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Puerto Rico

Fallo judicial obliga a ASC a devolver $47.1 millones por aplicar depreciación en piezas nuevas

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Por Miguel Díaz Román

En lo que constituye un fallo judicial histórico que coloca a una aseguradora del país en un grave desafío económico, el Tribunal de Primera Instancia emitió una sentencia que luego fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones de San Juan y por el Tribunal Supremo, lo cual obliga a la Asociación de Suscripción Conjunta (ASC), que vende el Seguro de Responsabilidad Obligatorio (SRO), a devolver más de $47.1 millones a miles de asegurados por aplicar de manera ilegal un descuento por concepto de depreciación a las piezas nuevas y originales.

El pasado mes de mayo del 2024 el Tribunal Supremo emitió un segundo “no ha lugar” a una petición de certiorari presentada por la ASC para que la sentencia fuera revisada, tras lo cual la sentencia pasaría a ser final y firme.

La citada sentencia fue emitida por el Tribunal de Primera Instancia el 26 de julio de 2023, y luego, tras una solicitud de la ASC para que fuera revocada, el Tribunal de Apelaciones de San Juan decidió confirmar el dictamen el pasado 3 de noviembre de 2023.

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El descuento por depreciación fue aplicado por la ASC en reclamaciones por accidentes de tránsito efectuadas por conductores cuyos autos fueron impactados por vehículos asegurados con el SRO.

El pasado 12 de febrero de 2024 la ASC presentó ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico una moción urgente en auxilio de jurisdicción dirigida a que la sentencia fuera revisada (certiorari) y revocada.

Ese mismo día el Tribunal Supremo emitió una resolución descartando la petición con un “no ha lugar”.

La ASC le solicitó entonces al Tribunal Supremo que reconsiderara su decisión. El pasado 10 de mayo del 2024 ese tribunal emitió un segundo “no ha lugar”, tras lo cual la sentencia pasaría a ser final y firme.

La sentencia no establece el monto que la ASC deberá devolver a los asegurados, pero estimados realizados por la aseguradora, según alegan los demandantes, colocan la cifra en más de $47.1 millones.

El caso se ha estado ventilando en la sala de la jueza superior Valerie Concepción Cintrón, en el Centro Judicial de San Juan.

Efecto devastador en la ASC

La parte demandante es representada por el conocido licenciado José Andréu Fuentes, del bufete Andreu & Sagardía y por los abogados Nelson Córdova Morales, Ricardo Prieto García, Angel Collazo Santiago y Emilio Vilá Carreras.

La ASC es representada por la licenciada Moraima Ríos Robles, del bufete Arroyo & Ríos Law Offices, y por la licenciada Rosa Irizarry Millán.

En el recurso de certiorari ante el Tribunal Supremo la ASC sostuvo que cumplir con la sentencia impuesta tendría un efecto devastador en la aseguradora.

De hecho, la ASC sostuvo que el pago de la sentencia causaría unas “implicaciones económicas, sociales y de política pública” que son “sumamente perjudiciales para ASC y el interés público”.

Incluso, la aseguradora sostuvo que pagar la sentencia afectaría “la habilidad de ASC de pagar reclamaciones de sus asegurados”.

La ASC está integrada por las aseguradoras Guardian Insurance, Point Guard, Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico, Universal, MAPFRE Praico Insurance Company, Multinational Insurance Company, Triple-S Propiedad y la propia ASC.

De acuerdo con fuentes de la industria de seguros, el desembolso de la sentencia podría implicar que las aseguradoras miembros de la ASC se verían obligadas a pagar una derrama con el objetivo de garantizar los requisitos de capital y reserva que exige el Código de Seguros.

Demandantes alegan descuento es ilegal

El caso comenzó el 8 de agosto de 2017, cuando los ciudadanos José Benigno Giuliani y Susan Varley Parsei presentaron una demanda de clase en contra de la ASC por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios.

En síntesis, los demandantes alegaron que el 9 de octubre de 2016, estuvieron involucrados en un accidente automovilístico con un conductor cuyo auto estaba asegurado por SRO, el cual fue suscrito por la ASC. Tras presentar una reclamación, la ASC determinó que su asegurado incurrió en un 50% de negligencia en el accidente, mientras que los demandantes incurrieron en el restante 50% de la negligencia.

Los demandantes sostuvieron que, aunque la ASC estaba obligada a indemnizarlos en el 50% del costo total de los daños, la aseguradora de manera ilegal aplicó un descuento por depreciación a las piezas nuevas necesarias para reparar el vehículo.

Según los demandantes, con esa acción la ASC incumplió con la ley matriz del SRO o ley 253 de 1995, que le impone a la ASC la obligación de indemnizar a los afectados por accidentes de tránsito en la totalidad de los daños hasta la cantidad de $4,000.00, menos aquel grado de responsabilidad que determine el sistema de diagramas para adjudicar negligencia que utiliza la ASC.

Además, los demandantes alegaron que la ley 253 no avala el uso de una deducción por depreciación en el costo de piezas nuevas, por lo que la ASC aplicó de manera ilegal la citada depreciación y los obligó a desembolsar una determinada cantidad de dinero para reparar su vehículo.

Como resultado de la aplicación ilegal de la depreciación, los demandantes reclamaron una indemnización ascendente al doble de los daños sufridos.

El 3 de abril de 2018, la ASC contestó la demanda de clase y negó todas las alegaciones. Sostuvo que pagó las reclamaciones presentadas como parte del proceso de ajuste y pago de reclamaciones y que cumplió con las disposiciones del Código de Seguros y con la ley 253.

No es ilegal la depreciación 

Además, argumentó que en este caso aplica la doctrina de pago en finiquito porque los demandantes aceptaron y cobraron el pago recibido.

Más adelante, el 10 de marzo de 2021, la ASC presentó una moción de sentencia sumaria para que el Tribunal de Primera Instancia rechazara la demanda de clase con un “no ha lugar”. La aseguradora sostuvo que no incurrió en ninguna práctica ilegal al aplicar la depreciación a las reclamaciones de la clase demandante, pues el uso de ese recurso no estaba prohibido por ley o reglamento alguno.

La ASC señaló que actuó de manera razonable al descansar en el estado de derecho vigente en ese momento y en las representaciones realizadas por la Oficina del Comisionado de Seguros en relación al uso de la depreciación, por lo que, sus acciones no podían ser fuente de responsabilidad.

También alegó que la causa de la parte demandante se encontraba parcialmente prescrita y exigió que fueran desestimadas las reclamaciones de los miembros que recibieron su pago antes del 8 de marzo de 2016.

Certificada la clase

El 3 de octubre de 2018, la jueza Gloria Maynard Salgado, que ventiló el caso en sus escalones iniciales, emitió una resolución para certificar la clase de los perjudicados por el uso de la depreciación de parte de la ASC en reclamaciones por accidentes de tránsito y que tuvieron que pagar una determinada cantidad de dinero para reparar su vehículo.

En ese documento la jueza Maynard Salgado estableció que las reclamaciones involucradas en el pleito de clase son aquellas radicadas entre 2009 y 2017, las cuales ascienden a 363,348 y cuyo valor fue estimado en $65.7 millones

De hecho, los demandantes estimaron en $68.8 millones el monto de dinero que por medio del uso ilegal de la depreciación la aseguradora no desembolsó y retuvo en sus arcas para su beneficio.

No obstante, tras varios eventos judiciales, el 26 de julio de 2023, el Tribunal de Primera Instancia emitió una sentencia en reconsideración en la que declaró “ha lugar” la demanda de clase y determinó que las reclamaciones involucradas en el pleito de clase son aquellas dentro del período entre el 21 de agosto de 2011 y el 1 de agosto de 2019.

Es importante señalar que el periodo reconocido para la aplicación ilegal de descuento por depreciación finaliza el 1 de agosto de 2019 porque en esa fecha entró en vigencia la ley 110 de 2019, que prohibió a las aseguradoras aplicar “una reducción por depreciación al costo de las piezas necesarias para la reparación del vehículo de motor de la parte perjudicada en un accidente de tránsito”.

Incluso, la ley 110 también prohibió a las aseguradoras aplicar reducción por depreciación a los costos de la labor para la reparación de un vehículo.

La ASC impugnó en el Tribunal de Apelaciones de San Juan la citada sentencia emitida el 26 de julio de 2023, y solicitó que fuera revocada.  

Apelativo confirma sentencia

El pasado 3 de noviembre de 2023 el Tribunal de Apelaciones decidió confirmar el dictamen y señaló que la póliza del SRO no menciona que, al realizar el ajuste de una reclamación, las aseguradoras podrán emplear un descuento por depreciación en el costo de las piezas nuevas y originales.

“Por lo tanto, ante la ausencia de información en la póliza del SRO sobre el descuento por depreciación para las piezas nuevas y originales, la ASC no podía realizar tal depreciación de manera arbitraria”, sostuvo la sentencia.

El Tribunal Apelativo también efectuó una modificación a la sentencia emitida el 26 de julio de 2023, en la que limitó la clase demandante a toda persona natural o jurídica a la que la ASC le aplicó un descuento por depreciación en las piezas nuevas durante el período entre del 21 de agosto de 2011 y el 1 de agosto de 2019, y que a consecuencia de ello “tuvieron que pagar de su propio peculio más de la cantidad que correspondía”.

 El pasado 22 de abril de 2024, cuando aún el Tribunal Supremo no había rechazado la segunda petición de revisión de la sentencia presentada por la ASC, los abogados Andréu Fuentes y Córdova Morales presentaron una moción informativa ante el Tribunal de Primera Instancia en la que reiteran la necesidad de que ese tribunal atienda una petición para que se asegure el pago de la sentencia.

La petición de los demandantes fue rechazada por la ASC, que la tildó de “innecesaria”.

Segundo “no ha lugar” del Supremo 

En la moción los abogados plantearon la necesidad de que el tribunal avalara la petición de aseguramiento porque en su petición de certiorari ante el Tribunal Supremo, la ASC advirtió sobre el efecto adverso que el pago de la sentencia causaría en las finanzas de la aseguradora y que incluso, alegadamente, le impediría “pagar reclamaciones de sus asegurados.”

El pasado 10 de mayo del 2024 el Tribunal Supremo emitió un segundo “no ha lugar” a una petición de certiorari presentada por la ASC para que la sentencia fuera revisada.

Cinco días después, el 15 de mayo de 2024, los abogados Andréu Fuentes y Córdova Morales presentaron una moción ante el Tribunal de Primera Instancia para informar que, tras la determinación del Tribunal Supremo, la sentencia pasaría a ser final y firme.

“En consecuencia, la sentencia dictada por este honorable Tribunal ya es final y firme y el proceso puede continuar sin previsión o impedimento jurídico alguno, incluyendo la instrumentación del remedio concedido a la clase demandante”, sostuvo la moción.

El pasado 22 de mayo de 2024, el licenciado Córdova Morales presentó otra moción informativa ante el Tribunal de Primera Instancia en la que expuso la situación financiera de la ASC según los informes financieros de la aseguradora de 2022 y 2023, presentados ante la Oficina del Comisionado de Seguros, con el fin de “instrumentar el remedio concedido a la clase demandante”.

En el informe de 2022 la ASC reconoció que el pago de la sentencia de la demanda de clase significa el desembolso de aproximadamente $47.1 millones. La moción también indica que en el informe de 2023 la ASC estimó su ingreso bruto por concepto de las primas cobradas en $69.3 millones y, además, tenía a su disposición $101.2 millones entre su cartera de inversiones y dinero en efectivo.

La licenciada Moraima Ríos Robles, del bufete Arroyo & Ríos Law Offices, indicó que la ASC no emitiría comentarios sobre los eventos del caso judicial. El licenciado Andréu Fuentes tampoco emitió comentarios sobre el pleito.

El caso se encuentra en sus etapas finales en la sala de la jueza superior Concepción Cintrón.

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