Arrecia la crisis de First Medical Health Plan

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Por Miguel Díaz Román 

La aseguradora de servicios de salud First Medical Health Plan (FMHP), que arrastra una deuda actuarial de $226.4 millones, enfrenta una crisis sin precedentes que ha requerido la supervisión continúa de la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) y aunque aún no se trata, hasta ahora, de una insolvencia,  los proveedores de servicios de salud y los asegurados son las víctimas inmediatas de sus dificultades, según expresó Luis Felipe, presidente de Med-Billers & RevCycle Association, una asociación profesional que representa a los facturadores de servicios de salud.

De hecho, Martínez Villafañe sostuvo que la precaria situación de la FMHP se mantiene oculta en los medios de comunicación, a pesar de que amenaza los servicios de salud de miles de asegurados del plan de salud del gobierno, el Plan Vital,  y la estabilidad de cientos de proveedores de servicios de salud como médicos, hospitales y laboratorios médicos.

Hasta el pasado año el FMHP tenía registrados 291,520 asegurados  en el Plan Vital.

Ante la falta de pago de FMHP, Martínez Villafañe acudió a la OCS en busca de explicaciones. 

OCS emite certificación

En la OCS se le explicó que la aseguradora se encontraba en un plan de vigilancia semanal que intentaba garantizar su liquidez. 

Una certificación emitida por la OCS el 23 de mayo de 2025, en la que se indica que FMHP no enfrenta una situación de menoscabo pero que sí se encontraba en un «evento de acción conforme al Capítulo 45 de Código de Seguros». 

Entre otros asuntos, el Capítulo 45 concede autoridad a la OCS «para requerir de los aseguradores que tomen medidas para proteger su capital y reducir sus riesgos, tomando en consideración el perfil de activos y pasivos». 

Capítulo 45

Además, el capítulo 45 establece los requisitos de capital en función del riesgo y establece los mecanismos correctivos cuando la entidad no logra mantener el capital necesario en función del riesgo.

La certificación establece que el total de capital y sobrantes de FMHP asciende a $38 millones, mientras el total de capital, pasivos y sobrante es de $264.4 millones.

De acuerdo con Martínez Villafañe, el impago de facturas de servicios prestados por parte de FMHP no solo ha ocurrido en 2025 y 2024, sino que se extiende hasta 2021.

Deuda vieja

«Al profesional de facturación, esta situación de retraso en pago de First Medical nos preocupa en gran manera. Proveedores de servicios de salud, aún tienen servicios sin cobrar de los años 2021, 2022, 2023 y 2024, sometidos con peticiones de ajuste. En este año 2025, también prevalece que no cumplan con los términos de la Ley de Pago Puntual, que establece que los servicios deben ser pagados dentro de los 30 días que reciben la factura», sostuvo Martínez Villafañe.

Incluso, la Administración de Seguros de Salud (ASES) durante la administración de la gobernadora Jenniffer González no se ha expresado sobre la difícil situación de FMHP. 

Gobierno promete pago

A finales de 2024 la ASES permitió que, debido a la falta de pago a los proveedores, los asegurados de FMHP pudieran migrar a otra aseguradora ante las dificultades que existían para recibir servicios médicos.

En una reciente comunicación emitida por el presidente del Colegio de Médicos Cirujanos, doctor Carlos Díaz, el atraso en el pago a los médicos «desde hace meses» de parte de FMHP lo provocó el atraso en la negociación del nuevo contrato debido a que no habían logrado un acuerdo. Alegadamente, ASES estaría pagando una cantidad de dinero adeudado a FMHP el próximo 15 de julio.

De hecho, Martínez Villafañe señaló que no está claro si la grave situación de FMHP en el Plan Vital, también ha contagiado su plan de salud privado y la red de hospitales y otros servicios de salud que opera en el país.

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«Habrá que preguntarle a «Pichy» Torres Zamora quién lo llamó o qué pasó», denunció Navarro Suárez sobre dos medidas suyas que fueron «aguantadas»

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Por Miguel Díaz Román

Dos medidas que recibieron informes positivos de la Comisión de Banca y Seguros de la Cámara de Representantes a pesar de que fueron rechazadas por la aseguradoras del país, fueron «aguantadas» y no figuraron en el grupo de medidas que serán consideradas por el pleno de ese cuerpo hasta la medianoche del día de hoy, 25 de junio, que es el último día para la aprobación de medidas en la presente sesión legislativa.

El representante Jorge Navarro Suárez, quien es el presidente de la Comisión de Banca y Seguros de la Cámara de Representantes, tronó contra la exclusión de ambas medidas del listado de proyectos para aprobación final durante el día de hoy.

Navarro Suárez denunció que las medidas fueron «aguantadas» y reconoció que desconoce las razones que han obrado tras las cortinas para impedir que el pleno de la Cámara tuviera la oportunidad de avalar o descartar los proyectos.

«Algo pasó, algo pasó. Aguantaron las medidas y las aguantaron allá (en la Comisión de Calendario y Reglas Especiales de Debate). Yo no sé qué pasó. Voy a llamar a Pichy Torres Zamora para saber qué fue lo que pasó», agregó el legislador, quien se encontraba evidentemente enojado por el destino que enfrentan dos medidas que recibieron informes positivos de la Comisión de Banca y Seguros. 

«Ya esas medidas no están aquí (en la Comisión de Banca y Seguros). Ahora están en la Comisión de Calendario y Reglas Especiales de Debate, que preside el representante José Torres Zamora. Habrá que preguntarle a «Pichy» Torres Zamora quién lo llamó o qué pasó. Eso es lo que está pasando. Esas medidas se quedaron para la próxima sesión legislativa», sentenció con un dejo de insatisfacción que no pudo ocultar.

SN llamó al representante Torres Zamora, quien también es el vicepresidente de la Cámara de Representantes, a través de su celular y le envió varios mensajes de texto para que explique la alegada decisión de impedir la consideración de las medidas, pero el legislador no respondió.

Las medidas habían sido rechazadas por la Asociación de Compañías de Seguros (Acodese), que integra gran parte de las aseguradoras del país porque, alegadamente,  aumentarán los costos de operación de las aseguradoras y provocaría un alza en las primas de seguros.

OCS respalda medida que podría aumentar primas

De hecho, mientras Acodese rechazó ambas medidas, la Oficina del Comisionado de Seguros, que es el regulador de la industria de seguros, respaldó una de ellas, la cual, según sostuvieron las aseguradoras,  podría causar alza en primas, propiciar la salida de reaseguradores del mercado local y estimular una oleada de litigios que enriquecerán los bolsillos de abogados y ajustadores.

Para efectos de la jerga legislativa, las medidas han sido «engavetadas» y su consideración en la presente sesión legislativa fue descartada. Esto implica que la posible consideración de ambas medidas para su aprobación podría ocurrir en la próxima sesión legislativa. 

De hecho, a partir del 26 de junio hasta el 30 de junio, que finaliza la presente sesión legislativa, se deberán nombrar comités de conferencia para resolver aquellas enmiendas introducidas a determinadas medidas en las que no haya concurrencia por alguno de los dos cuerpos.

Las medidas «aguantadas”

Aunque el término para la aprobación de medidas en la presente sesión legislativa debería finalizar a la media noche del día de hoy, 25 de junio, ya a la 6: 00 de la tarde los trabajos en ambos cuerpos habían terminado.

Las dos medidas «aguantadas» son el Proyecto de la Cámara 363, que propone conceder más beneficios a los afectados por los huracanes Irma y María y que, entre otras disposiciones, ordena que las aseguradoras paguen los gastos de abogado de los asegurados; y el Proyecto de la Cámara 341, que impone un cargo de 5 % a la comisión que reciben de los corredores que manejan los seguros del gobierno. 

La medida, que exime del cargo a las comisiones ganadas por corredores seleccionados a través de subasta pública, busca generar ingresos para beneficiar a la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) y a los municipios.

Frustrado por la decisión de no bajar a votación el PS 363 y el PS 341, la cual, sin duda, fue tomada por el alto liderato de la mayoría del Partido Nuevo Progresista en la Cámara de Representantes, Navarro Suárez sostuvo «después yo los pillo. Cuando manden algo del gobernador yo no haré nada». 

El Senado, otro enigma

El legislador reconoció que la aprobación de ambas medidas en el Senado era un enigma y señaló que lograr el respaldo del otro cuerpo legislativo demanda un escabroso proceso de negociación y ajuste, el cual no garantiza que finalmente los proyectos serán avalados.  

«Eso es otra pelea (lograr el respaldo del Senado). Una pelea aquí (en la Cámara) y otra pelea allá (en el Senado)», exclamó el legislador.

El PC 363 fue radicado por el representante Joe Colón Rodríguez, quien no es abogado. La Exposición de Motivos de la medida indica que su aprobación es necesaria para aclarar la contradicción que surgió entre la interpretación realizada por el  Tribunal Supremo de la ley 247 de 2018 y la intención del legislador cuando fue aprobado ese estatuto. 

La ley 247 permite a los asegurados demandar civilmente a un asegurador por incurrir en ciertas prácticas desleales descritas en el Código de Seguros. 

Los casos intervenidos por el Tribunal Supremos fueron radicados contra la aseguradora Mapfre por los consejos de titulares de los condominios Balcones de San Juan, Playa Azul II Y  Kings Court 76.

El PC 363 introduce cuatro enmiendas de efecto retroactivo a la ley 247 de 2018, que buscan eliminar la posibilidad de nuevas interpretaciones del Tribunal Supremo, según indica la medida, «limiten los derechos de los asegurados». 

La primera de ellas impone a la aseguradora el pago de honorarios de abogado a favor del asegurado en caso de cualquier adjudicación adversa bajo dicho artículo.La segunda elimina las condiciones previas y de índole jurisdiccional que debe cumplir el asegurado antes de radicar una demanda bajo el Art. 27.164. 

La tercera avala que un asegurado obtenga el beneficio de dos remedios bajo el Art. 27.164 junto con cualquier otra causa de acción.

La cuarta enmienda le impone  a las aseguradoras, bajo el Art. 27.165, el pago del 33% del monto recuperado, como honorarios o compensación adicional para el asegurado. Esta compensación estará disponible ante cualquier sentencia de un tribunal, foro administrativo, o proceso de mediación.

Medida emula experiencia en Florida

El Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, favoreció la aprobación de la medida y hasta sugirió una enmienda a la propuesta para especificar el monto de los honorarios de abogado. Adams Vega propuso que el foro judicial pueda determinar la cuantía de la compensación por honorarios de abogado y que dicha compensación se adjudique como una adicional a la reclamada, como parte de la demanda presentada por el asegurado.

Pero Acodese sostuvo que el PC 363 favorece intereses económicos ajenos a los asegurados, lo cual es un escenario que ya experimentó el estado de Florida.

«Estas enmiendas propuestas solo beneficiarán a los abogados y, a la larga, el consumidor que terminará perjudicado al enfrentarse a primas más altas o, peor aún, a un escenario de falta de aseguradores y reaseguradores», dijo Iraelia Pernas, quien es la directora ejecutiva de Acodese.

Pernas reveló que las enmiendas que pretende introducir el PC 363 son «una copia exacta» de las secciones 624.155 y 627.428 del Código de Seguros de Florida, que estuvieron vigentes antes de 2019 y que causaron en «efecto nefasto» en la industria de seguros de ese estado. 

Sostuvo que, aunque Florida sólo representó el 14.9% de las reclamaciones nacionales de seguros de propiedad en 2022, ese estado concentró el 70.8% de los litigios, generando costos de defensa y litigación de aproximadamente $2.9 mil millones. 

«Estos costos finalmente fueron trasladados a los consumidores mediante primas elevadas», sostuvo Pernas.

La otra medida, el Proyecto de la Cámara 341, radicado por Navarro Suárez, impone un cargo de 5 % a la comisión que reciben de los corredores que manejan los seguros del gobierno. 

Adams Vega, Acodese y el Departamento de Hacienda  han sostenido que gravar la comisión que reciben los corredores con un cargo de 5% causará un alza en la prima de los seguros que cada año adquiere  el gobierno, las cuales incluyen, entre otras, cubiertas contra daños catastróficos para propiedades y responsabilidad pública.

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OCS imputa conflicto de intereses al bufete de abogados Rexach & Picó 

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Por Miguel Díaz Román

La Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), en calidad de liquidador de las aseguradora Real Legacy, sostuvo que el reclamo realizado por el bufete de abogados Rexach & Picó, en representación de la Asociación de Garantía y Seguros Misceláneos (AG), para eliminar el manto de confidencialidad que protege un acuerdo entre la OCS y el reasegurador Swiss Re, en realidad obedece a que el bufete padece un conflicto de intereses porque entre sus clientes figura una reaseguradora contra la que la OCS tiene una reclamación pendiente. 

La sorpresiva y grave denuncia fue realizada por el licenciado Juan Garay Massey, quien es el representante legal de OCS, en una moción presentada el pasado 13 de junio ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, que supervisa la liquidación de Real Legacy. 

Garay Massey sostuvo en su moción que resultaba “curioso” que la petición del bufete en representación de la AG, solo se limita a solicitar eximir del manto de confidencialidad un acuerdo en particular. Esto a pesar de que existen “varios acuerdos que no han solicitado examinar» y de que la AG no tiene injerencia reconocida por el Código de Seguros en asuntos de reaseguro.

No obstante, el representante legal de la OCS señaló que el bufete Rexach & Picó sí tiene intereses en las negociaciones de los reaseguros y de inmediato mencionó que entre sus clientes figura el reasegurador Hannover Re. 

Conflicto evidente

Además, Garay Massey reveló que, en relación con el proceso de liquidación de Real Legacy,  existe una reclamación de la OCS contra Hannover Re. 

«Ahora bien, resulta curioso que la firma que representa a la AG tiene intereses en las negociaciones de los reaseguros. A tales efectos, se solicita que se tome conocimiento judicial del hecho de que el bufete que representa a la AG anuncia en su página de internet, Rexach & Picó Attorneys at Law,  que uno de sus clientes es la reaseguradora Hannover Re, en adición a cualquier otra que puedan representar. Reaseguradora contra quien la liquidación de Real Legacy tiene una reclamación pendiente. Por lo que, el conflicto es evidente y las repercusiones resultan ser cónsonas con lo antes expuesto», señaló Garay Massey, 

En síntesis y sin ornamentos, una de la posibles interpretaciones de los señalamientos del abogado de la OCS es que el bufete Rexach & Picó tiene Interés en examinar el acuerdo con Swiss Re para conocer los términos de lo acordado y determinar cómo se puede beneficiar su cliente Hannover Re, cuando le llegue la ocasión de negociar con la OCS.

De hecho, en la moción Garay Massey intentó persuadir al tribunal  para que no acepte liberar el acuerdo entre la OCS y Swiss Re del manto de confidencialidad, al sostener que dicho pedido fue originado por «elementos extraños» cuyo interés es atentar a los mejores intereses de la liquidación de Real Legacy. 

Intereses extraños

También argumentó que la confidencialidad del acuerdo garantiza que futuros acuerdos sean producto de una negociación individual, ajena a los elementos que incidieron en otros acuerdos.

«En consideración con todo lo anterior, respetuosamente la aquí compareciente considera que existe un interés de tratar de fiscalizar las actuaciones del Liquidador, que existen consideraciones infundadas y especulativas, que existen otras partes ajenas a este proceso que son las que realmente persiguen el pedido o que existen elementos extraños a los mejores intereses de la Liquidación de Real Legacy que son los que motivan el pedido de examinar un acuerdo confidencial en particular. Por lo que, el acceder a dicho pedido no adelanta los mejores intereses de los acreedores de la liquidación. Por el contrario, la confidencialidad del acuerdo lo que persigue es la correcta evaluación y negociación individual de cada reclamación», señala la moción. 

La moción de Garray Massey también estuvo acompañada de los resultados de un informe sobre la situación financiera de Real Legacy hasta el 31 de mayo de 2025, lo cual fue un compromiso de la OCS  en una reciente vista celebrada por videoconferencia. 

Dinero suficiente

De acuerdo con el citado estado financiero el total de activos con los que cuenta la liquidación asciende a $106.4 millones, mientras que el total de las reclamaciones alcanza los $90.9 millones ( clase 1 y clase 3 ). «Por tanto, los activos del caudal son suficientes para cubrir el 100% de las reclamaciones hasta la Clase 3», sostiene la moción.

Garray Massey reveló que las reclamaciones para la clase 4 ascienden a $15.6 millones, mientras que los activos sobrantes para pagar esos reclamos totalizan $15.5 millones. Advirtió que de no haber dinero suficiente, estas reclamaciones, según dispone el artículo 40.3 del Código de Seguros, se pagarán a prorrata.

En la reciente vista celebrada por videoconferencia, la OCS  se comprometió con presentar el más reciente estado de la situación financiera de Real Legacy, con fin de insistir en que la liquidación tiene suficientes recursos para cubrir la reclamaciones hasta el máximo de $300,000, que es el límite legal para pagar reclamaciones que debe observar la AG.  

Déficit de $97.2 millones

La OCS ha sostenido que existen suficientes recursos para cubrir las reclamaciones, por lo que no será necesario decretar una nueva derrama entre los aseguradores para pagar reclamaciones. Tras el inicio del proceso de liquidación de Real Legacy la OCS decretó una derrama entre los aseguradores locales la cual recaudó $11 millones.

La AG ha señalado que será necesario decretar una nueva derrama porque los fondos para la liquidación no son suficientes. Es importante señalar que las aseguradoras son autorizadas por la OCS para recuperar el dinero que aportaron a la derrama, el cual se recupera por medio de aumentos a las primas de los seguros que pagan los consumidores.

Según el licenciado Erick Negrón, quien es miembro del bufete Rexach & Picó LLC,  y uno de los representantes legales de la AG, el proceso de liquidación de Real Legay «ha dejado dinero sobre la mesa», al sostener que el acuerdo alcanzado con Swiss Re probablemente ha dejado menos dinero del que se pudo obtener para el pago de reclamaciones.

El licenciado Negrón ha dicho que el caudal de liquidación cuenta con $105.5  millones para el pago de reclamaciones y los compromisos ascienden a $202.7 millones, lo que implica que existe un déficit de $97.2 millones.

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Inversionista Barry Breeman, culpable por esquema Ponzi en NY, vinculado a fraude en seguros en Puerto Rico

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Por Miguel Díaz Román

El nombre del inversionista Barry Breeman, quien el pasado mes de mayo se declaró culpable de cometer fraude a través de un esquema Ponzi, en el Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York, aparece en una moción radicada en el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito, en la que se solicita  dilucidar la solvencia de una empresa demandante en el que Breeman figura como socio.

Se trata de la empresa PR Asset Portfolto 2013 -1 Internattonal LLC (PAPRI), que posee cientos de propiedades alrededor de la isla y que está integrada por un grupo de empresas socios entre las que figura el Banco Popular y la corporación Caribbean Property Group (CPG), en la que el inversionista de bienes raíces Barry Breeman es uno de sus directivos.

En el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito se ventila una demanda radicada por PAPRI en contra de la aseguradora One Alliance Insurance Corporation (OAIC) por incumplimiento de contrato de seguros que contiene señalamientos de actuaciones de mala fe, en relación con el impago de las reclamaciones por daños causados por el huracán María en las propiedades de PAPRI ubicadas en la Región Judicial de Aibonito.

Esta región comprende los pueblos de Aibonito, Barranquitas, Coamo, Comerío y Orocovis.

En una moción radicada el pasado 21 de mayo, OAIC solicitó la paralización urgente de la ejecución de un embargo por la cantidad de $1.6 millones ordenado por el juez Raúl Rodríguez Quiles contra la aseguradora, con el fin de resarcir los reclamos de PAPRI.  

En la moción OAIC le propuso al tribunal que le permita depositar los fondos «de una forma organizada para no afectar de manera directa a los tenedores de póliza de OAIC, es decir, a los asegurados». 

Paralizar embargo

«La solicitud urgente de paralización se realiza en aras de evitar un disloque procesal que promovería el duplicar la cantidad a depositar», sostiene la moción.

La ejecución del embargo comprende los bienes muebles e inmuebles de OAIC hasta completar la suma de $1.6 millones. 

Los activos susceptibles a embargo, según la orden del juez Rodríguez Quiles, comprende  fondos en cuentas bancarias; dinero en efectivo; depósitos en cuentas de banco y en casas  de corretaje; hasta numerosos artículos como autos, obras de arte, computadoras, aires acondicionados  y plantas eléctricas.

En resumen, la OAIC solicitó hasta el miércoles, 28 de mayo de 2025 para depositar los fondos en la unidad de cuentas del Tribunal. 

Dudas sobre solvencia de Papri

En la moción el licenciado Jesús Del Valle, quien es el representante legal de la OAC, expresó que tenía razones para cuestionar la «solvencia» de PAPRI luego que se divulgara públicamente que uno de sus socios, el inversionista Barry Breeman, se declaró culpable de armar un fraude piramidal conocido como esquema Ponzi, que implicó la pérdida de $13 millones para 30 inversionistas. 

«Existe una preocupación genuina fundada de esta parte en relación a la solvencia de la corporación demandante, una vez se adviene en conocimiento que uno de los socios, el Sr. Barry Breeman, de la corporación demandante, que pertenece a su vez al conglomerado de corporaciones de Caribbean Property Group,  fue acusado y en efecto aceptó su culpabilidad, en el delito de fraude bajo el esquema de Ponzi, en el Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de New York», sostiene la moción radicada por el licenciado Del Valle.

Los planteamientos de Del Valle surgen en el contexto de que en el verano de 2024 la OAIC demandó a PAPRI y la acusó de establecer un patrón de fraude en seguros por los presuntos daños causados por el huracán María, mediante el mecanismo de inflar en 38.5% las reclamaciones de cientos de propiedades de la empresa. 

OAIC también acusó a Papri de realizar reclamos por determinadas propiedades que no le pertenecían y por presentar reclamos de propiedades cuyos daños ya habían pagado otras aseguradoras.

El 2 de julio de 2017 OAIC emitió dos pólizas de seguro contra daños catastróficos a favor de PAPRI para ofrecer protección a más de 300 estructuras que incluyen viviendas y unidades comerciales. 

Esquema de fraude

Las propiedades fueron adquiridas por PAPRI en una transacción con el Banco Popular en 2011, que también comprendió la adquisición de los préstamos hipotecarios morosos relacionados a esas propiedades. Alegadamente, una cantidad indeterminada de los dueños de esos préstamos aún estaban residiendo en esas propiedades durante el paso del huracán María.

En la demanda OAIC sostiene que el esquema de fraude ideado por PAPRI alcanzó el extremo de presentar una reclamación que incluyó algunas propiedades que habían sido vendidas, pero que no fueron informadas antes de que se emitiera el pago, lo que implicó que “bajo engaño”, la aseguradora desembolsó a favor de la empresa más de un $1 millón que no le corresponden.

De hecho, OAIC solicitó al tribunal que ordene a PAPRI devolver el dinero pagado de más y que le imponga a la empresa la obligación de pagar $3.6 millones, más intereses, por el alegado incumplimiento de sus obligaciones contractuales con la aseguradora. 

Además, OAIC exigió el pago de $1.5 millones, por concepto de las costas, gastos y honorarios de abogado, más intereses. En la moción dirigida a paralizar el embargo, OAIC solicitó al tribunal que retenga los fondos hasta que no se diluciden los señalamientos de fraude contra Papri.

«En atención a lo anteriormente expuesto, muy respetuosamente se solicita a este honorable Tribunal que, paralice el embargo en trámite y conceda al asegurador hasta el miércoles  28 de mayo de 2025 para depositar la cantidad de $1,608,142.86 en la unida de cuentas del Centro Judicial de Fajardo, y a su vez, que en su autoridad investida concedida por nuestra Constitución, custodie y guarde los fondos depositados por el asegurador hasta que se dilucide, de manera final y firme, la controversia presentada por las partes, todo ello en consideración a la información y documentación sobre fraude antes esbozada y presentada», indicó la moción.

Aparece Breeman

De acuerdo con la moción radicada por el licenciado Del Valle, el nombre de Barry Breeman salió a relucir durante la toma de una deposición efectuada al presidente de la PAPRI, Sam Kirshner. 

La información sobre que Breeman era socio de Papri y del Banco Popular surge en un correo electrónico que fue producto de una divulgación de información entre las partes.

El correo electrónico fue originado por Antonio Roig, del bufete Oneill & Borges,  el 6 de diciembre de 2022. El correo comienza mencionando al Banco Popular como socio de Papri junto con  varias empresas de bienes raíces y fondos de inversión que integran el grupo de socios. 

«Los miembros de CPG PRAP Investors LLC, CPG Real Estate LLC cuando PR Asset Portfolio 2013-1 International LLC adquirió la cartera eran Barry Breeman, Mark Lipschutz, Michael Lefkowitz, Peter Mansbach, Kenny Blatt, Stan Zippin, Matthew Karp y Sam Kirschner», menciona finalmente el correo electrónico.

Manos sucias

En 2024 la OAIC presentó una querella ante la Oficina del  Comisionado de Seguros en la que sostuvo que PAPRI, el ajustador público Affiliated Adjustment Group y el bufete O’Neill & Borges, actuaron en común acuerdo para establecer un patrón de fraude organizado en contra de la aseguradora.

De hecho, en un correo electrónico enviado al licenciado Ricardo Casellas, del bufete O’Neill & Borges, el pasado 21 de mayo, el licenciado Del Valle sostuvo que Papri acudió al Tribunal con las manos sucias y señaló que la relación de socios entre Barry Breeman y Papri «muestra el origen ilegal de los reclamos de su representado».

«Su cliente, en un acto patético de mala fe, insistió en el pago bajo «replacement cost» porque nunca fue su intención el reparar ninguna propiedad, no obstante, reclamaron  «overhead & expenses» por 38.5 %. Este dinero fue a las arcas de su cliente y jamás intentaron poner el mismo a disposición de los dueños registrales. Entonces resulta claro que quien no vino con las manos limpias al Tribunal fue su cliente. Para muestra el origen ilegal de los reclamos de su representado, lo invito a que lea la noticia publicada el pasado viernes 16 de mayo de 2025 en Noticel, donde el socio de Papri, Barry Breeman, se declaró culpable de fraude en el Tribunal de New York.Para muestra un solo botón falta. Ahora entendemos la temeridad en toda la litigación y el cobro fraudulento de $834,000 en la jurisdicción de Caguas», sostuvo Del Valle.

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La competitividad metalúrgica de Estados Unidos y los aranceles 

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Por José Alameda

El pasado miércoles, 4 de junio, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó otra orden ejecutiva para subir de 25% a 50% los aranceles al acero y aluminio proveniente de otros países.

Estados Unidos es una “máquina” de alta producción de bienes de consumo e industriales la cual utiliza intensamente como insumos primarios estas materias primas. Esto hace que la demanda por estas materias supere la capacidad productiva interna. Los sectores industriales internos siguen requiriendo importaciones de estas materias primas desde México, Canadá, China, Vietnam, Japón, Corea del Sur y otros.

La industria del acero y del aluminio ha estado enfrentado problemas estructurales, de competitividad de costos y productividad hace décadas. Estos no pueden ser resueltos únicamente con aranceles, pues la necesidad de importar no acaba con imponer precios más altos. 

Los aranceles no están diseñados para corregir problemas de competitividad, por el contrario, son las inversiones innovadoras que al largo plazo promueven el mayor standard de vida Se requiere de estrategias de inversión e innovación para el largo plazo para bajar costos, precios y competitividad.

Vemos algunos detalles.

En el caso del acero, Estados Unidos requiere hoy importaciones de sus socios comerciales. Una cuarta parte el acero importado proviene desde México y Canadá y otra parte de sus socios comerciales, Japón, Corea del Sur y Alemania

Estados Unidos demanda más de 105 millones de toneladas métricas, según cifras de 2024, pero solo produce de 78 a 80 toneladas métricas. Entre 2023 y 2024 las importaciones de acero de Estados Unidos aumentaron en 2.5% mientras su producción bajó en 2.4%. 

Al presente, la capacidad de producción está cercana al 80%, lo cual implica una alta utilización del capital físico, lo cual requiere de fuertes inversiones para expandir su capacidad en el largo plazo.

En cuanto al aluminio, Estados Unidos necesita importar el 47% para satisfacer la demanda interna. Las refinerías se han reducido de unas 30 en 2004 a solo cuatro en 2024. La industria de fundición de aluminio hoy es pequeña para los estándares globales. La capacidad total de fundición fue solo el 1.73% del total mundial, según el Servicio Geológico de Estados Unidos.

En 2018, Canadá y México estuvieron exentos de aranceles, pero no así la Unión Europea y China. Economistas del Banco de Reserva de los Estados Unidos examinaron los efectos de estos aranceles de 2018 y encontraron que las empresas cuyas cadenas de producción estuvieron altamente expuestas a los efectos de los aranceles tuvieron 1.4% menos empleos manufactureros que aquellas con baja exposición a los productos afectados. 

Además, los precios de los bienes finales producidos por el primer grupo de empresas fueron 4.1% mayores que los del segundo. Los aranceles implementados entre 2018 y 2019 condujeron a pérdidas de empleo y mayores costos tanto en bienes intermedios como finales.

De otra parte, Jim Farley, un CEO de Ford Motor Company, expuso que los aranceles de 2018 resultaron en aproximadamente mil millones dólares en costos operacionales. Otro estudio del Instituto Peterson de Comercio Internacional realizado por la empresa automotriz concluye que los consumidores pagaron $1,400 millones adicionales al mes.

En 2025, las cosas se complican pues Trump insiste en aranceles para casi todos los países no solo para el acero y aluminio sino para casi todos aquellos que son parte de los bienes que ofrecen mayor estándar de vida.

Esta visión torcida de una economía de frente al consenso de otros países, lejos de hacer a Estados Unidos grande, lo coloca en posición de aislamiento que terminaría perjudicando a su calidad de vida en el largo plazo de todos.

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Aseguradoras rechazan medida busca revertir decisiones del Tribunal  Supremo

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Por Miguel Díaz Román

Una medida que propone conceder más beneficios a los asegurados afectados por los efectos de los huracanes Irma y María y que contempla imponer más responsabilidad a las aseguradoras, ha sido rechazada por la industria de seguros debido a que elevará los costos de operación de las aseguradoras, propiciará la salida de reaseguradores del mercado local y aumentará el costo de  las primas que pagan los consumidores.

No obstante, la medida, el Proyecto de la Cámara 363, recibió el respaldo de la Oficina del Comisionado de Seguros  (OCS) y del Departamento de Justicia. Esta última agencia presentó una ponencia carente de profundidad y de análisis sobre el alcance de lo propuesto y básicamente se limitó a  conceder «deferencia» a la opinión de la OCS sobre el proyecto.

La medida fue examinada la pasada semana en vistas públicas por la Comisión de Banca y Seguros de la Cámara de Representantes, que preside el representante Jorge Navarro Suárez. 

El  PC 363 fue radicado el pasado 27 de febrero de 2025 por el representante Joe Colón  Rodríguez, cuya biografía no evidencia que el novato legislador posea experiencia  en la industria de seguros.  Además, la medida no indica que su radiación respondió a una petición de determinado sector o intereses, una acción  que es de uso frecuente en la legislatura. 

No obstante, en la Exposición de Motivos del PC 363 Colón Rodríguez, quien no es abogado, indica que la medida es necesaria para aclarar la contradicción que surgió entre la interpretación realizada por el  Tribunal Supremo de la ley 247 de 2018 y la intención del legislador cuando fue aprobado ese estatuto.

La ley 247 permite a los asegurados demandar civilmente a un asegurador por incurrir en ciertas prácticas desleales descritas en el Código de Seguros. 

También avala, en el artículo 27.165 del Código de Seguros, el pago obligatorio de honorarios de abogado. La ley exige que un asegurado debe realizar una notificación previa ante la OCS como condición para poder demandar por prácticas desleales, según lo dispone el artículo 27.164 del Código de Seguros.

Según la Exposición de Motivos, la interpretación del Tribunal Supremo afectó tres pleitos radicados contra la aseguradora Mapfre por los consejos de titulares de los condominios Balcones de San Juan, Playa Azul II Y  Kings Court 76.

El trasfondo de de estos tres casos y en qué consistió la decisión del Tribunal Supremos no figura en la Exposición de Motivos, pero SN realizó una apretada síntesis de los tres casos:

Balcones de San Juan 

El 5 de septiembre de 2019, el Consejo de Titulares del Condominio Balcones de San Juan presentó una demanda en contra MAPFRE por incumplimiento de la póliza de seguros con dos causas de acción. La primera amparada en el Código Civil por incumplimiento del contrato y la una segunda por violación al Código de Seguros.

Sobre este caso el Tribunal Supremo determinó  que sólo se podrá adjudicar una de las causas de acción por daños a favor del reclamante. El Supremo también reconoció que la ley 247 de 2018 es de aplicación retroactiva.

Playa Azul II 

El 3 de noviembre de 2023, el Consejo de Titulares del Condominio Playa Azul II presentó ante el Tribunal de Primera Instancia un memorando solicitando que se le ordenara a Mapfre pagar intereses por mora, costas y honorarios de abogados sobre $1.2 millones que la aseguradora pagó por orden del Tribunal de Apelaciones.

Tras varios eventos el caso llegó al Tribunal Supremo, que finalmente coincidió con el Tribunal de Apelaciones, que había denegado avalar el pago de honorarios de abogados bajo la ley 247 de 2018.

Kings Court 

El 4 de septiembre de 2019, el Consejo de Titulares del Condominio 76 Kings Court presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una demanda por daños en contra de la aseguradora MAPFRE al amparo del Código Civil y también reclamó incumplimento del contrato de seguros según el Código Seguros, lo que incluyó una reclamación por honorarios de abogado.

Tras varios eventos el Tribunal de Apelaciones concluyó que el tribunal de Primera Instancia no tenía jurisdicción sobre la demanda porque la acción judicial era prematura debido a que no se había cumplido el término mandatario de 60 días para que la aseguradora fuera notificada y pagara los daños o corrigiera determinadas deficiencias.  El Tribunal Supremo respaldó la decisión del Apelativo.

Las enmiendas

En síntesis, el PC 363 introduce cuatro enmiendas de efecto retroactivo a la ley 247 de 2018, que buscan eliminar la posibilidad de nuevas interpretaciones del Tribunal Supremo, según indica la medida, «limiten los derechos de los asegurados». 

La primera de ellas impone a la aseguradora el pago de honorarios de abogado a favor del asegurado en caso de cualquier adjudicación adversa bajo dicho artículo.La segunda elimina las condiciones previas y de índole jurisdiccional que debe cumplir el asegurado antes de radicar una demanda bajo el Art. 27.164. 

La tercera avala que un asegurado obtenga el beneficio de dos remedios bajo el Art. 27.164 junto con cualquier otra causa de acción. La cuarta enmienda le impone  a las aseguradoras, bajo el Art. 27.165, el pago del 33% del monto recuperado, como honorarios o compensación adicional para el asegurado. Esta compensación estará disponible ante cualquier sentencia de un tribunal, foro administrativo, o proceso de mediación.

El Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, favoreció la aprobación de la medida y hasta sugirió una enmienda a la propuesta para especificar el monto de los honorarios de abogado. Adams Vega propuso que el foro judicial pueda determinar la cuantía de la compensación por honorarios de abogado y que dicha compensación se adjudique como una adicional a la reclamada, como parte de la demanda presentada por el asegurado.

Comisionado a favor de PC 363

Incluso, el Comisionado sostuvo que la acción judicial que inicie un asegurado contra una aseguradora no debería «estar sujeta o condicionada» al trámite de una notificación previa en la OCS, según lo dispone el artículo 27.164 del Código de Seguros. También favoreció aclarar que la causa de acción que el artículo 27.164 le permite entablar a un asegurado, puede coexistir de forma concurrente con otros remedios disponibles.

De hecho, Adams Vega mencionó que en el estado de Florida no se permite incluir en una misma demanda dos reclamos distintos, lo cual guarda semejanza con el fallo del Tribunal Supremo en el caso del Condominio Balcones de San Juan, en el que sólo se podrá adjudicar una de las causas de acción por daños a favor del reclamante.

No obstante, Adams Vega destacó que en los estados de Texas y Luisiana es permitida la coexistencia simultánea de dos causas de acción contra un asegurador, como por ejemplo, una demanda por los llamados actos de mala fé, mientras se reclaman daños por incumplimiento de contrato. 

Acodese denuncia «efecto nefasto»

Por su parte, la Asociación de Compañías de Seguros (Acodese) rechazó la aprobación del PC 363 y advirtió que la medida causará un alza en los costos de operación de las aseguradoras, los cuales serán trasladados a los consumidores por medio de aumentos en las primas.

«Estas enmiendas propuestas solo beneficiarán a los abogados y, a la larga, el consumidor que terminará perjudicado al enfrentarse a primas más altas o, peor aún, a un escenario de falta de aseguradores y reaseguradores», dijo Iraelia Pernas, quien es la directora ejecutiva de Acodese.

Pernas reveló que las enmiendas que pretende introducir el PC 363 son «una copia exacta» de las secciones 624.155 y 627.428 del Código de Seguros de Florida, que estuvieron vigentes antes de 2019 y que causaron en «efecto nefasto» en la industria de seguros de ese estado. 

«Sobre todo, con lo que tiene que ver con el pago de los honorarios unilaterales a favor de los asegurados. Estas disposiciones resultaron en condiciones adversas para los aseguradores en Florida. El aumento descontrolado de litigios provocó incrementos significativos en las primas de seguros, posicionando a Florida entre los estados más caros para asegurar propiedades. En 2022, aunque Florida sólo representó el 14.9% de las reclamaciones nacionales de seguros de propiedad, en dicha jurisdicción se concentró el 70.8% de los litigios, generando costos de defensa y litigación de aproximadamente $2.9 mil millones. Estos costos finalmente fueron trasladados a los consumidores mediante primas elevadas», sostuvo Pernas en su ponencia. 

Explicó que ante los graves efectos de ambas disposiciones el estado de Florida aprobó el Tort Reform Act en el 2023, que derogó la obligación unilateral de los aseguradores de pagar honorarios legales siempre que el asegurado obtuviera cualquier resolución favorable y promoviendo soluciones extrajudiciales. 

«Estos cambios han reducido la incentivación de litigios, sin debilitar las protecciones de los asegurados y velando por la sostenibilidad financiera de la industria de seguros. La experiencia del estado de Florida es algo que se debe tomar en consideración, toda vez que lo propuesto en el PC 363 tendrá el mismo efecto», advirtió.

Rescate gubernamental

La licenciada Hilda Margarita Surillo, vice presidenta ejecutiva de Mapfre, sostuvo que la aprobación de la medida, incluyendo el pago automático del 33% por concepto de honorarios de abogados a favor del asegurado o su abogado, sería equivalente a «un rescate gubernamental» para numerosos casos en cuyas sentencias el tribunal determinó que el monto a pagar por su reclamación es sumamente inferior al monto de la reclamación original.

«A nuestro criterio, una aplicación retroactiva en el escenario de ciertos pleitos en que se mantienen con sentencias inferiores a ofertas extrajudiciales parecería un rescate gubernamental a ciertos litigantes perdidosos que tomaron determinaciones equivocadas cuando debieron haber aceptado ofertas para evitar el litigio y tener en cuenta, los asegurados están representados por abogados y quienes deben saber las consecuencias y explicarlas a su cliente», sostuvo Surillo. 

La vicepresidenta de Mapfre indicó que el tratamiento de «rescate gubernamental» estaría disponible también para aquellas reclamaciones que fueron cedidas por los consejos de titulares de determinados condominios a inversionistas privados como la empresa Attenure. 

Trato dispar

«Y si estamos refiriéndonos a reclamaciones que fueron cedidas a entidades como Attenure, que es un inversionista. Ese no es el asegurado al que se desea beneficiar, sino, es al inversionista que «compra» la reclamación.  Attenure, que no es el asegurado, ¿le aplicaría también ese tratamiento en el PC 363?», cuestionó Surillo.

Sostuvo que la medida y la ley 247 propician un «trato dispar» entre el que infravalora las reclamaciones  y el que sobreestima su valor.

«Las aseguradoras que infravaloran las pérdidas injustificadamente pueden estar sujetas a sanciones regulatorias, sanciones provistas por la Ley 247 con relación a prácticas desleales, daños punitivos, intereses por mora, pago de honorarios de abogado conforme al artículo 27.155 del Código de Seguros y honorarios de abogado bajo la Regla 44 de Procedimiento Civil. ¿Y los asegurados que inflan y exageran sus pérdidas, a que se exponen? ¿Qué consecuencias tiene su deshonestidad y conducta ilícita? Ninguna,  concluyó la abogada.

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Se despide Grupo Gloria de Puerto Rico

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Por Miguel Díaz Román 

Los días en Puerto Rico de la corporación internacional Grupo Gloria, entidad matriz de Suiza Dairy, se encuentran en su etapa final luego de que dos empresas fueron seleccionadas como finalistas para adquirir los activos de la planta procesadora de leche, jugos y de otros productos lácteos.

El gerente general de la Suiza Dairy, Pablo Vallejo, reveló que las dos empresas fueron seleccionadas de entre un grupo de corporaciones que presentó interés en adquirir determinados activos de Suiza Dairy en Puerto Rico. 

Vallejo dijo que en los próximos dos meses Grupo Gloria habría tomado una determinación en relación a las ofertas realizadas por las dos empresas finalistas.

Vallejo no identificó las empresas ni los activos que podrían ser vendidos, debido a que existen acuerdos de confidencialidad con las empresas interesadas.

Fuentes de SN indicaron que las dos empresas estarían interesadas en adquirir la planta Vida, ubicada en Aguadilla,  la cual incluye una moderna planta para la elaboración  de Leche UHT, inaugurada en 2016, y otra planta dedicada a la elaboración de leche fresca. 

De acuerdo con la fuente el costo de estas dos plantas podría superar los $45 millones.

Tres Monjitas evalúa activos disponibles

No obstante, la fuente sostuvo que existe una alta probabilidad de que la planta Vida sea adquirida por la planta procesadora Tres Monjitas, que ya procesa casi la totalidad de la leche producida en el país tras el cierre de las operaciones de Suiza Dairy en San Juan y en Aguadilla en 2024.

En los pasadas semanas y a petición de SN, la empresa Tres Monjitas había reconocido que estaba realizando una evaluación de activos disponibles en el mercado para su adquisición, una expresión que confirmó confidencias de fuentes de la industria lechera sobre que la familia Fonalledas, propietarios de Tres Monjitas y de otros negocios en Puerto Rico, estaría evaluando la posible compra de la planta Vida en Aguadilla. 

Pero hasta el presente la empresa Tres Monjitas no ha realizado un anuncio oficial sobre la adquisición de la planta de Aguadilla.

La fuente reveló que la planta procesadora de leche fresca de Suiza Dairy, ubicada en Río Piedras, que es otro de los activos del Grupo Gloria en Puerto Rico, podrían ser adquiridos por una empresa dedicada a la venta e instalación de paneles solares. Alegadamente, la transacción incluiría la estructura y el terreno.

Ni niega ni confirma

Vallejo no negó ni confirmó la información vertida por la fuente y recordó que las conversaciones con empresas están protegidas por acuerdos de confidencialidad.

No está claro si alguna empresa local ha mostrado interés en adquirir otros activos de Suiza Dairy, tales como la planta de envases plásticos que está ubicada en Río Piedras y un  almacén ubicado en Ponce.

La salida de Grupo Gloria pone fin a una operación industrial en la elaboración de leche y otros productos que se extendió por más de 20 años en Puerto Rico, la cual comprendió el cese de actividades de las empresas Suiza Dairy, Suiza Fruit Corporation y Neva Plastics Manufacturing Corporation.

Durante su breve presencia en Puerto Rico, Grupo Gloria protagonizó candentes pugnas con la Oficina para La Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL).  

La empresa Suiza Dairy cuestionó en los tribunales locales las decisiones alegadamente arbitrarias de la ORIL en la imposición de la reglamentación y el presunto favoritismo de la agencia reguladora con la planta Indulac. 

Pugna interminable

La pugna por los alegados incumplimientos de la ORIL se extendió al Tribunal Federal de San Juan en 2006, en un pleito en el que Suiza Dairy contó con la participación de la empresa Tres Monjitas. 

Este pleito dió paso a un acuerdo alcanzado en el Tribunal Federal en 2016. Como parte de ese acuerdo se estableció en la ORIL el nuevo reglamento 12. 

En 2024 Suiza Dairy retornó al Tribunal Federal para imputar que la ORIL había incurrido en desacato por incumplir el acuerdo de 2016.

De hecho, Vallejo reveló que a pesar de la venta de los activos de Suiza Dairy en Puerto Rico, la empresa continuará con su reclamo en el Tribunal Federal. 

El acuerdo alcanzado en 2016 pretendía, entre otros asuntos,  garantizar márgenes adecuados de ganancia a las plantas procesadoras de leche. 

No obstante, Suiza Dairy denunció que la ORIL incumplió con el acuerdo al utilizar datos obsoletos de 2016 para emitir órdenes de precios en 2021, 2022 y 2023, mientras rechazaba los costos operativos de la empresa.

La empresa también alegó que las estructuras de precios avaladas por la ORIL desde 2022 favorecen la leche UHT de Indulac a expensas de la leche fresca producida localmente. Otro planteamiento es la retención ilegal de $3.1 millones por parte de Indulac.

Suiza Dairy reclama pérdidas por $172 millones

Suiza Dairy reclamó, además, que la ORIL ha estado utilizando una versión traducida no oficial del Reglamento 12 que omite definiciones importantes y esto ha causado interpretaciones y aplicaciones erróneas del reglamento.

A finales de 2024, la jueza María Antongiorgi Jordán del Tribunal Federal de San Juan, desestimó  por falta de jurisdicción la petición de desacato contra la ORIL radicada por Suiza Dairy.

Antongiorgi Jordán concluyó que la jurisdicción del Tribunal Federal sobre el acuerdo alcanzado en 2013 expiró el 31 de diciembre de 2017 y, además, rechazó los planteamientos de Suiza Dairy sobre que ese tribunal aún conserva jurisdicción para hacer cumplir el acuerdo. 

En respuesta a esa decisión, Suiza Dairy ya presentó en el Tribunal de Apelaciones de Boston, un aviso de apelación en el que anuncia a las partes que se propone presentar una impugnación contra la determinación de la jueza Antongiorgi Jordán. 

La empresa sostuvo en su petición de desacato que ha enfrentado una pérdida financiera de aproximadamente $172 millones debido a que la ORIL no ha establecido márgenes de ganancia adecuados, según lo determinó el Tribunal Federal en su sentencia emitida el 6 de noviembre de 2013.

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Denuncian déficit de $97 millones en liquidación Real Legacy mientras la OCS «deja dinero sobre la mesa»

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Por Miguel Díaz Román

El proceso de liquidación de la aseguradora Real Legacy enfrenta un déficit de $97 millones que dejará a numerosos asegurados afectados por el huracán María sin compensación alguna por los daños sufridos, según  denunció el licenciado Erick Negrón, quien es miembro del bufete Rexach & Picó LLC,  y uno de los representantes legales de la Asociación de Garantía y Seguros Misceláneos (AG).

En síntesis, el caudal de liquidación  cuenta con $105.5  millones para el pago de reclamaciones y los compromisos ascienden a $202.7 millones, según sostuvo el licenciado Negrón.

Las reclamaciones en peligro de no ser pagadas son las identificadas como «clase 4», que son aquellas de prima no devengada.

También están peligro de impago las reclamaciones de «clase 6», que comprenden reclamos radicados luego de las fechas de vencimiento fijadas por la liquidación, las cuales suman $92.2 millones

El licenciado Negrón  planteó que la AG alberga la preocupación que el proceso de liquidación de Real Legay «ha dejado dinero sobre la mesa», al sostener que se logró un acuerdo con un reasegurador de la aseguradora en el que probablemente  se ha cobrado menos dinero del que se pudo obtener para el pago de reclamaciones.

Incluso, el representante legal de la AG advirtió que cobrar menos dinero que el indicado a un reasegurador durante un proceso de liquidación podría causar una distorsión en el mercado debido a que ese tipo de acuerdo incentiva que los reaseguradores se inclinen por reasegurar compañías  débiles  «porque va terminar pagando menos  en un proceso de liquidación».

El licenciado Negrón  realizó los controvertibles señalamientos durante una reciente vista judicial ante la jueza Katarina Stipec Rubio, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, quien supervisa el proceso de liquidación de Real Legacy. 

La vista, que se efectuó  por videoconferencia y a la que SN asistió como espectador, tenía el objetivo de escuchar los argumentos de las partes sobre una petición de la AG para que se elimine el manto de confidencialidad que cobija un acuerdo entre la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) y el reasegurador Swiss Reinsurance America Corporation (Swiss Re).

El manto de confidencialidad, solicitado por la OCS, fue autorizado por la jueza  Stipec Rubio en octubre de 2024.

Menos dinero para las reclamaciones

La AG sostiene que el acuerdo escrito entre la OCS y el reasegurador Swiss Re es un documento público y la petición de confidencialidad responde a un intento de la OCS de ocultar que la transacción generó menos de dinero del que era posible obtener del reasegurador para atender las reclamaciones de los asegurados de Real Legacy.

Pero la OCS alega que el acuerdo no es un documento público, que la liquidación de Real Legacy posee dinero suficiente para atender las reclamaciones y que la intención de la AG es fiscalizar las actuaciones de la OCS en la liquidación, una responsabilidad que el Código de Seguros no le confiere a la AG. 

«Los acreedores de Real Legacy van a dejar de cobrar  así $100 millones en reclamaciones que tendrían contra el asegurador. Estamos ante una insolvencia de gran magnitud. Este es un asunto de enorme impacto público y simplemente no está acorde con nuestro estado de derecho que un funcionario público administre un caudal de $100 millones sin fiscalización de parte de la ciudadanía y sin que las partes más directamente afectadas como lo es la AG, puedan enterarse de los detalles de esta administración», sostuvo el licenciado Negrón en la vista.

Una especulación de la AG

Por su parte, la OCS argumentó que el señalamiento sobre el  déficit de $97 millones  es un mera especulación que no corresponde a situación real de la liquidación, la cual describió con capacidad económica suficiente para responder a las reclamaciones  existentes. 

De hecho, el licenciado Juan Carlos Garay Massey, quien es el representante legal de la OCS, sostuvo que actualmente la liquidación cuenta con $58 millones en efectivo, mientras que los compromisos estimados para el pago de reclamaciones asciende a $23 millones.

«No existe la posibilidad de un déficit. Hay balance a favor de la liquidación  de $23 millones y eso sin contar con los réditos de inversiones (de Real Legacy cuyo beneficio se suma al caudal para pagar reclamaciones) y dineros que faltan por cobrar, que suman $14 millones», dijo Garray Massey.

 Pero el licenciado Negrón argumentó que el acuerdo con Swiss Re no es perjudicial sólo para los asegurados de Real Legacy, sino que puede crear un precedente cuya repercusión a largo plazo podría afectar la industria de seguros.  

«Tenemos incluso la preocupación de que si aquí se está dejando dinero sobre la mesa o se está cobrando menos de lo que se debería y, eso no sabemos si está ocurriendo, pero es una de las razones por la quisiéramos tener acceso a este documento. Se podría estar distorsionando el mercado de reaseguro porque si un reasegurador se da cuenta de que a la hora de cerrar su cuenta con un asegurador en liquidación va estar pagando menos, que lo que sería negociar con un asegurador en marcha, con la gerencia de un asegurador en marcha,  se está dando un incentivo a los reaseguradores para reasegurar compañías débiles porque va terminar pagando menos  en reclamaciones que lo que termina pagando y si reasegura a un asegurador que no entra en un proceso de sindicatura», dijo el licenciado Negrón. 

En una alusión directa sobre la verdadera razón que justifica la confidencialidad que ha reclamado la OCS sobre el acuerdo con Swiss Re, el licenciado Negrón sostuvo que «si un asegurador está pagando bien sus reclamaciones le gusta que se entere la gente porque con eso gana mercado un asegurador. Cuando no quiere que se entere la gente, es porque está pagando menos. Tenemos la preocupación de que eso sea lo que está ocurriendo aquí».

Objeción a flexibilizar 

Durante la vista la jueza Stipec Rubio ofreció señales de que estaría dispuesta a flexibilizar el manto de confidencialidad que protege el acuerdo pero el licenciado Garay Massey se opuso tenazmente a esa posibilidad. 

Garay Massey insistió en que avalar cualquier tipo de flexibilidad sobre la confidencialidad del acuerdo es perjudicial para la liquidación. 

«El efecto de la divulgación de este acuerdo es que las partes van a saber cómo fue que se negoció y van a tratar de llegar a los mismos términos  o términos  inferiores y eso no es bueno para los activos de la liquidación.  Cada caso se evalúa particularmente y se negocia, lo que fomenta el mejor negocio posible. Si le damos más herramientas a las que ya existen lo que vamos a hacer es perjudicar la transacción», sostuvo Garay Massey. 

El representante legal de la OCS argumentó que el acuerdo entre Swiss Re y la OCS es entre dos partes privadas, porque el Comisionado no actúa en su capacidad de entidad pública sino que opera como administrador de una empresa privada que está en liquidación. 

Garay Massey insistió en que el Código de Seguros establece que los documentos de un asegurador en liquidación no son documentos públicos expuestos para el libre escrutinio.

Sin injerencia en el reaseguro

Garay Massey le restó importancia a la alegada distorsión que podría causar en el mercado de seguros el acuerdo entre la OCS y Swiss Re que, según argumentó el licenciado Negrón, provocaría que los reaseguradores prefieran reasegurar compañías débiles porque pagarían menos reclamaciones en un proceso de liquidación.

De acuerdo con los planteamientos de Garay Massey, el Código de Seguros no le reconoce a la AG injerencia en  los asuntos de reaseguro relacionados con un asegurador en liquidación. 

El representante legal de la OCS se comprometió en presentar un compendio sobre el estado financiero actual de la liquidación, con el fin de que la AG obtenga un panorama más certero de rumbo que lleva el proceso de liquidación y para erradicar dudas sobre la existencia de capacidad económica suficiente para pagar las reclamaciones ( clase 3 y 4) presentadas contra Real Legacy.

La jueza Stipec Rubio sostuvo que con el escrito que presente la OCS daba por sometido el caso, lo que implica que la jueza estaría lista para decidir sobre la petición de la AG.

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Ex ejecutiva de Real Legacy reclama examinar acuerdo entre la OCS y la Cooperativa de Seguros Múltiples 

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Por Miguel Díaz Román

En un giro sorpresivo relacionado con la liquidación de la aseguradora Real Legacy, una ex ejecutiva de la empresa solicitó al Tribunal de Primera InstancaI De San Juan, intervenir en el pleito con el fin de examinar  un acuerdo alcanzado entre la Cooperativa de Seguros Múltiples (CSM) y la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS).

Alegadamente, el citado acuerdo pone fin a un reclamo para que se devolvieran los fondos que Real Legacy pagó de manera ilegal a determinados ejecutivos y cuyo monto total podría alcanzar los $500,000.

El pasado 22 de mayo la ex directora de finanzas de Real Legacy, Aleida Alsina, radicó una solicitud de intervención para examinar el citado acuerdo, en el cual, alegadamente, la CSM, que fue la empresa matriz de Real Legacy, aceptó devolver las sumas de dinero pagados en bonos ilegales a los ejecutivos.

Además, en el acuerdo la CSM se hizo cargo del pago de los intereses legales por las sumas pagadas de manera ilegal, los gastos por concepto de abogado y el costo del proceso administrativo relacionados con esta reclamación. 

No obstante, el pasado 20 de marzo la OCS presentó el acuerdo alcanzado con la CSM en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan y, además, solicitó que el contenido del acuerdo se mantenga bajo confidencialidad.  

Esta petición dirigida a mantener en confidencialidad el acuerdo entre la OCS y la CSM no fue objetada por la Asociación de Garantía de Seguros Misceláneos (AG).

Pero la AG sí solicitó a la OCS que identifique el litigio original que provocó el acuerdo con la CSM. En una moción la OCS reveló el número del caso en el sistema digital de la rama judicial.

Se trata de una petición contra la CSM y determinados ejecutivos de Real Legacy para que reintegren al caudal de la liquidación los pagos ilegales.

Esa plieito fue radicado el 26 de julio de 2024 en el Tribunal de Primera Instancia der San Juan, que figura como tribunal supervisor de la liquidación.   

Es necesario recordar que la AG había impugnado el manto de confidencialidad que por mandato del tribunal cobija otro acuerdo alcanzado por la OCS con el reasegurador Swiss Reinsurance America Corporation.

Este acuerdo también está relacionado con la liquidación de Real Legacy.  

Real Legacy emite los pagos ilegales

El 10 de agosto de 2018 la aseguradora Real Legacy emitió los pagos a los ejecutivos, cuando ya la OCS había ordenado proteger los activos debido a la precaria situación financiera de la aseguradora. El 3 de agosto de 2018, la OCS le prohibió a Real Legacy desembolsar fondos sin su autorización.

A pesar de la prohibición, Real Legacy realizó el desembolso, el cual tuvo el consentimiento de la CSM y su empresa matriz, denominado como Grupo Cooperativo.

De hecho, la orden de la OCS prohibiendo el desembolso de fondos ocurrió en el contexto de que ese día, el 3 de agosto de 2018,  Real Legacy  sometió ante la OCS un informe financiero que certificó que la aseguradora padecía un menoscabo de capital de $71.1 millones.

El 3 de julio de 2018 la junta de directores de Real Legacy celebró una reunión extraordinaria en donde se informó que las reclamaciones causadas por el huracán María excedían el tope de la cubierta de reaseguro por $70 millones.

Luego, el 21 de julio 2018, en un situación insólita, la CSM y Real Legacy solicitaron que la OCS comenzara los procesos judiciales de rehabilitación y eventual liquidación de la aseguradora.

El mensaje fue planteado ante la OCS por el licenciado Carlos Rivera Vicente, del bufete Cancio, Nadal y Rivera, quien actuó en representación de Real Legacy.

En su petición para los pagos ilegales fueran reintegrados al caudal de liquidación de Real Legacy, la OCS sostuvo que,las disposiciones del Código de Seguros establecen que los pagos realizados «constituyen ser preferencias o transferencias fraudulentas o anulables».

«Por lo tanto, cualquier dinero recibido por estos ejecutivos tiene que ser devuelto  al caudal de la Liquidación de RLA”, sostuvo la moción de la OCS.

La lista de beneficiados

Los pagos ilegales incluyen $124,000.00 que  fueron pagados a Miguel López, quien para entonces era el presidente de la Real Legacy; $30,000.00 a Mara Toro Toledo, quien era la vicepresidenta de finanzas; $ 30,000.00 a Dharma Rovayo, que era la gerente de riesgos; $20,000.00 a Luis Murphy, quien era el gerente de reclamaciones; $12,000.00 a Ana Gregori, quien era ejecutiva de recursos humanos; $12,000.00 a Nanette Cruz Columna, quien era gerente de contabilidad; $10,000.00 a Katina Cintrón Aponte, que se desempeñaba como analista financiero y $12,000.00 a Dyanne Santiago Díaz, quien era ejecutiva de riesgos.

Además, con el consentimiento de CSM y del Grupo Cooperativo, según alega la OCS,  Real Legacy desembolsó $75,000.00 por concepto de un «bono por desempeño» a favor del presidente Miguel López. 

En su petición la OCS concluyó que la CSM y el Grupo Cooperativo debían responder solidariamente por el pago total de lo reclamado, una cifra que se fijó en $250,000.00. 

Intereses y gastos de abogado

La petición de la OCS advirtió que esa cifra estaría acumulando intereses legales hasta que fuera saldada en su totalidad. Además,  cada uno de los demandados deberá  pagar $25,000.00 por concepto de honorarios de abogados por temeridad, junto con el pago de los costos administrativos.

No obstante, no está claro, según la petición de la OCS, el monto final que le corrrespondería pagar a la CSM.

Por su parte, en su moción para lograr acceso al acuerdo, la señora Alsina indicó que fue empleada de Real Legacy desde el mes de agosto de 2013 hasta el mes de marzo de 2017.

Durante ese periodo Alsina se desempeñó como directora de finanzas de Real Legacy. Además, la señora Alsina fue nombrada en el Comité Administrativo del Plan de Retiro de Real Legacy. Su participación en este comité comenzó el 13 de mayo de 2014 y finalizó en marzo de 2017, cuando terminó su trabajo en Real Legacy. 

No obstante, el Plan de Retiro de Real Legacy fue terminado el 31 de diciembre de 2018.

De acuerdo con la moción de Alsina, algunos participantes del Plan de Retiro presentaron un pleito de clase en la corte federal de San Juan para el 8 de noviembre de 2019. 

En ese pleito la CSM fue incluida como demandada debido a que la » Cooperativa era dueña del 100% de las acciones de Real Legacy; que Cooperativa había asumido la dirección de Real Legacy, incluso nombrando tres empleados de Cooperativa a formar parte del Comité de Administración del Plan de Retiro».

Acuerdo no incluyó a la señora Alsina

En su moción Alsina sostuvo que ella era la única empleada de Real Legacy nombrada a dicho comité. También alegó que durante el pleito en el Tribunal federal, la CSM y sus empleados mantuvieron una defensa unida junto con la señora Alsina. 

La moción alegó que la CSM llegó a un acuerdo de transacción sin incluir a la señora Alsina.

Además, la moción planteó que en el caso por los pagos ilegales radicado por la OCS «ninguno de los empleados demandados era empleado de la CSM».

La ex directora de finanzas de Real Legacy sostuvo en la moción que la CSM «negoció la transacción con el Liquidador de Real Legacy y se hizo cargo del pago (incluyendo de todos los empleados de Real Legacy demandados) pero se negó «a asumir responsabilidad por la señora Alsina.

Esto «a pesar de que la CSM llegó a un acuerdo con los demandantes que incluyó solamente a los empleados de Cooperativa que se nombraron al Comité Administrativo».

De hecho, según sostiene la moción, la exclusión de la señora Alsina por parte de la CSM es la razón por la que la ex ejecutiva de Real Legacy solicita que se le permita examinar el acuerdo de transacción.

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Disfuncional el DA debido a querellas, investigaciones y auditorías contra la cúpula administrativa

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Por Miguel Díaz Román

La principal cúpula administrativa del Departamento de Agricultura opera con una serie de funcionarios contra los que pesan múltiples querellas, investigaciones por razones éticas o auditorías ordenadas por la Oficina del Contralor por presuntas irregularidades , en lo que se revela como los síntomas evidentes de la disfuncionalidad en la administración de la gobernadora Jenniffer González Colón. 

Uno de los rasgos de la disfuncionalidad , que es comentado por numerosos sectores agrícolas, es la figura del subsecretario de Agricultura, Irving Rodríguez Torres, quien es objeto actualmente de una indagación por parte de la Oficina del Contralor.

La indagación fue provocada por un artículo publicado por SN, el cual reveló que durante el pasado cuatrienio y mientras Rodríguez Torres fungía como director ejecutivo de la Autoridad de Tierras, aprobó el desembolso de $267,000.00 a la entidad Zafra PR Inc, en la que el chofer del ex secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, era el tesorero.

Los fondos fueron aprobados para realizar un proyecto «de reforestación y rehabilitación para restaurar el área de entrada del barrio Aguirre en el municipio de Salinas con la plantación de 200 palmas reales y su mantenimiento».

En el fogón el subsecretario

El asunto podría convertirse en uno  de mayor calibre si la indagación produce pruebas de mayores irregularidades.

 Además, tan reciente como el pasado 12 de mayo de 2025, la Oficina de Ética Gubernamental (OEG)  le imputó al exsecretario del Departamento de Agricultura, Ramón González Beiró, múltiples violaciones éticas relacionadas con el uso indebido de vehículos oficiales para fines personales, en los que aparece involucrado Rodríguez Torres.

La OEG le imputó a Rodríguez Torres haber gastado de manera ilegal en el pago de peajes, $2,615.40,  provenientes de fondos públicos.  Según la querella de la OEG, González Beiró le asignó a Rodríguez Torres, quien reside en Caguas, un vehículo Jeep Grand Cherokee con tablilla JGV-150 para sus labores profesionales y personales. 

Según la querella, el gasto ilegal en que incurrió el subsecretario ocurrió entre el 25 de febrero de 2022 y el 30 de agosto de 2024.

Demandas contra Campos Merced

Otro funcionario contra el que pesan en su expediente querellas es el actual administrador de la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL) , Jorge Campos, quien el pasado cuatrienio  se desempeñó como subsecretario de Agricultura.

En el cuatrienio de 2016 -2020, Campos Merced ocupó la posición de administrador de la ORIL, periodo que se destacó por la múltiples diferencias que el funcionario sostuvo con el entonces secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega.

En 2019 Campos Merced fue demandado por la empleada de la ORIL, Iris Noelia Torres González, quien lo acusó en el Tribunal de Primera Instancia de Quebradillas por incurrir en prácticas discriminatorias por razones de edad, incluyendo discrimen laboral y político. 

Además, el ganadero Luis Manuel Ruiz también demandó a Campos Merced en el Tribunal Federal de Quiebras de San Juan porque el funcionario se negó a permitir que el ganadero pudiera alquilar su cuota de producción de leche, como un mecanismo para pagar a sus acreedores.

Campos Merced rechazó el alquiler de la cuota de leche a pesar de que fue una transacción aprobada por el Tribunal Federal de Quiebras, y que la propia reglamentación de la ORIL avala el recurso de alquilar la cuota para atender reclamos de los acreedores. 

El caso fue decidido a favor del ganadero y aún está en trámite una reclamación económica contra la ORIL.

La OEG también le imputó a Campos Merced haber consumido de manera ilegal en el pago de peajes fondos públicos por la cantidad de $1,702.70 durante el pasado cuatrienio. 

Según la querella de la OEG,  González Beiró le asignó una vehículo Jeep Grand Cherokee, del año 2019, con tablilla JHU-621 y con sello para el pago de peajes, el cual usó para cumplir las responsabilidades  de su cargo y para asuntos personales, lo cual es ilegal.

Campos Merced, quien también reside en Caguas, realizó el gasto ilegal entre el 23 de diciembre de 2021 y el 31 de julio de 2024.

Querellas por acoso laboral

Otra figura de la actual cúpula administrativa del DA que es blanco de querellas y señalamientos  es la directora del Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola (FIDA), Ruth Pagán Alvarado, quien ha sido acusada de acoso laboral en cinco ocasiones en los pasados ocho años. 

A Pagán Alvarado, quien, alegadamente, es una voz escuchada por el actual secretario de Agricultura, Josué Rivera Castro, se le imputó haber incurrido en acciones de acoso laboral contra tres de sus subalternos durante el pasado cuatrienio. 

Los afectados radicaron  tres querellas contra Pagán  Alvarado por violar la ley 90 de 2020 conocida como “Ley para prohibir y prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico”.

Las querellas fueron radicadas por Jhonny Ralat Cruz, quien se desempeñó  como analista finaciero del FIDA. Las otras dos querellantes son María Aponte y Mercedes Seín.

Alegadamente, Pagán Alvarado actuó  para alimentar una atmósfera de acoso y persecución contra los querellados. Una fuente indicó  que las querellas continúan «abiertas».

Pero estas no son las únicas  querellas contra Pagán  Alvarado.  

En el cuatrienio de 2016-2020, la funcionaria fue imputada en dos ocasiones de acometer acciones de acoso laboral las cuales fueron radicadas por Saritza Aulet y por Carliana Carrasco. 

Insatisfacción contra el secretario

Un señalamiento que aún no ha trascendido a viva voz, pero que es un tema obligado en las reuniones informales entre agricultores es la creciente insatisfacción con la gestión de Rivera Castro.

La insatisfacción surge por la falta de iniciativa que demuestra Rivera Castro para atender con  prontitud los problemas agrícolas. La falta de iniciativa contrasta con la presencia notable que el funcionario mantiene en los medios de comunicación, lo que podría crear una imagen distinta de secretario.

Quizás el  mayor reparo que continuamente hacen los agricultores es que Rivera Castro no es agricultor, ni agrónomo y no posee experiencia alguna en la agricultura, lo cual representa un rompimiento con la tradición administrativa en esa agencia, cuyos secretarios siempre han estado vinculados a la agricultura ya sea porque poseen una determinada experiencia agrícola, son agrónomos o mantienen operaciones agrícolas.

 De hecho, la falta de experiencia agrícola de Rivera Castro podría minar su credibilidad ante amplios sectores agrícolas del país que están convencidos que el DA sólo puede ser un instrumento útil para la agricultura si es dirigido por un agricultor experimentado.

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