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Puerto Rico
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Inversionista Barry Breeman, culpable por esquema Ponzi en NY, vinculado a fraude en seguros en Puerto Rico

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Por Miguel Díaz Román

El nombre del inversionista Barry Breeman, quien el pasado mes de mayo se declaró culpable de cometer fraude a través de un esquema Ponzi, en el Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York, aparece en una moción radicada en el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito, en la que se solicita  dilucidar la solvencia de una empresa demandante en el que Breeman figura como socio.

Se trata de la empresa PR Asset Portfolto 2013 -1 Internattonal LLC (PAPRI), que posee cientos de propiedades alrededor de la isla y que está integrada por un grupo de empresas socios entre las que figura el Banco Popular y la corporación Caribbean Property Group (CPG), en la que el inversionista de bienes raíces Barry Breeman es uno de sus directivos.

En el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito se ventila una demanda radicada por PAPRI en contra de la aseguradora One Alliance Insurance Corporation (OAIC) por incumplimiento de contrato de seguros que contiene señalamientos de actuaciones de mala fe, en relación con el impago de las reclamaciones por daños causados por el huracán María en las propiedades de PAPRI ubicadas en la Región Judicial de Aibonito.

Esta región comprende los pueblos de Aibonito, Barranquitas, Coamo, Comerío y Orocovis.

En una moción radicada el pasado 21 de mayo, OAIC solicitó la paralización urgente de la ejecución de un embargo por la cantidad de $1.6 millones ordenado por el juez Raúl Rodríguez Quiles contra la aseguradora, con el fin de resarcir los reclamos de PAPRI.  

En la moción OAIC le propuso al tribunal que le permita depositar los fondos «de una forma organizada para no afectar de manera directa a los tenedores de póliza de OAIC, es decir, a los asegurados». 

Paralizar embargo

«La solicitud urgente de paralización se realiza en aras de evitar un disloque procesal que promovería el duplicar la cantidad a depositar», sostiene la moción.

La ejecución del embargo comprende los bienes muebles e inmuebles de OAIC hasta completar la suma de $1.6 millones. 

Los activos susceptibles a embargo, según la orden del juez Rodríguez Quiles, comprende  fondos en cuentas bancarias; dinero en efectivo; depósitos en cuentas de banco y en casas  de corretaje; hasta numerosos artículos como autos, obras de arte, computadoras, aires acondicionados  y plantas eléctricas.

En resumen, la OAIC solicitó hasta el miércoles, 28 de mayo de 2025 para depositar los fondos en la unidad de cuentas del Tribunal. 

Dudas sobre solvencia de Papri

En la moción el licenciado Jesús Del Valle, quien es el representante legal de la OAC, expresó que tenía razones para cuestionar la «solvencia» de PAPRI luego que se divulgara públicamente que uno de sus socios, el inversionista Barry Breeman, se declaró culpable de armar un fraude piramidal conocido como esquema Ponzi, que implicó la pérdida de $13 millones para 30 inversionistas. 

«Existe una preocupación genuina fundada de esta parte en relación a la solvencia de la corporación demandante, una vez se adviene en conocimiento que uno de los socios, el Sr. Barry Breeman, de la corporación demandante, que pertenece a su vez al conglomerado de corporaciones de Caribbean Property Group,  fue acusado y en efecto aceptó su culpabilidad, en el delito de fraude bajo el esquema de Ponzi, en el Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de New York», sostiene la moción radicada por el licenciado Del Valle.

Los planteamientos de Del Valle surgen en el contexto de que en el verano de 2024 la OAIC demandó a PAPRI y la acusó de establecer un patrón de fraude en seguros por los presuntos daños causados por el huracán María, mediante el mecanismo de inflar en 38.5% las reclamaciones de cientos de propiedades de la empresa. 

OAIC también acusó a Papri de realizar reclamos por determinadas propiedades que no le pertenecían y por presentar reclamos de propiedades cuyos daños ya habían pagado otras aseguradoras.

El 2 de julio de 2017 OAIC emitió dos pólizas de seguro contra daños catastróficos a favor de PAPRI para ofrecer protección a más de 300 estructuras que incluyen viviendas y unidades comerciales. 

Esquema de fraude

Las propiedades fueron adquiridas por PAPRI en una transacción con el Banco Popular en 2011, que también comprendió la adquisición de los préstamos hipotecarios morosos relacionados a esas propiedades. Alegadamente, una cantidad indeterminada de los dueños de esos préstamos aún estaban residiendo en esas propiedades durante el paso del huracán María.

En la demanda OAIC sostiene que el esquema de fraude ideado por PAPRI alcanzó el extremo de presentar una reclamación que incluyó algunas propiedades que habían sido vendidas, pero que no fueron informadas antes de que se emitiera el pago, lo que implicó que “bajo engaño”, la aseguradora desembolsó a favor de la empresa más de un $1 millón que no le corresponden.

De hecho, OAIC solicitó al tribunal que ordene a PAPRI devolver el dinero pagado de más y que le imponga a la empresa la obligación de pagar $3.6 millones, más intereses, por el alegado incumplimiento de sus obligaciones contractuales con la aseguradora. 

Además, OAIC exigió el pago de $1.5 millones, por concepto de las costas, gastos y honorarios de abogado, más intereses. En la moción dirigida a paralizar el embargo, OAIC solicitó al tribunal que retenga los fondos hasta que no se diluciden los señalamientos de fraude contra Papri.

«En atención a lo anteriormente expuesto, muy respetuosamente se solicita a este honorable Tribunal que, paralice el embargo en trámite y conceda al asegurador hasta el miércoles  28 de mayo de 2025 para depositar la cantidad de $1,608,142.86 en la unida de cuentas del Centro Judicial de Fajardo, y a su vez, que en su autoridad investida concedida por nuestra Constitución, custodie y guarde los fondos depositados por el asegurador hasta que se dilucide, de manera final y firme, la controversia presentada por las partes, todo ello en consideración a la información y documentación sobre fraude antes esbozada y presentada», indicó la moción.

Aparece Breeman

De acuerdo con la moción radicada por el licenciado Del Valle, el nombre de Barry Breeman salió a relucir durante la toma de una deposición efectuada al presidente de la PAPRI, Sam Kirshner. 

La información sobre que Breeman era socio de Papri y del Banco Popular surge en un correo electrónico que fue producto de una divulgación de información entre las partes.

El correo electrónico fue originado por Antonio Roig, del bufete Oneill & Borges,  el 6 de diciembre de 2022. El correo comienza mencionando al Banco Popular como socio de Papri junto con  varias empresas de bienes raíces y fondos de inversión que integran el grupo de socios. 

«Los miembros de CPG PRAP Investors LLC, CPG Real Estate LLC cuando PR Asset Portfolio 2013-1 International LLC adquirió la cartera eran Barry Breeman, Mark Lipschutz, Michael Lefkowitz, Peter Mansbach, Kenny Blatt, Stan Zippin, Matthew Karp y Sam Kirschner», menciona finalmente el correo electrónico.

Manos sucias

En 2024 la OAIC presentó una querella ante la Oficina del  Comisionado de Seguros en la que sostuvo que PAPRI, el ajustador público Affiliated Adjustment Group y el bufete O’Neill & Borges, actuaron en común acuerdo para establecer un patrón de fraude organizado en contra de la aseguradora.

De hecho, en un correo electrónico enviado al licenciado Ricardo Casellas, del bufete O’Neill & Borges, el pasado 21 de mayo, el licenciado Del Valle sostuvo que Papri acudió al Tribunal con las manos sucias y señaló que la relación de socios entre Barry Breeman y Papri «muestra el origen ilegal de los reclamos de su representado».

«Su cliente, en un acto patético de mala fe, insistió en el pago bajo «replacement cost» porque nunca fue su intención el reparar ninguna propiedad, no obstante, reclamaron  «overhead & expenses» por 38.5 %. Este dinero fue a las arcas de su cliente y jamás intentaron poner el mismo a disposición de los dueños registrales. Entonces resulta claro que quien no vino con las manos limpias al Tribunal fue su cliente. Para muestra el origen ilegal de los reclamos de su representado, lo invito a que lea la noticia publicada el pasado viernes 16 de mayo de 2025 en Noticel, donde el socio de Papri, Barry Breeman, se declaró culpable de fraude en el Tribunal de New York.Para muestra un solo botón falta. Ahora entendemos la temeridad en toda la litigación y el cobro fraudulento de $834,000 en la jurisdicción de Caguas», sostuvo Del Valle.

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La competitividad metalúrgica de Estados Unidos y los aranceles 

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Por José Alameda

El pasado miércoles, 4 de junio, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó otra orden ejecutiva para subir de 25% a 50% los aranceles al acero y aluminio proveniente de otros países.

Estados Unidos es una “máquina” de alta producción de bienes de consumo e industriales la cual utiliza intensamente como insumos primarios estas materias primas. Esto hace que la demanda por estas materias supere la capacidad productiva interna. Los sectores industriales internos siguen requiriendo importaciones de estas materias primas desde México, Canadá, China, Vietnam, Japón, Corea del Sur y otros.

La industria del acero y del aluminio ha estado enfrentado problemas estructurales, de competitividad de costos y productividad hace décadas. Estos no pueden ser resueltos únicamente con aranceles, pues la necesidad de importar no acaba con imponer precios más altos. 

Los aranceles no están diseñados para corregir problemas de competitividad, por el contrario, son las inversiones innovadoras que al largo plazo promueven el mayor standard de vida Se requiere de estrategias de inversión e innovación para el largo plazo para bajar costos, precios y competitividad.

Vemos algunos detalles.

En el caso del acero, Estados Unidos requiere hoy importaciones de sus socios comerciales. Una cuarta parte el acero importado proviene desde México y Canadá y otra parte de sus socios comerciales, Japón, Corea del Sur y Alemania

Estados Unidos demanda más de 105 millones de toneladas métricas, según cifras de 2024, pero solo produce de 78 a 80 toneladas métricas. Entre 2023 y 2024 las importaciones de acero de Estados Unidos aumentaron en 2.5% mientras su producción bajó en 2.4%. 

Al presente, la capacidad de producción está cercana al 80%, lo cual implica una alta utilización del capital físico, lo cual requiere de fuertes inversiones para expandir su capacidad en el largo plazo.

En cuanto al aluminio, Estados Unidos necesita importar el 47% para satisfacer la demanda interna. Las refinerías se han reducido de unas 30 en 2004 a solo cuatro en 2024. La industria de fundición de aluminio hoy es pequeña para los estándares globales. La capacidad total de fundición fue solo el 1.73% del total mundial, según el Servicio Geológico de Estados Unidos.

En 2018, Canadá y México estuvieron exentos de aranceles, pero no así la Unión Europea y China. Economistas del Banco de Reserva de los Estados Unidos examinaron los efectos de estos aranceles de 2018 y encontraron que las empresas cuyas cadenas de producción estuvieron altamente expuestas a los efectos de los aranceles tuvieron 1.4% menos empleos manufactureros que aquellas con baja exposición a los productos afectados. 

Además, los precios de los bienes finales producidos por el primer grupo de empresas fueron 4.1% mayores que los del segundo. Los aranceles implementados entre 2018 y 2019 condujeron a pérdidas de empleo y mayores costos tanto en bienes intermedios como finales.

De otra parte, Jim Farley, un CEO de Ford Motor Company, expuso que los aranceles de 2018 resultaron en aproximadamente mil millones dólares en costos operacionales. Otro estudio del Instituto Peterson de Comercio Internacional realizado por la empresa automotriz concluye que los consumidores pagaron $1,400 millones adicionales al mes.

En 2025, las cosas se complican pues Trump insiste en aranceles para casi todos los países no solo para el acero y aluminio sino para casi todos aquellos que son parte de los bienes que ofrecen mayor estándar de vida.

Esta visión torcida de una economía de frente al consenso de otros países, lejos de hacer a Estados Unidos grande, lo coloca en posición de aislamiento que terminaría perjudicando a su calidad de vida en el largo plazo de todos.

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Aseguradoras rechazan medida busca revertir decisiones del Tribunal  Supremo

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Por Miguel Díaz Román

Una medida que propone conceder más beneficios a los asegurados afectados por los efectos de los huracanes Irma y María y que contempla imponer más responsabilidad a las aseguradoras, ha sido rechazada por la industria de seguros debido a que elevará los costos de operación de las aseguradoras, propiciará la salida de reaseguradores del mercado local y aumentará el costo de  las primas que pagan los consumidores.

No obstante, la medida, el Proyecto de la Cámara 363, recibió el respaldo de la Oficina del Comisionado de Seguros  (OCS) y del Departamento de Justicia. Esta última agencia presentó una ponencia carente de profundidad y de análisis sobre el alcance de lo propuesto y básicamente se limitó a  conceder «deferencia» a la opinión de la OCS sobre el proyecto.

La medida fue examinada la pasada semana en vistas públicas por la Comisión de Banca y Seguros de la Cámara de Representantes, que preside el representante Jorge Navarro Suárez. 

El  PC 363 fue radicado el pasado 27 de febrero de 2025 por el representante Joe Colón  Rodríguez, cuya biografía no evidencia que el novato legislador posea experiencia  en la industria de seguros.  Además, la medida no indica que su radiación respondió a una petición de determinado sector o intereses, una acción  que es de uso frecuente en la legislatura. 

No obstante, en la Exposición de Motivos del PC 363 Colón Rodríguez, quien no es abogado, indica que la medida es necesaria para aclarar la contradicción que surgió entre la interpretación realizada por el  Tribunal Supremo de la ley 247 de 2018 y la intención del legislador cuando fue aprobado ese estatuto.

La ley 247 permite a los asegurados demandar civilmente a un asegurador por incurrir en ciertas prácticas desleales descritas en el Código de Seguros. 

También avala, en el artículo 27.165 del Código de Seguros, el pago obligatorio de honorarios de abogado. La ley exige que un asegurado debe realizar una notificación previa ante la OCS como condición para poder demandar por prácticas desleales, según lo dispone el artículo 27.164 del Código de Seguros.

Según la Exposición de Motivos, la interpretación del Tribunal Supremo afectó tres pleitos radicados contra la aseguradora Mapfre por los consejos de titulares de los condominios Balcones de San Juan, Playa Azul II Y  Kings Court 76.

El trasfondo de de estos tres casos y en qué consistió la decisión del Tribunal Supremos no figura en la Exposición de Motivos, pero SN realizó una apretada síntesis de los tres casos:

Balcones de San Juan 

El 5 de septiembre de 2019, el Consejo de Titulares del Condominio Balcones de San Juan presentó una demanda en contra MAPFRE por incumplimiento de la póliza de seguros con dos causas de acción. La primera amparada en el Código Civil por incumplimiento del contrato y la una segunda por violación al Código de Seguros.

Sobre este caso el Tribunal Supremo determinó  que sólo se podrá adjudicar una de las causas de acción por daños a favor del reclamante. El Supremo también reconoció que la ley 247 de 2018 es de aplicación retroactiva.

Playa Azul II 

El 3 de noviembre de 2023, el Consejo de Titulares del Condominio Playa Azul II presentó ante el Tribunal de Primera Instancia un memorando solicitando que se le ordenara a Mapfre pagar intereses por mora, costas y honorarios de abogados sobre $1.2 millones que la aseguradora pagó por orden del Tribunal de Apelaciones.

Tras varios eventos el caso llegó al Tribunal Supremo, que finalmente coincidió con el Tribunal de Apelaciones, que había denegado avalar el pago de honorarios de abogados bajo la ley 247 de 2018.

Kings Court 

El 4 de septiembre de 2019, el Consejo de Titulares del Condominio 76 Kings Court presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una demanda por daños en contra de la aseguradora MAPFRE al amparo del Código Civil y también reclamó incumplimento del contrato de seguros según el Código Seguros, lo que incluyó una reclamación por honorarios de abogado.

Tras varios eventos el Tribunal de Apelaciones concluyó que el tribunal de Primera Instancia no tenía jurisdicción sobre la demanda porque la acción judicial era prematura debido a que no se había cumplido el término mandatario de 60 días para que la aseguradora fuera notificada y pagara los daños o corrigiera determinadas deficiencias.  El Tribunal Supremo respaldó la decisión del Apelativo.

Las enmiendas

En síntesis, el PC 363 introduce cuatro enmiendas de efecto retroactivo a la ley 247 de 2018, que buscan eliminar la posibilidad de nuevas interpretaciones del Tribunal Supremo, según indica la medida, «limiten los derechos de los asegurados». 

La primera de ellas impone a la aseguradora el pago de honorarios de abogado a favor del asegurado en caso de cualquier adjudicación adversa bajo dicho artículo.La segunda elimina las condiciones previas y de índole jurisdiccional que debe cumplir el asegurado antes de radicar una demanda bajo el Art. 27.164. 

La tercera avala que un asegurado obtenga el beneficio de dos remedios bajo el Art. 27.164 junto con cualquier otra causa de acción. La cuarta enmienda le impone  a las aseguradoras, bajo el Art. 27.165, el pago del 33% del monto recuperado, como honorarios o compensación adicional para el asegurado. Esta compensación estará disponible ante cualquier sentencia de un tribunal, foro administrativo, o proceso de mediación.

El Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, favoreció la aprobación de la medida y hasta sugirió una enmienda a la propuesta para especificar el monto de los honorarios de abogado. Adams Vega propuso que el foro judicial pueda determinar la cuantía de la compensación por honorarios de abogado y que dicha compensación se adjudique como una adicional a la reclamada, como parte de la demanda presentada por el asegurado.

Comisionado a favor de PC 363

Incluso, el Comisionado sostuvo que la acción judicial que inicie un asegurado contra una aseguradora no debería «estar sujeta o condicionada» al trámite de una notificación previa en la OCS, según lo dispone el artículo 27.164 del Código de Seguros. También favoreció aclarar que la causa de acción que el artículo 27.164 le permite entablar a un asegurado, puede coexistir de forma concurrente con otros remedios disponibles.

De hecho, Adams Vega mencionó que en el estado de Florida no se permite incluir en una misma demanda dos reclamos distintos, lo cual guarda semejanza con el fallo del Tribunal Supremo en el caso del Condominio Balcones de San Juan, en el que sólo se podrá adjudicar una de las causas de acción por daños a favor del reclamante.

No obstante, Adams Vega destacó que en los estados de Texas y Luisiana es permitida la coexistencia simultánea de dos causas de acción contra un asegurador, como por ejemplo, una demanda por los llamados actos de mala fé, mientras se reclaman daños por incumplimiento de contrato. 

Acodese denuncia «efecto nefasto»

Por su parte, la Asociación de Compañías de Seguros (Acodese) rechazó la aprobación del PC 363 y advirtió que la medida causará un alza en los costos de operación de las aseguradoras, los cuales serán trasladados a los consumidores por medio de aumentos en las primas.

«Estas enmiendas propuestas solo beneficiarán a los abogados y, a la larga, el consumidor que terminará perjudicado al enfrentarse a primas más altas o, peor aún, a un escenario de falta de aseguradores y reaseguradores», dijo Iraelia Pernas, quien es la directora ejecutiva de Acodese.

Pernas reveló que las enmiendas que pretende introducir el PC 363 son «una copia exacta» de las secciones 624.155 y 627.428 del Código de Seguros de Florida, que estuvieron vigentes antes de 2019 y que causaron en «efecto nefasto» en la industria de seguros de ese estado. 

«Sobre todo, con lo que tiene que ver con el pago de los honorarios unilaterales a favor de los asegurados. Estas disposiciones resultaron en condiciones adversas para los aseguradores en Florida. El aumento descontrolado de litigios provocó incrementos significativos en las primas de seguros, posicionando a Florida entre los estados más caros para asegurar propiedades. En 2022, aunque Florida sólo representó el 14.9% de las reclamaciones nacionales de seguros de propiedad, en dicha jurisdicción se concentró el 70.8% de los litigios, generando costos de defensa y litigación de aproximadamente $2.9 mil millones. Estos costos finalmente fueron trasladados a los consumidores mediante primas elevadas», sostuvo Pernas en su ponencia. 

Explicó que ante los graves efectos de ambas disposiciones el estado de Florida aprobó el Tort Reform Act en el 2023, que derogó la obligación unilateral de los aseguradores de pagar honorarios legales siempre que el asegurado obtuviera cualquier resolución favorable y promoviendo soluciones extrajudiciales. 

«Estos cambios han reducido la incentivación de litigios, sin debilitar las protecciones de los asegurados y velando por la sostenibilidad financiera de la industria de seguros. La experiencia del estado de Florida es algo que se debe tomar en consideración, toda vez que lo propuesto en el PC 363 tendrá el mismo efecto», advirtió.

Rescate gubernamental

La licenciada Hilda Margarita Surillo, vice presidenta ejecutiva de Mapfre, sostuvo que la aprobación de la medida, incluyendo el pago automático del 33% por concepto de honorarios de abogados a favor del asegurado o su abogado, sería equivalente a «un rescate gubernamental» para numerosos casos en cuyas sentencias el tribunal determinó que el monto a pagar por su reclamación es sumamente inferior al monto de la reclamación original.

«A nuestro criterio, una aplicación retroactiva en el escenario de ciertos pleitos en que se mantienen con sentencias inferiores a ofertas extrajudiciales parecería un rescate gubernamental a ciertos litigantes perdidosos que tomaron determinaciones equivocadas cuando debieron haber aceptado ofertas para evitar el litigio y tener en cuenta, los asegurados están representados por abogados y quienes deben saber las consecuencias y explicarlas a su cliente», sostuvo Surillo. 

La vicepresidenta de Mapfre indicó que el tratamiento de «rescate gubernamental» estaría disponible también para aquellas reclamaciones que fueron cedidas por los consejos de titulares de determinados condominios a inversionistas privados como la empresa Attenure. 

Trato dispar

«Y si estamos refiriéndonos a reclamaciones que fueron cedidas a entidades como Attenure, que es un inversionista. Ese no es el asegurado al que se desea beneficiar, sino, es al inversionista que «compra» la reclamación.  Attenure, que no es el asegurado, ¿le aplicaría también ese tratamiento en el PC 363?», cuestionó Surillo.

Sostuvo que la medida y la ley 247 propician un «trato dispar» entre el que infravalora las reclamaciones  y el que sobreestima su valor.

«Las aseguradoras que infravaloran las pérdidas injustificadamente pueden estar sujetas a sanciones regulatorias, sanciones provistas por la Ley 247 con relación a prácticas desleales, daños punitivos, intereses por mora, pago de honorarios de abogado conforme al artículo 27.155 del Código de Seguros y honorarios de abogado bajo la Regla 44 de Procedimiento Civil. ¿Y los asegurados que inflan y exageran sus pérdidas, a que se exponen? ¿Qué consecuencias tiene su deshonestidad y conducta ilícita? Ninguna,  concluyó la abogada.

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Se despide Grupo Gloria de Puerto Rico

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Por Miguel Díaz Román 

Los días en Puerto Rico de la corporación internacional Grupo Gloria, entidad matriz de Suiza Dairy, se encuentran en su etapa final luego de que dos empresas fueron seleccionadas como finalistas para adquirir los activos de la planta procesadora de leche, jugos y de otros productos lácteos.

El gerente general de la Suiza Dairy, Pablo Vallejo, reveló que las dos empresas fueron seleccionadas de entre un grupo de corporaciones que presentó interés en adquirir determinados activos de Suiza Dairy en Puerto Rico. 

Vallejo dijo que en los próximos dos meses Grupo Gloria habría tomado una determinación en relación a las ofertas realizadas por las dos empresas finalistas.

Vallejo no identificó las empresas ni los activos que podrían ser vendidos, debido a que existen acuerdos de confidencialidad con las empresas interesadas.

Fuentes de SN indicaron que las dos empresas estarían interesadas en adquirir la planta Vida, ubicada en Aguadilla,  la cual incluye una moderna planta para la elaboración  de Leche UHT, inaugurada en 2016, y otra planta dedicada a la elaboración de leche fresca. 

De acuerdo con la fuente el costo de estas dos plantas podría superar los $45 millones.

Tres Monjitas evalúa activos disponibles

No obstante, la fuente sostuvo que existe una alta probabilidad de que la planta Vida sea adquirida por la planta procesadora Tres Monjitas, que ya procesa casi la totalidad de la leche producida en el país tras el cierre de las operaciones de Suiza Dairy en San Juan y en Aguadilla en 2024.

En los pasadas semanas y a petición de SN, la empresa Tres Monjitas había reconocido que estaba realizando una evaluación de activos disponibles en el mercado para su adquisición, una expresión que confirmó confidencias de fuentes de la industria lechera sobre que la familia Fonalledas, propietarios de Tres Monjitas y de otros negocios en Puerto Rico, estaría evaluando la posible compra de la planta Vida en Aguadilla. 

Pero hasta el presente la empresa Tres Monjitas no ha realizado un anuncio oficial sobre la adquisición de la planta de Aguadilla.

La fuente reveló que la planta procesadora de leche fresca de Suiza Dairy, ubicada en Río Piedras, que es otro de los activos del Grupo Gloria en Puerto Rico, podrían ser adquiridos por una empresa dedicada a la venta e instalación de paneles solares. Alegadamente, la transacción incluiría la estructura y el terreno.

Ni niega ni confirma

Vallejo no negó ni confirmó la información vertida por la fuente y recordó que las conversaciones con empresas están protegidas por acuerdos de confidencialidad.

No está claro si alguna empresa local ha mostrado interés en adquirir otros activos de Suiza Dairy, tales como la planta de envases plásticos que está ubicada en Río Piedras y un  almacén ubicado en Ponce.

La salida de Grupo Gloria pone fin a una operación industrial en la elaboración de leche y otros productos que se extendió por más de 20 años en Puerto Rico, la cual comprendió el cese de actividades de las empresas Suiza Dairy, Suiza Fruit Corporation y Neva Plastics Manufacturing Corporation.

Durante su breve presencia en Puerto Rico, Grupo Gloria protagonizó candentes pugnas con la Oficina para La Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL).  

La empresa Suiza Dairy cuestionó en los tribunales locales las decisiones alegadamente arbitrarias de la ORIL en la imposición de la reglamentación y el presunto favoritismo de la agencia reguladora con la planta Indulac. 

Pugna interminable

La pugna por los alegados incumplimientos de la ORIL se extendió al Tribunal Federal de San Juan en 2006, en un pleito en el que Suiza Dairy contó con la participación de la empresa Tres Monjitas. 

Este pleito dió paso a un acuerdo alcanzado en el Tribunal Federal en 2016. Como parte de ese acuerdo se estableció en la ORIL el nuevo reglamento 12. 

En 2024 Suiza Dairy retornó al Tribunal Federal para imputar que la ORIL había incurrido en desacato por incumplir el acuerdo de 2016.

De hecho, Vallejo reveló que a pesar de la venta de los activos de Suiza Dairy en Puerto Rico, la empresa continuará con su reclamo en el Tribunal Federal. 

El acuerdo alcanzado en 2016 pretendía, entre otros asuntos,  garantizar márgenes adecuados de ganancia a las plantas procesadoras de leche. 

No obstante, Suiza Dairy denunció que la ORIL incumplió con el acuerdo al utilizar datos obsoletos de 2016 para emitir órdenes de precios en 2021, 2022 y 2023, mientras rechazaba los costos operativos de la empresa.

La empresa también alegó que las estructuras de precios avaladas por la ORIL desde 2022 favorecen la leche UHT de Indulac a expensas de la leche fresca producida localmente. Otro planteamiento es la retención ilegal de $3.1 millones por parte de Indulac.

Suiza Dairy reclama pérdidas por $172 millones

Suiza Dairy reclamó, además, que la ORIL ha estado utilizando una versión traducida no oficial del Reglamento 12 que omite definiciones importantes y esto ha causado interpretaciones y aplicaciones erróneas del reglamento.

A finales de 2024, la jueza María Antongiorgi Jordán del Tribunal Federal de San Juan, desestimó  por falta de jurisdicción la petición de desacato contra la ORIL radicada por Suiza Dairy.

Antongiorgi Jordán concluyó que la jurisdicción del Tribunal Federal sobre el acuerdo alcanzado en 2013 expiró el 31 de diciembre de 2017 y, además, rechazó los planteamientos de Suiza Dairy sobre que ese tribunal aún conserva jurisdicción para hacer cumplir el acuerdo. 

En respuesta a esa decisión, Suiza Dairy ya presentó en el Tribunal de Apelaciones de Boston, un aviso de apelación en el que anuncia a las partes que se propone presentar una impugnación contra la determinación de la jueza Antongiorgi Jordán. 

La empresa sostuvo en su petición de desacato que ha enfrentado una pérdida financiera de aproximadamente $172 millones debido a que la ORIL no ha establecido márgenes de ganancia adecuados, según lo determinó el Tribunal Federal en su sentencia emitida el 6 de noviembre de 2013.

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Denuncian déficit de $97 millones en liquidación Real Legacy mientras la OCS «deja dinero sobre la mesa»

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Por Miguel Díaz Román

El proceso de liquidación de la aseguradora Real Legacy enfrenta un déficit de $97 millones que dejará a numerosos asegurados afectados por el huracán María sin compensación alguna por los daños sufridos, según  denunció el licenciado Erick Negrón, quien es miembro del bufete Rexach & Picó LLC,  y uno de los representantes legales de la Asociación de Garantía y Seguros Misceláneos (AG).

En síntesis, el caudal de liquidación  cuenta con $105.5  millones para el pago de reclamaciones y los compromisos ascienden a $202.7 millones, según sostuvo el licenciado Negrón.

Las reclamaciones en peligro de no ser pagadas son las identificadas como «clase 4», que son aquellas de prima no devengada.

También están peligro de impago las reclamaciones de «clase 6», que comprenden reclamos radicados luego de las fechas de vencimiento fijadas por la liquidación, las cuales suman $92.2 millones

El licenciado Negrón  planteó que la AG alberga la preocupación que el proceso de liquidación de Real Legay «ha dejado dinero sobre la mesa», al sostener que se logró un acuerdo con un reasegurador de la aseguradora en el que probablemente  se ha cobrado menos dinero del que se pudo obtener para el pago de reclamaciones.

Incluso, el representante legal de la AG advirtió que cobrar menos dinero que el indicado a un reasegurador durante un proceso de liquidación podría causar una distorsión en el mercado debido a que ese tipo de acuerdo incentiva que los reaseguradores se inclinen por reasegurar compañías  débiles  «porque va terminar pagando menos  en un proceso de liquidación».

El licenciado Negrón  realizó los controvertibles señalamientos durante una reciente vista judicial ante la jueza Katarina Stipec Rubio, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, quien supervisa el proceso de liquidación de Real Legacy. 

La vista, que se efectuó  por videoconferencia y a la que SN asistió como espectador, tenía el objetivo de escuchar los argumentos de las partes sobre una petición de la AG para que se elimine el manto de confidencialidad que cobija un acuerdo entre la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) y el reasegurador Swiss Reinsurance America Corporation (Swiss Re).

El manto de confidencialidad, solicitado por la OCS, fue autorizado por la jueza  Stipec Rubio en octubre de 2024.

Menos dinero para las reclamaciones

La AG sostiene que el acuerdo escrito entre la OCS y el reasegurador Swiss Re es un documento público y la petición de confidencialidad responde a un intento de la OCS de ocultar que la transacción generó menos de dinero del que era posible obtener del reasegurador para atender las reclamaciones de los asegurados de Real Legacy.

Pero la OCS alega que el acuerdo no es un documento público, que la liquidación de Real Legacy posee dinero suficiente para atender las reclamaciones y que la intención de la AG es fiscalizar las actuaciones de la OCS en la liquidación, una responsabilidad que el Código de Seguros no le confiere a la AG. 

«Los acreedores de Real Legacy van a dejar de cobrar  así $100 millones en reclamaciones que tendrían contra el asegurador. Estamos ante una insolvencia de gran magnitud. Este es un asunto de enorme impacto público y simplemente no está acorde con nuestro estado de derecho que un funcionario público administre un caudal de $100 millones sin fiscalización de parte de la ciudadanía y sin que las partes más directamente afectadas como lo es la AG, puedan enterarse de los detalles de esta administración», sostuvo el licenciado Negrón en la vista.

Una especulación de la AG

Por su parte, la OCS argumentó que el señalamiento sobre el  déficit de $97 millones  es un mera especulación que no corresponde a situación real de la liquidación, la cual describió con capacidad económica suficiente para responder a las reclamaciones  existentes. 

De hecho, el licenciado Juan Carlos Garay Massey, quien es el representante legal de la OCS, sostuvo que actualmente la liquidación cuenta con $58 millones en efectivo, mientras que los compromisos estimados para el pago de reclamaciones asciende a $23 millones.

«No existe la posibilidad de un déficit. Hay balance a favor de la liquidación  de $23 millones y eso sin contar con los réditos de inversiones (de Real Legacy cuyo beneficio se suma al caudal para pagar reclamaciones) y dineros que faltan por cobrar, que suman $14 millones», dijo Garray Massey.

 Pero el licenciado Negrón argumentó que el acuerdo con Swiss Re no es perjudicial sólo para los asegurados de Real Legacy, sino que puede crear un precedente cuya repercusión a largo plazo podría afectar la industria de seguros.  

«Tenemos incluso la preocupación de que si aquí se está dejando dinero sobre la mesa o se está cobrando menos de lo que se debería y, eso no sabemos si está ocurriendo, pero es una de las razones por la quisiéramos tener acceso a este documento. Se podría estar distorsionando el mercado de reaseguro porque si un reasegurador se da cuenta de que a la hora de cerrar su cuenta con un asegurador en liquidación va estar pagando menos, que lo que sería negociar con un asegurador en marcha, con la gerencia de un asegurador en marcha,  se está dando un incentivo a los reaseguradores para reasegurar compañías débiles porque va terminar pagando menos  en reclamaciones que lo que termina pagando y si reasegura a un asegurador que no entra en un proceso de sindicatura», dijo el licenciado Negrón. 

En una alusión directa sobre la verdadera razón que justifica la confidencialidad que ha reclamado la OCS sobre el acuerdo con Swiss Re, el licenciado Negrón sostuvo que «si un asegurador está pagando bien sus reclamaciones le gusta que se entere la gente porque con eso gana mercado un asegurador. Cuando no quiere que se entere la gente, es porque está pagando menos. Tenemos la preocupación de que eso sea lo que está ocurriendo aquí».

Objeción a flexibilizar 

Durante la vista la jueza Stipec Rubio ofreció señales de que estaría dispuesta a flexibilizar el manto de confidencialidad que protege el acuerdo pero el licenciado Garay Massey se opuso tenazmente a esa posibilidad. 

Garay Massey insistió en que avalar cualquier tipo de flexibilidad sobre la confidencialidad del acuerdo es perjudicial para la liquidación. 

«El efecto de la divulgación de este acuerdo es que las partes van a saber cómo fue que se negoció y van a tratar de llegar a los mismos términos  o términos  inferiores y eso no es bueno para los activos de la liquidación.  Cada caso se evalúa particularmente y se negocia, lo que fomenta el mejor negocio posible. Si le damos más herramientas a las que ya existen lo que vamos a hacer es perjudicar la transacción», sostuvo Garay Massey. 

El representante legal de la OCS argumentó que el acuerdo entre Swiss Re y la OCS es entre dos partes privadas, porque el Comisionado no actúa en su capacidad de entidad pública sino que opera como administrador de una empresa privada que está en liquidación. 

Garay Massey insistió en que el Código de Seguros establece que los documentos de un asegurador en liquidación no son documentos públicos expuestos para el libre escrutinio.

Sin injerencia en el reaseguro

Garay Massey le restó importancia a la alegada distorsión que podría causar en el mercado de seguros el acuerdo entre la OCS y Swiss Re que, según argumentó el licenciado Negrón, provocaría que los reaseguradores prefieran reasegurar compañías débiles porque pagarían menos reclamaciones en un proceso de liquidación.

De acuerdo con los planteamientos de Garay Massey, el Código de Seguros no le reconoce a la AG injerencia en  los asuntos de reaseguro relacionados con un asegurador en liquidación. 

El representante legal de la OCS se comprometió en presentar un compendio sobre el estado financiero actual de la liquidación, con el fin de que la AG obtenga un panorama más certero de rumbo que lleva el proceso de liquidación y para erradicar dudas sobre la existencia de capacidad económica suficiente para pagar las reclamaciones ( clase 3 y 4) presentadas contra Real Legacy.

La jueza Stipec Rubio sostuvo que con el escrito que presente la OCS daba por sometido el caso, lo que implica que la jueza estaría lista para decidir sobre la petición de la AG.

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Ex ejecutiva de Real Legacy reclama examinar acuerdo entre la OCS y la Cooperativa de Seguros Múltiples 

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Por Miguel Díaz Román

En un giro sorpresivo relacionado con la liquidación de la aseguradora Real Legacy, una ex ejecutiva de la empresa solicitó al Tribunal de Primera InstancaI De San Juan, intervenir en el pleito con el fin de examinar  un acuerdo alcanzado entre la Cooperativa de Seguros Múltiples (CSM) y la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS).

Alegadamente, el citado acuerdo pone fin a un reclamo para que se devolvieran los fondos que Real Legacy pagó de manera ilegal a determinados ejecutivos y cuyo monto total podría alcanzar los $500,000.

El pasado 22 de mayo la ex directora de finanzas de Real Legacy, Aleida Alsina, radicó una solicitud de intervención para examinar el citado acuerdo, en el cual, alegadamente, la CSM, que fue la empresa matriz de Real Legacy, aceptó devolver las sumas de dinero pagados en bonos ilegales a los ejecutivos.

Además, en el acuerdo la CSM se hizo cargo del pago de los intereses legales por las sumas pagadas de manera ilegal, los gastos por concepto de abogado y el costo del proceso administrativo relacionados con esta reclamación. 

No obstante, el pasado 20 de marzo la OCS presentó el acuerdo alcanzado con la CSM en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan y, además, solicitó que el contenido del acuerdo se mantenga bajo confidencialidad.  

Esta petición dirigida a mantener en confidencialidad el acuerdo entre la OCS y la CSM no fue objetada por la Asociación de Garantía de Seguros Misceláneos (AG).

Pero la AG sí solicitó a la OCS que identifique el litigio original que provocó el acuerdo con la CSM. En una moción la OCS reveló el número del caso en el sistema digital de la rama judicial.

Se trata de una petición contra la CSM y determinados ejecutivos de Real Legacy para que reintegren al caudal de la liquidación los pagos ilegales.

Esa plieito fue radicado el 26 de julio de 2024 en el Tribunal de Primera Instancia der San Juan, que figura como tribunal supervisor de la liquidación.   

Es necesario recordar que la AG había impugnado el manto de confidencialidad que por mandato del tribunal cobija otro acuerdo alcanzado por la OCS con el reasegurador Swiss Reinsurance America Corporation.

Este acuerdo también está relacionado con la liquidación de Real Legacy.  

Real Legacy emite los pagos ilegales

El 10 de agosto de 2018 la aseguradora Real Legacy emitió los pagos a los ejecutivos, cuando ya la OCS había ordenado proteger los activos debido a la precaria situación financiera de la aseguradora. El 3 de agosto de 2018, la OCS le prohibió a Real Legacy desembolsar fondos sin su autorización.

A pesar de la prohibición, Real Legacy realizó el desembolso, el cual tuvo el consentimiento de la CSM y su empresa matriz, denominado como Grupo Cooperativo.

De hecho, la orden de la OCS prohibiendo el desembolso de fondos ocurrió en el contexto de que ese día, el 3 de agosto de 2018,  Real Legacy  sometió ante la OCS un informe financiero que certificó que la aseguradora padecía un menoscabo de capital de $71.1 millones.

El 3 de julio de 2018 la junta de directores de Real Legacy celebró una reunión extraordinaria en donde se informó que las reclamaciones causadas por el huracán María excedían el tope de la cubierta de reaseguro por $70 millones.

Luego, el 21 de julio 2018, en un situación insólita, la CSM y Real Legacy solicitaron que la OCS comenzara los procesos judiciales de rehabilitación y eventual liquidación de la aseguradora.

El mensaje fue planteado ante la OCS por el licenciado Carlos Rivera Vicente, del bufete Cancio, Nadal y Rivera, quien actuó en representación de Real Legacy.

En su petición para los pagos ilegales fueran reintegrados al caudal de liquidación de Real Legacy, la OCS sostuvo que,las disposiciones del Código de Seguros establecen que los pagos realizados «constituyen ser preferencias o transferencias fraudulentas o anulables».

«Por lo tanto, cualquier dinero recibido por estos ejecutivos tiene que ser devuelto  al caudal de la Liquidación de RLA”, sostuvo la moción de la OCS.

La lista de beneficiados

Los pagos ilegales incluyen $124,000.00 que  fueron pagados a Miguel López, quien para entonces era el presidente de la Real Legacy; $30,000.00 a Mara Toro Toledo, quien era la vicepresidenta de finanzas; $ 30,000.00 a Dharma Rovayo, que era la gerente de riesgos; $20,000.00 a Luis Murphy, quien era el gerente de reclamaciones; $12,000.00 a Ana Gregori, quien era ejecutiva de recursos humanos; $12,000.00 a Nanette Cruz Columna, quien era gerente de contabilidad; $10,000.00 a Katina Cintrón Aponte, que se desempeñaba como analista financiero y $12,000.00 a Dyanne Santiago Díaz, quien era ejecutiva de riesgos.

Además, con el consentimiento de CSM y del Grupo Cooperativo, según alega la OCS,  Real Legacy desembolsó $75,000.00 por concepto de un «bono por desempeño» a favor del presidente Miguel López. 

En su petición la OCS concluyó que la CSM y el Grupo Cooperativo debían responder solidariamente por el pago total de lo reclamado, una cifra que se fijó en $250,000.00. 

Intereses y gastos de abogado

La petición de la OCS advirtió que esa cifra estaría acumulando intereses legales hasta que fuera saldada en su totalidad. Además,  cada uno de los demandados deberá  pagar $25,000.00 por concepto de honorarios de abogados por temeridad, junto con el pago de los costos administrativos.

No obstante, no está claro, según la petición de la OCS, el monto final que le corrrespondería pagar a la CSM.

Por su parte, en su moción para lograr acceso al acuerdo, la señora Alsina indicó que fue empleada de Real Legacy desde el mes de agosto de 2013 hasta el mes de marzo de 2017.

Durante ese periodo Alsina se desempeñó como directora de finanzas de Real Legacy. Además, la señora Alsina fue nombrada en el Comité Administrativo del Plan de Retiro de Real Legacy. Su participación en este comité comenzó el 13 de mayo de 2014 y finalizó en marzo de 2017, cuando terminó su trabajo en Real Legacy. 

No obstante, el Plan de Retiro de Real Legacy fue terminado el 31 de diciembre de 2018.

De acuerdo con la moción de Alsina, algunos participantes del Plan de Retiro presentaron un pleito de clase en la corte federal de San Juan para el 8 de noviembre de 2019. 

En ese pleito la CSM fue incluida como demandada debido a que la » Cooperativa era dueña del 100% de las acciones de Real Legacy; que Cooperativa había asumido la dirección de Real Legacy, incluso nombrando tres empleados de Cooperativa a formar parte del Comité de Administración del Plan de Retiro».

Acuerdo no incluyó a la señora Alsina

En su moción Alsina sostuvo que ella era la única empleada de Real Legacy nombrada a dicho comité. También alegó que durante el pleito en el Tribunal federal, la CSM y sus empleados mantuvieron una defensa unida junto con la señora Alsina. 

La moción alegó que la CSM llegó a un acuerdo de transacción sin incluir a la señora Alsina.

Además, la moción planteó que en el caso por los pagos ilegales radicado por la OCS «ninguno de los empleados demandados era empleado de la CSM».

La ex directora de finanzas de Real Legacy sostuvo en la moción que la CSM «negoció la transacción con el Liquidador de Real Legacy y se hizo cargo del pago (incluyendo de todos los empleados de Real Legacy demandados) pero se negó «a asumir responsabilidad por la señora Alsina.

Esto «a pesar de que la CSM llegó a un acuerdo con los demandantes que incluyó solamente a los empleados de Cooperativa que se nombraron al Comité Administrativo».

De hecho, según sostiene la moción, la exclusión de la señora Alsina por parte de la CSM es la razón por la que la ex ejecutiva de Real Legacy solicita que se le permita examinar el acuerdo de transacción.

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Disfuncional el DA debido a querellas, investigaciones y auditorías contra la cúpula administrativa

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Por Miguel Díaz Román

La principal cúpula administrativa del Departamento de Agricultura opera con una serie de funcionarios contra los que pesan múltiples querellas, investigaciones por razones éticas o auditorías ordenadas por la Oficina del Contralor por presuntas irregularidades , en lo que se revela como los síntomas evidentes de la disfuncionalidad en la administración de la gobernadora Jenniffer González Colón. 

Uno de los rasgos de la disfuncionalidad , que es comentado por numerosos sectores agrícolas, es la figura del subsecretario de Agricultura, Irving Rodríguez Torres, quien es objeto actualmente de una indagación por parte de la Oficina del Contralor.

La indagación fue provocada por un artículo publicado por SN, el cual reveló que durante el pasado cuatrienio y mientras Rodríguez Torres fungía como director ejecutivo de la Autoridad de Tierras, aprobó el desembolso de $267,000.00 a la entidad Zafra PR Inc, en la que el chofer del ex secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, era el tesorero.

Los fondos fueron aprobados para realizar un proyecto «de reforestación y rehabilitación para restaurar el área de entrada del barrio Aguirre en el municipio de Salinas con la plantación de 200 palmas reales y su mantenimiento».

En el fogón el subsecretario

El asunto podría convertirse en uno  de mayor calibre si la indagación produce pruebas de mayores irregularidades.

 Además, tan reciente como el pasado 12 de mayo de 2025, la Oficina de Ética Gubernamental (OEG)  le imputó al exsecretario del Departamento de Agricultura, Ramón González Beiró, múltiples violaciones éticas relacionadas con el uso indebido de vehículos oficiales para fines personales, en los que aparece involucrado Rodríguez Torres.

La OEG le imputó a Rodríguez Torres haber gastado de manera ilegal en el pago de peajes, $2,615.40,  provenientes de fondos públicos.  Según la querella de la OEG, González Beiró le asignó a Rodríguez Torres, quien reside en Caguas, un vehículo Jeep Grand Cherokee con tablilla JGV-150 para sus labores profesionales y personales. 

Según la querella, el gasto ilegal en que incurrió el subsecretario ocurrió entre el 25 de febrero de 2022 y el 30 de agosto de 2024.

Demandas contra Campos Merced

Otro funcionario contra el que pesan en su expediente querellas es el actual administrador de la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL) , Jorge Campos, quien el pasado cuatrienio  se desempeñó como subsecretario de Agricultura.

En el cuatrienio de 2016 -2020, Campos Merced ocupó la posición de administrador de la ORIL, periodo que se destacó por la múltiples diferencias que el funcionario sostuvo con el entonces secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega.

En 2019 Campos Merced fue demandado por la empleada de la ORIL, Iris Noelia Torres González, quien lo acusó en el Tribunal de Primera Instancia de Quebradillas por incurrir en prácticas discriminatorias por razones de edad, incluyendo discrimen laboral y político. 

Además, el ganadero Luis Manuel Ruiz también demandó a Campos Merced en el Tribunal Federal de Quiebras de San Juan porque el funcionario se negó a permitir que el ganadero pudiera alquilar su cuota de producción de leche, como un mecanismo para pagar a sus acreedores.

Campos Merced rechazó el alquiler de la cuota de leche a pesar de que fue una transacción aprobada por el Tribunal Federal de Quiebras, y que la propia reglamentación de la ORIL avala el recurso de alquilar la cuota para atender reclamos de los acreedores. 

El caso fue decidido a favor del ganadero y aún está en trámite una reclamación económica contra la ORIL.

La OEG también le imputó a Campos Merced haber consumido de manera ilegal en el pago de peajes fondos públicos por la cantidad de $1,702.70 durante el pasado cuatrienio. 

Según la querella de la OEG,  González Beiró le asignó una vehículo Jeep Grand Cherokee, del año 2019, con tablilla JHU-621 y con sello para el pago de peajes, el cual usó para cumplir las responsabilidades  de su cargo y para asuntos personales, lo cual es ilegal.

Campos Merced, quien también reside en Caguas, realizó el gasto ilegal entre el 23 de diciembre de 2021 y el 31 de julio de 2024.

Querellas por acoso laboral

Otra figura de la actual cúpula administrativa del DA que es blanco de querellas y señalamientos  es la directora del Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola (FIDA), Ruth Pagán Alvarado, quien ha sido acusada de acoso laboral en cinco ocasiones en los pasados ocho años. 

A Pagán Alvarado, quien, alegadamente, es una voz escuchada por el actual secretario de Agricultura, Josué Rivera Castro, se le imputó haber incurrido en acciones de acoso laboral contra tres de sus subalternos durante el pasado cuatrienio. 

Los afectados radicaron  tres querellas contra Pagán  Alvarado por violar la ley 90 de 2020 conocida como “Ley para prohibir y prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico”.

Las querellas fueron radicadas por Jhonny Ralat Cruz, quien se desempeñó  como analista finaciero del FIDA. Las otras dos querellantes son María Aponte y Mercedes Seín.

Alegadamente, Pagán Alvarado actuó  para alimentar una atmósfera de acoso y persecución contra los querellados. Una fuente indicó  que las querellas continúan «abiertas».

Pero estas no son las únicas  querellas contra Pagán  Alvarado.  

En el cuatrienio de 2016-2020, la funcionaria fue imputada en dos ocasiones de acometer acciones de acoso laboral las cuales fueron radicadas por Saritza Aulet y por Carliana Carrasco. 

Insatisfacción contra el secretario

Un señalamiento que aún no ha trascendido a viva voz, pero que es un tema obligado en las reuniones informales entre agricultores es la creciente insatisfacción con la gestión de Rivera Castro.

La insatisfacción surge por la falta de iniciativa que demuestra Rivera Castro para atender con  prontitud los problemas agrícolas. La falta de iniciativa contrasta con la presencia notable que el funcionario mantiene en los medios de comunicación, lo que podría crear una imagen distinta de secretario.

Quizás el  mayor reparo que continuamente hacen los agricultores es que Rivera Castro no es agricultor, ni agrónomo y no posee experiencia alguna en la agricultura, lo cual representa un rompimiento con la tradición administrativa en esa agencia, cuyos secretarios siempre han estado vinculados a la agricultura ya sea porque poseen una determinada experiencia agrícola, son agrónomos o mantienen operaciones agrícolas.

 De hecho, la falta de experiencia agrícola de Rivera Castro podría minar su credibilidad ante amplios sectores agrícolas del país que están convencidos que el DA sólo puede ser un instrumento útil para la agricultura si es dirigido por un agricultor experimentado.

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Decídete por una carrera en seguros 

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Por Jaime Gonzalez Portilla

presidente de Antilles Insurance Company

La industria de seguros es unos de los motores principales de la economía de PR, generando más de 12,000 empleos directos y sobre 39,000 empleos indirectos, pero cada día son más los profesionales de seguros que se están retirando y cada día son menos los jóvenes con bachilleratos o maestrías de seguros que se interesan por una carrera en seguros y se nos está haciendo cada vez más difícil reclutar talento nuevo.

Nos toca a todos en nuestra industria unir esfuerzos con miras a incentivar que más jóvenes se interesen por una carrera en seguros y para que eso suceda hay que exhortar a más colegios del país a que incluyan en sus currículos bachilleratos y maestrías en seguros. 

La industria de seguros a nivel de primas y luego del paso del Huracán María (2017) ha venido creciendo a pasos acelerados creando más oportunidades de empleo y desarrollo profesional para todos esos jóvenes estudiantes que puedan estar interesados en una carrera en el mundo de los seguros. Pero para que eso suceda hay que darnos a conocer como industria.  

La Oficina Del Comisionado De Seguros de Puerto Rico (OCS), quien se encarga de emitir las licencias de seguros, tiene a cargo todo lo relacionado con educación continua, podría ser más proactivo utilizando distintos medios de comunicación para promover campañas de publicidad que den a conocer a nuestra industria y sus oportunidades de empleo.  

Actualmente hay un sin número de aseguradoras, agentes y corredores de seguros buscando reclutar gente capacitada en el campo de los seguros. 

Otras entidades que también podrían ayudar a promocionar la industria para reclutar talento joven serían las propias asociaciones de seguros, entre estas, la Asociación de Compañías de Seguros (Acódese) al igual que la Asociación de Agentes Profesionales (PIA). 

La Universidad Universal de Seguros ya está poniendo su granito de arena al ser una de las pocas, sino la única institución colegiada del país ofreciendo un bachillerato en seguros. 

Uno de los cambios que la OCS debe considerar implementar, porque lo considero un disuasivo para atraer talento nuevo a nuestra industria, sería eliminar el requisito de que toda persona con una licencia de seguros tenga que aprobar un examen cada vez que se le requiera tomar un curso de educación continua. 

Otras industrias como el Colegio de Contadores Públicos Autorizados de PR, el Colegio de Abogados de PR, la Asociación de Bienes Raíces de PR no le requieren a sus colegiados que tenga que tomar un examen para aprobar un curso de educación continua.  

La OCS requiere que toda persona con licencia de seguros apruebe un total de #24 créditos, cada dos (2) años, de cursos de educación continua. 

Los exámenes para aprobar un curso de educación continua no solo son un disuasivo, sino que en gran parte para poder aprobarlos necesitas memorizar o embotellarte el material. 

Por ejemplo, una pregunta de un examen puede ser identificar cuál es el número del endoso de una cubierta o exclusión en particular. 

Aquellos que laboramos en la industria sabemos que resulta ser insignificante conocer cuál es el número de una cubierta o endoso en particular porque los contratos de seguros no son material de memoria o embotellamiento. 

Los contratos de seguros hay que leerlos para entenderlos y saber interpretarlos para poder explicarlos a las personas que no laboran en nuestra industria. Si un profesional de seguros quiere obtener más conocimiento sobre cualquier tema relacionado con una cubierta, exclusión, o simplemente tiene alguna duda lo más importante es saber dónde dirigirse o localizarlo en el propio contrato. 

Como industria debemos exigirle a la OCS que elimine de una vez y por todas el requisito de un examen para aprobar cursos de educación continua.        

Recientemente se me acercó un profesional con licencia de seguros de propiedad y contingencia para informarme que la OCS ahora requiere que éste tome un curso de seguro de vida y anualidades y apruebe un examen. 

Cabe preguntarse por qué un profesional de seguros que no vende seguro de vida y anualidades se le requiera dicho curso. Eso no tiene ningún sentido y se convierte en otro disuasivo para el que pueda estar interesado en querer mantener su licencia activa y/o incursionar en el mundo de los seguros. 

Exhorto al OCS a que evalúe todos los requisitos de licenciamiento y educación continua con miras a hacer los cambios pertinentes para retener a nuestros profesionales y a atraer talento nuevo a nuestra industria de seguros.    

Tenemos excelentes asociaciones de seguros, educadores de seguros y profesionales actualmente laborando en nuestra industria que tienen la capacidad para trabajar de la mano con la OCS. 

La OCS debe, como una de sus prioridades, crear un comité de educación compuesto por miembros de la industria y su Oficina para que atienda este asunto lo antes posible. La industria de seguros está lista para corroborar con la OCS. 

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Ética imputa al ex secretario de Agricultura violaciones por uso personal de vehículos oficiales

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Por Miguel Díaz Román

La Oficina de Ética Gubernamental (OEG)  imputó al exsecretario del Departamento de Agricultura, Ramón González Beiró, múltiples violaciones éticas relacionadas con el uso indebido de vehículos oficiales para fines personales, en una querella que fue radicada el 12 de mayo de 2025.

Además, la OEG le imputó a González Beiró autorizar de manera ilegal el uso de vehículo oficiales para fines personales a tres subalternos, entre los que figuran el ex director ejecutivo de la Autoridad de Tierras, Irving Rodríguez (quien actualmente es el subsecretario de Agricultura); Jorge Campos Merced, quien se desempeñó como subsecretario de Agricultura el pasado cuatrienio y Alex R. Muñiz Lasalle, quien se desempeñó como Secretario Auxiliar de Integridad Agrocomercial.

Las acciones ilegales cometidas por González Beiró causaron un gasto ilegal ascendente a $8,827.95.

Según la querella González Beiró se asignó un Jeep Wrangler con tablilla JHF-169 y un vehículo de la marca Chevrolet Suburban con tablilla GE-11841 para transportarse diariamente desde su residencia en Salinas hasta San Juan y viceversa. 

Esto provocó el desembolso total de fondos públicos por la cantidad de $2,862.00 por concepto de peaje.

A Campos Merced, quien reside en Caguas, el ex secretario le permitió utilizar un Jeep Grand Cherokee, del año 2019, con tablilla JHU-621 y con sello para el pago de peajes. Entre el 23 de diciembre de 2021 y el 31 de julio de 2024, el gasto de fondos públicos por concepto de peajes (AutoExpreso) del Jeep Grand Cherokee con tablilla JHU-621 ascendió a $1,702.70.

Al señor Rodríguez, quien también reside en Caguas, el ex secretario le asignó un Jeep Grand Cherokee con tablilla JGV-150. Entre el 25 de febrero de 2022 y el 30 de agosto de 2024, el gasto de fondos públicos por concepto de peajes del Jeep Grand Cherokee con tablilla JGV-150 ascendió a $2,615.40. 

González Beiró le asignó a Muñiz Lasalle, quien reside en Quebradillas, el vehículo oficial Dodge RAM 1500 con tablilla GE11751 y con sello para el pago de peajes. En el periodo comprendido entre el 18 de mayo de 2022 y el 27 de diciembre de 2023, el gasto de fondos públicos por concepto de peajes del Dodge RAM 1500 con tablilla GE11751 ascendió a $1,647.85. 

Según la querella, González Beiró «obtuvo un beneficio personal, no permitido por ley, al haber incurrido en un uso ilegal e indebido de los dos vehículos oficiales que tenía asignados al trasladarse desde el municipio de Salinas, donde ubicada su residencia, hasta su lugar de trabajo en el área de San Juan. Las acciones del querellado de permitir que tres de sus subordinados utilizaran propiedad pública para su uso personal redundó en un beneficio no permitido por ley». 

La querella cita múltiples violaciones a determinados artículos de la ley 1 de 2012, que es la ley de Ética Gubernamental y exige que el ex funcionario devuelva los fondos públicos mal usados como resultado de sus decisiones. 

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Ocasio Pérez atribuye retiro de su nominación a querella de «rival político» en Supremo

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Por Miguel Díaz Román

En la mañana de hoy miércoles 15 de mayo la gobernadora Jenniffer González Colón retiró el nombramiento de cuatro personas, dos de las cuales estaban designadas para ocupar posiciones en su gabinete y las otras dos eran designaciones para ocupar posiciones de jueces en la rama judicial.

Sin ofrecer más explicaciones González Colón retiró el nombramiento del licenciado Alfredo Ocasio Pérez, quien fue designado a ocupar la posición de Comisionado de Seguros, y de la licenciada Nydza Irizarry Algarín como secretaria del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.

No obstante, Ocasio Pérez atribuyó el retiro de su nominación a una querella radicada en su contra en el Tribunal Supremo por un «rival político». Ocasio Pérez no identificó el nombre del querellante ni las razones que motivaron la querella en su contra.

«(La querella) está en su proceso el cual es confidencial. El quejoso es un rival político en Mayagüez. No voy a emitir comentarios. El proceso de la queja presentada por un individuo que nunca ha sido cliente mío es confidencial por ley, no por capricho mío, aún cuando se trate de una querella frívola. Yo me apego a la ley. Una vez concluya ese proceso, me expresaré. Gracias», sostuvo Ocasio Pérez, a través de un mensaje de texto.

Proceso confidencial

Una fuente de SN indicó que la querella fue radicada por un residente de Mayagüez quien es simpatizante de la estadidad. El asunto de la querella, alegadamente, ocurrió en medio de disputas políticas.

Sobre las alegaciones de la fuente Ocsio Pérez sostuvo : “como indiqué, el proceso es confidencial por ley. Yo me atengo a la ley y a mis obligaciones éticas ante el Tribunal Supremo. El quejoso nunca ha sido cliente mío y él cree ser rival político mío”.

En el día de ayer, en una entrevista en la radio, el presidente del Senado, Tomás Rivera Schatz, ofreció señales inequívocas de que el licenciado Alfredo Ocasio Pérez enfrentaría dificultades para ser confirmado en el cargo. Rivera Shactz no abundó en los obstáculos que enfrentaba el nominado.

Se queda Adams Vega

En algunos medios de comunicación ha surgido que Ocasio Pérez habría realizado en el pasado severas críticas al Partido Nuevo Progresista, lo cual no ha sido de agrado de los senadores novoprogresistas que integran la Comisión de Nombramientos.

Ocasio Pérez se había destacado en la pasada campaña electoral porque fue el presidente del Comité de Campaña Puerto Rico Trump-Vance 2024.

El retiro del nombramiento de Ocasio Pérez, causará que el licenciado Alexander Adams Vega continúe como Comisionado de Seguros en funciones.

Además, la gobernadora retiró los nombramientos del licenciado Libardo Hernández Pérez como juez superior del Tribunal de Primera Instancia, y de la licenciada Sharon Falak Rodríguez como jueza municipal.

Crisis sin precedentes

Sobre el retiro de la nominación de la licenciada Irizarry Algarín como secretaria del Trabajo, la Fortaleza informó que la actual subsecretaria, María del Pilar Vélez Casanova, asumirá el cargo de secretaria de manera interina.

La Fortaleza indicó que Irizarry Algarín continuará colaborando con Oscar Ramos, quien es el asesor de asuntos legales laborales de la gobernadora.

Con el retiro de los nombramientos de Irizarry Algarín y de Ocasio Pérez suman cinco los designados por González Colón para ocupar sus posiciones de su gabinete que ha tenido que retirar entre los meses de abril y mayo, en lo que representa una crisis de nombramientos del Ejecutivo sin precedentes.

El 27 de abril, la gobernadora retiró la designación de Verónica Ferraiuoli como secretaria designada del Departamento de Estado, luego de que ella aceptara que no radicó planillas durante tres años.

El pasado 6 de mayo la gobernadora retiró el nombramiento de Janet Parra, como secretaria de Justicia, en medio de imparables cuestionamientos a su integridad como abogada por representar a una persona que investigó cuando era fiscal del Departamento de Justicia.

La nominación de Arthur Garffer como secretario de Estado fue retirada por la González Colón el pasado martes 13 de mayo, luego de que surgieran dudas sobre que el designado podría cumplir con los requisitos constitucionales de residencia para ocupar la posición.

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