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Tribunal falla en contra de 31 juntas de titulares que reclaman $77.6 millones a Triple S Propiedad

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Por Miguel Díaz Román

El Tribunal de Primera Instancia de San Juan desestimó por falta de jurisdicción una solicitud de confirmación sumaria de laudos de arbitraje que ascienden a $77.6 millones, la cual fue presentada por 31 juntas de titulares de condominios contra la aseguradora Triple S Propiedad.

Los laudos de arbitraje están relacionados con reclamaciones por daños causados en los 31 condominios por el huracán María, cuyo paso por el país se registró siete años atrás.

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La determinación, que fue emitida el pasado lunes 27 de noviembre por el juez superior Raúl Candelario López, concluyó que la solicitud de confirmación de los laudos de arbitraje es nula debido a que las 31 juntas de titulares presentaron sus reclamaciones en una petición en conjunto, cuando el procedimiento correcto era tramitarlas por separado y pagar los correspondientes sellos de rentas internas por cada una de las peticiones.

El juez Candelario López sostuvo que la solicitud de confirmación de laudos era defectuosa y por lo tanto nula, tras lo cual decidió desestimar el caso por falta de jurisdicción.

Los 31 consejos de titulares son representados por el bufete O Neill & Borges LLC, mientras Triple S Propiedad es representada por los bufetes Frank Torres Viada, Quinn Emanuel Urquhart & Sullivan, Vicente & Cuevas y Román Negrón Law.

Los 31 condominios que figuran en la solicitud de confirmación de los laudos de arbitraje son Park West, Mansiones de Garden Hills, Ashford 1360, Balcones de Santa María, Balmoral, Borinquen Towers II, Bosque Real, Casa del Valle, Altos del Escorial, Ávila, Condado Le Cours, Hato Rey, Cuevillas Court, El Legado, Estancias de Chalets, Executive Tower, Galería Fase I, Granada, Grand Bay Beach, Haciendas Las Ceibas, La Arboleda, Le Rivage, Parque de la Vista I, Piazza Luchetti, The Crowne Plaza, Mar de Isla Verde, Cima de la Villa, Torre del Mar, Luquillo Manors, Parque de Terralinda, y Aquátika.

El pasado 26 de septiembre los 31 consejos de titulares presentaron la solicitud de confirmación de laudos con el argumento de que no existían circunstancias que le permitieran al Tribunal revocar o modificar las determinaciones de los árbitros.

Solicitan el pago de $77.6 millones

Ante esa realidad, las 31 juntas de titulares solicitaron que el Tribunal confirme todos los laudos y ordene el pago de las cuantías concedidas antes del pasado 25 de octubre. La suma de los 31 laudos asciende a $77.6 millones.

También reclamaron la imposición de sanciones contra la aseguradora si incumplía los laudos, tales como una penalidad por temeridad, pagar los honorarios de abogados, más los intereses correspondientes a razón de 9.25%.

Pero el 22 de octubre Triple S Propiedad presentó 31 demandas individuales en contra de cada uno de los consejos de titulares en sus respectivas regiones judiciales.

En las demandas la aseguradora solicitó la revocación de los laudos y su revisión judicial por que, alegadamente, los árbitros incumplieron con las obligaciones establecidas en un memorando de entendimiento (MOU por sus siglas en inglés), que propició el proceso de arbitraje y que fue avalado entre la aseguradora y los 31 consejos de titulares.

En otra moción presentada el pasado 23 de octubre Triple S Propiedad sostuvo que la solicitud de confirmación de los laudos es un recurso prematuro debido a que en los tribunales existen 31 demandas que piden la anulación o revisión judicial de los laudos.

“Hasta tanto las acciones sobre anulación o revisión judicial de los laudos no sean adjudicadas de manera final y firme por los tribunales, este Honorable Foro no debe actuar sobre el asunto de su confirmación. Dicho de otro modo, sería un contrasentido y error jurídico, de un lado, confirmar 31 laudos arbitrales, mientras de otro, se litiga la nulidad o revisión judicial de estos. Pues la madurez de la acción confirmatoria depende del resultado de la acción de nulidad o revisión judicial”, indicó la moción.

Juntas alegan es legal la consolidación

Por su parte, las juntas de titulares argumentaron que la jurisprudencia en la cual Triple-S fundamenta su defensa de falta de jurisdicción no es aplicable a los hechos de este caso. Sostienen, además, que la Regla 17.1 de Procedimiento Civil, permite a las juntas de titulares consolidar en una sola solicitud de confirmación de laudos las reclamaciones de los 31 condominios.

El juez Candelario López avaló los planteamientos de Triple S Propiedad y señaló que las juntas de los condominios no poseían la autoridad para consolidar los casos en una sola petición. Sostuvo que al consolidar los casos en una petición las juntas de titulares evadieron cumplir con el requisito de pagar aranceles al estado por cada una de las 31 reclamaciones.  

“¿Puede una parte consolidar de manera unilateral y presentar de manera conjunta una solicitud de confirmación de 31 laudos arbitrales dictados por separado y pagar aranceles correspondientes a una sola solicitud? Respondemos en la negativa. En consecuencia, deben ser los 31 laudos objeto de demandas o solicitudes de confirmación individuales, tramitadas caso a caso, con el pago de los aranceles correspondientes”, sostuvo el juez.

Sin autoridad para consolidar los casos

Luego, en una explicación más abundante, el juez determinó que “cada uno de los consejos debió haber perfeccionado su propia solicitud de confirmación, conforme a los requisitos arancelarios antes expuesto, pues las partes no poseían autoridad para consolidar casos a su mero arbitrio o criterio. Nos encontramos, pues, ante un claro escenario de falta de jurisdicción ante los defectos observados por los consejos en la presentación de su solicitud”.

El juez señaló que cada junta de titulares debía solicitar la confirmación de los laudos de manera independiente y pagar los sellos de rentas internas, ante el hecho de que los 31 laudos arbitrales fueron dictados por separado.

Incluso, el juez sostuvo que los consejos están impedidos de eludir el requisito de ley de pagar los aranceles por el monto de $90.00 para cada reclamación contenciosa de carácter civil tramitadas ante las salas superiores del Tribunal de Primera Instancia, a través del uso indebido de la figura procesal de consolidar los casos en una petición unificada.

Partes suscriben el MOU

Tras el paso del huracán María, los 31 consejos de condominios acudieron a la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) luego de rechazar los ajustes realizados por Triple S Propiedad. En la OCS no obtuvieron resultados satisfactorios para sus reclamos por lo que presentaron por separado impugnaciones en el Tribunal de Primera Instancia con el fin de dilucidar las controversias relacionadas con sus reclamaciones.

El 20 de abril de 2021 y bajo la tutela del Tribunal, la aseguradora y los consejos suscribieron el MOU, en el que acordaron someter las controversias a un proceso de arbitraje vinculante.

Así las cosas, cada una de las 31 reclamaciones fue referida a un procedimiento de arbitraje por separado ante cuatro árbitros, uno de los cuales fue impugnado y separado de esa responsabilidad en abril de 2023.

Laudos finales y enmendados

Finalmente, los árbitros aceptados fueron Francisco G. Bruno Rovira, a quien se le asignaron 10 casos; Eugene F. Hestres Vélez, quien atendió 10 casos y Carlos Rodríguez Vidal, quien tuvo a su cargo 11 casos.

El 15 de agosto de 2023, los árbitros emitieron laudos finales según las disposiciones del MOU, los cuales fueron cuestionados por Triple S Propiedad en una moción de reconsideración.

El 25 de septiembre de 2023, los árbitros resolvieron la moción de reconsideración y acogieron algunos argumentos sobre errores matemáticos y emitieron laudos finales enmendados.

El pasado 26 de septiembre los 31 consejos de condominios presentaron la solicitud de confirmación de laudos. Luego, el 22 de octubre Triple S Propiedad presentó 31 demandas individuales en contra de cada uno de los consejos en las que solicitaron la revocación de los laudos y su revisión judicial.

Fondos buitres en escena

Jorge Marchand, portavoz de Triple S Propiedad, sostuvo que los reclamos de los 31 consejos de titulares en realidad obedecen a los dictados de los fondos buitres o Hedge funds, que ha llegado a determinados acuerdos con los consejos de titulares para promover la lucha legal contra las aseguradoras, porque esas entidades devengan un beneficio económico sustancial en el cobro de reclamaciones.

Marchand dijo que Triple S Propiedad y las aseguradoras Mapfre y Multinational Insurance Company (MIC) enfrentan pleitos legales de parte de consejos de titulares que son promovidos por fondos buitres o Hedge funds.

“Estamos en el mismo bote. Lo que pasa es sencillo, mientras más chavos ellos piden, a ver que se cuela, porque ellos cobran el 33 %. Eso es todo”, dijo Marchand.

Una fuente indicó que Mapfre no se acogió al proceso de arbitraje y optó por combatir las reclamaciones en los tribunales.

Dos esquemas de fraude

De hecho, el pasado mes de agosto MIC radicó una demanda en la que acusó a los consejos de titulares de ocho condominios exclusivos de la zona metropolitana de San Juan y a un grupo de empresas de peritaje, consultores e ingenieros, de crear un esquema de fraude para inflar el monto de las reclamaciones por daños causados por el huracán María.

La demanda identifica dos esquemas de fraude principales. En el primero de ellos participó el bufete de abogados Raizner Lee LLC, que tiene oficinas en Texas y se estableció en Puerto Rico tras el paso del huracán María.  Según la demanda, Raizner Lee LLC y otras empresas ofrecieron sus servicios legales y de peritaje a los consejos de titulares para ayudarlos a obtener resultados favorables en sus reclamaciones contra las aseguradoras.

Alegadamente, para sufragar los gastos totales del litigio y obtener, además, una ganancia, fue necesario sobrevalorar los daños del asegurado inflando el monto de las reclamaciones.

En el segundo esquema de fraude participó la empresa Attenure Group, la cual lograba acuerdos con los consejos de titulares que consistían en tomar control total de las reclamaciones a cambio de adelantar una cantidad de dinero para que comenzaran los trabajos de rehabilitación.

 Las empresas Attenure Holding Trust y HRH tenían el control de las acciones civiles contra las aseguradoras en los tribunales y junto a ellas también participaron varias firmas de ingenieros y de contratistas, quienes inflaron la valorizaron las reclamaciones y realizaron nuevas inspecciones, lo que causó la aparición de pérdidas que no integraban la reclamación original.

Advierten aseguradora puede pagar

En la solicitud de confirmación de laudos radicada el 26 de septiembre los 31 consejos de titulares anticiparon que Triple S Propiedad argumentaría que el Tribunal debe examinar los laudos con detenimiento porque las cantidades de dinero a pagar pueden poner en riesgo su estabilidad y la de la industria de seguros.

No obstante, el portavoz de Triple S Propiedad dijo que la situación financiera de la aseguradora era muy favorable y señaló que tras el paso del huracán María solo requirió de una inyección de capital de $10 millones.

El documento también indica que de los estados financieros de la aseguradora surge que tiene la capacidad financiera para pagar a los consejos de titulares.

También advierte que, de los estados financieros de Triple S Propiedad radicados ante la OCS entre los años 2017 y 2022, surge que la aseguradora ha tenido en sus arcas entre $275 millones y $368 millones en efectivo e inversiones. Además, para finales del 2022 tenía un exceso de capital de aproximadamente $134 millones, mientras sus inversiones han rendido sobre $54 millones en intereses y dividendos y los contratos de reaseguros garantizaban cubrir entre $50 millones y $76.5 millones.

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