Por Miguel Díaz Román
Cinco organizaciones comunitarias y de protección ambiental presentaron durante el día de hoy en Tribunal de Primera Instancia de San Juan una petición para que se le ordena a la Oficina de Ética Gubernamental (OEG)a proveer copia del expediente de la querella radicada por el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, contra el ahora exsecretario de Agricultura, Ramón González Beiró, por un alegado conflicto de intereses y otras violaciones éticas.
El conflicto y las violaciones éticas están relacionadas con la aprobación por parte del Departamento de Agricultura (DA) de una propuesta para la ubicación de un parque de placas fotovoltaicas en unos terrenos que pertenecen a la empresa Agriart LLC, en la que el secretario y su hijo, Ramón González Bennazar, son socios.
La querella fue presentada el 22 de noviembre de 2022 y hasta el momento presente, tras pasar 28 meses luego de que Flores Ortega solicitó investigar a González Beiró, la OEG no ha emitido los resultados de la investigación.
Los estatutos de la agencia la obligan a culminar una investigación en un término de 30 meses. En el caso específico de la querella de Flores Ortega contra González Beiró, el término de 30 meses se cumplen al finalizar el próximo mes de abril.
La moción que solicita acceso al expediente, la cual fue presentada por el licenciado Omar Saadé Yordán, señala que el pasado 21 de enero de 2025, los demandantes enviaron una carta por correo electrónico a los oficiales de información de la OEG,, en la que solicitaron la entrega de una copia del citado expediente.
De acuerdo con el documento, el 31 de enero de 2025, la OEG denegó la petición porque, alegadamente, «se estaba solicitando información confidencial que es parte de una investigación en curso». Para denegar la petición la OEG invocó la ley 1 de 2012, conocida como el Código Anticorrupción.
Información es pública
«Sin embargo, la OEG no ofreció una explicación detallada. La mera invocación de una ley como fundamento para restringir el acceso a la información no es suficiente para avalar la existencia de una de las excepciones a dicho derecho. Del texto de la ley debe surgir la clara intención del legislador de mantener ciertos documentos bajo el palio de la confidencialidad» , argumentó el Saadé Yordán en la moción.
«La información solicitada es originada, conservada y recibida por la OEG. Por lo tanto, es información pública, a la cual cualquier persona puede tener acceso u obtener una copia si así lo solicita. Toda la información solicitada es información pública y de alto interés público para el Pueblo de Puerto Rico. Además, no se están solicitando expresiones de un funcionario de la Oficina de Ética, sino copia del expediente”, explica la moción.
“Finalmente, el interés público en acceder a la información solicitada supera cualquier reclamo que pretenda limitar el acceso a la información de la ciudadanía en torno a este asunto», sostiene el documento, que fundamentó su petición en la ley 141 de 2019 o Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública.
Las entidades demandantes son la Organización Boricuá De Agricultura Eco Orgánica Inc., el Frente Unido Pro-Defensa Del Valle De Lajas, Inc., El Puente De Williamsburg, Inc., Comité Diálogo Ambiental Inc., y el Comité Yabucoeño Pro-Calidad De Vida Inc.
Además de solicitar que la OEG entregue la totalidad de expediente de la investigación contra González Beiró, los demandantes le piden al tribunal que garantice que la agencia cumplirá con la futura entrega de información sobre el caso cuando le sea solicitada. También solicitan que se le imponga a OEG el pago de las costas y gastos de litigio en que hayan incurrido los demandantes.
En su querella Flores Ortega solicitó que se investigue el endoso otorgado por el Comité de Energía del DA al proyecto de placas fotovoltaicas propuesto por la empresa Clean Flexible Energy, el cual se construiría en terrenos agrícolas ubicados en Salinas que pertenecen a Agriart LCC. Clean Flexible Energy es una subsidiaria de la cogeneradora AES, ubicada en Guayama.
Terrenos protegidos
Flores Ortega señala que AES logró que la Junta de Supervisión Fiscal aprobara un acuerdo de compra y operación de energía con la Autoridad de Energía Eléctrica, que consta de cuatro proyectos de parques solares que serían construidos en Salinas, Guayama, Naguabo y Las Piedras.
Según la querella, a través de Clean Flexible Energy, AES logró un acuerdo para alquilar 1,029.63 cuerdas de terreno que pertenecen a la empresa Agriart LLC, para construir un enorme parque solar con un sistema de baterías e infraestructura eléctrica, que generaría 240 megavatios.
Los terrenos tienen la doble calificación de “Agrícola Productivo” (AP), la cual fue asignada por la Junta de Planificación, y de “Suelo Rústico Especialmente Protegido Agrícola” (SREP-A), según consta en el Plan de Uso de Terrenos.
Otro aspecto relevante de la querella es que los terrenos de Agriart LLC son parte del Corredor Agrícola de la Costa Sur, una reserva agrícola decretada por la Ley 242 de 2008, conocida como Ley de Reservas Agrícolas. En la querella Flores Ortega sostiene que, durante su gestión como director de la Comisión de Agricultura del Senado en esos años, se aprobó la ley 242, la cual, entre otras disposiciones, prohíbe usos que no sean compatibles con el desarrollo agrícola.
Según el ex secretario, el propuesto parque de placas fotovoltaicas en los terrenos de Agriart LLC constituye una violación a ley 242. “Con esta ley vigente, jamás pasó por mi mente que fuera precisamente un secretario de Agricultura el que tratara de burlar esta ley para un proyecto de su beneficio”, sostiene el ex secretario en la querella.
Endosan propuesta
Advierte la querella que el Comité de Energía del DA concedió un endoso a la propuesta de Clean Flexible Energy, pese a que se violan las clasificaciones de protección para suelo rústico y productivo agrícola y porque en esos terrenos discurren importantes fuentes fluviales como el canal de riego de Patillas, la quebrada Amorós y el canal de riego Guamaní Oeste, que alimentan otros predios agrícolas de la zona sur.
También destaca que la acción del Comité de Energía contradice los parámetros para considerar proyectos de energía renovable en terrenos agrícolas establecidas por el secretario González Beiró.
De acuerdo con la querella, esos parámetros prohíben que proyectos de energía renovable sean aprobados en terrenos con la clasificación SREP-A y AP, lo cual es una de las más alarmantes irregularidades en que pudo incurrir el Comité de Energía durante la aprobación de la propuesta de Clean Flexible Energy.
Flores Ortega sostiene que resulta inexplicable que el Comité de Energía endosó dos proyectos de energía renovable de AES, uno en Salinas y el otro en Naguabo, pero denegó su endoso a otros dos proyectos de energía renovable, uno en Naguabo y otro en Cabo Rojo, con el alegado objetivo de detener “el uso de terrenos agrícolas para otros propósitos”.
El proyecto de Naguabo, que se ubicaría cerca del proyecto aprobado a Clean Flexible Energy, lo propuso la empresa Naguabo Photovoltaic Power Plant. El proyecto de Cabo Rojo se establecería en el barrio Llanos Costa de ese pueblo y lo propuso la empresa Cabo Rojo Solar Farm.