61.3 F
Puerto Rico
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Tribunal ordena a la Cooperativa de Seguros Múltiples establecer legalidad de la depreciación en piezas

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Por Miguel Díaz Román

En una decisión que podría ser el inicio de un pleito de clase contra las aseguradoras de automóviles en Puerto Rico, el Tribunal Superior de San Juan determinó que le corresponde a la Cooperativa de Seguros Múltiples (CSM) establecer la legalidad de la aplicación de un descuento por depreciación en las piezas de automóviles relacionada con una reclamación de pérdida parcial y presentar la razonabilidad del método utilizado para calcular la depreciación y los fundamentos para aplicar dicho descuento.

El fallo, emitido el pasado 30 de abril por la jueza Iris Cancio González, surge de una demanda radicada por la ciudadana Lynette Rodríguez Flores contra la CSM por el alegado uso no autorizado de la depreciación para reducir el monto a pagar por una reclamación.

En su resolución la jueza Cancio González instruyó a la parte demandante para “avalarse de los mecanismos de descubrimiento de prueba para obtener aquella evidencia necesaria para poner al Tribunal en condiciones de evaluar si se cumplen los requisitos de la Regla 20.1 para certificar un pleito como uno de clase”.

“Le corresponde a la CSM el peso de establecer la legalidad de la aplicación de un descuento por depreciación en una reclamación de pérdida parcial, la razonabilidad del método utilizado para calcular la depreciación, y la base fáctica para aplicar dicho descuento. Para ello, tendrá su día en la corte”, sostuvo la jueza en su resolución.

Del documento también se desprende que la jueza pautó para el próximo 4 de septiembre de 2024 una conferencia entre las partes para examinar el estado del caso.

Los detalles sobre la determinación de la jueza Cancio González fueron difundidos por un comunicado de prensa que produjo el bufete 1-800-LAW-FIRM, que participa a favor de la parte demandante.

Según los hechos narrados en la decisión del Tribunal, el vehículo de la demandante, que estaba asegurado por su póliza de la CSM, resultó averiado en un accidente en octubre de 2020, tras lo cual la aseguradora estimó los costos de reparación en $4,544.07.

Depreciación de 20 %

Pero del desglose de pagos presentado por la ajustadora de CSM, Ana Bauzá Rosas, surge que al costo neto de piezas necesarias para reparar el vehículo se le aplicó un “descuento” de 25%, una depreciación por 30%, y el deducible de $250, establecido en la póliza, lo redujo el monto a pagar por la reclamación a $3,859.15.

Luego, el esposo de Rodríguez Flores, el señor Richard Dunnam, cuestionó el uso de la depreciación y adujo que era incorrecto. Como resultado de esa queja la CSM determinó que la depreciación aplicable era de 20 % y no 30 %. Finalmente, al aplicar la depreciación de un 20% la CSM restó $681.61 y determinó que el pago neto debía ascender a $4,199.96.

No obstante, según la narración que surge de la decisión de la jueza Cancio González, en la póliza emitida a favor de la demandante por la CSM no se establece que se aplicará una depreciación por el costo de las piezas para reparar el vehículo en caso de un accidente y mucho menos indica cómo se calculará esa depreciación.

Si está establecido en la póliza que se utilizará el mecanismo de la depreciación ante un escenario en que el automóvil se declare pérdida total.

Tribunal rechaza alegatos de la OCS

De la resolución emitida por la jueza Cancio González se desprende que el Tribunal rechazó los argumentos de CSM sobre que las deducciones por depreciación habían sido autorizadas por la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), lo que representa un evento singular en este caso.

La OCS es el regulador de la industria de seguros y la entidad del gobierno que tradicionalmente los tribunales le han reconocido discreción absoluta en los asuntos de seguros. En este caso el Tribunal rechazó el alegado aval realizado por la OCS a favor del uso de la depreciación de piezas.

El Tribunal también rechazó las afirmaciones de CSM sobre que la demandante había liberado a la aseguradora de cualquier pago adicional al aceptar el pago reducido o pago en finiquito, que finalmente se emitió por la reclamación.

“La demandante argumenta que la CSM no puede impedirle de cuestionar la legalidad del descuento por alegada depreciación bajo una alegada defensa de pago en finiquito, sin primero se adjudique si el descuento era lícito o no. Le asiste la razón. Si el Tribunal en su día concluye que el descuento por alegada depreciación que le practicó a la reclamación de la demandante no es lícito, ello necesariamente significaría que la CSM violó el citado artículo 4(b) de la Regla 47 y las secciones pertinentes del Código de Seguros. De ser así, CSM carecería de manos limpias para invocar la defensa de pago en finiquito (y además la conclusión hipotética significaría que no hubo disputa de buena fue u oferta de pago de buena fe, lo cual también impide aplicar la doctrina)”, sostuvo la jueza como argumento previo para luego rechazar una moción de sentencia sumaria presentada por la CSM para lograr el fin del pleito.

CSM pide reconsideración

Ayer el presidente de la CSM, Yamil García Díaz, emitió un breve comunicado de prensa en el que reveló que los abogados de la aseguradora presentaron ante el Tribunal de Primera Instancia una moción de reconsideración.

“Durante el día de hoy (ayer) se publicó noticia expresando que el 30 de abril de 2024 el Tribunal determinó que la CSM debe explicar la razonabilidad del método utilizado para calcular la depreciación en piezas de autos. Es importante aclarar que esta expresión se toma de una resolución emitida por el tribunal como parte del trámite procesal del caso, el cual todavía está en sus etapas iniciales. Ayer, la CSM radicó una moción de reconsideración presentando al tribunal nuestra posición al respecto. Estamos a la espera de la decisión del Tribunal”, indicó García Díaz.

“En la CSM nos hemos distinguido por llevar a cabo el proceso de ajuste de reclamaciones enmarcado en pagos justos y razonables a nuestros asegurados y reclamantes, cumpliendo con la ley y los términos de la póliza de seguros. Como empresa de ley y orden comprometida con nuestros asegurados, nuestra prioridad es hacer las cosas correctamente, como siempre lo hemos hecho. Reiteramos nuestro compromiso con la transparencia y la seriedad en la atención de este asunto”, señaló el principal ejecutivo de la CSM.

Abogado alega esquema fraudulento

En el comunicado de prensa emitido por el bufete 1-800-LAW-FIRM, se indica que el abogado Ari Kresch señaló que “numerosos proveedores de seguros en Puerto Rico ejercitan prácticas comerciales similares, las cuales son ilegales y engañosas con respecto a sus asegurados de automóviles”.

Según el comunicado de prensa, los bufetes 1-800-LAW-FIRM, Colón Ramírez LLC y DiCello Levitt LLP, tienen la intención de litigar casos contra la CSM y contra “cualquier otra compañía de seguros que participe en este presunto esquema fraudulento”.

“Este tipo de conducta escandalosa debe eliminarse de cualquier proceso de reclamación de seguros en Puerto Rico. Las reclamaciones en la jurisdicción de los Estados Unidos no están sujetas a depreciación reducida a menos que el automóvil se declare pérdida total. Si bien las reglamentaciones de seguros en Puerto Rico son similares y solo permiten una deducción por depreciación cuando el vehículo se declara pérdida total, la mayoría de las aseguradoras no se ajustan a esas”, concluyó Kresch.

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Persisten los retos para los reaseguradores en Puerto Rico

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Por Miguel Díaz Román

El cambio climático en el entorno mundial y su efecto en las pérdidas de las aseguradoras, los inevitables incrementos en las primas, el impacto de la inflación incipiente, la necesaria revisión de determinadas tarifas y la incertidumbre que generan los cambios que se proponen a la reglamentación que rige la industria de seguros fueron los temas dominantes durante un foro patrocinado por la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE).

De hecho, la variedad de temas discutidos en el foro Retos de la Industria de Seguros de Propiedad y Contingencia 2024, que fue celebrado el pasado martes en el hotel Vanderbilt en San Juan, apuntan a que aún los reaseguradores enfrentan en el mercado local una serie de retos que se deberán superar para garantizar que las aseguradoras que operan en Puerto Rico continúen teniendo acceso al indispensable reaseguro.

Un tema reiterado por los representantes de los principales reaseguradores que atienden el mercado de seguros puertorriqueño, quienes participaron en el foro, es que el capital del mercado reasegurador se mueve hacia aquellos lugares que garanticen un retorno adecuado a los inversionistas de estas empresas.

Una advertencia que no solo comprende la necesidad de mantener en el país una economía estable y en crecimiento, sino que advierte sobre los peligros que implica trastocar la reglamentación que rige la industria de seguros.

“¡Es un suicidio!”, exclamó en el foro Walter Chaname, quien es el vicepresidente y gerente general para América Latina y el Caribe de la empresa de reaseguro Allied World Re, sobre la posibilidad de que la reglamentación de la industria local de seguros sea intervenida hasta producir una atmósfera de incertidumbre que impida a los reaseguradores obtener en Puerto Rico los retornos esperados.

De hecho, las expresiones de Chaname constituyen una advertencia explícita sobre la determinación de los reaseguradores de abandonar aquellos mercados que no garanticen ganancias adecuadas.

Además, las expresiones de Chaname fueron realizadas en obvia referencia al Proyecto de la Cámara 1533, el cual concede a la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), el poder adjudicar el monto de una reclamación de propiedad en controversia.

Reaseguro es el sostén del sistema financiero

Aunque el PC 1533 se encuentra neutralizado, actualmente la legislatura considera el Proyecto del Senado 1349, que otorga a la OCS el poder adjudicar el monto de las reclamaciones presentadas por los proveedores de salud, lo que demuestra que sigue latente la inclinación a favor de modificar la reglamentación de seguros para que el regulador pueda ordenar el monto que una aseguradora debe pagar por una reclamación.

Tanto el PC 1533 como el PS 1349 han sido respaldados por el Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega.

“Esto es bien preocupante porque el sector reasegurador es el sostén del sistema financiero y sin una póliza no hay un financiamiento y sin financiamiento no hay actividad económica”, dijo Alexis Sánchez Géigel, quien es el presidente de la aseguradora Mapfre y quien integró un panel de presidentes de aseguradoras que reaccionó a los planteamientos de los reaseguradores.

El ejecutivo favoreció mantener dominio sobre aquellos elementos que “nosotros podemos controlar y que pueden crear incertidumbre”.

Se protegen más a los asegurados

“Lo que podemos hacer es tratar de evitar las cosas que crean incertidumbre que están en el control nuestro y una regulación que promueva certeza y que las pólizas de interpreten de manera clara y precisa para evitar actos ilegales innecesarios y también decisiones que no van cónsono con lo que originalmente se pactó. El capital reasegurador se mueve. Puerto Rico depende altamente del capital del reaseguro y si mañana la economía no tiene la capacidad de pagar el retorno que están buscando los reaseguradores, ese capital se moverá fuera de Puerto Rico”, dijo Sánchez Géigel.

De hecho, el presidente de Mapfre sostuvo que las medidas y la reglamentación aprobada en los pasados años ha tenido como objetivo proteger más a los asegurados, mientras que la realidad es que las insolvencias de las aseguradoras Integrand y Real Legacy ha sido el evento que más ha afectado a los asegurados del país.

“La insolvencia de las aseguradoras Integrand y Real Legacy ha costado $370 millones a los asegurados. Señores, las regulaciones que se hicieron no van a ayudar en eso. Y si la reglamentación no protege al sector financiero, las aseguradoras vamos a tener problemas en un evento de mayor capacidad de lo que fue (el huracán) María”, sentenció Sánchez Géigel ante una concurrencia que se mantuvo expectante y en tenso silencio.  

Insolvencias con repercusiones

Sostuvo que la insolvencia de Integrand y Real Legacy no solo ha afectado a sus asegurados, sino que la Asociación de Garantía obligó a las aseguradoras a realizar una derrama de $26 millones, la cual han pagado todos los consumidores de seguros a través de las primas que pagan para sus seguros.

Otro tema recurrente en el foro es que los recientes incrementos en el reaseguro, que eventualmente repercuten en un alza de las primas a nivel del consumidor, es el resultado del aumento en las pérdidas en el ámbito mundial causadas, en gran parte de los casos, por los efectos del cambio climático.

Aunque se trabaja para crear herramientas que permitan predecir con mayor certeza y rapidez los efectos del cambio climático, lo que sí se sabe es que los efectos catastróficos de este fenómeno son impredecibles y continuarán generando pérdidas y posibles alzas en el reaseguro.

El pasado año en Puerto Rico se registraron alzas de hasta 40 % y aunque este año los aumentos oscilaron entre 5 % y 10 %, no se descartan nuevos incrementos en el futuro.

En ese contexto, los reaseguradores exhortaron a la industria local de seguros a mejorar las tarifas y “cobrar lo que se tiene que cobrar”, realizar una adecuada suscripción de los riesgos y atender los términos y condiciones que se establecen en los contratos de seguro para garantizar la viabilidad económica del negocio.

Persisten las tasas bajas

De hecho, Chaname clamó por una revisión de las tasas o tarifas, especialmente aquellas que rigen el mercado de seguros de viviendas en Puerto Rico, las cuales no han sido revisadas durante décadas.

Sobre este aspecto, Jaime González Portilla, presidente de la Junta de Directores de ACODESE y presidente de la aseguradora Antilles Insurance Company, indicó que aunque se ha realizado un aumento en las tasas comerciales después de huracán María, aún persisten tasas bajas que requieren revisión como lo son las tasas de líneas personales para residencias y para los condominios no costeros. González Portilla dijo que ambas tasas están reguladas y no han sido revisadas durante 25 años.

El ejecutivo favoreció que estas tarifas sean desreguladas, de la misma manera como ya fueron desreguladas las tarifas de los condominios costeros.

“Son tasas de los años 80, que no dan para pagar el reaseguro catastrófico. Ya tenemos compañías fuera de Puerto Rico que están cobrando unas tasas mucho más altas que las tasas de manual de condominios no costeros, me refiero a las compañías de líneas excedentes. Nosotros no podemos hacerlo porque estamos regulados por esas tasas de manual de condominios no costeros. Esos condominios acaban buscando seguro fuera de Puerto Rico. Ese tema hay que atenderlo”, dijo González Portilla.

Sobre este aspecto, Sánchez Géigel sostuvo que es necesario aumentar las tasas para que las aseguradoras puedan pagar sus contratos de reaseguro y garantizar una ganancia adecuada. Pero advirtió que ante un escenario que no considere un incremento de las tasas, será necesario reducir la comisión de los agentes y productores.

“Tiene que haber una situación en donde suben las tasas o bajen las comisiones. Pero no puede haber una situación donde el costo del reaseguro siga subiendo y nosotros seamos incapaces de trasladar ese costo al consumidor”, indicó el ejecutivo.

Otro tema discutido en el foro fue el impacto que podrían tener la ocurrencia de un evento catastrófico mayor que provoque severas pérdidas en propiedades cuyos valores no han sido revisados.

Penalidad por falta de valorización 

Según planteó Ricardo Benítez, quien es el vicepresidente de One Alliance Insurance Corporation, esta situación podría causar la imposición de penalidades como pagar esas reclamaciones en la modalidad de valor real en efectivo y no en la modalidad de costo de reemplazo, porque las pólizas de esas propiedades no tenían los límites adecuados. La modalidad de valor real en efectivo supone definir el costo de reemplazo de la propiedad y aplicar una depreciación.

“Es necesaria una revisión de valores en líneas personales. En los pasados tres años los costos de construcción han aumentado en un 30 %. La pregunta básica que nos hacemos es si los valores de mi cartera de líneas personales han aumentado un 20 %, 25 % o 30 %”, planteó Benítez.

La inflación fue otro tema recurrente y preocupante que salió a relucir en el foro, debido a que el alza en los costos de reconstrucción puede tener un efecto adverso en los asegurados que no han revisado el valor de sus propiedades. 

Inflación afecta costo de reconstrucción

De hecho, Janine Seifert Espinosa, quien es la directora de suscripción para Latinoamérica y el Caribe y jefa de mercado de la reaseguradora Swiss R, indicó que, aunque se realicen esfuerzos para controlar la inflación, los precios seguirán subiendo, lo que surtirá efecto en los esfuerzos de reconstrucción luego de una catástrofe.

Sobre este ángulo Sánchez Géigel advirtió que, si ocurriera un evento similar al huracán María, el monto de pérdidas a pagar por las aseguradoras sería superior a los pagado tras María debido al efecto inflacionario en el costo de reconstrucción y a la falta del mano de obra, por lo que era necesario aumentar las primas.

“Lo que antes costaba $1 ahora cuesta $1.50 y si es que se consigue el personal para hacer la construcción, y eso crea un problema de manejo de reclamaciones en caso de otra catástrofe”, sostuvo.

González Portilla alertó que los modelos que establecen la llamada “pérdida máxima probable”, no estiman los peligros que encara una aseguradora con numerosos condominios en su cartera. El ejecutivo señaló que una aseguradora local que no identificó, tiene 1,200 condominios en su cartera, lo cual podría causar otra insolvencia si ocurriera un evento catastrófico grave.

El panel de presidentes de aseguradoras también coincidió en que la OCS debe flexibilizar el uso de la Reserva Catastrófica con el fin de que las aseguradoras la pueden utilizar de manera rápida para cumplir sus compromisos con los asegurados. La Reserva Catastrófica se creó para reducir la dependencia del reaseguro y evitar los aumentos de prima luego de un evento catastrófico.

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¿Cuál es la utilidad de un administrador cuando el estudiante no sabe leer ni escribir? 

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Por doctor Edgar León

Recientemente fuimos testigos de la ignorancia que tienen los candidatos a primarias para la gobernación. Ninguno de los candidatos se ha dado cuenta que el problema del desastre del sistema publica educativo no es por causa de la falta administración ni de moverla más cerca en una oficina regional.

Recordemos que los administradores no enseñan nada y cada vez se necesitan menos, porque la Inteligencia Artificial puede llevar a cabo esa función más rápido y sin errores o favoritismos políticos.

El problema primordial de la educación pública en la isla es que los niños no aprenden nada y están aburridos del método de enseñanza forzado de forma dictatorial desde un sistema central infectado con la política partidista y funcionarios analfabetas que cometen negligencias todos los días en contra de los estudiantes.

Solo hay que preguntarles a los niños y no a la secretaria de educación por las condiciones del sistema.

Hay que preguntarle a los que reciben el servicio para que puedan decir lo que sienten estar presos en una escuela, con calor, con material que no es relevante y con maestros que se sienten desmotivados por el maltrato institucional que reciben a diario.

Tenemos que tener claro que para aprender hacen falta maestros y no un reguero de administradores de confianza. Preguntamos: ¿De qué nos sirve un administrador cuando el estudiante no sabe leer ni escribir?

¿Porque se la pagan cientos de miles a los administradores y a los maestros que son los que están a cargo de cambiar al estudiante y ayudarlo se le dan migajas y se mantiene como transitorio para tenerlo con la bota al cuello y en silencio?

Tampoco se debe continuar gastando millones en subcontratos a las agencias públicas y privadas para dar tutorías. Si se le permite al maestro enseñar con un currículo apropiado y relevante a sus estudiantes, no hacen falta tutorías y centros de cuido por las tardes.

Como solución a esta condición educativa que sigue creando analfabetas, hay que hacer una ley que no se pase de grado a nadie que no tenga las destrezas de lectura y escritura.

Al maestro y director que mienta y le regala una nota al estudiante para pasarlo de grado sin saber nada estaría cometiendo un delito de fraude al gobierno con pena de cárcel y multas. Esto ocurre todos los años y todos son cómplices de la mentira triste que afecta a nuestros niños.

Hay que eliminar la oficina central y las regionales para que el dinero llegue directamente a las escuelas con el fin de contratar maestros, maestros y más maestros. El resto de la gente no enseña nada. Por lo menos tres maestros en cada salón de la escuela elemental para enseñar a leer, escribir y computar de manera correcta. Los salones deben ser talleres donde se aprenda haciendo proyectos.

Hay que tener miles de libros, revistas y periódicos disponibles en cada salón escolar para que los maestros y estudiantes puedan leer a todo momento.

 Hay que eliminar el contrato millonario a las agencias privadas a cargo de proveer internet en las escuelas porque la señal de internet es pésima y la conectividad es cada día peor según los maestros que ofrecen pruebas virtuales.

La tecnología necesaria en las escuelas no les ofrece la oportunidad a los estudiantes de aprender con la computadora porque el sistema actual no sirve.

Por lo tanto, hay que eliminar el sistema actual en la ORE y OSIAT para darle esa función a la escuela de forma directa con el fin de que compre las computadoras, compre el mantenimiento y administre la internet de forma local con sus maestros.

No hacen falta más comités de consulta, ni políticos dirigiendo la parte educativa. Eso lo hacen los maestros que fueron a estudiar a la Universidad para aprender cómo enseñar y aun así no los dejan y le interrumpen las clases con actividades mundanas sin relevancia educativa todos los días.

Los políticos ignoran que al educar forjamos gente productiva en la sociedad y que el maestro es una pieza importante en el desarrollo de un país.

Si desean descentralizar la educación de Puerto Rico hay que cerrar el sistema central y regional que se come la mayoría del dinero con puestos administrativos y contratos externos, promoviendo la producción de analfabetas funcionales.

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Rechazan OCS posea poder sumario para resolver disputas de proveedores

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Por Miguel Díaz Román

La industria de seguros ha hecho sonar las alarmas ante un proyecto de ley que le concede a la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) el poder de adjudicar de manera sumaria y expedita el pago de facturas a los proveedores de servicios de salud que no hayan logrado superar con una determinación final, el periodo de reconciliación de diferencias relacionada con una reclamación.  

Una de las disposiciones más polémicas de la medida es que la OCS podrá determinar el monto a pagar por una reclamación mientras conserva su posición privilegiada de regulador, lo que convierte a esa oficina en juez y parte en una controversia, según ha sostenido la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE).

La medida, el Proyecto del Senado 1349, fue radicada por el presidente del Senado, José Luis Dalmau, y por el senador Ramón Ruiz Nieves, el 13 de octubre de 2023.

El PS 1349 dispone que la OCS deberá adjudicar una controversia sobre una cuantía de pago por medio de un procedimiento sumario, que es un proceso rápido que debería prescindir de algunas formalidades del juicio ordinario.

Otro aspecto controvertible de la medida es que establece que la parte insatisfecha con una decisión de la OCS tendrán 10 días para solicitar una revisión ante el Tribunal de Primera Instancia. La medida también establece que en 10 días se podrá solicitar en el Tribunal Apelativo una revisión de las determinaciones del Tribunal de Primera Instancia.

Además, el proyecto ordena al Tribunal Apelativo y al Tribunal Supremo resolver en 10 días los recursos de revisión que presente alguna de las partes.

El mecanismo sumario y expedito que la medida reconoce a la OCS para resolver controversias cobija a las aseguradoras de servicios de salud, a los administradores de beneficios de farmacias (PBM por sus siglas en inglés), y las organizaciones de servicios de salud como las organizaciones de servicios primarios mejor conocidos como los centros 330.

El PS 1349 fue examinado por la Comisión de lo Jurídico y Desarrollo Económico del Senado, que también preside el senador José Luis Dalmau. El pasado 29 de abril la medida fue aprobada por el pleno del Senado, lo que implica que el PS 1349 pasó a la Cámara de Representantes para su consideración. 

La OCS como juez y parte

La directora ejecutiva de ACODESE, licenciada Iraelia Pernas, se opuso a la medida porque, entre otras razones, convierte a la OCS en juez y parte debido a que esa oficina posee información financiera privilegiada de sus regulados, un conocimiento que los jueces del sistema judicial por lo general no poseen.

De hecho, Pernas sostuvo que resulta preocupante que la medida le conceda poderes absolutos a la OCS, que es el regulador de la industria de seguros y cuya función es garantizar la solvencia financiera de las aseguradoras bajo su jurisdicción.

Explicó que la medida coloca a la OCS en la disyuntiva de cumplir con una “dualidad incompatible”, la cual se tornará en una realidad cuando la OCS tome determinaciones que afecten la solvencia de un asegurador. Sostuvo que la responsabilidad del regulador es proteger la solvencia de las aseguradoras  “en beneficio del asegurado”.

Pernas advirtió que la aprobación del PS 1349 convertirá a la OCS en juez y parte en las reclamaciones de proveedores que están adscritos al gobierno, a través del Plan de Salud Vital y por medio de las reclamaciones que puedan surgir de los hospitales que aún opera el Departamento de Salud.

Cuestionado el proceso sumario

También expresó preocupación por el procedimiento sumario que impone la medida.

“Las controversias sobre el pago de reclamaciones y la determinación del monto a pagar es un asunto que corresponde al Poder Judicial resolver. Por la diversidad y complejidad de las reclamaciones que pueden envolver estos casos, no se trata de asuntos susceptibles de una adjudicación sumaria. Se trata de controversias que deben juzgarse por un tribunal, no por el regulador de la industria de seguros. De esa manera, se resuelven los casos, salvaguardando el debido proceso de ley de ambas partes”, dijo Pernas.

Incluso, la directora ejecutiva de ACODESE planteó que reconocer a la OCS la facultad de adjudicar de manera sumaria controversias entre los aseguradores y los proveedores atenta contra la revisión judicial, debido a que el regulador maneja información privilegiada de sus regulados.

“Es de notar que, los procedimientos administrativos, son menos formales que los procedimientos ante un tribunal. En ese sentido, un procedimiento ante el Poder Judicial cuenta con garantías de debido proceso de ley, lo que incluye un amplio descubrimiento de prueba, la utilización de peritos, deposiciones y otros remedios dispuestos por ley. En el caso de lo propuesto en este proyecto de ley, al adjudicar obligaciones de los aseguradores, el Comisionado de Seguros, se convierte en un juzgador que tiene información privilegiada de sus regulados, aspectos que no tiene un juez”, indicó Pernas.

Un asunto de importancia notable es que el PS 1349 establece un proceso de reconciliación que, según ACODESE, no tiene relación alguna con el proceso de reconciliación que ya dispone el Capítulo 30 del Código de Seguros, el cual surge de la Ley de Pago Puntual o la Ley 104 de 2002.

En el aire el Capítulo 30 

Para la ACODESE es materia de preocupación que nada se dispone en la medida en cuanto a si el procedimiento de reconciliación expedita que propone se activaría después de agotar los remedios establecidos en el Capítulo 30.

Por otra parte, comentó que la OCS carece del capital humano y la competencia para entrar en la revisión del pago de reclamaciones de servicios de salud, siendo necesario que este personal domine códigos de Current Procedural Terminology (CPT).

En la exposición de motivos de la medida se insinúa que la tardanza en la resolución de reclamos de pago presentados por los proveedores de salud es responsable del cierre de hospitales y del éxodo de médicos y enfermeras.

No obstante, tal conclusión no es objeto de un análisis cuidadoso y certero que revele los nexos entre ambos fenómenos como para invocar la necesidad de aprobar la medida, sino que estos señalamientos permanecen en el proyecto como un eslabón inconcluso.

Tardanza en reconciliación justifica medida

En la exposición de motivos también denuncia que en ocasiones los procedimientos de reconciliación pueden tardar meses y hasta años, lo que justifica la aprobación del P S 1349 porque “establece una política pública clara a los fines de poner fin a la incertidumbre que experimentan los proveedores de servicios de salud, una vez aceptan iniciar estos procedimientos (de conciliación)”.

De hecho, el informe positivo que emitió la Comisión de lo Jurídico y Desarrollo Económico del Senado el pasado 23 de abril establece que la División de Investigaciones de Servicios al Consumidor de la OCS, resolvió en 2022 alrededor 325 investigaciones de pago puntual, la cuales constituyen “una cantidad minúscula de reclamaciones”, según señaló el Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega.

El informe sostiene que Adams Vega aseguró que la poca cantidad de reclamaciones obedece a que los proveedores tienen temor a represalias y han optado por no impugnar las dilaciones en el proceso de pago puntual. Como resultado de esa conducta “quedan inmersos en un proceso de reconciliación de cuentas”.

Adams Vega favorece la aprobación del PS 1349.

El informe alega que “hasta la aprobación de esta medida, no existen términos precisos para que los aseguradores y proveedores puedan dilucidar permanentemente las discrepancias surgidas en una factura que llevaron a las partes a iniciar un proceso de reconciliación”.

En ese contexto, la medida establece un periodo de 30 días desde que la aseguradora, el PBM o la organización de servicios de salud certifique a la OCS que se encuentra en un proceso contable activo de reconciliación de facturas y pagos. 

La citada certificación será enviada a la OCS en los primeros 5 días de cada mes e incluirá todos los procesos de reconciliación de facturas y pagos iniciados el mes anterior por la aseguradora, el PBM o la organización de servicios de salud.

Por acuerdo entre las partes, el periodo de reconciliación podrá extenderse en otros 20 días adicionales para la resolución y determinación de pago de la factura.

Comisionado impondrá intereses

El PS 1349 dispone que, si en el periodo de conciliación establecido las partes no logran llegar a un acuerdo, la OCS podrá intervenir para adjudicar en 30 días y de manera sumaria la controversia y establecer el monto de la deuda, la cual será líquida y exigible de inmediato.

Además, a la deuda se le impondrán intereses legales, los cuales serán determinados por la OCS y pagaderos a favor de los proveedores de servicios de salud.

El informe indica que el Colegio de Médicos Cirujanos no se expresó sobre la propuesta de PS 1349, pero el doctor Carlos Díaz, quien es el presidente de esa entidad, indicó que apoya la medida.

Fuentes de la industria de seguros que prefieren mantener su anonimato señalaron que el PS 1349 es casi una réplica de otra medida, el Proyecto de la Cámara 1533, el cual concedía a la OCS el poder adjudicar el monto de una reclamación de propiedad en controversia.

Rama Judicial en silencio

“El PS 1349 tiene el mismo objetivo del PC 1533, pero en reclamaciones de servicios de salud”, dijo la fuente.

¿Qué posición tendrá el Comisionado cuando tiene información privilegiada sobre la condición financiera de un asegurador, y a la vez adjudica reclamaciones?  Un juez en el Poder Judicial, adjudica con independencia, pues carece de la información sobre la capacidad de pago.  El Comisionado sería un juzgador con información privilegiada. ¿Qué haría cuando sabe que un asegurador está al borde de la insolvencia?  ¿Lo llevará a la insolvencia para pagar reclamaciones o no?”, cuestionó la fuente.

Otro aspecto intrigante es que la Rama Judicial no se ha expresado en torno a los estrechos términos que impone la medida para que el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal Apelativo y el Tribunal Supremo emitan decisiones.

“Me parece incomprensible que la Rama Judicial no se expresara cuando la Asamblea Legislativa le otorga un plazo para resolver una reclamación judicial en 10 días.   Se me hace difícil pensar en que se obligue a un tribunal resolver en un plazo determinado. ¿Qué pasaría si el juez no resuelve?   Deja un vacío, y el derecho bien hecho, rechaza ese tipo de situación”, advirtió la fuente.   

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Italia apuesta por la “energía agrovoltaica” en terrenos agrícolas

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Por Miguel Díaz Román

El gobierno italiano de la primera ministra Giorgia Meloni aprobó la pasada semana una ley que permite la llamada “energía agrovoltaica”, que consiste de instalar paneles solares a una altura de más de seis pies sobre un terreno agrícola, lo que, alegadamente, facilita utilizar la tierra para el cultivo de frutos.

El estatuto aprobado por el gobierno italiano, integrado fundamentalmente por una coalición de partidos de la derecha, prohíbe, además, la instalación de paneles solares muy cerca del suelo, que es el modo habitual empleado para instalar esta tecnología en tierras agrícolas desde que comenzó su uso a gran escala varios años atrás.

La inclusión en la ley de la llamada “energía agrovoltaica” fue el resultado de una negociación entre el ministro de Medio Ambiente y Seguridad Energética, Gilberto Pichetto Fratin, y el ministro de Agricultura, Francesco Lollobrigida.

Inicialmente la ley consideraba prohibir totalmente la ubicación de paneles solares en terrenos agrícolas.

De hecho, Pichetto Fratin quien se había opuesto a la medida, sostuvo que las nuevas restricciones que impone el estatuto “no pondrían en peligro el objetivo del gobierno de instalar unos 38 gigavatios en 2030 mediante plantas fotovoltaicas”.

Un gigavatio es una cantidad de energía equivalente a 1,000 megavatios, lo que permite tener una idea de la enorme cantidad de energía se contempla generar en Italia como los paneles fotovoltaicos.

En un intento de apaciguar las críticas de parte de grupos ambientalistas y protectores de los terrenos agrícolas, el ministro de Agricultura señaló que los objetivos energéticos de la medida “no se centra en proyectos agrovoltaicos”.

Las mesas solares

La prensa europea describe los proyectos de energía agrovoltaicos, conocidos también como “mesas solares”, como un modelo “que colocan paneles solares sobre campos y viñedos para obtener un doble uso de la tierra mediante la producción de energía durante los periodos de luz solar intensa, al tiempo que se permite el crecimiento de los cultivos”.

Según la prensa europea, la ley responde especialmente a las demandas de la principal asociación agraria de Italia, conocida como Coldiretti.

Además de avalar los proyectos de “energía agrovoltaica”, la ley permitirá la instalación de parques de paneles fotovotaicios en los predios cerca de canteras y autopistas.

Incluso, las restricciones de la ley no serán aplicables a los proyectos ya aprobados por el plan nacional de recuperación y resiliencia aprobado por el gobierno italiano.

En Puerto Rico la Universidad de Puerto Rico realiza actualmente un estudio para viabilizar la energía agrovoltaica. El estudio, que tendrá un costo de $1.9 millón, fue encomendado por la Fortaleza y por el Departamento de Agricultura.

Paneles bifaciales y translúcidos

El gobierno de Meloni ha reorientado su política energética para lograr más eficiencia al proceso de transición ecológica, mitigar los efectos del cambio climático y proteger los suelos agrícolas de la erosión eólica y la evaporación excesiva.

Como parte de este esfuerzo el gobierno ha aumentado sus inversiones para multiplicar la capacidad de producción de paneles solares bifaciales, los cuales pueden absorber energía solar por ambas caras. 

Además, el pragmatismo con que Italia ha afrontado la situación energética ha permitido impulsar los llamados paneles solares traslúcidos, que producen electricidad y dejan pasar la luz. La estación de trenes de Porta Susa, en la ciudad de Turín, está techada con paneles traslúcidos.

Italia a favor de lo mini reactores

Además, el gobierno de Meloni se prepara para radicar un proyecto de ley para reintroducir la energía nuclear en Italia, a través de establecer mini reactores que podrían llegar a producir el 20% de la energía del país para finales de esta década.

La intención del gobierno es promover la construcción de al menos 15 mini reactores.

Italia abandonó la energía nuclear en 1987 y en la actualidad carece de una ley que regule este tipo de energía. Además, los italianos rechazaron la energía nuclear en dos referendos, lo cual es el principal argumento de los grupos ecologistas y la oposición política contra el retorno de esta fuente de energía.

De hecho, la oposición política acusa al gobierno de Meloni de “green washing”, que es hacer pasar por ecológico aquello que no lo es.

La apuesta de Italia por las plantas fotovoltaicas y por la energía nuclear es un intento de ese país para alcanzar la autogestión energética.

Italia y Europa quedaron en un estado de vulnerabilidad energética luego de que Rusia detuvo las exportaciones de gas a estas naciones tras las sanciones impuestas por la Unión Europea por la invasión militar rusa en Ucrania. Irónicamente, esta crisis energética ha convertido a Francia en el gran exportador de electricidad por medio de la energía que producen sus 59 reactores nucleares.

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INFORME SEMANAL-10 de mayo de 2024

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Esta semana en Informe Semanal conversamos con el doctor David Sotomayor Ramírez, investigador y profesor del recinto de Mayaguez de la UPR, sobre una investigación que realiza la universidad para identificar los cultivos posibles debajo de los parques de paneles solares que se ubicarán en terrenos agrícolas. La iniciativa ha sido catalogada como «green washing» por Sotomayor Ramírez y por el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega.

De hecho, con Flores Ortega estaremos dialogando sobre el estudio que realiza la UPR y sobre la inusitada actividad política del secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, durante la campaña primaria de PNP. Flores Ortega también hablará sobre el impacto de las recientes lluvias en la agricultura. El economista José Alameda hablará sobre el efecto de los recortes presupuestarios en la UPR y sobre el impacto de la Universidad en la economía del país.

La licenciada Marimar Pérez Riera, presidenta de la Asociación de Titulares de Condominios, sobre una medida que intenta regular los arrendamientos a corto plazo. Hablaremos con el ingeniero Carl Sodelberg sobre el plan para enfrentar el cambio climático que un grupo de expertos recomendó a la legislatura y que los presidentes de ambos cuerpos , la Camara y el Senado, rechazaron atenderlo este año y lo dejaron para que lo atienda la próxima legislatura. Llama la atención esa decision debido a la importancia que tiene el cambio climático para el país.

También hablaremos con el ingeniero José Martínez Cruzado sobre una nueva falla sísmica descubierta en Salinas, la cual se extiende hasta Aguadilla y los efectos que podría generar su activación. Con el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, conversamos sobre las dificultades que enfrenta la clasificación grado A, en la industria lechera. Además, conversamos sobre un estudio que realiza para determinar si es viable la agricultura en conjunto con proyectos de energía renovable como las placas solares.

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Empleados públicos que no pudieron jubilarse por ley 80 demandarán al gobierno por violación de derechos civiles

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Por Miguel Díaz Román

Cerca de 200 empleados públicos demandarán en el Tribunal Federal de San Juan al gobierno de Puerto Rico por violación de derechos civiles y otros daños y perjuicios, como resultado de la aplicación parcial de la ley 80 del 2020 o ley para el Retiro Incentivado, la cual permitió que solo 1,130 empleados públicos identificados como no esenciales se acogieran al retiro con una pensión equivalente al 50 % de su salario, mientras que cientos de empleados no pudieron acceder a la jubilación porque fueron catalogados como esenciales.

Tras ser rechazados para disfrutar de los beneficios de la ley 80, lo empleados identificados como esenciales deberán solicitar su retiro al amparo de la ley 3 del 2013, que promete una limitada pensión de hasta 38 % de su salario, lo que implica una pérdida de hasta 12 % en el pago de la pensión mensual – lo cual ha sido estimado entre $1,500 y $700 mensuales- en comparación con la pensión ascendente al 50 % del salario que ya están recibiendo los empleados no esenciales que accedieron a la jubilación.

La demanda será presentada en el Tribunal Federal por el conocido abogado Jhon Mudd en representación de cerca de 200 empleados que pertenecen a dependencias públicas como el Banco de Desarrollo Económico, el Departamento de Recursos Naturales, el Negociado de la Policía y el Negociado de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia.

El licenciado Jhon Mudd no estuvo disponible para dialogar con SN.

Según fuentes conocedoras de los empleados públicos afectados, el licenciado Mudd estaría presentado hasta cuatro demandas distintas por violación de derechos civiles y otros daños y perjuicios y la compensación en conjunto podría ascender a millones de dólares.

De acuerdo con las fuentes, las demandas serán radicadas en las próximas semanas y podrían describir un escenario delirante en el que la administración de Pedro Pierluisi carecía de criterios para definir un empleado público no esencial y un empleado público esencial.

Sin definir qué es un empleado esencial y no esencial

De hecho, la falta de esa definición se ubica en el centro de la controversia porque la aplicación parcial de la ley 80 obedece a que la administración del gobernador Pedro Pierluisi transigió un acuerdo con la Junta de Supervisión de Fiscal (JSF), en el que se avaló el retiro de los empleados no esenciales con la condición de que sus puestos fueran eliminados de la nómina gubernamental. El acuerdo se anunció públicamente el pasado día 27 de febrero de 2024.

Amparada en la ley Promesa, la JSF había solicitado a la jueza Laura Taylor Swain que invalidara la ley 80 por su alto costo presupuestario a largo plazo y porqué carecía de una fuente de repago. Incluso, la ex directora ejecutiva de la JSF, Natalie Jaresko, había señalado que conceder los beneficios de la ley 80 causaría una oleada de reclamos por discrimen de parte de los empleados públicos que no pudieran obtener los mismos beneficios al momento de su jubilación.

No obstante, el acuerdo alcanzado entre la JSF y el gobierno no fue el resultado de una orden de la jueza Taylor Swain, sino que, según indicó la fuente, fue una iniciativa del gobierno para complacer a la JSF, que requirió diferenciar entre los empleados esenciales y no esenciales con el fin de reducir el impacto económico de la jubilación en el Fondo General.  

Es decir, en la medida que el beneficio fuera garantizado solo a los empleados no esenciales y de que sus plazas vacantes fueran eliminadas, el costo de la jubilación a largo plazo era significativamente más limitado que permitir la jubilación de los empleados esenciales, lo cual implicaba que el gobierno, además de pagar la pensión de esos empleados jubilados, también debía llenar las plazas vacantes pues la posición era esencial para su funcionamiento.

“¿Tenía autoridad legal el Ejecutivo para llegar a ese tipo de acuerdo? Esa es una pregunta que necesita una contestación”, dijo la fuente.

Decisiones subjetivas

La fuente agregó que, ante la carencia de criterios objetivos para determinar quiénes eran empleados esenciales o no esenciales, la dirección de las agencias llegó al extremo de emplear percepciones subjetivas para permitir que determinados empleados se jubilaran y otros no.

“En algunos casos en las agencias se decidía quién era esencial o no esencial si le caía bien o mal a los jefes”, dijo la fuente.

Las únicas declaraciones oficiales donde se hace la distinción entre empleados públicos esenciales o no esenciales fue emitida por la exgobernadora Wanda Vázquez Garced en varias ocasiones entre 2019 y 2020, por motivo de la pandemia, del periodo de incidencia de terremotos en la zona suroeste y en anticipación de eventos meteorológicos.

De hecho, en la orden ejecutiva 2020-043 emitida por la Fortaleza para permitir a los empleados esenciales agotar sus días de vacaciones hasta el 31 de diciembre de 2020, la ex gobernadora definió a estos empleados como aquellos que laboran “en el Departamento de Seguridad Pública y los negociados que lo conforman, los oficiales de custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, así como el personal médico, de enfermería, nutricionistas y tecnólogos médicos”. 

“Los empleados esenciales son una tercera parte de la nómina del gobierno”, dijo una de las fuentes.

De hecho, de las declaraciones públicas relacionadas con la ley 80 emitidas por la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) y de la Administración de los Sistemas de Retiro (ASR), no surge una definición oficial sobre los criterios para definir los empleados esenciales o no esenciales.

Incluso, en la ley 80 no figura jamás esa distinción, pues los criterios para acceder a la jubilación bajo ese estatuto estaban relacionados principalmente con los años dedicados por el empleado público a trabajar en el gobierno.

Litigio que ya comenzó

Otro señalamiento que podría surgir en las demandas es que en las agencias se tomaron decisiones unilaterales que afectaron gravemente a los empleados públicos en dos escenarios principales. En el primer escenario las agencias determinaron de manera unilateral los empleados que no podrían acceder a la jubilación porque eran esenciales.  

En el segundo escenario las agencias identificaron a los empleados no esenciales que podrían jubilarse, pero en octubre de 2023 se les informó a esos empleados que el beneficio de la jubilación bajo ley 80 ya no estaría disponible.

El litigio de este caso ya comenzó debido a que el licenciado Mudd ha solicitado una serie de documentos vinculados con los acuerdos de la ley 80 entre el gobierno y la JSF. La AAFAF ha exigido establecer una estipulación que indique que la información de los documentos es privilegiada, a lo que se ha opuesto el licenciado Mudd.

La controversia comenzó a finales del 2023 en la sala del juez Alfonso Martínez Piovanetti, del Tribunal de San Juan, y luego fue trasladada a la sala de la jueza Taylor Swain por petición del licenciado Mudd.

El pasado 23 de abril AAFAF radicó una moción en la que mantiene su posición de que la información de los documentos es privilegiada, sobre la cual la jueza Taylor Swain aún no se ha pronunciado.

No obstante, la JSF se ha distanciado de las determinaciones realizadas por el gobierno y la AAFAF en relación con la decisión de identificar los puestos eran o no esenciales.

JSF se distancia de decisiones del gobierno

En una carta enviada al licenciado Mudd, la JSF sostuvo que “las distintas agencias y corporaciones públicas, determinaron qué puestos eran esenciales, y qué posiciones podrían eliminarse manteniendo la capacidad de la entidad relevante para prestar servicios públicos. Según lo requerido por orden judicial, los únicos candidatos para el Programa de la Ley 80 eran trabajadores que ocupaban puestos no esenciales que podían ser eliminados permanentemente. La Junta de Supervisión revisó la lista de puestos elegibles del gobierno, pero no la preparó o decidió qué puestos eran o no esenciales”.

La carta fue enviada el pasado 12 de febrero de 2024 por Jaime A. El Koury, quien es el consejero general de la JSF. La misiva fue en respuesta a otra enviada por el licenciado Mudd, en la que el abogado solicitó una serie de documentos relacionados con el acuerdo de la ley 80.

En su respuesta al licenciado Mudd, la JSF sostuvo que “recomendamos que dirija sus consultas a las autoridades gubernamentales correspondientes. Luego le recordó al abogado que “cualquier reclamación que usted pueda iniciar contra la JSF está prohibida”.

Medida que promete confrontación 

En una acción legislativa que aborda directamente esta controversia un grupo de senadores del Partido Popular Democrático y del Partido Nuevo Progresista radicaron una medida que propone crear la Ley Especial de Retiro Incentivado de Empleados Esenciales con el fin de que los empleados esenciales se puedan acoger al retiro con una pensión equivalente al 50 % de su salario al cumplir 64 años.

La medida también ordena pagar una aportación para el plan médico ascendente a $100.00 mensuales y dispone que las plazas de esos empleados no quedarán vacantes, sino que serán ocupadas por nuevos reclutas, lo cual representa un desafío a la JSF.

El Proyecto del Senado 1451, radicado el pasado 8 de abril, sostiene que los empleados públicos esenciales fueron “vulnerados de manera indefinida y discriminatoria” por la Ley 80 del 2020 o ley para el Retiro Incentivado, la cual permitió que 1,130 empleados públicos no esenciales se acogieran al retiro. La aprobación de esta medida por la legislatura y por el gobernador augura un nuevo enfrentamiento entre el gobierno y la JSF.

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Acusan a UPR de recibir $1.9 millón para hacer un “green washing” y legitimar fincas solares en terrenos agrícolas

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Por Miguel Díaz Román

Con una asignación de $1.9 millones emitida por la Fortaleza, la Universidad de Puerto Rico se integró a un esfuerzo para identificar los cultivos que se podrían sembrar debajo de las placas fotovoltaicas de los proyectos de energía renovable, en un intento de legitimar el uso de terrenos agrícolas para generar energía eléctrica.

La intervención directa de la Fortaleza propició un acuerdo entre el Departamento de Agricultura (DA) y la UPR, a través de su presidente, Luis Ferrao Delgado, para armar todo un esfuerzo académico que va más allá de identificar cultivos, sino que pretende crear herramientas publicitarias y de relaciones públicas para que la comunidad acepte la ubicación de los proyectos de energía renovable en terrenos agrícolas, según información obtenida por fuentes de SN.

Incluso, las fuentes de SN indicaron que una persona vinculada a una empresa de la industria de energías renovables y con buen acceso a la Fortaleza, fue el responsable de identificar los fondos de donde surgió la asignación de $1.9 millones para la UPR. Alegadamente, los fondos estaban bajo el control de la Junta de Supervisión Fiscal.

La asignación de $1.9 millones a la UPR fue anunciada el 31 de octubre de 2023 por el gobernador Pedro Pierluisi en una actividad realizada en el proyecto de paneles fotovoltaicos Ciro One Salinas, localizado en Salinas.

No obstante, en las pasadas semanas es que han trascendido los detalles sobre el estudio que realiza la UPR.

Los críticos en contra del acuerdo sostienen que la UPR ha sido utilizada para ejecutar un “green washing”, una expresión en inglés que describe el intento de organismos públicos y empresas privadas para hacer que determinados productos parezcan ecológicos cuando en realidad no lo son. 

Otra crítica es que el involucramiento de la UPR debió anteceder la aprobación de los proyectos de energía renovable, a través de una indagación para determinar dónde era más viable ubicarlos, pero ha ocurrido lo contrario, porque ya el Negociado de Energía aprobó 18 proyectos de energía solar a escala industrial para generar 845 megavatios.

La gran mayoría de los proyectos están ubicados en zonas llanas y costeras de alto valor agrícola.

UPR dirá los cultivos que impulsará el DA

Un argumento que se suma a las críticas es que el secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, podría haber incurrido en un grave conflicto de interés debido a que el respaldo del DA al estudio que realiza la UPR favorecería un proyecto de paneles fotovoltaicos propuesto en una finca en Salinas que pertenece a la corporación Agriart LLC, en la que el secretario es accionista y su hijo, Ramón González Bernazar, es vicepresidente.

Ese proyecto fue propuesto por la empresa Clean Flexible Energy, una subsidiaria de la cogeneradora de energía eléctrica AES, ubicada en Guayama. 

De hecho, la Oficina de Ética Gubernamental realiza desde cerca de dos años atrás una investigación sobre una querella relacionada con las actuaciones de González Beiró vinculadas a la aprobación por parte del DA del proyecto de Clean Flexible Energy en los terrenos que pertenecen a la corporación Agriart LLC.

Entre otras razones, la querella denunció que los terrenos de Agriart LLC son suelos protegidos porque pertenecen a una reserva agrícola.

Durante una entrevista en el programa Nación Z, que anima el licenciado Leo Díaz, el secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, sostuvo de manera inequívoca que el estudio encomendado a la UPR pretende identificar los tipos de cultivos que se podrían sembrar debajo de un parque de celdas fotovoltaicas.

“Firmamos un acuerdo con la UPR donde estamos invirtiendo más de $1 millón para que el Colegio  (de Mayagüez) haga pruebas y nos tire unos modelos en cuanto a qué altura deben tener y qué se puede cultivar y sembrar. Están sembrando distintos productos debajo de las placas solares para ver cuáles productos vamos a impulsar desde el DA”, dijo González Beiró.

De acuerdo con las fuentes de SN la iniciativa ha sido denominada “Agro Energía” e involucra profesores y estudiantes de los recintos de Mayagüez, Río Piedras y Utuado.

Fortaleza y el DA al mando del estudio

En síntesis, la iniciativa comprende establecer las bases científicas para definir la política pública relacionada con los llamados proyectos “agro-voltaicos”, una denominación semántica que en realidad se refiere a la construcción de proyectos de energía renovable en terrenos agrícolas.

Se espera que la iniciativa también produzca información sobre si amerita continuar invirtiendo en la llamada “co-localización”, otra construcción semántica para avalar la presunta convivencia de determinadas actividades agrícolas con los proyectos de energía renovable.

La UPR deberá identificar prácticas y hacer recomendaciones para viabilizar la “co-localización” y, además, y definir estrategias para lograr el envolvimiento de la comunidad y determinar los mecanismos para disponer de los equipos de energía renovable cuando finalice su vida útil.

El personal académico que participa en el proyecto es el doctor André Sanfiorenzo, quien es miembro de la facultad del recinto de Utuado de la UPR; y los doctores Iván Baigés, Ivonne Díaz, Abner Rodríguez y Fernando Pérez Muñoz, quienes son parte del cuerpo académico del recinto de Mayagüez de la UPR.

Por parte del recinto de Río Piedras participa la doctora Wanda Reyes, quien está especializada en publicidad y relaciones públicas y es parte del programa de Comunicación e Información de la UPR. 

Reyes, según indicó la fuente, tendría a cargo preparar material educativo respecto al cambio climático y promover la urgencia de migrar hacia alternativas renovables de producción energética.

SN solicitó a la UPR entrevistar a los participantes del proyecto “Agro Energía”, pero no fue permitido. Una fuente de la UPR indicó que la iniciativa es dirigida por la Fortaleza y el DA, quienes estarían realizando anuncios oficiales sobre la iniciativa el 24 de mayo y a finales de junio se estaría divulgando un informe final.

Estudio para justificar lo injustificable

 El doctor en agronomía y suelos David Sotomayor Ramírez, quien es profesor e investigador del Colegio de Ciencias Agrícolas del recinto de Mayagüez de la UPR, cuestionó el estudio encomendado a la UPR.

“Qué tipo de estudio pueden hacer en un año, en dos años o en tres años. Yo llevo haciendo investigación 29 años y esa investigación es una excusa barata, es un subterfugio para justificar lo injustificable. Esa es mi opinión”, dijo el catedrático.

Sotomayor Ramírez cuestionó la falta de rigurosidad académica de parte de la UPR para realizar el estudio al sostener que han “pusieron un individuo en Utuado, otro en Mayagüez y otro en Río Piedras como líderes de proyecto y se han inventado una serie de proyectos de investigación que los conducen estudiantes subgraduados. Son tres alicates para hacerle el caldo gordo a la Fortaleza. Ese es el trasfondo detrás de todo esto”.

El académico sostuvo que es inviable la agricultura a gran escala debajo de paneles solares y advirtió que no existen datos confiables sobre el tema porque es un tipo de cultivo que aún se encuentra en investigación por entidades académicas principalmente en Europa.

“Todo eso es pura mentira. No hay cultivos a escala comercial, a gran escala, como se hace la agricultura a nivel mundial, que se sostenga con ese tipo de sistema de paneles solares. Para producir cultivos se necesita el sol y si tienes la mitad de tus cultivos en sombra vas a tener un 50 % que no produce. Yo puedo hacer agricultura en el techo de mí casa, pero eso no es agricultura. Si me preguntas sobre la agricultura orgánica o regenerativa, las estadísticas están. Pero los cultivos debajo de paneles solares es un tema que está en investigación en los institutos en Europa, que son los países que tienen dinero para invertir en ese tipo de cosas. ¡Que me digan sobre cuánta comida se produce a nivel mundial debajo de paneles solares!. Eso es un subterfugio”, indicó Sotomayor Ramírez.

UPR gestiona un “green washing”

 Tanto Sotomayor Ramírez como el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, quien también es catedrático del Colegio de Ciencias Agrícolas del recinto de Mayagüez de la UPR, coincidieron en catalogar el estudio encomendado a la UPR como un “green washing”.

“Esto es como hacer un estudio para concluir que la Coca Cola no hace daño. En la universidad van a encontrar científicos y académicos que conocen bien este tema y no se prestan para un “green wash” cómo persiguen estas empresas de energía avaladas por el gobierno y por intereses privados en detrimento de nuestra seguridad alimentaria”, dijo Flores Ortega.

 Explicó que la siembra debajo de placas solares no crea las condiciones para que se den cultivos debido a la falta de sol y a las altas temperaturas que generan los paneles solares, lo que aumenta los niveles de humedad y entorpece el crecimiento saludable de cualquier tipo de cultivo.

“No existe proyecto alguno en el mundo que podamos identificar como exitoso que mezcle estas dos actividades y mucho menos en una zona tropical como la nuestra. Todos sabemos que la maximización del espacio para instalar placas solares es lo que hace que estos proyectos tengan viabilidad económica. En nuestra condición de isla tropical estas placas tienen que estar lo más pegadas al terreno y así evitar mayores pérdidas en la época de huracanes. Esto hace que no pueda entrar la luz necesaria para el desarrollo de plantas y mucho menos el espacio para cultivarlas. Además, se genera una alta temperatura lo cual unido a alta humedad con pobre flujo de aire hacen de ese microclima uno letal para las plantas. Lo único que hemos visto como actividad secundaria es el pastoreo de cabras y ovejas y aun así tiene muchas limitaciones la operación”, indicó.

El conocido arquitecto y planificador Pedro Cardona Roig, indicó que la supuesta combinación de proyectos de paneles solares en conjunto con operaciones agrícolas es una quimera que no ha funcionado más allá de cinco años. 

Posible  saturación del suelo con paneles solares

“Yo he investigado eso. Y es muy sencillo, no se puede meter una máquina para recoger cosechas debajo de la estructura que sostiene las placas solares. Eso no funciona y esos procesos mecanizados comprometen la eficiencia de los paneles solares por el polvo fugitivo y el particulado y como lo que tiene rendimiento es el panel, abandonan los cultivos. Eso ha ocurrido en Alemania y en España”, indicó.

El también planificador y líder comunitario José Rivera Santana sostuvo que la ubicación de paneles solares en terrenos agrícolas representa una subutilización del suelo agrícola y advirtió que la experiencia de los proyectos de paneles fotovoltaicos a nivel mundial es que no es posible una conciliación exitosa entre los paneles solares y los cultivos agrícolas.

Señaló que la viabilidad económica de esas iniciativas empresariales de energía renovable requiere continuamente la saturación del suelo con paneles solares.  Rivera Santana dijo que la tendencia es acaparar más terreno de manera incipiente para garantizar mayores ingresos económicos lo que van en detrimento del suelo agrícola

“Yo no he visto proyectos exitosos (de paneles solares con cultivos agrícolas)”, dijo Rivera Santana.

Las organizaciones ambientales que se oponen al uso de terrenos agrícolas para establecer parques de paneles solares han alegado que la reglamentación vigente de la política energética establece que antes de afectar terrenos agrícolas los proyectos de energía renovable se deben ubicar en terrenos previamente contaminados, vertederos en desuso, estacionamientos, en los techos de las casas y en otras estructuras.

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INFORME SEMANAL- 3 de mayo de 2024

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Esta semana en Informe Semanal conversamos con la licenciada Marimar Pérez Riera, presidenta de la Asociación de Titulares de Condominios, sobre una medida que intenta regular los arrendamientos a corto plazo.

Hablaremos con el ingeniero Carl Sodelberg sobre el plan para enfrentar el cambio climático que un grupo de expertos recomendó a la legislatura y que los presidentes de ambos cuerpos, la Cámara y el Senado, rechazaron atenderlo este año y lo dejaron para que lo atienda la próxima legislatura. Llama la atención esa decisión debido a la importancia que tiene el cambio climático para el país.

También hablaremos con el ingeniero José Martínez Cruzado sobre una nueva falla sísmica descubierta en Salinas, la cual se extiende hasta Aguadilla y los efectos que podría generar su activación.

Con el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, conversamos sobre las dificultades que enfrenta la clasificación grado A, en la industria lechera. Además, conversamos sobre un estudio que realiza para determinar si es viable la agricultura en conjunto con proyectos de energía renovable como las placas solares.

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 En peligro clasificación grado A de la leche por falta de inspecciones

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Por Miguel Díaz Román

La Autoridad de Alimentos del Departamento de Educación (AA) y el Departamento de Salud (DS) han evitado reaccionar a la realidad de que las plantas procesadoras Suiza Dairy, Indulac y Tres Monjitas no han sido inspeccionadas para renovar las licencias que certifican que la leche que producen es de clasificación grado A.

Técnicamente, ninguna de las plantas procesadoras y de las ganaderías del país podrían continuar operando si carecen de la licencia que certifica que cumplen con los requisitos de grado A, según lo indica el artículo 10 del reglamento 8332 del DS.

A través de este reglamento el DS adoptó la Ordenanza Federal para la Leche Pasteurizada (mejor conocida por sus siglas en inglés, PMO), que estableció la certificación de cumplimiento con los requisitos de grado A.

El reglamento 8332, que fue promulgado por el DS en 2013, prohíbe “almacenar, transportar, distribuir, importar, vender, exhibir, ofrecer en venta o donar, leche o productos lácteos para consumo humano”, sin la licencia que certifica que la leche que producen es de clasificación grado A.

Dicha licencia la emite el secretario de Salud, según lo ordena el citado reglamento.

Preocupación en la industria lechera

Fuentes de la industria lechera han confiado a SN que entre la plantilla ejecutiva de las plantas procesadoras existe una gran preocupación debido a que aún la infraestructura de elaboración y envase de sus empresas no han sido inspeccionadas, lo cual es un requisito federal para obtener la certificación grado A, según lo dispone la PMO, una ordenanza que es fiscalizada por Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés).

La inspección de las plantas procesadoras y de las ganaderías es una responsabilidad directa de la división de Salud Ambiental del DS.

No obstante, han transcurrido más de dos años desde la última vez que las inspecciones fueron realizadas, lo que implica que las plantas procesadoras no han renovado sus licencias de grado A.

La certificación de cumplimiento grado A es un requisito inescapable para que las plantas procesadoras puedan vender sus productos lácteos en el mercado local y en el llamado mercado institucional, que está integrado por agencias del gobierno local que adquieren alimentos con asignaciones de fondos federales.

Entre estas figura la AA del Departamento de Educación, que es responsable de adquirir los alimentos que se consumen en los comedores escolares, los cuales deben cumplir a cabalidad con los estándares de calidad federales establecidos por la FDA.

$12 millones en leche para comedores escolares

La AA es sumamente importante para la industria lechera pues la venta de leche fresca y leche UHT a los comedores escolares ascendió a $12 millones en 2021. Los acuerdos de venta de leche con la AA se realizan a través del Fondo de Fomento de la Industria Lechera.

Francheska Reyes, quien es la directora de la AA, no respondió a las solicitudes de SN para conocer las decisiones que ha tomado ante la realidad de que las plantas procesadoras no han renovado sus certificaciones grado A.

Aunque las ventas de leche a los comedores escolares han continuado, existe la preocupación entre algunos de los ejecutivos de las plantas procesadoras sobre que las autoridades federales decidan impedir la venta hasta que las plantas hayan sido inspeccionadas.

“No sabemos qué va a pasar si no se hacen las inspecciones”, dijo una fuente.

Además, el mercado institucional también incluye las empresas contratadas por la Administración de Corrección para proveer alimentos a los confinados, y los hospitales que aún son operados por el DS.

Otra dimensión importante del mercado institucional es el Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Infantes y Niños (WIC, por sus siglas en inglés), que provee alimentos para  niños de hasta 5 años.

Sin fecha de comienzo las inspecciones

 El programa WIC opera con fondos del Departamento de Agricultura Federal y es administrado en la isla por el DS.

La certificación de cumplimiento con los requisitos grado A es un requerimiento estándar para que las plantas procesadoras promuevan sus productos en el mercado interestatal de los Estados Unidos.

“Hay preocupación sobre que la falta de inspección afecte las ventas de leche a los comedores escolares, al programa WIC y en el mercado en general. Han dicho que el DS ya contrató una empresa que hará las inspecciones, pero todavía esas inspecciones no han comenzado”, dijo una fuente.

Otra fuente de la industria indicó que la certificación grado A, le permite a las plantas procesadoras figurar en un listado de empresas que pueden vender sus productos en el mercado interestatal de Estados Unidos y que es muy consultado por la industria de alimentos estadounidense. Tanto las plantas Tres Monjitas e Indulac han exportado leche UHT a los Estados Unidos.

A principios del pasado mes de abril la secretaria auxiliar de Salud Ambiental del DS, Mayra Toro, sostuvo en una entrevista con SN que el DS estaría contratando un inspector privado ante la realidad de que la persona seleccionada para dirigir la oficina local a cargo de certificar la clasificación grado A, el llamado “rating officer”, no han concluido su proceso de adiestramiento en la FDA.

Salud no identifica contratista

El adiestramiento se extiende por dos años y requiere que el candidato se traslade a los Estados Unidos durante varios periodos hasta que logre completar los requisitos exigidos por la PMO.

La contratación del inspector privado por parte del DS se habría realizado con la recomendación y consentimiento de la FDA, según reveló Toro.

La funcionaria no ha identificado a la empresa privada que será contratada y cuándo terminarán las inspecciones.

Toro reconoció que las plantas procesadoras no han sido inspeccionadas y carecen en este momento de la certificación grado A. También indicó que solo falta la inspección de las plantas procesadoras porque, alegadamente, las inspecciones de los otros sectores que integran la industria lechera ya fueron realizadas por los técnicos de Salud Ambiental.

No obstante, SN supo de que el DS ha tenido tiempo suficiente para seleccionar y mantener una terna de funcionarios con cualidades para ejercer como “rating officer” y no lo ha hecho.

Toro sostuvo que, además de que la persona que fue seleccionada para el cargo de “rating officer” no ha concluido su proceso de adiestramiento, el DS también enfrentó la renuncia de otro funcionario que fue designado para el cargo tres años atrás y antes de completar su capacitación presentó su renuncia.  

En 2019 el DS enfrentó la renuncia de James Reyes, que durante muchos años ejerció la función de “rating officer”. Reyes renunció porque se acogió a la jubilación.

En entrevista con SN el ex funcionario reveló que antes de abandonar el cargo ya había adiestrado a los dos empleados en las destrezas y responsabilidades que demanda el puesto y que solo faltaba que tomaran la capacitación requerida por la FDA.

Reyes dijo que las dos personas que él adiestró fueron rechazadas o por alguna razón desconocida no ejercieron las responsabilidades para las que fueron adiestradas.

“Las sacaron”, dijo Reyes, quien no pudo ofrecer explicaciones para justificar esa decisión. “Yo no sé qué pasó. Yo no estaba allí”, indicó.

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