes son los representantes legales del señor Rolando Rodríguez y su empresa The Bridge Consulting Firm LLC (BCF), ubicada en el estado de Florida.

No obstante, los reclamos de Rodríguez y BCF se están ventilando en el Tribunal Federal de Mississippi, donde están ubicadas las oficinas principales de SFPA.

Tras el huracán María, SFPA contrató a BCF para que se trasladara a la isla y refiera al ajustador público clientes que sufrieron pérdidas a causa del fenómeno meteorológico.

BCF acusa a SFPA de incumplimiento de contrato y le reclaman el pago de más de $8 millones en comisiones, debido a que el ajustador público acordó pagarle una comisión el 10 % por las reclamaciones ajustadas en Puerto Rico.

También alegó que SFPA obtuvo ingresos por más de $80 millones a través de sus contratos para ajustar reclamaciones en Puerto Rico.
Dos de los principales clientes del ajustador público en el gobierno local fueron la AP y la AAA.

De acuerdo con la demanda radicada por BCF en Mississippi, la AP pagó en 2019 a SFPA $30 millones y entre 2018 y 2019, la AAA le pagó $21 millones, lo que totalizan $51 millones. Alegadamente, dichos desembolsos debieron generar una comisión de $5.1 para BCF, que SFPA no pagó.

Pagos por referir clientes

El 16 de mayo de 2022 el licenciado Baria radicó en Mississippi una moción para que Guillemard presentara documentos y correos electrónicos relacionados con SFPA.

Los documentos se debieron entregar el pasado 3 de junio, en las oficinas del bufete DMRA LLC en Guaynabo, y en el que participa como abogada la ex fiscal federal María Domínguez Victoriano. Debido a que Guillemard no compareció a la citación los abogados de BCF presentaron el pasado mes de junio la moción de desacato en el Tribunal Federal de San Juan.

En la citación se solicitan documentos relativos a la potencial contratación de SFPA por la AAA, que Guillemard haya intercambiado con 25 personas entre las que figuran el gobernador Pedro Pierluisi; la secretaria de la gobernación, Noelia García Bardales; el ya fallecido ex director de finanzas de la AAA, Efraín Acosta, y la ex senadora y ex secretaria de la gobernación, Zoe Laboy.

En esa moción se indica que la representante legal de Guillemard, la licenciada Monique Guillemard, argumentó que la información sobre SFPA en posesión de Guillemard están protegidos por el llamado “privilegio abogado y cliente”, que impide a los abogados divulgar los secretos de sus clientes.

Pero los abogados de BCF sostuvieron que Guillemard recibió pagos de parte SFBS por referir clientes para el ajuste de reclamaciones y no por servicios legales.

$5 millones por la AAA

El 23 de septiembre de 2022 el licenciado Christopher Van Cleave presentó en el tribunal de Mississippi una declaración jurada en oposición a una moción de desestimación presentada por los abogados de SFPA.

En la declaración jurada Van Cleave relata que sostuvo una reunión con Scott Favre en las oficinas de SFPA en Mississippi, en la que el empresario identificó a Guillemard y al licenciado Jan Maduro como las personas a las que pagó $5 millones por su ayuda para garantizar que la AAA contratara a SFPS como su ajustador público.

Según ha trascendido, BCF y SFPA alcanzaron un acuerdo confidencial que ha finalizado sus controversias legales. El pasado 18 de mayo la licenciada Monique Guillemard radicó una moción para que se desestime con prejuicio en el caso de BCF contra Guillemard.

En Mississippi también se radicó otra demanda contra SFPA por la empresa de asesoría gerencial Zemi Group, radicada en el estado de Texas, en la que reclama el pago de $30.4 millones.

Transferencias ilegales

La demanda sostiene que SFPA contrató a Zemi Group en 2018 para que ofreciera asesoría gerencial y capacitación de personal a las operaciones del ajustador público en Puerto Rico.

El acuerdo implicaba que SFPA pagaría a Zemi Group el 5 % de las reclamaciones ajustadas y $15 por hora por los servicios de asesoría en el manejo de los trámites que realizarían sus clientes para obtener las ayudas que concede FEMA.

Pero Zemi Group sostuvo que tan pronto comenzó a presentar sus facturas por servicios ofrecidos en Puerto Rico, SFPS comenzó a efectuar unas transferencias de dinero, alegadamente ilegales, a la cuenta bancaria de una empresa que luego emitía pagos por “dividendos” a Scott M Favre.

Las transferencias ilegales también iban dirigidas al licenciado Guillemard, las cuales se justificaban por el pago por servicios legales y servicios públicos de ajuste “que en realidad no proporcionó”.

La demanda, radicada por el licenciado Edward Gibson en junio del 2021, sostiene que SFPA pudo “transferir fraudulentamente grandes sumas de dinero a Guillemard bajo el engaño que SFPA estaba dividiendo honorarios con otro ajustador público por el trabajo realizado. Sin embargo, Guillemard no realizó ningún trabajo de ajuste público para SFPA ni para ningún otro cliente. La licencia de tasador público de Guillemard no era más que una tapadera para las grandes sumas de dinero SFPA transfirió a Guillemard de forma regular”.

En la demanda Zemi Group alegó que Guillemard depositó los fondos transferidos bajo su propio nombre en Puerto Rico.

“El dinero transferido a Guillemard tuvo el efecto de reducir los ingresos netos declarados de SFPA y también redujo los activos disponibles para satisfacer los reclamos de los acreedores de SFPA”, sostiene la demanda.

Este periodista se comunicó a través de internet con el licenciado Gibson el pasado mes de enero para cuestionar si las autoridades federales en Puerto Rico establecieron contacto para investigar las transferencias ilegales de dinero al señor Guillemard. También se le preguntó si entiende que las actuaciones de SFPA y al señor Guillemard deben ser investigadas por el Ministerio Público.

“La confidencialidad del cliente me prohíbe hablar en cualquier aspecto. Sin comentarios. Por favor, no intente ponerse en contacto con mis clientes”, respondió el licenciado Gibson.

Este periodista envió al licenciado Guillemard una solicitud para que reaccionara a los señalamientos de la demanda de Zemi Group y no hubo respuesta.

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Continúa la crisis de guineos importados por el Departamento de Agricultura

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Por Miguel Díaz Román

La importación de guineos por parte del Departamento de Agricultura (DA) continúa en crisis y generando la pérdida de fondos públicos debido a que determinadas cadenas de supermercados han rechazado las entregas porque el producto presenta señales de descomposición y pobre calidad.

De acuerdo con fuentes vinculadas a la distribución de guineos que realiza en DA, tres furgones procedentes de Costa Rica arribaron a las instalaciones de la agencia en Cayey y Naranjito con el inventario de guineos en su interior en condiciones deplorables.

“Uno de los furgones llegó podrido y lo votaron en el vertedero de Cayey y los guineos de los otros dos los están regalando esta semana, uno en Cayey y otro en Naranjito. Por mala calidad y condición no los están comprando los detallistas”, dijo la fuente.

El secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, reconoció que al menos el contenido de dos furgones fue distribuido entre diversas entidades sin fines de lucro.

“Me parece que sobraron dos vagones y nosotros tenemos un programa de cajitas que se regala a las entidades sin fines de lucro”, dijo el secretario.

No obstante, González Beiró indicó que desde el pasado mes de marzo las importaciones de guineos se han reducido entre 15 y 10 furgones semanales debido a que los cultivos locales de guineos y plátanos han comenzado a generar cosechas.

Pero aclaró que aún no existe la abundancia en cosechas suficiente como para paralizar totalmente las importaciones.

“Estamos trayendo 15 vagones y ahora siguen disminuyendo. Desde marzo hicimos un inventario y de acuerdo a lo que hay en las fincas se va disminuyendo (las importaciones). Hay agricultores que tienen bastante (cosechas) y otros no tienen. El agricultor que no tiene (cosecha) quiere que se siga trayendo. Lo estamos manejando según el inventario de la cosecha local”, dijo el secretario.

González Beiró respondió a las preguntas de este periodista luego de salir airoso de una intervención quirúrgica ambulatoria que requerirá que el funcionario permanezca varias semanas en reposo.

Se desconoce el monto de fondos públicos invertidos en los furgones importados que no se han podido vender en el mercado local desde que comenzó la importación del fruto desde Costa Rica a finales del pasado mes de diciembre.

González Beiró ha sostenido que la empresa exportadora ubicada en Costa Rica deberá reponer aquellos frutos en mal estado que hayan sido rechazados por el mercado local, como resultado de incumplimientos por parte de esa empresa a los acuerdos alcanzados con ADEA.

Piden devolución de dinero

De acuerdo con varios miembros de la Asociación de Productores de Banano de Puerto Rico (APB), quienes han solicitado permanecer en el anonimato, existen numerosas reclamaciones originadas por miembros de la asociación, debido a que el DA les entregó furgones cuyos guineos se encontraban en proceso de descomposición.

Según las fuentes, las malas condiciones de los frutos han impedido su distribución en el mercado, lo que ha causado que los bananeros deban incurrir en gastos para depositar los frutos en el vertedero.

La fuente explicó que las reclamaciones de los bananeros incluyen la devolución del dinero pagado por los furgones con frutos en descomposición y el dinero invertido por el agricultor para decomisar la carga en el vertedero.

La Administración para el Desarrollo de Empresas Agrícolas (ADEA), que es una subsidiaria del DA que tiene a cargo las importaciones de guineos, estableció el contrato de importación con una empresa en Costa Rica.

Problemas logísticos

Las malas condiciones de los frutos que contenían los furgones, según aclaró la fuente, obedecen a que el intermediario (broker) contratado por ADEA para manejar las importaciones de guineos ha tenido problemas logísticos para ubicar los furgones en embarcaciones que arriben rápidamente a los puertos de San Juan.

“El broker consiguió una embarcación que hizo muchas paradas en otros puertos del Caribe antes de llegar aquí. Y cuándo llegó ya esos guineos estaban maduros. Entonces viene la inspección por los federales y el furgón tarda más tiempo en salir del puerto y cuando sale ese guineo no sirve para consumo humano”, dijo la fuente.

Desde principios del presente año se ha registrado que algunos de los contenedores procedentes de Costa Rica no cumplen con éxito las inspecciones debido a la existencia de plagas en su interior, lo que requiere que sean fumigados para matar esos insectos por funcionarios del Departamento de Agricultura Federal.

Además, según los miembros de la APB, las inspecciones federales y el proceso de fumigación han retardado las entregas y provocado que no se cumpla a cabalidad con las órdenes realizadas por cadenas de supermercados y otros comercios.

De hecho, a principios del pasado mes de enero cerca de 6,000 cajas de guineos que contenían seis furgones fueron decomisados en el vertedero de Vega Baja por funcionarios del DA.

Los frutos fueron rechazados por cadenas de supermercados, empresas distribuidoras de alimentos y agricultores de guineos, debido a que los frutos se encontraban en franca descomposición.

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Plátano importado sin cáscara desplaza al plátano del país

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Por Miguel Díaz Román

El plátano local ha sido desplazado en aproximadamente un 95 % de los restaurantes, cafeterías y los supermercados del país por un plátano sin cáscara importado que se vende congelado en un empaque al vacío y que no tiene el sabor y la calidad del fruto local, según denunció Louis Meyer Comas, quien preside la Asociación de Productores de Plátanos del Sur.

Meyer Comas sostuvo que el plátano sin cáscara importado que se mercadea en Puerto Rico ha sido analizado en laboratorios de California y los resultados demuestran que en el cultivo de esos frutos se han usado determinados plaguicidas como el glifosato, que está identificado como un causante de cáncer.

El plátano sin cáscara es importado de Ecuador y de la República Dominicana.

«Nuestro plátano es de primera y está libre de plaguicidas y es fresco. Con ese plátano sin cáscara nos envenenamos a plazos cómodos», dijo el agricultor Meyer Comas, quien también preside la finca Frescura G Meyer, que es uno de los principales productores de plátanos del sur del país.

Meyer Comas hizo los planteamientos en la última edición del programa Informe Semanal, que se transmite en las redes sociales todos los viernes.

En el programa participan el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, el economista José Alameda y el periodista Miguel Díaz Román.

El desplazamiento del plátano local de los restaurantes, cafeterías y supermercados ha ocurrido paulatinamente luego de que el huracán María destrozó en su totalidad los cultivos locales, lo que causó la escasez del fruto en el mercado local, según dijo Meyer Comas.

Indicó que la escasez tras el paso del María estimuló la importación autorizada por el Departamento de Agricultura, la cual vigila que el fruto importado cumpla los requisitos fitosanitarios y las exigencias de calidad.

Plátano importado sin restricciones

No obstante, el plátano sin cáscara importado no está sujeto a las inspecciones fitosanitarias del DA, debido a que se le extrae la cáscara y se empaca al vacío, según reveló el ex secretario de Agricultura Carlos Flores Ortega.

Explicó que los importadores aprovecharon la escasez del plátano local, tras el paso destructivo del huracán María por el país, para introducir el plátano sin cáscara.

Además del plátano empacado al vacío también se importan plátanos sin cáscaras empacados en unos envases que contienen agua con sal.

Alegadamente, el plátano sin cáscara ha sido aceptado por el sector de los restaurantes y cafeterías porque ahorra considerable tiempo de preparación en la cocina.

En restaurantes de alta demanda, según fuentes de la industria de alimentos, el plátano sin cáscara ha resultado muy favorable porque no es necesario dedicar exclusivamente un empleado a pelar el fruto.

Más barato que el plátano local fresco

Otro factor que favorece el consumo del plátano sin cáscara importado es que su precio es más bajo que el precio del plátano fresco de cosecha local.

Por ejemplo, cada unidad del fruto local puede costar un dólar o más de un dólar, de acuerdo con la abundancia del fruto en el mercado. Pero el plátano sin cáscara importado se vende en empaques al vacío de dos libras que contienen cuatro plátanos y su precio aproximado es $3.

Meyer Comas dijo que la situación actual es sumamente preocupante porque el desplazamiento de plátano local por el plátano sin cáscara importado asciende a un 95 % en los supermercados.

“Hay que recordar que el consumo per cápita del plátano en Puerto Rico es de 50 libras por persona al año y que en la isla se consumen 150 millones de plátanos al año y esto representa entre 3,800 cuerdas sembradas y que generan cerca de 30,000 empleos directos e indirectos” dijo Meyer Comas.

Agregó que otro factor es que el dinero que genera la industria del plátano local “se queda en aquí y se triplica en la economía local”.

“Cuál es el impulso que le va a dar el secretario de Agricultura, que no me contesta el teléfono y no me dan audiencia, para que los productores tengamos un mercado seguro. Algo tenemos que hacer”, exclamó el agricultor con evidente preocupación.

Oportunidad de reglamentación

Flores Ortega agregó que tras el paso del huracán Fiona, el pasado mes de septiembre del 2022, el DA no pudo lograr acuerdos de importación de plátanos frescos, lo que provocó un vacío en la oferta del fruto.

“Al no haber plátano, la gente se fue a buscarlo de dónde fuera y lo trajeron mondado y ese ocupó el espacio vacío”, dijo Flores Ortega.

Sostuvo que existe una oportunidad para regular la entrada del plátano importado con o sin cáscara, debido a que ese fruto no se cultiva en Estados Unidos.

El ex secretario dijo que la oportunidad surge porque la reglamentación agrícola federal no cobija el cultivo del plátano, lo cual es una oportunidad para que el gobierno local establezca parámetros de importación sin el temor de que se impugne en los tribunales con el argumento de que es un campo ocupado por la reglamentación federal.

Indicó que a pesar de que existe esa oportunidad, en la legislatura no ha prestado interés para producir una medida que regula la entrada del plátano importado.

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Manto de silencio sobre contratos de rector interino de RCM

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Por Miguel Díaz Román

Las interrogantes sin contestación y los silencios ruidosos rodean dos contratos concedidos por el Centro Comprensivo de Cáncer (CCC) en 2019 y 2020 a una empresa incorporada por el actual rector interino del Recinto de Ciencias Médicas (RCM) de la Universidad de Puerto Rico, Carlos Ortiz Reyes, quien se convirtió en contratista de la universidad mientras simultáneamente se desempeñaba como empleado del recinto.

La falta de cooperación de los implicados en estas transacciones y la renuencia a ofrecer documentos que avalen la corrección de sus acciones, levantan serias dudas sobre la transparencia en que opera de la UPR y sus dependencias.

También levanta serias dudas sobre si estos funcionarios cumplieron con la observancia de sanas normas en la administración de las entidades y de los fondos públicos y si el presidente de la UPR, doctor Luis Ferrao, respalda ese tipo de comportamiento de parte de su cuerpo administrativo.

Al momento de publicarse este reportaje permanecen las dudas sobre la contratación por el CCC de la empresa IT Group Solutions Puerto Rico Inc (ITGS), incorporada por Ortiz Reyes en junio de 2010, está libre de incumplimientos de la reglamentación vigente que regula la contratación de empleados de RCM por otras instituciones de la UPR.

Especialmente, porque no está claro si la contratación de la empresa ITGS por parte del CCC, exime a Ortiz Reyes se cumplir con una disposición contenida en ambos contratos, la cláusula vigésima tercera, que impide que el contratista o sus empleados sean funcionarios públicos, empleados de confianza o que obtengan una compensación por servicios regulares prestados en una entidad del gobierno.

Ortiz Reyes no ha respondido a las justificadas interrogantes sobre si la contratación por el CCC de su empresa cumplió con los requerimientos de ley que regulan ese tipo de transacción, incluyendo la posible aplicación de la cláusula vigésima tercera.

No responde Rodríguez Quillichini

Tampoco ha respondido el doctor Segundo Rodríguez Quillichini, quien para el periodo de la contratación de ITGS por el CCC, ocupaba la posición de rector de RCM y quien, al menos, debió esclarecer la legalidad y conveniencia de que uno de sus subalternos presidiera una corporación con fines de lucro que se convirtió en contratista de otra entidad de la UPR, mientras laboraba a tiempo completo en el RCM.

Incluso, Rodríguez Quillichini debió examinar el contenido de la cláusula vigésima tercera y determinar si Ortiz Reyes estaba obligado a cumplir con determinados requisitos o si por el contrario, el funcionario está exento de observar las claras prohibiciones que dispone la citada cláusula.

Para los años 2019 y 2020 Ortiz Reyes ocupaba la posición de presidente de ITGS mientras se desempeñaba simultáneamente como director de la oficina de Informática y recursos educativos de la escuela de profesiones de la salud, que es una dependencia de RCM.

Además, se desconoce si Rodríguez Quillichini hurgó en la legalidad y conveniencia de que otros de sus subalternos, Eliel Melón, quien para entonces laboraba en la escuela de profesiones de la salud, ocupara la posición de tesorero de ITGS.

Al presente Melón es profesor asociado de la escuela de medicina dental del RCM, mientras mantiene la posición de tesorero de ITGS.

Silencio absoluto de Ortiz Reyes

Ángel Hoyos, portavoz de Ortiz Reyes, no ha respondido a los reiterados pedidos de este periodista para que explique si los contratos estuvieron acompañados por una dispensa que lo eximiera de las prohibiciones de la cláusula vigésimo tercera y fungir como contratista del CCC mientras ocupaba una plaza administrativa en el RCM.

Hoyos tampoco ha respondido si Ortiz Reyes cumplió con otros requerimientos o documentos, si la dispensa no era requerida.

La pasada semana y a solicitud de este periodista, Rodríguez Quillichini aseguró que, tras el fin de semana largo por la conmemoración de los muertos en guerra, que discurrió entre el 25 y 29 de mayo, buscaría los documentos relacionados con ambos contratos.

Ayer martes Rodríguez Quillichini evadió responder a las llamadas telefónicas para concertar una entrevista en la que estableciera su posición sobre los contratos y presentará evidencia de los documentos que requirió, según los protocolos vigentes en el RCM.

Este periodista dejó recados en la oficina privada de Rodríguez Quillichini, ubicada en Santurce, y en el Departamento de Cirugía del RCM. No obstante, el doctor jamás respondió.

$121,774.00 en dos años

Los contratos en controversia fueron concedidos por el CCC a ITGS con el fin de que se diseñara una plataforma de aprendizaje para cursos en línea, incluyendo el diseño y producción de un curso en línea según fue descrito en una propuesta que acompaña los contratos.

El primer contrato se extendió por 15 días, del 14 de junio al 29 de junio de 2019, y por el que ITGS devengó $7,198.00. En representación del CCC, firmó el señor Luis A. Clavell Rodríguez, quien para entonces era el director ejecutivo interino de la institución. En representación de ITGS firmó Ortiz Reyes.

El segundo contrato se extendió por un año, entre el 1 de julio de 2020 hasta el 29 de junio de 2021. La compensación autorizada ascendió a $9,548.00 mensuales para un total de $114,576.00 durante la vigencia del contrato.

En representación del CCC, firmó la doctora Marcia Cruz Correa, quien para entonces era la directora ejecutiva de la institución.

Actualmente la doctora Cruz Correa continúa en la posición directiva del CCC. En representación de ITGS firmó Ortiz Reyes.

Entre ambas contrataciones ITGS y Ortiz Reyes obtuvieron un ingreso de $121,774.00 en dos años, sin incluir el ingreso que el funcionario obtuvo por su posición de director del centro de informática de la escuela de profesiones de la salud del RCM.

Responsabilidad del contratista

Los dos contratos contienen la ya citada cláusula vigésima tercera, también llamada como la cláusula de certificación del empleado público, la cual establece de manera precisa que la parte contratante o sus empleados no pueden ser funcionarios públicos, empleados de confianza o que obtengan una compensación regular por prestar servicios a una entidad del gobierno.

En respuesta a las interrogantes relacionadas con los contratos y la cláusula vigésimo tercera, presentadas por este periodista al CCC, la institución, a través de su relacionista público, Vivian Rivera Colón, y en declaraciones escritas, sostuvo que “los expedientes de contratación de IT Group Solutions no incluyen dispensa. Existen muchas situaciones en las que es requerido, la Ley de Ética Gubernamental establece las circunstancias en las que es requerida”.

Las expresiones de la CCC también aclaran que es responsabilidad del contratista proveer la dispensa, “pero solo en aquellos casos que lo requiera la ley”.

Las expresiones oficiales del CCC sostienen que “la corporación ITGS por conducto de su presidente, Carlos Ortiz Reyes, certificaron que no existía incompatibilidad entre los contratos con el CCC y cualquier otro contrato que pudiera tener la empresa o sus empleados con otra entidad gubernamental”.

OGE: RCM debió emitir su consentimiento

Por su parte la Oficina de Ética Gubernamental (OEG), a través de su portavoz para la prensa, Jennifer Rodríguez, indicó que, en relación con la contratación de la empresa ITGS por parte de CCC, es completamente legal que una entidad del gobierno contrate determinados servicios con una empresa privada.

Rodríguez indicó que Ortiz Reyes no necesitaba solicitar una autorización (antes dispensa) de la OEG para tener responsabilidades adicionales, contratos y compensación adicional.

Pero la funcionaria de la OEG advirtió que la entidad para la cual trabaja Ortiz Reyes, en este caso el RCM, “es a quien le corresponde dar ese consentimiento sobre responsabilidades adicionales, contratos y compensación adicional, según lo establece la Ley de Contrataciones de Empleados Públicos de la Universidad de Puerto Rico, mejor conocida como la ley 100 de 1956”.

La ley 100 le permite a la UPR contratar funcionarios públicos de otras dependencias públicas y también autoriza a la institución a contratar a su propio personal para determinadas responsabilidades, fuera de sus horas laborales y previo el consentimiento escrito del organismo o agencia el cual trabaja.

Rodríguez sostuvo que la UPR es una entidad del gobierno con amplio campo de acción en la que las distintas unidades universitarias operan como entidades independientes.

Sobre la aplicabilidad de la cláusula vigésima tercera que contienen los contratos de ITGS, Rodríguez señaló: “Cada servidor público de la UPR debe referirse a su autoridad nominadora para obtener el consentimiento de acuerdo a la Ley 100 que los cobija”, dijo Rodríguez.

Prohibido contratar con su propia agencia

Sobre las disposiciones de la ley orgánica de la OEG o ley 1 de 2012, en lo relativo a las prohibiciones relacionadas con empleos, contratos y negocios, Rodríguez dijo que dicha disposición prohíbe a un empleado contratar para la misma agencia en la que labora.

“Nosotros desconocemos cómo interpreta la UPR la Ley 100. En el caso de la OEG, la prohibición (de la ley orgánica) impide a un empleado contratar para la misma agencia en la que labora”, dijo Rodríguez.

Este periodista ha corroborado que existe como norma y costumbre que los empleados del RCM soliciten una autorización escrita de parte del rector del RCM para ofrecer servicios a otra entidad universitaria, según lo establece la ley 100.

Desconocemos si el doctor Rodríguez Quillichini examinó los contratos de la empresa ITGS a la luz de la ley 100 y si Ortiz Reyes solicitó la aprobación del rector.

También se desconoce si existe un aval escrito emitido por el entonces rector como claramente dispone la ley 100. Ciertamente, si ese procedimiento no se cumplió la contratación de la empresa ITGS por el CCC estuvo en violación a la ley 100.

Incluso, se desconoce si Rodríguez Quillichini cumplió con la sección 64.7 del reglamento general de la UPR, que prohíbe la interferencia de labor académica por aquel trabajo retribuido que pueda tener la comunidad académica fuera de la universidad, ya sea por medio del ejercicio privado de una profesión.

Dicho artículo exige que la comunidad académica emita un informe anual sobre las tareas que realiza fuera de la universidad y a su vez, el informe debe demostrar que esa actividad no interfiere con el ejercicio académico.

Debido a la falta de cooperación de parte de Ortiz Reyes y del entonces rector Rodríguez Quillichini, se desconoce si Ortiz Reyes emitió esos informes anuales y si la contratación de la empresa ITGS entre 2019 y 2020 por el CCC, resultó en detrimento del rendimiento académico del funcionario en el RCM

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Ferrao hace mutis ante contratos dudosos del rector de Ciencias Médicas

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Por Miguel Díaz Román

El presidente de la Universidad de Puerto Rico, doctor Luis Ferrao, no ha reaccionado a las numerosas interrogantes que rodean dos contratos concedidos a una empresa incorporada por el actual rector interino del Recinto de Ciencias Médicas (RCM), Carlos Ortiz Reyes, quien se convirtió en contratista de la universidad mientras simultáneamente se desempeñaba como empleado del recinto.

Ferrao ha mantenido silencio ante los pedidos de este periodista para que indique si se propone ordenar una investigación que aclare si los contratos de la empresa de Ortiz Reyes cumplieron con la reglamentación vigente que cobija la contratación de empleados de RCM por otras instituciones de la UPR.

El presidente de la UPR tampoco ha comunicado su respaldo a las acciones de Ortiz Reyes en relación a los contratos.

Ayer este periodista se comunicó con la directora de la oficina de comunicaciones de la UPR, Iliana Rivera Deliz, para solicitar una reacción de Ferrao a una historia publicada el pasado miércoles, en la que se reveló que en 2019 y 2020 el Centro Comprensivo de Cáncer (CCC) otorgó dos contratos a la empresa IT Group Solutions Puerto Rico Inc (ITGS), incorporada por Ortiz Reyes en junio de 2010.

En la historia se establece que la falta de cooperación de algunos de los funcionarios implicados en estas transacciones ha impedido determinar si Ortiz Reyes cumplió en realidad con los requerimientos reglamentarios para que pudiera fungir como contratista del CCC mientras ocupaba una plaza administrativa en el RCM.

Rivera Deliz dijo que comunicaría la solicitud a Ferrao, pero pasadas más de 24 horas, la oficina de comunicaciones de la UPR no ha informado cuál es la posición del presidente en relación con la controversia.

El silencio de Ferrao acontece en momentos cuando aumenta la incertidumbre en la comunidad académica del RCM sobre si la contratación de la empresa de Ortiz Reyes por el CCC está libre de incumplimientos de la reglamentación vigente.

También han surgido interrogantes sobre el desempeño del doctor Segundo Rodríguez Quillichini, quien para el periodo de la contratación de ITGS por el CCC, ocupaba la posición de rector del RCM.

Rodríguez Quillichini debió precisar la legalidad y conveniencia de que uno de sus subalternos presidiera una corporación con fines de lucro que se convirtió en contratista de otra entidad de la UPR, mientras laboraba a tiempo completo en el RCM.

González Cancel denuncia mediocridad y corrupción

Pero la falta de cooperación de Rodríguez Quillichini ha impedido conocer si en efecto el entonces rector cumplió con su deber o si, por el contrario, ignoró sus responsabilidades como funcionario de la principal institución educativa del país.

Actualmente Ortiz Reyes, quien no ha respondió a las preguntas de este periodista sobre si la contratación por el CCC de su empresa cumplió con los requerimientos de ley, compite para ocupar la plaza de rector en propiedad del RCM junto a otros dos candidatos, el oftalmólogo Natalio Izquierdo Encarnación y la ex rectora de RCM, la doctora Ilka Ríos Reyes.

El conocido cirujano cardiovascular Iván González Cancel, mejor conocido como “doctor Corazón” y quien es egresado del RCM, ha denunciado públicamente que Ferrao patrocina una atmósfera de mediocridad en la UPR porque apoya la permanencia de Ortiz Reyes como rector en propiedad, a pesar de que carece de las credenciales académicas para ocupar el cargo.

Ortiz Reyes posee un bachillerato en tecnología veterinaria obtenido en el RCM en 1986, una maestría de Phoenix University en el año 2,000 y estudios conducentes a grado doctoral en Nova Southeastern University.

Estas dos instituciones no figuran como universidades acreditadas por la Middle States Commission on Higher Education. Los sectores que se oponen a la candidatura de Ortiz Reyes sostienen que el bachillerato tecnología veterinaria del RCM es su única credencial académica corroborable.

“El RCM lo dirige un individuo cuyo grado profesional es asistente de veterinario. Todos esos guisos con el CCC, esa madeja corrupta sale de esa persona que se presenta como profesor. No solamente no tiene la capacidad, sino que existe la apariencia, la apariencia de corrupción y gansería. Estoy seguro que el doctor Ferrao es una buena persona, pero lleva a la universidad hacia la destrucción y el deterioro. Yo le llamo que es un incompetente, que es un mediocre, sostuvo González Cancel durante una entrevista con el periodista Rubén Sánchez en la estación de radio WKAQ 580, el pasado miércoles.

“No hay nada más solidario que la gente mediocre. El RCM tiene que estar dirigido por las mejores mentes y que incluye el rechazo a la mera apariencia de impropiedad. Estar considerando un asistente de veterinaria que es un incompetente, hay que preguntarse porqué. ¿Es por qué es flojito de patas bregado con la corrupción?”, agregó.

Los contratos de la discordia

Los contratos en controversia fueron concedidos por el CCC a ITGS con el fin de que se diseñara una plataforma de aprendizaje para cursos en línea, incluyendo el diseño y producción de un curso en línea según fue descrito en una propuesta que acompaña los contratos.

El primer contrato se extendió por 15 días, del 14 de junio al 29 de junio de 2019, y por el que ITGS devengó $7,198.00. En representación del CCC, firmó el señor Luis A. Clavell Rodríguez y Ortiz Reyes firmó en representación de ITGS.

El segundo contrato se extendió por un año, entre el 1 de julio de 2020 hasta el 29 de junio de 2021. La compensación autorizada ascendió a $9,548.00 mensuales para un total de $114,576.00 durante la vigencia del contrato.

En representación del CCC, firmó la doctora Marcia Cruz Correa, quien continúa en la posición directiva del CCC. En representación de ITGS firmó Ortiz Reyes.

Entre ambas contrataciones ITGS y Ortiz Reyes obtuvieron un ingreso de $121,774.00 en dos años.

Los dos contratos contienen la cláusula de certificación del empleado público, que establece de manera precisa que la parte contratante o sus empleados no pueden ser funcionarios públicos, empleados de confianza o que obtengan una compensación regular por prestar servicios a una entidad del gobierno.

Sobre la aplicabilidad de la cláusula que contienen los contratos la Oficina de Ética Gubernamental (OEG), a través de su portavoz para la prensa, Jennifer Rodríguez, sostuvo que “cada servidor público de la UPR debe referirse a su autoridad nominadora para obtener el consentimiento de acuerdo a la Ley 100 que los cobija”, dijo Rodríguez.

La ley 100 le permite a la UPR contratar funcionarios públicos de otras dependencias públicas y también autoriza a la institución a contratar a su propio personal para determinadas responsabilidades, fuera de sus horas laborales y previo el consentimiento escrito del organismo o agencia el cual trabaja.

Debido a la falta de cooperación del doctor Rodríguez Quillichini y de Ortiz Reyes se desconoce si el RCM examinó los contratos de la empresa ITGS a la luz de la ley 100. También se desconoce si Ortiz Reyes solicitó la aprobación del rector.

Interrumpen presentación de doctora Ilka Ríos Reyes

El pasado miércoles, mientras la doctora Ilka Ríos Reyes realizaba su presentación ante el comité evaluador en el Anfiteatro I de la Escuela de Medicina, ocurrieron interrupciones que extendieron innecesariamente la presentación.

Según narró Ríos Reyes, al inicio de su presentación digital “el representante estudiantil en el comité de consulta, Lanselotte Oliveras, quien había estado sentado en una mesa se acercó al podio y nos dijo a mí y al presidente del comité, que en la transmisión de la plataforma virtual Zoom, sólo se estaba proyectando mi imagen y, que la audiencia conectada en remoto, no se estaba viendo las imágenes proyectadas de mi presentación. Acto seguido trataron de resolver la situación. Por lo que pude entender, la “reunión zoom” la estaba manejando un profesor de la Escuela de Medicina, en remoto. Hubo aproximadamente cinco interrupciones similares, lo que alargó mi presentación 25 minutos adicionales, a lo previamente pautado”.

Sobre este incidente el doctor González Cancel indicó que no fue una casualidad, sino un acto concertado para sabotear la presentación de la doctora Ríos Reyes, de la misma manera como fue saboteada la presentación del doctor Izquierdo Encarnación varias semanas atrás, con la intromisión de imágenes pornográficas en la pantalla.

“Yo deje de creer en las casualidades. Esto fue un esfuerzo del asistente de veterinaria (Ortiz Reyes), eso no es casualidad. Es un esfuerzo real de torpedera la presentación de la doctora Ríos, como se torpedo la presentación del doctor Izquierdo Encarnación”, dijo González Cancel.

La doctora Ríos Reyes reveló que durante el periodo de preguntas se le presentó una interrogante que ella consideró una falta de respeto. Ríos Reyes no abundó sobre el contenido de la pregunta.

“Me realizaron una pregunta que interpreté como una falta de respeto a personas que formaron parte de mi equipo de trabajo desde enero a agosto de 2022. En la entrevista privada que tuve posteriormente con los miembros del Comité, les expresé que esa pregunta había constituido una falta de respeto”, concluyó Ríos Reyes

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ORIL le quita ingreso a ganaderos y favorece a Indulac

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Por Miguel Díaz Román

En una decisión que afectará a decenas de ganaderos, la Oficina para la Reglamentación de la Industria lechera (ORIL) determinó que la planta de balance Indulac podrá vender leche cruda excedente a 60 centavos el litro a las empresas productoras de queso, lo que representa un precio menor al que vendían determinadas vaquerías su producto a esas empresas.

La determinación administrativa de la ORIL, emitida el pasado 1 de junio, ha representado una pérdida sustancial para decenas de vaquerías que vendían leche a las empresas elaboradoras de quesos a precios que oscilaban entre 70 y hasta 90 centavos el litro.

La orden introduce una enmienda a otra decisión difundida el pasado 15 de marzo, la cual autorizaba que Indulac pudiera vender leche a las empresas productoras de queso, pero no establecía claramente el precio por litro.

En la orden del 1 de junio la ORIL establece que Indulac venderá el litro a 45 centavos más un cargo adicional de 15 centavos por concepto de servicio, lo que eleva el precio final a 60 centavos por litro.

No está claro cuál ha sido la razón para que la ORIL emitiera la orden del 15 de marzo y la de 1 de julio, debido a que en el pasado la entidad reguladora no había reaccionado a los reclamos de las empresas productoras de queso para que Indulac, que es una planta de balance que recibe los excedentes de leche, les vendiera parte de los excedentes antes de exportarlos a la República Dominicana.

Secretario no ofrece explicaciones

El secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, quien es el director ejecutivo interino de la ORIL se negó a comentar la orden del 1 de junio.

En una escueta respuesta enviada por mensaje de texto González Beiró sostuvo que “la orden es clara y no hay nada que explicar”.

Por su parte, el ganadero Carlos Benítez sostuvo que la orden de la ORIL es para beneficiar a la planta Indulac y, además, como un mecanismo para controlar la producción de leche del país ante la realidad de que las altas temperaturas han afectado la producción de leche.

“Aquí vemos otra vez como manipulan el sistema con órdenes administrativas para defender a Indulac. La producción ha disminuido por esta ola de calor que nos está arropando. Antes hacían unos chequeos preventivos y a los ganaderos que tenían altos contajes (de bacterias) les detenían el recogido (de leche) y le decían que se la vendieran a los queseros. Lo hacían para no meter esa leche en el sistema y poder pagar el segundo nivel mejor. Pero ahora, como ven que se están quedando sin leche, hacen esa orden administrativa para decirle al ganadero que no pueden vender leche al quesero y que Indulac será quien venda a los queseros a 45 centavos ganándose 15 centavos por servicio. Aquí vemos cómo quieren beneficiar a Indulac por encima de todas las plantas”, sostuvo Benítez.

Anticipan importación de leche

El ganadero anticipó que debido a las altas temperaturas y la falta de incentivos de parte del Departamento de Agricultura para reemplazar ganado, la producción de las vaquerías continuará disminuyendo hasta el punto que será necesario importar leche para satisfacer el mercado local.

“Todavía sigo pensando como a Tres Monjitas le pagan por un pasteurizado por la leche que se envía a la República Dominicana. Eso se pudo hacer por subasta pública y tratar de beneficiar al ganadero dándole más rendimiento. La ORIL funciona por encima de la ley y todavía no terminan el estudio económico exhaustivo y los ganaderos no sabemos a cuánto nos sale producir un litro de leche. Los números de nosotros varían de acuerdo a la vaquería y a la eficiencia. Con el estudio puedes otorgar una ganancia razonable. Los queseros no levantan su voz y ahorita se van a quedar sin leche porque Indulac les va a cerrar la llave y como los ganaderos no les pueden vender leche, le van a decir “ya no hay leche para ustedes”. Con este calor yo sé que tendrán que importar leche. La pregunta es si a esa leche importada le van a exigir los requisitos de calidad que nos exigen a nosotros”, dijo Benítez.

Por su parte, la presidenta de la empresa productora de queso, Quesos Vaca Negra, Inc, Wanda Otero, dijo que la decisión de la ORIL fue arbitraria y representa más costos para las empresas productoras de queso.

“Ahora con esta decisión tengo que buscar en San Juan la leche que veo pasar en camiones frente a mi casa y gastar dinero por esa transportación. Además, la leche de la ORIL está mezclada y no garantiza la calidad y frescura de la leche que podía obtener de mi suplidores”, dijo Otero.

Que se conviertan en queseros

Pero el presidente del sector de la leche de la Asociación de Agricultores, Manuel Martínez Arbona, defendió la decisión de la ORIL y señaló que la orden no obliga a nadie a comprar leche en Indulac.

“El ganadero que quiera vender leche a los queseros puede hacerlo, pero tiene que cumplir con un protocolo y pedir permiso a su planta elaboradora”, dijo.

Martrínez Arbona negó que el precio de 60 centavos el litro representa una competencia desleal a los ganaderos que suplían el producto a las empresas productoras de queso.

“Eso no es verdad. Los ganaderos tienen que cumplir con el mercado importante que es de leche fresca, que está a 90 centavos el litro. Se abrió un espacio en Indulac para leche excedente a las queseras. El ganadero a quien le tiene que vender leche es a su planta elaboradora. Pues si quiere, que se salga de ganadero y se quede como quesero. Aquí lo que tenemos es una licencia para vender leche a las plantas elaboradoras y si nos salimos de eso estamos haciendo otra cosa”, indicó.

Alegan vaquerías clandestinas

El presidente de la Asociación de Agricultores (AA), Héctor Cordero Toledo, aplaudió la determinación de la ORIL porque de alguna manera obliga a las queseras a cumplir con determinados requisitos de la ORIL para adquirir leche en Indulac.

“Antes esas personas compraban leche en la calle y ahora compran un producto que cumple con requisitos de calidad. Los ganaderos que le vendían leche a las empresas productoras de queso es mínimo y la mayoría de esas empresas las compraban la leche a vaquerías clandestinas”, agregó Cordero Toledo.

“Las vaquerías clandestinas tienen entre cuatro y cinco vacas y tienen una licencia del Departamento de Salud, pero esas vaquerías no están en el sistema de la ORIL. Creo que en Hatillo hay una persona que hace ese proceso, pero no está regulada por la ORIL”, concluyó el presidente de la AA.

Guadalupe Ortiz, presidente de la empresa Quesos Del País La Esperanza, Inc. sostuvo que la determinación de la ORIL ha sido muy favorable porque el precio de 60 centavos por litro ha representado un alivio económico para todos los queseros, pero especialmente para las empresas más grandes.

“Yo entiendo que los más grandes le compran a Indulac. Había ganaderos que vendían su leche a 70 centavos, 80 centavos y hasta 95 centavos. Yo sé de un quesero grande que por no quedarse sin leche pagó el litro a 95 centavos. Estamos comprando leche certificada, leche que cumple todos los requisitos de calidad y eso es una garantía para nosotros y para los consumidores. Yo no me voy de Indulac sin el certificado de calidad de la leche que acabé de comprar”, dijo Ortiz

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Aseguradoras objetan reglamento de “appraisal” de la OCS

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Por Miguel Díaz Román

La Asociación de Compañías de Seguros y la aseguradora Mapfre presentaron numerosas y serias objeciones al reglamento 106 que la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) se propone poner en vigor y que tiene como objetivo establecer la metodología para resolver las diferencias sobre el valor económico de una pérdida, un proceso conocido como “appraisal” en el que un árbitro independiente adjudica el monto a pagar en una reclamación disputada.

Si la OCS no acoge las recomendaciones y rechaza las objeciones de ACODESE y Mapfre al reglamento 106, se estarían creando las condiciones para una posible impugnación en los tribunales.

De hecho, la industria de seguros sostiene que la redacción actual del reglamento 106 contiene disposiciones “ultra vires” y permite la selección de árbitros que no garantizan total imparcialidad y que podrían carecer de las competencias para dirimir las controversias.

Al menos el presidente de una de las aseguradoras del país manifestó la intención de acudir a los tribunales si la OCS no atempera las disposiciones del reglamento 106, según las preocupaciones de la industria de seguros.

Esto porque el proceso de “appraisal” comprende aquellas controversias generadas por reclamaciones presentadas ante pólizas de seguros de propiedad, las cuales suelen ser reclamos que involucran cantidades sustanciales de dinero.

El proceso de “appraisal” estará disponible para las controversias generadas en pólizas de propiedad de líneas personales (individuos) y por empresas y comercios.

Además, incluye las reclamaciones en disputa generadas por agencias del gobierno central, corporaciones públicas y municipios.

Tras el huracán María, decenas de reclamaciones de numerosos condominios, de agencias del gobierno central, corporaciones públicas y de municipios se han ventilado en los tribunales porque tanto los asegurados como las aseguradoras no han estado satisfechos con el monto de las reclamaciones presentadas o con el ajuste de esas reclamaciones.

Muchas de esas controversias aún se encuentran en los tribunales, especialmente aquellas en las que participaron activamente determinados ajustadores públicos, algunos de los cuales han sido imputados de fraude por la OCS, tras determinar que inflaron las reclamaciones.

“Appraisal” disponible para aseguradora y asegurado

Los señalamientos de ACODESE y de Mapfre fueron presentados el pasado viernes en una vista pública realizada en las instalaciones de la OCS en Hato Rey, la cual fue regida por el licenciado Norberto Santana Vélez, quien dirige la división de procesos adjudicativos en la OCS.

En representación de ACODESE acudió la licenciada Iraelia Pernas, quien es la directora ejecutiva de la entidad. De parte de Mapfre acudió la licenciada Hilda Surillo Peña, quien es la vicepresidenta ejecutiva de la aseguradora.

El proceso de “appraisal” obedece a las disposiciones de la Ley 242, la cual requiere que las aseguradoras de propiedad y lo asegurados participen en un procedimiento de valoración para resolver las disputas en torno al valor de una pérdida sujeta a reclamación, si así lo ha solicitado una de las partes.

A pesar de que la Ley 242 se aprobó en 2018, no ha sido hasta cinco años después que la OCS logró presentar el reglamento del estatuto.

El reglamento 106 dispone que el proceso de “appraisal” puede ser solicitado tanto por el asegurado como por la aseguradora y requiere que cada una de las partes seleccionen un tasador. En este caso será un ajustador público para los asegurados y un ajustador independiente para las aseguradoras.

Además, las partes tendrán la obligación de seleccionar por mutuo acuerdo un árbitro, que será una parte imparcial y cuya decisión se limitará a determinar la valoración de la reclamación en controversia.

El árbitro no podrá evaluar aquellos elementos de la cubierta dispuestos en el contrato de seguros entre el asegurado y el asegurador.

Remedio de buena fe

La decisión del árbitro será vinculante para las partes y aquella parte que se encuentre inconforme la podrá impugnar en el tribunal.

El reglamento permite que el Comisionado de Seguros nombre el árbitro si el asegurado y el asegurador no logran un acuerdo para designar la persona que ocupe esa posición.

De acuerdo con la ley 242, los honorarios del árbitro serán costeados entre el asegurador y el asegurado en igual proporción, y cada parte costeará los honorarios del ajustador que le represente en el proceso de “appraisal”.

Sorpresivamente, ACODESE alegó que el proceso de “appraisal” no será utilizado por los asegurados de líneas personales debido a que deberán pagar por los honorarios del ajustador público y por el árbitro, “aun cuando es un remedio de buena fe”.

Una de las principales objeciones por parte de la ACODESE y de Mapfre al reglamento 106 es que avala que figure como árbitro un evaluador de bienes raíces, ajustadores públicos o independientes. El reglamento 106 avala que la posición de árbitro también la ocupe un arquitecto o un ingeniero.

No favorecen evaluadores de bienes raíces

Acodese sostuvo que los evaluadores de bienes raíces carecen de “la pericia requerida a menos que cuenten con credenciales que así lo acrediten, además de su licencia de bienes raíces”.

Por su parte, Mapfre planteó que no tienen las competencias para indemnizar pérdidas, pues su especialidad es la venta de propiedades según las consideraciones del mercado.

Mapfre también se opuso a que los ajustadores públicos y los independientes se le considere para la posición de árbitros pues “van generar falta de confianza y neutralidad en el proceso”, debido a que los ajustadores públicos representan los intereses de los asegurados mientras que los independientes representan a las aseguradoras.

La aseguradora respaldó que la posición de árbitro la ocupe un arquitecto o un ingeniero, mientras que en segunda opción y ante la ausencia de ingenieros o arquitectos, se permita a los tasadores licenciados fungir como árbitros.

Estos profesionales también podrían ocupar la posición de árbitros en casos de poca monta y complejidad, según recomendó la aseguradora.

Otra disposición del reglamento que ha sido cuestionada porque es muy vaga y avala que el Comisionado de Seguros incurra en arbitrariedades, es aquella que permite que el funcionario designe a la posición de árbitro a una persona que no cumpla con los requisitos profesionales establecidos.

Mapfre alega disposición promueve arbitrariedades

La disposición del reglamento indica que “en circunstancias apropiadas” el Comisionado de Seguros podrá designar como árbitro a una persona que, aunque no reúna el criterio de cualificación o formación profesional aquí establecido, «éste considere que cuenta con el adiestramiento o la experiencia suficiente para entender el proceso de valoración”.

“Esto también abre la puerta a la pérdida de eficacia y confianza en los procesos, pues la intervención de la OCS en estos nombramientos sólo se justifica cuando asegurado y asegurador no estén de acuerdo en el nombramiento de un árbitro.
De otra parte, esta disposición abre las puertas de manera indiscriminada para que personas no aptas puedan entrar al proceso como árbitro. Eso solo contribuye a minar la confianza en el proceso, resultado que no es el deseado ni por los asegurados ni por los aseguradores”, sostuvo la licenciada Pernas.

Mapfre sostuvo que tal inciso del reglamento es vago y ambiguo que es proclive a propiciar las arbitrariedades de parte del Comisionado de Seguros.

Incluso, Mapfre sostuvo que dicha disposición atenta contra el objetivo de que el proceso de “appraisal” sea uno rápido y económico, pues podrían causar que una o ambas partes objeten la designación del Comisionado de Seguros, lo que causará que el proceso sufra atrasos.

Otra disposición cuestionada es aquella que permite al asegurado solicitar el proceso de “appraisal” sin que ello limite su facultad de acudir a los tribunales y radicar una querella ante la OCS.

“Permitir al asegurado activar varios remedios simultáneamente resulta problemático y contradictorio. En ese sentido, el asegurador estará obligado a enfrentar tres procesos simultáneamente. A la luz del estado de derecho actual, lo anterior resulta totalmente irrazonable, ya que si un asegurado acude al tribunal estaría renunciando al remedio administrativo”, sostuvo ACODESE.

Reglamento es ultra vires

El reglamento también posee disposiciones catalogadas tanto por ACODESE como por Mapfre como “ultra vires”, que es una frase latina usada para describir un acto que se hace sin la autoridad legal requerida.

Una de esas disposiciones establece que el asegurador debe haber “reconocido cubierta del evento o pérdida reclamada y efectuado una oferta de pago por los daños o pérdida reclamada; o el asegurador haya tenido la oportunidad razonable para investigar y hacer un ajuste de la reclamación.”

Ambos deponentes sostuvieron que la frase “el asegurador haya tenido la oportunidad razonable para investigar y hacer un ajuste de la reclamación” es ultra vires porque amplía las condiciones legales en las que procede el proceso de valoración y excede las limitaciones de la Ley 242.

“De no eliminar esa frase, la OCS estaría excediendo la autoridad delegada para reglamentar”, sostuvo ACODESE. Por su parte, Mapfre citó jurisprudencia que establece claramente que un reglamento no puede conceder mayores ni menores derechos a los ya reconocidos por la ley.

Otra disposición rechazada por ambos deponentes es la que permite al árbitro “determinar el costo de reemplazar la parte de la propiedad adyacente para razonablemente alcanzar una apariencia uniforme o en armonía de la propiedad dentro de la línea de visión («point of view»), buscando mantener consistencia y uniformidad conforme a la que existía antes del evento que causó los daños o la pérdida parcial de la propiedad”.

Mejoras no pactadas en contrato

Acodese indicó que la facultad de “determinar el costo de reemplazar la parte de la propiedad adyacente para razonablemente alcanzar una apariencia uniforme” puede estar en abierta contradicción con algunos términos y condiciones del contrato de seguros ya pactado entre el asegurador y el asegurado.

“Esa frase puede representar mejoras no pactadas en dicho contrato, y violentar el principio de indemnización”, indicó Pernas.

Mapfre indicó que la frase se refiere al concepto “matching”, ampliamente litigado en los Estados Unidos, el cual es un asunto de la cubierta de seguros y que no es un área de jurisdicción del proceso de “appraisal”.

Acodese también propuso que el proceso de “appraisal”, denominado con un proceso privado y alterno para resolver controversias, debe tener un plazo fijo de un año para que cualquiera de las partes solicite este procedimiento.

“De no ponerse un plazo, quedaría abierto indefinidamente el proceso de resolución de reclamaciones”, indicó ACODESE.

Según esta propuesta, el proceso de “appraisal” se debe solicitar no más tarde de un año desde la fecha en que el asegurador ha producido su oferta y el asegurado ha presentado su reclamación.

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