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Puerto Rico
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Plátano importado sin cáscara desplaza al plátano del país

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Por Miguel Díaz Román

El plátano local ha sido desplazado en aproximadamente un 95 % de los restaurantes, cafeterías y los supermercados del país por un plátano sin cáscara importado que se vende congelado en un empaque al vacío y que no tiene el sabor y la calidad del fruto local, según denunció Louis Meyer Comas, quien preside la Asociación de Productores de Plátanos del Sur.

Meyer Comas sostuvo que el plátano sin cáscara importado que se mercadea en Puerto Rico ha sido analizado en laboratorios de California y los resultados demuestran que en el cultivo de esos frutos se han usado determinados plaguicidas como el glifosato, que está identificado como un causante de cáncer.

El plátano sin cáscara es importado de Ecuador y de la República Dominicana.

«Nuestro plátano es de primera y está libre de plaguicidas y es fresco. Con ese plátano sin cáscara nos envenenamos a plazos cómodos», dijo el agricultor Meyer Comas, quien también preside la finca Frescura G Meyer, que es uno de los principales productores de plátanos del sur del país.

Meyer Comas hizo los planteamientos en la última edición del programa Informe Semanal, que se transmite en las redes sociales todos los viernes.

En el programa participan el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, el economista José Alameda y el periodista Miguel Díaz Román.

El desplazamiento del plátano local de los restaurantes, cafeterías y supermercados ha ocurrido paulatinamente luego de que el huracán María destrozó en su totalidad los cultivos locales, lo que causó la escasez del fruto en el mercado local, según dijo Meyer Comas.

Indicó que la escasez tras el paso del María estimuló la importación autorizada por el Departamento de Agricultura, la cual vigila que el fruto importado cumpla los requisitos fitosanitarios y las exigencias de calidad.

Plátano importado sin restricciones

No obstante, el plátano sin cáscara importado no está sujeto a las inspecciones fitosanitarias del DA, debido a que se le extrae la cáscara y se empaca al vacío, según reveló el ex secretario de Agricultura Carlos Flores Ortega.

Explicó que los importadores aprovecharon la escasez del plátano local, tras el paso destructivo del huracán María por el país, para introducir el plátano sin cáscara.

Además del plátano empacado al vacío también se importan plátanos sin cáscaras empacados en unos envases que contienen agua con sal.

Alegadamente, el plátano sin cáscara ha sido aceptado por el sector de los restaurantes y cafeterías porque ahorra considerable tiempo de preparación en la cocina.

En restaurantes de alta demanda, según fuentes de la industria de alimentos, el plátano sin cáscara ha resultado muy favorable porque no es necesario dedicar exclusivamente un empleado a pelar el fruto.

Más barato que el plátano local fresco

Otro factor que favorece el consumo del plátano sin cáscara importado es que su precio es más bajo que el precio del plátano fresco de cosecha local.

Por ejemplo, cada unidad del fruto local puede costar un dólar o más de un dólar, de acuerdo con la abundancia del fruto en el mercado. Pero el plátano sin cáscara importado se vende en empaques al vacío de dos libras que contienen cuatro plátanos y su precio aproximado es $3.

Meyer Comas dijo que la situación actual es sumamente preocupante porque el desplazamiento de plátano local por el plátano sin cáscara importado asciende a un 95 % en los supermercados.

“Hay que recordar que el consumo per cápita del plátano en Puerto Rico es de 50 libras por persona al año y que en la isla se consumen 150 millones de plátanos al año y esto representa entre 3,800 cuerdas sembradas y que generan cerca de 30,000 empleos directos e indirectos” dijo Meyer Comas.

Agregó que otro factor es que el dinero que genera la industria del plátano local “se queda en aquí y se triplica en la economía local”.

“Cuál es el impulso que le va a dar el secretario de Agricultura, que no me contesta el teléfono y no me dan audiencia, para que los productores tengamos un mercado seguro. Algo tenemos que hacer”, exclamó el agricultor con evidente preocupación.

Oportunidad de reglamentación

Flores Ortega agregó que tras el paso del huracán Fiona, el pasado mes de septiembre del 2022, el DA no pudo lograr acuerdos de importación de plátanos frescos, lo que provocó un vacío en la oferta del fruto.

“Al no haber plátano, la gente se fue a buscarlo de dónde fuera y lo trajeron mondado y ese ocupó el espacio vacío”, dijo Flores Ortega.

Sostuvo que existe una oportunidad para regular la entrada del plátano importado con o sin cáscara, debido a que ese fruto no se cultiva en Estados Unidos.

El ex secretario dijo que la oportunidad surge porque la reglamentación agrícola federal no cobija el cultivo del plátano, lo cual es una oportunidad para que el gobierno local establezca parámetros de importación sin el temor de que se impugne en los tribunales con el argumento de que es un campo ocupado por la reglamentación federal.

Indicó que a pesar de que existe esa oportunidad, en la legislatura no ha prestado interés para producir una medida que regula la entrada del plátano importado.

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Manto de silencio sobre contratos de rector interino de RCM

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Por Miguel Díaz Román

Las interrogantes sin contestación y los silencios ruidosos rodean dos contratos concedidos por el Centro Comprensivo de Cáncer (CCC) en 2019 y 2020 a una empresa incorporada por el actual rector interino del Recinto de Ciencias Médicas (RCM) de la Universidad de Puerto Rico, Carlos Ortiz Reyes, quien se convirtió en contratista de la universidad mientras simultáneamente se desempeñaba como empleado del recinto.

La falta de cooperación de los implicados en estas transacciones y la renuencia a ofrecer documentos que avalen la corrección de sus acciones, levantan serias dudas sobre la transparencia en que opera de la UPR y sus dependencias.

También levanta serias dudas sobre si estos funcionarios cumplieron con la observancia de sanas normas en la administración de las entidades y de los fondos públicos y si el presidente de la UPR, doctor Luis Ferrao, respalda ese tipo de comportamiento de parte de su cuerpo administrativo.

Al momento de publicarse este reportaje permanecen las dudas sobre la contratación por el CCC de la empresa IT Group Solutions Puerto Rico Inc (ITGS), incorporada por Ortiz Reyes en junio de 2010, está libre de incumplimientos de la reglamentación vigente que regula la contratación de empleados de RCM por otras instituciones de la UPR.

Especialmente, porque no está claro si la contratación de la empresa ITGS por parte del CCC, exime a Ortiz Reyes se cumplir con una disposición contenida en ambos contratos, la cláusula vigésima tercera, que impide que el contratista o sus empleados sean funcionarios públicos, empleados de confianza o que obtengan una compensación por servicios regulares prestados en una entidad del gobierno.

Ortiz Reyes no ha respondido a las justificadas interrogantes sobre si la contratación por el CCC de su empresa cumplió con los requerimientos de ley que regulan ese tipo de transacción, incluyendo la posible aplicación de la cláusula vigésima tercera.

No responde Rodríguez Quillichini

Tampoco ha respondido el doctor Segundo Rodríguez Quillichini, quien para el periodo de la contratación de ITGS por el CCC, ocupaba la posición de rector de RCM y quien, al menos, debió esclarecer la legalidad y conveniencia de que uno de sus subalternos presidiera una corporación con fines de lucro que se convirtió en contratista de otra entidad de la UPR, mientras laboraba a tiempo completo en el RCM.

Incluso, Rodríguez Quillichini debió examinar el contenido de la cláusula vigésima tercera y determinar si Ortiz Reyes estaba obligado a cumplir con determinados requisitos o si por el contrario, el funcionario está exento de observar las claras prohibiciones que dispone la citada cláusula.

Para los años 2019 y 2020 Ortiz Reyes ocupaba la posición de presidente de ITGS mientras se desempeñaba simultáneamente como director de la oficina de Informática y recursos educativos de la escuela de profesiones de la salud, que es una dependencia de RCM.

Además, se desconoce si Rodríguez Quillichini hurgó en la legalidad y conveniencia de que otros de sus subalternos, Eliel Melón, quien para entonces laboraba en la escuela de profesiones de la salud, ocupara la posición de tesorero de ITGS.

Al presente Melón es profesor asociado de la escuela de medicina dental del RCM, mientras mantiene la posición de tesorero de ITGS.

Silencio absoluto de Ortiz Reyes

Ángel Hoyos, portavoz de Ortiz Reyes, no ha respondido a los reiterados pedidos de este periodista para que explique si los contratos estuvieron acompañados por una dispensa que lo eximiera de las prohibiciones de la cláusula vigésimo tercera y fungir como contratista del CCC mientras ocupaba una plaza administrativa en el RCM.

Hoyos tampoco ha respondido si Ortiz Reyes cumplió con otros requerimientos o documentos, si la dispensa no era requerida.

La pasada semana y a solicitud de este periodista, Rodríguez Quillichini aseguró que, tras el fin de semana largo por la conmemoración de los muertos en guerra, que discurrió entre el 25 y 29 de mayo, buscaría los documentos relacionados con ambos contratos.

Ayer martes Rodríguez Quillichini evadió responder a las llamadas telefónicas para concertar una entrevista en la que estableciera su posición sobre los contratos y presentará evidencia de los documentos que requirió, según los protocolos vigentes en el RCM.

Este periodista dejó recados en la oficina privada de Rodríguez Quillichini, ubicada en Santurce, y en el Departamento de Cirugía del RCM. No obstante, el doctor jamás respondió.

$121,774.00 en dos años

Los contratos en controversia fueron concedidos por el CCC a ITGS con el fin de que se diseñara una plataforma de aprendizaje para cursos en línea, incluyendo el diseño y producción de un curso en línea según fue descrito en una propuesta que acompaña los contratos.

El primer contrato se extendió por 15 días, del 14 de junio al 29 de junio de 2019, y por el que ITGS devengó $7,198.00. En representación del CCC, firmó el señor Luis A. Clavell Rodríguez, quien para entonces era el director ejecutivo interino de la institución. En representación de ITGS firmó Ortiz Reyes.

El segundo contrato se extendió por un año, entre el 1 de julio de 2020 hasta el 29 de junio de 2021. La compensación autorizada ascendió a $9,548.00 mensuales para un total de $114,576.00 durante la vigencia del contrato.

En representación del CCC, firmó la doctora Marcia Cruz Correa, quien para entonces era la directora ejecutiva de la institución.

Actualmente la doctora Cruz Correa continúa en la posición directiva del CCC. En representación de ITGS firmó Ortiz Reyes.

Entre ambas contrataciones ITGS y Ortiz Reyes obtuvieron un ingreso de $121,774.00 en dos años, sin incluir el ingreso que el funcionario obtuvo por su posición de director del centro de informática de la escuela de profesiones de la salud del RCM.

Responsabilidad del contratista

Los dos contratos contienen la ya citada cláusula vigésima tercera, también llamada como la cláusula de certificación del empleado público, la cual establece de manera precisa que la parte contratante o sus empleados no pueden ser funcionarios públicos, empleados de confianza o que obtengan una compensación regular por prestar servicios a una entidad del gobierno.

En respuesta a las interrogantes relacionadas con los contratos y la cláusula vigésimo tercera, presentadas por este periodista al CCC, la institución, a través de su relacionista público, Vivian Rivera Colón, y en declaraciones escritas, sostuvo que “los expedientes de contratación de IT Group Solutions no incluyen dispensa. Existen muchas situaciones en las que es requerido, la Ley de Ética Gubernamental establece las circunstancias en las que es requerida”.

Las expresiones de la CCC también aclaran que es responsabilidad del contratista proveer la dispensa, “pero solo en aquellos casos que lo requiera la ley”.

Las expresiones oficiales del CCC sostienen que “la corporación ITGS por conducto de su presidente, Carlos Ortiz Reyes, certificaron que no existía incompatibilidad entre los contratos con el CCC y cualquier otro contrato que pudiera tener la empresa o sus empleados con otra entidad gubernamental”.

OGE: RCM debió emitir su consentimiento

Por su parte la Oficina de Ética Gubernamental (OEG), a través de su portavoz para la prensa, Jennifer Rodríguez, indicó que, en relación con la contratación de la empresa ITGS por parte de CCC, es completamente legal que una entidad del gobierno contrate determinados servicios con una empresa privada.

Rodríguez indicó que Ortiz Reyes no necesitaba solicitar una autorización (antes dispensa) de la OEG para tener responsabilidades adicionales, contratos y compensación adicional.

Pero la funcionaria de la OEG advirtió que la entidad para la cual trabaja Ortiz Reyes, en este caso el RCM, “es a quien le corresponde dar ese consentimiento sobre responsabilidades adicionales, contratos y compensación adicional, según lo establece la Ley de Contrataciones de Empleados Públicos de la Universidad de Puerto Rico, mejor conocida como la ley 100 de 1956”.

La ley 100 le permite a la UPR contratar funcionarios públicos de otras dependencias públicas y también autoriza a la institución a contratar a su propio personal para determinadas responsabilidades, fuera de sus horas laborales y previo el consentimiento escrito del organismo o agencia el cual trabaja.

Rodríguez sostuvo que la UPR es una entidad del gobierno con amplio campo de acción en la que las distintas unidades universitarias operan como entidades independientes.

Sobre la aplicabilidad de la cláusula vigésima tercera que contienen los contratos de ITGS, Rodríguez señaló: “Cada servidor público de la UPR debe referirse a su autoridad nominadora para obtener el consentimiento de acuerdo a la Ley 100 que los cobija”, dijo Rodríguez.

Prohibido contratar con su propia agencia

Sobre las disposiciones de la ley orgánica de la OEG o ley 1 de 2012, en lo relativo a las prohibiciones relacionadas con empleos, contratos y negocios, Rodríguez dijo que dicha disposición prohíbe a un empleado contratar para la misma agencia en la que labora.

“Nosotros desconocemos cómo interpreta la UPR la Ley 100. En el caso de la OEG, la prohibición (de la ley orgánica) impide a un empleado contratar para la misma agencia en la que labora”, dijo Rodríguez.

Este periodista ha corroborado que existe como norma y costumbre que los empleados del RCM soliciten una autorización escrita de parte del rector del RCM para ofrecer servicios a otra entidad universitaria, según lo establece la ley 100.

Desconocemos si el doctor Rodríguez Quillichini examinó los contratos de la empresa ITGS a la luz de la ley 100 y si Ortiz Reyes solicitó la aprobación del rector.

También se desconoce si existe un aval escrito emitido por el entonces rector como claramente dispone la ley 100. Ciertamente, si ese procedimiento no se cumplió la contratación de la empresa ITGS por el CCC estuvo en violación a la ley 100.

Incluso, se desconoce si Rodríguez Quillichini cumplió con la sección 64.7 del reglamento general de la UPR, que prohíbe la interferencia de labor académica por aquel trabajo retribuido que pueda tener la comunidad académica fuera de la universidad, ya sea por medio del ejercicio privado de una profesión.

Dicho artículo exige que la comunidad académica emita un informe anual sobre las tareas que realiza fuera de la universidad y a su vez, el informe debe demostrar que esa actividad no interfiere con el ejercicio académico.

Debido a la falta de cooperación de parte de Ortiz Reyes y del entonces rector Rodríguez Quillichini, se desconoce si Ortiz Reyes emitió esos informes anuales y si la contratación de la empresa ITGS entre 2019 y 2020 por el CCC, resultó en detrimento del rendimiento académico del funcionario en el RCM

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Ferrao hace mutis ante contratos dudosos del rector de Ciencias Médicas

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Por Miguel Díaz Román

El presidente de la Universidad de Puerto Rico, doctor Luis Ferrao, no ha reaccionado a las numerosas interrogantes que rodean dos contratos concedidos a una empresa incorporada por el actual rector interino del Recinto de Ciencias Médicas (RCM), Carlos Ortiz Reyes, quien se convirtió en contratista de la universidad mientras simultáneamente se desempeñaba como empleado del recinto.

Ferrao ha mantenido silencio ante los pedidos de este periodista para que indique si se propone ordenar una investigación que aclare si los contratos de la empresa de Ortiz Reyes cumplieron con la reglamentación vigente que cobija la contratación de empleados de RCM por otras instituciones de la UPR.

El presidente de la UPR tampoco ha comunicado su respaldo a las acciones de Ortiz Reyes en relación a los contratos.

Ayer este periodista se comunicó con la directora de la oficina de comunicaciones de la UPR, Iliana Rivera Deliz, para solicitar una reacción de Ferrao a una historia publicada el pasado miércoles, en la que se reveló que en 2019 y 2020 el Centro Comprensivo de Cáncer (CCC) otorgó dos contratos a la empresa IT Group Solutions Puerto Rico Inc (ITGS), incorporada por Ortiz Reyes en junio de 2010.

En la historia se establece que la falta de cooperación de algunos de los funcionarios implicados en estas transacciones ha impedido determinar si Ortiz Reyes cumplió en realidad con los requerimientos reglamentarios para que pudiera fungir como contratista del CCC mientras ocupaba una plaza administrativa en el RCM.

Rivera Deliz dijo que comunicaría la solicitud a Ferrao, pero pasadas más de 24 horas, la oficina de comunicaciones de la UPR no ha informado cuál es la posición del presidente en relación con la controversia.

El silencio de Ferrao acontece en momentos cuando aumenta la incertidumbre en la comunidad académica del RCM sobre si la contratación de la empresa de Ortiz Reyes por el CCC está libre de incumplimientos de la reglamentación vigente.

También han surgido interrogantes sobre el desempeño del doctor Segundo Rodríguez Quillichini, quien para el periodo de la contratación de ITGS por el CCC, ocupaba la posición de rector del RCM.

Rodríguez Quillichini debió precisar la legalidad y conveniencia de que uno de sus subalternos presidiera una corporación con fines de lucro que se convirtió en contratista de otra entidad de la UPR, mientras laboraba a tiempo completo en el RCM.

González Cancel denuncia mediocridad y corrupción

Pero la falta de cooperación de Rodríguez Quillichini ha impedido conocer si en efecto el entonces rector cumplió con su deber o si, por el contrario, ignoró sus responsabilidades como funcionario de la principal institución educativa del país.

Actualmente Ortiz Reyes, quien no ha respondió a las preguntas de este periodista sobre si la contratación por el CCC de su empresa cumplió con los requerimientos de ley, compite para ocupar la plaza de rector en propiedad del RCM junto a otros dos candidatos, el oftalmólogo Natalio Izquierdo Encarnación y la ex rectora de RCM, la doctora Ilka Ríos Reyes.

El conocido cirujano cardiovascular Iván González Cancel, mejor conocido como “doctor Corazón” y quien es egresado del RCM, ha denunciado públicamente que Ferrao patrocina una atmósfera de mediocridad en la UPR porque apoya la permanencia de Ortiz Reyes como rector en propiedad, a pesar de que carece de las credenciales académicas para ocupar el cargo.

Ortiz Reyes posee un bachillerato en tecnología veterinaria obtenido en el RCM en 1986, una maestría de Phoenix University en el año 2,000 y estudios conducentes a grado doctoral en Nova Southeastern University.

Estas dos instituciones no figuran como universidades acreditadas por la Middle States Commission on Higher Education. Los sectores que se oponen a la candidatura de Ortiz Reyes sostienen que el bachillerato tecnología veterinaria del RCM es su única credencial académica corroborable.

“El RCM lo dirige un individuo cuyo grado profesional es asistente de veterinario. Todos esos guisos con el CCC, esa madeja corrupta sale de esa persona que se presenta como profesor. No solamente no tiene la capacidad, sino que existe la apariencia, la apariencia de corrupción y gansería. Estoy seguro que el doctor Ferrao es una buena persona, pero lleva a la universidad hacia la destrucción y el deterioro. Yo le llamo que es un incompetente, que es un mediocre, sostuvo González Cancel durante una entrevista con el periodista Rubén Sánchez en la estación de radio WKAQ 580, el pasado miércoles.

“No hay nada más solidario que la gente mediocre. El RCM tiene que estar dirigido por las mejores mentes y que incluye el rechazo a la mera apariencia de impropiedad. Estar considerando un asistente de veterinaria que es un incompetente, hay que preguntarse porqué. ¿Es por qué es flojito de patas bregado con la corrupción?”, agregó.

Los contratos de la discordia

Los contratos en controversia fueron concedidos por el CCC a ITGS con el fin de que se diseñara una plataforma de aprendizaje para cursos en línea, incluyendo el diseño y producción de un curso en línea según fue descrito en una propuesta que acompaña los contratos.

El primer contrato se extendió por 15 días, del 14 de junio al 29 de junio de 2019, y por el que ITGS devengó $7,198.00. En representación del CCC, firmó el señor Luis A. Clavell Rodríguez y Ortiz Reyes firmó en representación de ITGS.

El segundo contrato se extendió por un año, entre el 1 de julio de 2020 hasta el 29 de junio de 2021. La compensación autorizada ascendió a $9,548.00 mensuales para un total de $114,576.00 durante la vigencia del contrato.

En representación del CCC, firmó la doctora Marcia Cruz Correa, quien continúa en la posición directiva del CCC. En representación de ITGS firmó Ortiz Reyes.

Entre ambas contrataciones ITGS y Ortiz Reyes obtuvieron un ingreso de $121,774.00 en dos años.

Los dos contratos contienen la cláusula de certificación del empleado público, que establece de manera precisa que la parte contratante o sus empleados no pueden ser funcionarios públicos, empleados de confianza o que obtengan una compensación regular por prestar servicios a una entidad del gobierno.

Sobre la aplicabilidad de la cláusula que contienen los contratos la Oficina de Ética Gubernamental (OEG), a través de su portavoz para la prensa, Jennifer Rodríguez, sostuvo que “cada servidor público de la UPR debe referirse a su autoridad nominadora para obtener el consentimiento de acuerdo a la Ley 100 que los cobija”, dijo Rodríguez.

La ley 100 le permite a la UPR contratar funcionarios públicos de otras dependencias públicas y también autoriza a la institución a contratar a su propio personal para determinadas responsabilidades, fuera de sus horas laborales y previo el consentimiento escrito del organismo o agencia el cual trabaja.

Debido a la falta de cooperación del doctor Rodríguez Quillichini y de Ortiz Reyes se desconoce si el RCM examinó los contratos de la empresa ITGS a la luz de la ley 100. También se desconoce si Ortiz Reyes solicitó la aprobación del rector.

Interrumpen presentación de doctora Ilka Ríos Reyes

El pasado miércoles, mientras la doctora Ilka Ríos Reyes realizaba su presentación ante el comité evaluador en el Anfiteatro I de la Escuela de Medicina, ocurrieron interrupciones que extendieron innecesariamente la presentación.

Según narró Ríos Reyes, al inicio de su presentación digital “el representante estudiantil en el comité de consulta, Lanselotte Oliveras, quien había estado sentado en una mesa se acercó al podio y nos dijo a mí y al presidente del comité, que en la transmisión de la plataforma virtual Zoom, sólo se estaba proyectando mi imagen y, que la audiencia conectada en remoto, no se estaba viendo las imágenes proyectadas de mi presentación. Acto seguido trataron de resolver la situación. Por lo que pude entender, la “reunión zoom” la estaba manejando un profesor de la Escuela de Medicina, en remoto. Hubo aproximadamente cinco interrupciones similares, lo que alargó mi presentación 25 minutos adicionales, a lo previamente pautado”.

Sobre este incidente el doctor González Cancel indicó que no fue una casualidad, sino un acto concertado para sabotear la presentación de la doctora Ríos Reyes, de la misma manera como fue saboteada la presentación del doctor Izquierdo Encarnación varias semanas atrás, con la intromisión de imágenes pornográficas en la pantalla.

“Yo deje de creer en las casualidades. Esto fue un esfuerzo del asistente de veterinaria (Ortiz Reyes), eso no es casualidad. Es un esfuerzo real de torpedera la presentación de la doctora Ríos, como se torpedo la presentación del doctor Izquierdo Encarnación”, dijo González Cancel.

La doctora Ríos Reyes reveló que durante el periodo de preguntas se le presentó una interrogante que ella consideró una falta de respeto. Ríos Reyes no abundó sobre el contenido de la pregunta.

“Me realizaron una pregunta que interpreté como una falta de respeto a personas que formaron parte de mi equipo de trabajo desde enero a agosto de 2022. En la entrevista privada que tuve posteriormente con los miembros del Comité, les expresé que esa pregunta había constituido una falta de respeto”, concluyó Ríos Reyes

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ORIL le quita ingreso a ganaderos y favorece a Indulac

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Por Miguel Díaz Román

En una decisión que afectará a decenas de ganaderos, la Oficina para la Reglamentación de la Industria lechera (ORIL) determinó que la planta de balance Indulac podrá vender leche cruda excedente a 60 centavos el litro a las empresas productoras de queso, lo que representa un precio menor al que vendían determinadas vaquerías su producto a esas empresas.

La determinación administrativa de la ORIL, emitida el pasado 1 de junio, ha representado una pérdida sustancial para decenas de vaquerías que vendían leche a las empresas elaboradoras de quesos a precios que oscilaban entre 70 y hasta 90 centavos el litro.

La orden introduce una enmienda a otra decisión difundida el pasado 15 de marzo, la cual autorizaba que Indulac pudiera vender leche a las empresas productoras de queso, pero no establecía claramente el precio por litro.

En la orden del 1 de junio la ORIL establece que Indulac venderá el litro a 45 centavos más un cargo adicional de 15 centavos por concepto de servicio, lo que eleva el precio final a 60 centavos por litro.

No está claro cuál ha sido la razón para que la ORIL emitiera la orden del 15 de marzo y la de 1 de julio, debido a que en el pasado la entidad reguladora no había reaccionado a los reclamos de las empresas productoras de queso para que Indulac, que es una planta de balance que recibe los excedentes de leche, les vendiera parte de los excedentes antes de exportarlos a la República Dominicana.

Secretario no ofrece explicaciones

El secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, quien es el director ejecutivo interino de la ORIL se negó a comentar la orden del 1 de junio.

En una escueta respuesta enviada por mensaje de texto González Beiró sostuvo que “la orden es clara y no hay nada que explicar”.

Por su parte, el ganadero Carlos Benítez sostuvo que la orden de la ORIL es para beneficiar a la planta Indulac y, además, como un mecanismo para controlar la producción de leche del país ante la realidad de que las altas temperaturas han afectado la producción de leche.

“Aquí vemos otra vez como manipulan el sistema con órdenes administrativas para defender a Indulac. La producción ha disminuido por esta ola de calor que nos está arropando. Antes hacían unos chequeos preventivos y a los ganaderos que tenían altos contajes (de bacterias) les detenían el recogido (de leche) y le decían que se la vendieran a los queseros. Lo hacían para no meter esa leche en el sistema y poder pagar el segundo nivel mejor. Pero ahora, como ven que se están quedando sin leche, hacen esa orden administrativa para decirle al ganadero que no pueden vender leche al quesero y que Indulac será quien venda a los queseros a 45 centavos ganándose 15 centavos por servicio. Aquí vemos cómo quieren beneficiar a Indulac por encima de todas las plantas”, sostuvo Benítez.

Anticipan importación de leche

El ganadero anticipó que debido a las altas temperaturas y la falta de incentivos de parte del Departamento de Agricultura para reemplazar ganado, la producción de las vaquerías continuará disminuyendo hasta el punto que será necesario importar leche para satisfacer el mercado local.

“Todavía sigo pensando como a Tres Monjitas le pagan por un pasteurizado por la leche que se envía a la República Dominicana. Eso se pudo hacer por subasta pública y tratar de beneficiar al ganadero dándole más rendimiento. La ORIL funciona por encima de la ley y todavía no terminan el estudio económico exhaustivo y los ganaderos no sabemos a cuánto nos sale producir un litro de leche. Los números de nosotros varían de acuerdo a la vaquería y a la eficiencia. Con el estudio puedes otorgar una ganancia razonable. Los queseros no levantan su voz y ahorita se van a quedar sin leche porque Indulac les va a cerrar la llave y como los ganaderos no les pueden vender leche, le van a decir “ya no hay leche para ustedes”. Con este calor yo sé que tendrán que importar leche. La pregunta es si a esa leche importada le van a exigir los requisitos de calidad que nos exigen a nosotros”, dijo Benítez.

Por su parte, la presidenta de la empresa productora de queso, Quesos Vaca Negra, Inc, Wanda Otero, dijo que la decisión de la ORIL fue arbitraria y representa más costos para las empresas productoras de queso.

“Ahora con esta decisión tengo que buscar en San Juan la leche que veo pasar en camiones frente a mi casa y gastar dinero por esa transportación. Además, la leche de la ORIL está mezclada y no garantiza la calidad y frescura de la leche que podía obtener de mi suplidores”, dijo Otero.

Que se conviertan en queseros

Pero el presidente del sector de la leche de la Asociación de Agricultores, Manuel Martínez Arbona, defendió la decisión de la ORIL y señaló que la orden no obliga a nadie a comprar leche en Indulac.

“El ganadero que quiera vender leche a los queseros puede hacerlo, pero tiene que cumplir con un protocolo y pedir permiso a su planta elaboradora”, dijo.

Martrínez Arbona negó que el precio de 60 centavos el litro representa una competencia desleal a los ganaderos que suplían el producto a las empresas productoras de queso.

“Eso no es verdad. Los ganaderos tienen que cumplir con el mercado importante que es de leche fresca, que está a 90 centavos el litro. Se abrió un espacio en Indulac para leche excedente a las queseras. El ganadero a quien le tiene que vender leche es a su planta elaboradora. Pues si quiere, que se salga de ganadero y se quede como quesero. Aquí lo que tenemos es una licencia para vender leche a las plantas elaboradoras y si nos salimos de eso estamos haciendo otra cosa”, indicó.

Alegan vaquerías clandestinas

El presidente de la Asociación de Agricultores (AA), Héctor Cordero Toledo, aplaudió la determinación de la ORIL porque de alguna manera obliga a las queseras a cumplir con determinados requisitos de la ORIL para adquirir leche en Indulac.

“Antes esas personas compraban leche en la calle y ahora compran un producto que cumple con requisitos de calidad. Los ganaderos que le vendían leche a las empresas productoras de queso es mínimo y la mayoría de esas empresas las compraban la leche a vaquerías clandestinas”, agregó Cordero Toledo.

“Las vaquerías clandestinas tienen entre cuatro y cinco vacas y tienen una licencia del Departamento de Salud, pero esas vaquerías no están en el sistema de la ORIL. Creo que en Hatillo hay una persona que hace ese proceso, pero no está regulada por la ORIL”, concluyó el presidente de la AA.

Guadalupe Ortiz, presidente de la empresa Quesos Del País La Esperanza, Inc. sostuvo que la determinación de la ORIL ha sido muy favorable porque el precio de 60 centavos por litro ha representado un alivio económico para todos los queseros, pero especialmente para las empresas más grandes.

“Yo entiendo que los más grandes le compran a Indulac. Había ganaderos que vendían su leche a 70 centavos, 80 centavos y hasta 95 centavos. Yo sé de un quesero grande que por no quedarse sin leche pagó el litro a 95 centavos. Estamos comprando leche certificada, leche que cumple todos los requisitos de calidad y eso es una garantía para nosotros y para los consumidores. Yo no me voy de Indulac sin el certificado de calidad de la leche que acabé de comprar”, dijo Ortiz

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Aseguradoras objetan reglamento de “appraisal” de la OCS

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Por Miguel Díaz Román

La Asociación de Compañías de Seguros y la aseguradora Mapfre presentaron numerosas y serias objeciones al reglamento 106 que la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) se propone poner en vigor y que tiene como objetivo establecer la metodología para resolver las diferencias sobre el valor económico de una pérdida, un proceso conocido como “appraisal” en el que un árbitro independiente adjudica el monto a pagar en una reclamación disputada.

Si la OCS no acoge las recomendaciones y rechaza las objeciones de ACODESE y Mapfre al reglamento 106, se estarían creando las condiciones para una posible impugnación en los tribunales.

De hecho, la industria de seguros sostiene que la redacción actual del reglamento 106 contiene disposiciones “ultra vires” y permite la selección de árbitros que no garantizan total imparcialidad y que podrían carecer de las competencias para dirimir las controversias.

Al menos el presidente de una de las aseguradoras del país manifestó la intención de acudir a los tribunales si la OCS no atempera las disposiciones del reglamento 106, según las preocupaciones de la industria de seguros.

Esto porque el proceso de “appraisal” comprende aquellas controversias generadas por reclamaciones presentadas ante pólizas de seguros de propiedad, las cuales suelen ser reclamos que involucran cantidades sustanciales de dinero.

El proceso de “appraisal” estará disponible para las controversias generadas en pólizas de propiedad de líneas personales (individuos) y por empresas y comercios.

Además, incluye las reclamaciones en disputa generadas por agencias del gobierno central, corporaciones públicas y municipios.

Tras el huracán María, decenas de reclamaciones de numerosos condominios, de agencias del gobierno central, corporaciones públicas y de municipios se han ventilado en los tribunales porque tanto los asegurados como las aseguradoras no han estado satisfechos con el monto de las reclamaciones presentadas o con el ajuste de esas reclamaciones.

Muchas de esas controversias aún se encuentran en los tribunales, especialmente aquellas en las que participaron activamente determinados ajustadores públicos, algunos de los cuales han sido imputados de fraude por la OCS, tras determinar que inflaron las reclamaciones.

“Appraisal” disponible para aseguradora y asegurado

Los señalamientos de ACODESE y de Mapfre fueron presentados el pasado viernes en una vista pública realizada en las instalaciones de la OCS en Hato Rey, la cual fue regida por el licenciado Norberto Santana Vélez, quien dirige la división de procesos adjudicativos en la OCS.

En representación de ACODESE acudió la licenciada Iraelia Pernas, quien es la directora ejecutiva de la entidad. De parte de Mapfre acudió la licenciada Hilda Surillo Peña, quien es la vicepresidenta ejecutiva de la aseguradora.

El proceso de “appraisal” obedece a las disposiciones de la Ley 242, la cual requiere que las aseguradoras de propiedad y lo asegurados participen en un procedimiento de valoración para resolver las disputas en torno al valor de una pérdida sujeta a reclamación, si así lo ha solicitado una de las partes.

A pesar de que la Ley 242 se aprobó en 2018, no ha sido hasta cinco años después que la OCS logró presentar el reglamento del estatuto.

El reglamento 106 dispone que el proceso de “appraisal” puede ser solicitado tanto por el asegurado como por la aseguradora y requiere que cada una de las partes seleccionen un tasador. En este caso será un ajustador público para los asegurados y un ajustador independiente para las aseguradoras.

Además, las partes tendrán la obligación de seleccionar por mutuo acuerdo un árbitro, que será una parte imparcial y cuya decisión se limitará a determinar la valoración de la reclamación en controversia.

El árbitro no podrá evaluar aquellos elementos de la cubierta dispuestos en el contrato de seguros entre el asegurado y el asegurador.

Remedio de buena fe

La decisión del árbitro será vinculante para las partes y aquella parte que se encuentre inconforme la podrá impugnar en el tribunal.

El reglamento permite que el Comisionado de Seguros nombre el árbitro si el asegurado y el asegurador no logran un acuerdo para designar la persona que ocupe esa posición.

De acuerdo con la ley 242, los honorarios del árbitro serán costeados entre el asegurador y el asegurado en igual proporción, y cada parte costeará los honorarios del ajustador que le represente en el proceso de “appraisal”.

Sorpresivamente, ACODESE alegó que el proceso de “appraisal” no será utilizado por los asegurados de líneas personales debido a que deberán pagar por los honorarios del ajustador público y por el árbitro, “aun cuando es un remedio de buena fe”.

Una de las principales objeciones por parte de la ACODESE y de Mapfre al reglamento 106 es que avala que figure como árbitro un evaluador de bienes raíces, ajustadores públicos o independientes. El reglamento 106 avala que la posición de árbitro también la ocupe un arquitecto o un ingeniero.

No favorecen evaluadores de bienes raíces

Acodese sostuvo que los evaluadores de bienes raíces carecen de “la pericia requerida a menos que cuenten con credenciales que así lo acrediten, además de su licencia de bienes raíces”.

Por su parte, Mapfre planteó que no tienen las competencias para indemnizar pérdidas, pues su especialidad es la venta de propiedades según las consideraciones del mercado.

Mapfre también se opuso a que los ajustadores públicos y los independientes se le considere para la posición de árbitros pues “van generar falta de confianza y neutralidad en el proceso”, debido a que los ajustadores públicos representan los intereses de los asegurados mientras que los independientes representan a las aseguradoras.

La aseguradora respaldó que la posición de árbitro la ocupe un arquitecto o un ingeniero, mientras que en segunda opción y ante la ausencia de ingenieros o arquitectos, se permita a los tasadores licenciados fungir como árbitros.

Estos profesionales también podrían ocupar la posición de árbitros en casos de poca monta y complejidad, según recomendó la aseguradora.

Otra disposición del reglamento que ha sido cuestionada porque es muy vaga y avala que el Comisionado de Seguros incurra en arbitrariedades, es aquella que permite que el funcionario designe a la posición de árbitro a una persona que no cumpla con los requisitos profesionales establecidos.

Mapfre alega disposición promueve arbitrariedades

La disposición del reglamento indica que “en circunstancias apropiadas” el Comisionado de Seguros podrá designar como árbitro a una persona que, aunque no reúna el criterio de cualificación o formación profesional aquí establecido, «éste considere que cuenta con el adiestramiento o la experiencia suficiente para entender el proceso de valoración”.

“Esto también abre la puerta a la pérdida de eficacia y confianza en los procesos, pues la intervención de la OCS en estos nombramientos sólo se justifica cuando asegurado y asegurador no estén de acuerdo en el nombramiento de un árbitro.
De otra parte, esta disposición abre las puertas de manera indiscriminada para que personas no aptas puedan entrar al proceso como árbitro. Eso solo contribuye a minar la confianza en el proceso, resultado que no es el deseado ni por los asegurados ni por los aseguradores”, sostuvo la licenciada Pernas.

Mapfre sostuvo que tal inciso del reglamento es vago y ambiguo que es proclive a propiciar las arbitrariedades de parte del Comisionado de Seguros.

Incluso, Mapfre sostuvo que dicha disposición atenta contra el objetivo de que el proceso de “appraisal” sea uno rápido y económico, pues podrían causar que una o ambas partes objeten la designación del Comisionado de Seguros, lo que causará que el proceso sufra atrasos.

Otra disposición cuestionada es aquella que permite al asegurado solicitar el proceso de “appraisal” sin que ello limite su facultad de acudir a los tribunales y radicar una querella ante la OCS.

“Permitir al asegurado activar varios remedios simultáneamente resulta problemático y contradictorio. En ese sentido, el asegurador estará obligado a enfrentar tres procesos simultáneamente. A la luz del estado de derecho actual, lo anterior resulta totalmente irrazonable, ya que si un asegurado acude al tribunal estaría renunciando al remedio administrativo”, sostuvo ACODESE.

Reglamento es ultra vires

El reglamento también posee disposiciones catalogadas tanto por ACODESE como por Mapfre como “ultra vires”, que es una frase latina usada para describir un acto que se hace sin la autoridad legal requerida.

Una de esas disposiciones establece que el asegurador debe haber “reconocido cubierta del evento o pérdida reclamada y efectuado una oferta de pago por los daños o pérdida reclamada; o el asegurador haya tenido la oportunidad razonable para investigar y hacer un ajuste de la reclamación.”

Ambos deponentes sostuvieron que la frase “el asegurador haya tenido la oportunidad razonable para investigar y hacer un ajuste de la reclamación” es ultra vires porque amplía las condiciones legales en las que procede el proceso de valoración y excede las limitaciones de la Ley 242.

“De no eliminar esa frase, la OCS estaría excediendo la autoridad delegada para reglamentar”, sostuvo ACODESE. Por su parte, Mapfre citó jurisprudencia que establece claramente que un reglamento no puede conceder mayores ni menores derechos a los ya reconocidos por la ley.

Otra disposición rechazada por ambos deponentes es la que permite al árbitro “determinar el costo de reemplazar la parte de la propiedad adyacente para razonablemente alcanzar una apariencia uniforme o en armonía de la propiedad dentro de la línea de visión («point of view»), buscando mantener consistencia y uniformidad conforme a la que existía antes del evento que causó los daños o la pérdida parcial de la propiedad”.

Mejoras no pactadas en contrato

Acodese indicó que la facultad de “determinar el costo de reemplazar la parte de la propiedad adyacente para razonablemente alcanzar una apariencia uniforme” puede estar en abierta contradicción con algunos términos y condiciones del contrato de seguros ya pactado entre el asegurador y el asegurado.

“Esa frase puede representar mejoras no pactadas en dicho contrato, y violentar el principio de indemnización”, indicó Pernas.

Mapfre indicó que la frase se refiere al concepto “matching”, ampliamente litigado en los Estados Unidos, el cual es un asunto de la cubierta de seguros y que no es un área de jurisdicción del proceso de “appraisal”.

Acodese también propuso que el proceso de “appraisal”, denominado con un proceso privado y alterno para resolver controversias, debe tener un plazo fijo de un año para que cualquiera de las partes solicite este procedimiento.

“De no ponerse un plazo, quedaría abierto indefinidamente el proceso de resolución de reclamaciones”, indicó ACODESE.

Según esta propuesta, el proceso de “appraisal” se debe solicitar no más tarde de un año desde la fecha en que el asegurador ha producido su oferta y el asegurado ha presentado su reclamación.

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Involucrado suegro de Ricardo Rosselló en intento de controlar condominios

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Por Miguel Díaz Román

La pasada semana comenzó en el Senado un proceso para revisar la ley de Condominios, ley 129 de 2020, debido a las numerosas objeciones que se han levantado contra el estatuto y porque la redacción y aprobación de la ley se atribuye a un grupo de abogados cuyos ingresos dependen de las controversias que se originan en condominios, entre los que se destaca el suegro del ex gobernador Ricardo Rosselló, el licenciado Roberto Rivera Ruiz.

La figura de Rivera Ruiz surgió durante la participación de la presidenta de la Asociación de Administradores de Condominios (AAC), Sharon Rodríguez, quien sostuvo que el abogado ha realizado actividades cuestionables por medio de una entidad sin fines de lucro, la Asociación de Condominios y Controles de Acceso Inc (ACCA), con la que ha pretendido controlar a las comunidades que viven en condominios.

Rodríguez dijo que tales gestiones de control de comunidades que residen en condominios las ha efectuado el licenciado Rivera Ruiz junto con el apoyo de unas personas a las que llamó “sus aliados”.

Las expresiones de Rodríguez fueron efectuadas el pasado miércoles en el foro, Encuentro de Titulares de Condominios, que se celebró en el salón Protocolar, ubicado en el edificio de Medicina Tropical en Puerta de Tierra y que es parte de los edificios de oficinas que pertenecen al Capitolio.

La actividad abrió con la participación del presidente del Senado, José Luis Dalmau, quien se manifestó a favor de “corregir y atemperar” la ley 129, la cual, según dijo, se aprobó en el 2020 sin que se celebraran vistas públicas en el Senado para conocer la opinión de los titulares de condominios.

“Quiero dar fe y testimonio del control que hubo detrás del diseño y desarrollo del Proyecto de la Cámara 1874 que culminó en la Ley de Condominios 129. Uno de los que estuvo capitaneando al grupo que se identificó como la “Coalición de Condominios” fue Roberto Rivera Ruiz, padrastro de Beatriz Rosselló y suegro de Ricardo Rosselló, quien se posiciona detrás de una corporación “sin fines de lucro” con cuestionables actividades dentro de los condominios y a quien he observado que en conjunto con sus otros aliados han mantenido un control desmedido sobre estas comunidades como si fueran de su propiedad”, sostuvo Rodríguez.

Atribuyen a Rivera Ruiz poder e influencia

En alusión directa a Rivera Ruiz, Rodríguez sostuvo que “lamentablemente con un personaje a mi mejor consideración de influencia dentro de las esferas del gobierno, ha sido una misión imposible para que a los propios dueños de estas comunidades se los tome en consideración. A las demás agencias y organizaciones, públicas y privadas, que tengan como base que aquí hay unos dueños de estas propiedades a las que debemos primero pedir permiso y servirles antes que servirnos. Porque se trata de su propiedad, su inversión, su casa y su hogar”.

La mera mención de Rivera Ruiz causó que las cerca de 100 personas presentes en el salón Protocolar emitieran expresiones de desaprobación.

No es la primera vez que el nombre del licenciado Rivera Ruiz surge durante la discusión de asuntos relacionados con la vida en condominios y el régimen legal que cobija a las comunidades que viven en esas estructuras multipisos.

En repetidas ocasiones anteriores Rodríguez ha sostenido que Rivera Ruiz es un abogado especializado en controversias que surgen en condominios, quien tuvo una participación activa en la redacción de la ley 129 y quien, alegadamente, posee un poder de influencia en los tribunales, en la legislatura y en el Departamento de Asuntos del Consumidor, que es la agencia que tiene la responsabilidad de atender las controversias de los titulares de condominios.

Abogado niega imputaciones

Este periodista se comunicó con el licenciado Rivera Ruiz, quien negó que el vínculo matrimonial de su hijastra, Beatriz Rosselló, con el ex gobernador Ricardo Rosselló, le hubiera conferido privilegios y capacidad de influencia en el gobierno y en los tribunales.

“El hecho de que yo sea el papá de Beatriz nada tiene que ver con mi gestión de abogado de condominios, porque yo soy abogado de condominios desde antes de que ella soñara con ser primera dama, desde que ella era una niña”, dijo Rivera Ruiz.

“Cuando Ricardo Rosselló tenía 15 años ya yo era abogado”, indicó.
El abogado admitió que intervino en la redacción de un proyecto que finalmente se convirtió en la ley 129, junto con varias organizaciones como la ACCA, la Federación de Condominios y la Alianza de Condominios. El abogado agregó que en la redacción de la medida también participaron administradores de condominios, abogados y contadores públicos autorizados.

“Quién usted quiere que haga una ley, el que conoce o el que no sabe nada”, indicó Rivera Ruiz para justificar su participación y la de otros abogados en la redacción de la medida.

Rivera Ruiz negó que la ley 129 se aprobara con disposiciones que benefician a los abogados y otras profesiones que participaron en la reacción. “Yo quiero que me digan qué artículo de la ley me beneficia a mí, porque yo represento a titulares y a condominios. A los dos. Y no importa la ley que hagan yo siempre voy a tener trabajo”, dijo Rivera Ruiz.

Insatisfecho con ley 129

El abogado también negó que tuviera influencia en los tribunales y en el gobierno. “Ninguna influencia. Yo pierdo y gano casos, igual que todo el mundo”, dijo.

Agregó que la ley 129 se aprobó en agosto de 2020 cuando “Ricardo Rosselló no estaba ni en Puerto Rico”.

“La gobernadora era Wanda Vázquez. ¿Qué influencia puedo tener yo en Wanda Vázquez, una persona que mandó a investigar a Ricardo Rosselló?”, cuestionó.

Incluso, el abogado señaló que no ha tenido contratos con el gobierno, con excepción de su participación como juez administrativo en DACO en 1992.

Explicó que él no está satisfecho con la ley y que se propone sugerir enmiendas a través de una comisión del Colegio de Abogados. “Ese proyecto quedó aprobado con una serie de cosas que nosotros no estamos de acuerdo y que fueron cambios de última hora”, señaló.

Rivera Ruiz sostuvo que es falso que no se hubieran celebrado vistas públicas y señaló que la ex representante Yashira Lebrón, quien dirigió los trabajos para redactar la medida en la Cámara de Representantes, celebró vistas públicas en varios pueblos. Pero Rivera Ruiz aceptó que en el Senado no se celebraron vistas públicas.

Rivera Ruiz ataca a sus críticos

Indicó que la ley 129 contiene disposiciones que benefician a los titulares, como aquella que permite a los titulares con deuda la posibilidad de acceder a un plan de pago y continuar participando en las asambleas del condominio.

Mencionó, además, una disposición que impide a un titular o al Consejo de Titulares realizar obras que afecten la vida de un titular. “Si un titular se opone, la obra no se puede hacer”, dijo.

Rivera Ruiz señaló que Rodríguez y la presidenta de la Asociación de Titulares de Condominios (ATC), Marimar Pérez Riera, han efectuado críticas contra su gestión como abogado y promotor de la ley 129.

“La señora Rodríguez siempre ha tenido como un odio hacia mí y a Marian Ortega, de la ACCA, que es la organización en que estamos”.

“Sharon Rodríguez es una administradora (de condominios) que creo que no tiene licencia”, dijo.

Sobre los comentarios de Rivera Ruiz, Rodríguez dijo que “no estoy administrando porque las pólizas de seguro que exige la ley 129 a los administradores es un requisito inconstitucional y Rivera Ruiz lo sabe”.

“Yo lamento que me ataquen en mi carácter personal. Ellos no pueden aceptar a una persona que ha hecho una investigación sociológica responsables de las comunidades de condominios. Esa animosidad viene de ellos y no de mi parte. Lo que todos sabemos es que la ACCA es una entidad llena de contratistas y suplidores de servicios a condominios, que lo que hacen es vender y no velan por el mejor beneficio de estas comunidades”, dijo Rodríguez.

Sobre Pérez Riera el abogado argumentó que “ella fue la que se quedó en los hoteles de lujo y que tuvo que renunciar por eso. Tanto que habla de titulares y a costa del pueblo se quedó en hoteles de lujo”, dijo Rivera Ruiz, en referencia a la controversia que protagonizó Pérez Riera en noviembre de 2011, mientras fungía como presidenta de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

En aquel momento Pérez Riera renunció a la presidencia de la Junta de Gobierno de la AEE en medio de una oleada de críticas, luego de que se revelará que durante una estadía oficial en New York incurrió en gastos excesivos pagados con fondos públicos.

Përez Riera: “Yo me río, yo me rïo”

En reacción a los planteamientos de Rivera Ruiz, Pérez Riera sostuvo que “me he enterado de que hay abogados que representan a los grandes intereses que parece se han dado cuenta del poder que tienen los titulares, y que han decidido atacarme a mí, personalmente, con aseveraciones falsas, por la trayectoria que llevo como líder en este sector. Esto no me va a descarrilar porque según he hecho, y voy a seguir haciendo, seguiré levantando la voz defiendo a sobre 500,000 titulares de condominios”.

“He llevado esta lucha al Senado de Puerto Rico, como lo hice la semana pasada, esbozo la lucha representando el interés pro titular del Colegio de Abogados y Abogadas, designada por su presidente, estoy defendiendo la lucha de titulares también ante la Juez Laura Taylor Swain para combatir el plan de ajuste fiscal que perjudica a los titulares. ¿Y qué hacen estos abogados? ¿Decir que hay que cambiar bombillas para ahorrar luz? ¡Por favor! En cuanto al ataque hacia mí, como dice Shakira, ‘eso no da rabia, yo me río, yo me río’ “, expresó Pérez Riera en declaraciones escritas.

Durante el foro Pérez Riera cuestionó severamente el presunto efecto adverso de la ley 129 en las comunidades que residen en condominios.

Pérez Riera sostuvo que la calidad de vida en los condominios se ha visto afectada por los alquileres a corto plazo y señaló que la ley 129 ha limitado derechos a los titulares.

Entre los derechos limitados mencionó que la ley impide votar en las asambleas a los titulares con deudas y prohibió que un titular puede demandar a un miembro de la Junta de Directores, por incumplimientos a sus responsabilidades de fiducia.

Pérez Riera señaló, además, que es necesario que la legislatura atienda el problema de hostigamiento vecinal que, alegadamente, existe en los condominios contra aquellos titulares que no concuerdan con las decisiones y enfoques realizados por la Junta de Directores.

Cada condominio una comunidad distinta

Según la presidenta de la ATC, los titulares que impugnan las decisiones de las Juntas de Directores son sometidos a “humillaciones, a falta de respeto y ataques para minar su credibilidad y reputación en la comunidad para intentar callarlos”.

Rodríguez indicó que cada condominio es una comunidad distinta con problemas y condiciones muy particulares, por lo que es necesario establecer un código con disposiciones generales con la suficiente flexibilidad para que cada comunidad adopte medidas que atiendan sus intereses.

La presidenta de la AAC también repudió el enfoque de DACO, que cataloga a los titulares de condominios como consumidores.

En la actividad se acordó crear un comité para identificar las enmiendas a la ley 129. No está claro si tales enmiendas serán aprobadas antes de que finalice el presente cuatrienio.

De hecho, los únicos senadores que acudieron al foro fueron la senadora Keren Riquelme, que pertenece al Partido Nuevo Progresista, y el senador independiente, José Vargas Vidot

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Origen de los feminicidios

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Enrique Vázquez Quintana, MD
Ex secretario de Salud

El problema de los feminicidios ha estado ocurriendo desde el origen de la humanidad. Lo terrible es que ese problema no se va a corregir nunca. Según el Antiguo Testamento Dios creó a Adán y luego de la costilla de Adán creó a Eva.

Ese acto de la creación de Eva dio comienzo al problema de los feminicidios. Pero lo que muchos fervientes cristianos desconocen es que la primera mujer no fue Eva sino Lilith. La primera mujer fue creada el mismo día y del mismo barro con que Dios creó a Adán. Lilith creía que ella era igual y con los mismos derechos que Adán. Dios les dijo, “Creced y multiplicaos”.

Cuando Lilith tenía relaciones sexuales con Adán ella se quejaba que ella no podía estar debajo de él siempre, mirando hacia arriba, en la posición conocida como misionero. Le reclamó a Adán que había que resolver ese asunto y Adán nunca respondió a sus reclamos. Se pudiera decir que Adán era muy ingenuo y no podía pensar en otras posiciones sexuales. Lilith se consideraba ser igual que Adán y nunca encontraron armonía.

Por lo que ella se marchó del paraíso desnuda pues todavía no había ocurrido el pecado original. Lilith se marchó a orillas del Mar Rojo y allí se entregó a la lujuria de muchos demonios. Dios envió a tres ángeles a buscarla, pero ella rehusó regresar.

Es entonces que Dios crea a Eva de la costilla de Adán. Adán exclamó, “Esta sí, que es hueso de mis huesos y carne de mi carne”. Por tal motivo Adán creyó que Eva era su posesión, que la podía maltratar, humillar y hasta matarla. Esa interpretación de la creación ha sido trasmitida a toda la humanidad. Y a través del tiempo el hombre ha maltratado y asesinado a las mujeres.

Eva era muy dócil e ingenua, tan ingenua que fue inducida al pecado original por la serpiente por lo que ambos tuvieron que abandonar el Paraíso. Lo extraño es que el cristianismo ha escondido, enterrado e ignorado la existencia de Lilith. Ella fue la primera mujer en reclamar la igualdad de derechos, la libertad e igualdad sexual.

El castigo divino para Lilith fue la completa desaparición de ella de la historia, su nombre fue borrado de la Biblia. Aunque los religiosos se han encargado de ignorar totalmente a Lilith los escritores y artistas se han encargado de divulgar su existencia.

En el 1667 John Milton escribió. El Paraíso Perdido. Milton es el escritor inglés más admirado después de Shakespeare. Su escrito es una epopeya sobre la caída de Adán y Eva del Paraíso; la obra trata sobre el problema del mal y el sufrimiento, así como el libre albedrío de los hombres y la omnipotencia divina. El pintor francés Gustave Doré, que supuestamente era ateo, en el 1866 ilustró múltiples escenas de esa obra y además realizó pinturas de Lilith.

En el 2012, el escritor Stephen Greenblatt publicó su libro, Ascenso y Caída de Adán y Eva (4) en el que plantea el mito de Adán y Eva en la historia universal y su influencia en nuestra cultura. El pintor francés Gustave Coubert (1819-1877) pintó en el 1866 el Origen del Mundo, que actualmente se exhibe en el Museo Orsay de Paris. La pintura representa el sexo y el vientre de una mujer. Para ese tiempo la pintura fu catalogada como pornográfica, pero con la evolución del tiempo al presente es aceptada como una obra de arte. En el siglo XVIIII el artista Dante Gabriel Rossetti escribió la obra “Lady Lilith”.

José Saramago en su novela Caín describe las aventuras de Lilith. Los feminicidios, el maltrato al que son sometidas las mujeres en todos los lugares del mundo no podrá ser solucionado por el ser humano. Ninguna ley de los gobiernos terrenales podrá resolver este problema. Solamente el hombre que tiene a Dios en su corazón no maltratará a su mujer.

Eva demostró ser menos agresiva, más manejable que Lilith. Adán aparentemente pensaba que ella le pertenecía y podía manipularla a su antojo, lo que no pudo hacer con Lilith. Lilith además de ser la primera mujer en la creación fue la primera defensora de los derechos humanos de las mujeres, de que las mujeres fueran respetadas por el hombre, que no fueran maltratadas y menos asesinadas por el hombre. Lilith reclamaba ser igual que Adán, que habían sido creados simultáneamente por Dios del mismo barro. Se resistió a ser maltratada por Adán.

 De igual manera Lilith ha sido olvidada, su existencia negada por la humanidad entera particularmente por los religiosos. Si usted le pregunta a un devoto, ¿Quién fue la primera mujer de la existencia humana?, todos invariablemente le responderán que fue Eva.

Los que se proclaman agnósticos o ateos son los que saben sobre la existencia de Lilith según se relata en Génesis del Antiguo Testamento. La historia de Lilith es muy interesante e intrigante. Lilith se ha convertido en el ícono del feminismo. En el 2018 en una marcha en Francia una joven mostraba un letrero que decía, “Nous sommes Lilith”.

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El Puerto de Mayagüez: infraestructura fundamental para el desarrollo sostenible

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José Israel Alameda Lozada Ph.D.
Economista y profesor de la UPR Mayagüez Departamento de Economía

En la presente década de 2020, la ciudad de Mayagüez se dirige hacia un nuevo paradigma de desarrollo socioeconómico sostenible; esta vez, apoyado en su base industrial permanente la cual postula la asignación de sus recursos endógenos a su máxima potencia.

Este nuevo paradigma es radicalmente diferente al modelo de los 1970 y 1980 basado en una ley contributiva federal– Sección 936—donde se apoyaba las gestiones gubernamentales y el marco industrial para el desarrollo de ciertos sectores de la manufactura. Las atuneras, las empresas de ropa y textiles, descansaban en determinaciones finales del Congreso Federal y no en una base local de recursos permanentes.

Desde los 1990, el reto de Mayagüez ha sido el reconocer y auspiciar un proceso de planificación estratégica dirigida por su ventaja competitiva impulsada por lo que se reconoce en la literatura como clústeres, a saber: (1) el clúster de Salud (con base central en el Centro Médico Ramón Emeterio Betances); (2) el clúster de Educación (con base en el recinto de la UPR de Mayagüez) ; (3) el clúster de Deportes (con base en la infraestructura de los Juegos 2010); y, (4) el clúster de la economía del visitante, o turismo (con base en la infraestructura de hoteles, lugares de visita, etc.). Dentro de este último, una facilidad crítica es el Puerto de Mayagüez, tema central de este corto artículo.

Desde 2016, la firma Puerto Mayagüez Development, Inc., el gobierno municipal y la Comisión del Puerto de Mayagüez, planifican el desarrollo del Puerto en un proyecto turístico de gran envergadura para el desarrollo de la economía de la región Oeste. Este proyecto ha recibido el visto bueno de la Administración de Fomento Industrial, el COR3 y el mismo Gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, lo reconocen como el proyecto de esta presente y futuras décadas.

En una apretada síntesis, pasemos a delinear los fundamentos que justifican esta interpretación. El desarrollo del Puerto se divide en dos etapas; la primera radica en facilitar la llegada de cruceros y la segunda, el diseño efectivo de Feries de gran velocidad en rutas de Mayagüez- Boca Chica y Mayagüez-Punta Cana. En el caso de los cruceros, hay que reconocer que, a través del Canal de la Mona, transitan más de medio centenar que transportan gran cantidad de pasajeros, en gran medida, potenciales visitantes de Mayagüez y de la región Oeste.

 Estas rutas y sus respectivos pasajeros no son competencia de San Juan, pues nunca pasaría por el área de norte del Caribe y si por el Sur del Caribe. Un conteo preliminar de los pasajeros y la tripulación de esta ruta de Sur-Caribe nos llega a 62,000 pasajeros y 21,000 tripulantes, para un potencial de 83 mil personas.

Los pasajeros que transitan por el Sur del Caribe son aquellos de altos niveles de poder adquisitivo pues usan cruceros de alto costo y la duración del viaje esta entre 7 a 21 días. En lo referente a las rutas turísticas y comerciales con la República Dominicana, la operación estaría en transportar pasajeros y carga. La ruta Mayagüez-Punta Cana, una nunca explorada, tiene una proximidad de 72 millas náuticas por lo que en un lapso de menos de tres horas puede transportar pasajeros, automóviles y carga en ambas direcciones.

Punta Cana cuenta con más de 40 mil habitaciones y es visitada por turistas internacionales, en su mayoría provenientes de la Comunidad Europea. Precisamente, los portadores de pasaportes de la Comunidad Europea pueden pernoctar hasta 90 días en territorio de Estados Unidos, lo que potencia no sólo la visita a Mayagüez sino prolongar su estadía en la región Oeste.

La ruta Mayagüez-Boca Chica es otra muy similar, aunque se espera desarrollar la ruta para un Ferry de mayor tonelaje con mayor capacidad de pasajeros y carga. Claramente, el desarrollo del Puerto de Mayagüez incluiría zonas para concesionarios típicos de los puertos y aeropuertos, los cuales habrán de potenciar aún más los beneficios económicos a Mayagüez y la región Oeste.

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Lo que no te dicen del seguro obligatorio de automóvil

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Jaime González Portilla
Presidente de Antilles Insurance Company

Es bien importante que usted como asegurado sepa que, a la hora de seleccionar el seguro obligatorio y en caso de un accidente, el seguro no le paga ni un solo centavo para reparar su propio vehículo.

Algunas compañías de seguros que ofrecen el seguro compulsorio nos inundan y gastan millones de dólares en anuncios de televisión, prensa, radio y redes sociales haciéndole pensar a usted que el seguro y el servicio que le ofrecen es para la reparación de su vehículo, cuando la realidad es que quien único recibe el pago de una reclamación es el dueño del auto a quien usted chocó.

El seguro obligatorio es estrictamente un seguro de responsabilidad pública que cubre su responsabilidad por los daños ocasionados a otro vehículo en caso de un accidente.

El seguro obligatorio no cubre los daños a la propiedad ajena, lesiones corporales o muerte que usted le ocasione por un accidente a un pasajero que vaya con usted en su automóvil, peatón o a otro conductor.

También es bien importante que usted como conductor sepa que el seguro obligatorio le provee la misma cubierta y el mismo límite de seguro de $4,500 no importa la aseguradora que usted seleccione.
El seguro y las cubiertas son las mismas.

No se deje confundir por los anuncios. El único dinero que paga el seguro obligatorio a su favor es el del servicio de grúa para su automóvil y este aplica únicamente en el caso de que su unidad tenga que ser remolcado del lugar del accidente.

Recuerde que para poder reparar su propio vehículo en caso de un accidente usted necesita adquirir un seguro de daños físicos, también conocido como «full cover». El seguro de daños físicos para su automóvil cubre peligros como robo, vandalismo, daños por huracán o inundación y colisión.

Para más información sobre un seguro para proteger su propio automóvil o un seguro de responsabilidad pública tradicional que le cubra daños a la propiedad ajena, lesiones corporales y/o muerte a terceros comuníquese con su agente o corredor de seguros.

El seguro de responsabilidad pública tradicional es el más importante de todos los seguros de automóvil. Es el seguro más importante porque de no tenerlo y usted resulta ser el responsable de un accidente y le causa lesiones corporales o la muerte a un tercero, usted se estaría exponiendo a tener pagar enormes sumas de dinero.

Nos parece que ha llegado el momento de que las aseguradoras que ofrecen el seguro obligatorio junto con la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico preparen unas campañas de orientación educativas que claramente incluyan el mensaje de que el seguro compulsorio no cubre la reparación de su vehículo.

Esas campañas también deben orientar al público de la necesidad de adquirir un seguro adicional de daños físicos para su automóvil y aún más importante un seguro de responsabilidad pública tradicional.

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Sede de Agricultura recibe andanada de disparos

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La sede del Departamento de Agricultura recibió en la madrugada de hoy una andanada de disparos los cuales se concentraron en el lado derecho de la estructura, junto a la también sede de la Autoridad de Tierras.

El secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, confirmó que la sede de su agencia fue tiroteada pero señaló que los disparos fueron realizados por delincuentes.

El funcionario agregó que el acto delincuencial no guarda relación con las actividades cotidianas del DA.

González Beiró agregó que existe una investigación de la Policía en curso.

El funcionario no pudo precisar el número de disparos que recibió la estructura y si las balas procedieron de pistolas o de rifles de asalto.

Alegadamente los disparos fueron realizados entre las 5:00 y 6:00 de la madrugada desde la avenidas Fernádez Juncos. Al momento de los disparos se encontraba personal de seguridad en la sede de Agricultura.

No obstante, fuentes indicaron que los disparos se concentraron en el ala derecha del tercer piso de la estructura donde están ubicadas las oficinas del subsecretario de Agricultura, Jorge Campos, la oficina de Recursos Humanos y la oficina del Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola.

Por su parte, el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, señaló «sólo espero que las cámaras de vigilancia que la pasada administración instaló y dejó funcionando ayuden a esclarecer esta situación. Es la primera vez que ese Departamento es tiroteado».

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