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Puerto Rico
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Gobernador convierte en ley medida que fue rechazada por el Comisionado de Seguros

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Por Miguel Díaz Román

El gobernador Pedro Pierluisi convirtió en ley una medida que respalda totalmente al Centro Internacional de Seguros (CIS), lo que representa un serio revés para la credibilidad del Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, quien actuó en contra de la institución y promovió acciones administrativas para socavar su capacidad de crecimiento.

Ayer la Fortaleza informó que Pierluisi impartió su firma a varias medidas entre las que figura el Proyecto del Senado 1352, el cual propone establecer de manera clara que las aseguradoras instaladas en el CIS podrán suscribir o reasegurar riesgos localizados en Estados Unidos.

La acción del gobernador levanta legítimas interrogantes sobre la gestión de Adams Vega, quien desde que fue nombrado Comisionado de Seguros a finales del 2022 utilizó las prerrogativas de su cargo para imponer trabas a las aseguradoras instaladas en el CIS para impedir que estas entidades reaseguren riesgos localizados en Estados Unidos.

Adams Vega había advertido que permitir el reaseguro de riesgos en Estados Unidos por las aseguradoras instaladas en el CIS podría causar que la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) perdiera la acreditación de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC).

La acreditación fue suspendida en julio de 2020 tras la NAIC rechazar la aprobación que realizó la OCS en 2018 de una transacción financiera a favor de unas aseguradoras instaladas en el CIS, que pudo colocar en peligro a miles de asegurados en los Estados Unidos. 

La citada transacción fue avalada por el ex Comisionado de Seguros, Javier Rivera Ríos. En aquel momento Adams Vega fungía como comisionado auxiliar de Asuntos Legales de la OCS.

Luego de asumir oficialmente el cargo de Comisionado de Seguros, Adams Vega emitió la carta circular 2022-2007 el 7 de diciembre de 2022, la cual impuso a las aseguradoras instaladas en el CIS la obligación de cumplir con varios requisitos que figuran como exigencias obligatorias a las aseguradoras tradicionales que operan en el mercado local. 

 Las aseguradoras instaladas en el CIS no ofrecen sus servicios el mercado local sino en jurisdicciones en los Estados Unidos y en países extranjeros.

Tras la emisión de la carta circular 2022-2007, la NAIC informó la aprobación de reacreditación de la OCS el 12 de diciembre de 2022.

Errático el Comisionado

De hecho, no está claro si Adams Vega tuvo alguna participación o responsabilidad en la aprobación de la transacción realizada por Rivera Ríos que provocó la pérdida de la acreditación de la NAIC. No obstante, el comportamiento de Adams Vega revela rasgos erráticos desde que la OCS perdió la acreditación.

Precisamente, para acreditar nuevamente a la OCS, la NAIC exigió que a las aseguradoras instaladas en el CIS que hicieran negocios en Estados Unidos se le impusieran regulaciones financieras como si fueran aseguradores para el mercado local.

La respuesta de Adams Vega fue la carta circular 2022-2007, que dispuso que cualquier asegurador “organizado bajo las leyes de Puerto Rico e interesado en realizar negocio de seguros en otro estado o territorio de Estados Unidos acreditado por NAIC, deberá cumplir con los procesos y requisitos bajo el capítulo 3, 28 y 29 del Código de Seguros de Puertos Rico como un asegurador doméstico tradicional”.

Fuentes de la Asociación de Aseguradoras Internacionales de Puerto Rico (PRIIA por sus siglas en inglés) han señalado que tras la aprobación de la carta circular 2022-2007 varias aseguradoras internacionales desistieron de su interés de instalarse en el CIS e invertir en Puerto Rico.

Perder acreditación no impidió avalar el 1352

En la pasada sesión legislativa el senador Juan Zaragoza Gómez radicó el PS 1352, que fue aprobado por el Senado. La Cámara de Representantes aprobó la medida el pasado 16 de enero del 2024, a pesar del intenso cabildeo en su contra realizado por Adams Vega, quien insistió que podría causar que la OCS perdiera la acreditación de la NAIC.

Ante el escenario adverso que representó la aprobación del PS 1352 por ambos cuerpos, el 19 de enero Adams Vega derogó la carta circular 2022-2007. La derogación ocurrió luego de que el Comité Ejecutivo de la NAIC realizó  una sorpresiva visita en San Juan los días 12 y 13 de enero que fue mantenida en secreto.

Se desconoce si la decisión de derogar la carta circular 2022-2007 fue el resultado de que el Comité Ejecutivo de la NAIC llegó a ciertos acuerdos con Adams Vega.

Lo cierto es que la amenaza de que la OCS podía perder la acreditación de la NAIC no impidió que el gobernador Pierluisi convirtiera en ley el PS 1352.

El PS 1325 introduce una enmienda al Código de Seguros, específicamente en las disposiciones relativas al CIS, para establecer que un asegurador internacional no podrá solicitar reciprocidad en otros estados por estar domiciliado en Puerto Rico.

Ley exige proteger el CIS

 Además, aclara que los aseguradores internacionales podrán suscribir o reasegurar riesgos localizados en los estados de Estados Unidos, siempre que cumplan con las leyes de esas jurisdicciones. No obstante, ya estas disposiciones existen en la reglamentación del CIS.

Un elemento novedoso de la medida es que obliga al Comisionado de Seguros a mantener, proteger y promover el desarrollo del CIS y además establece que el funcionario deberá rendir un informe anual ante la Asamblea Legislativa, en o antes del 30 de junio de cada año, sobre los esfuerzos realizados por la OCS para cumplir con el requerimiento de proteger el CIS.

El primer informe parcial de la Resolución del Senado 612, radicada también por el senador Zaragoza Gómez, concluyó que Adams Vega cometió fraude al representar falsamente que había prohibido por la vía administrativa, a través de la carta circular 2022-2007, que los aseguradores y reaseguradores internacionales instalados en el CIS hicieran negocios en los Estados Unidos.

Según el informe parcial ese tipo de determinación requería una enmienda a la ley matriz CIS, la Ley 399 de 2004. El informe también concluyó que Adams Vega actuó en contravención a la política pública establecida por el Ejecutivo y la Asamblea Legislativa en torno al desarrollo del CIS al aprobar la Ley 399.

En la pasada sesión legislativa el Senado aprobó la Resolución del Senado 852, la cual solicita al gobernador Pedro Pierluisi que destituya a Adams Vega, por realizar representaciones falsas ante la NAIC.

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Mapfre considera impugnar el reglamento de “appraisal” de la OCS

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Por Miguel Díaz Román

La posibilidad de que el reglamento de valoración de reclamaciones en controversia de la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), sea impugnado en los tribunales podría ser una realidad si esa oficina no accede a enmendar determinadas disposiciones del llamado reglamento 106, el cual pretende establecer de manera oficial un proceso de arbitraje o “appraisal”, en el que un árbitro adjudica el monto a pagar en una reclamación disputada.

El reglamento 106 es el resultado de la Ley 242 de 2018, la cual requiere que las aseguradoras de propiedad y los asegurados participen en un procedimiento de valoración para resolver las disputas en torno al valor de una pérdida sujeta a reclamación, si así lo ha solicitado una de las partes.

Aunque la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE) ha objetado cerca de 13 disposiciones del citado reglamento, la licenciada Hilda Surillo, vicepresidenta de Mapfre, sostuvo que existen dos disposiciones “altamente preocupantes”, cuya permanencia en el documento, tal como fueron redactadas por la OCS, son inaceptables y podrían desencadenar una impugnación judicial de parte de la aseguradora.

Surillo hizo los pronunciamientos durante una entrevista en el programa Informe Semanal, que se transmite en las redes sociales y que origina el periódico digital SN. En la entrevista también participaron el presidente de Mapfre, Alexis Sánchez Géigel, y el licenciado Luis Negrón, quien es vicepresidente de suscripción y reclamaciones de la aseguradora.

Una de las normas que impone el reglamento, mencionada por la licenciada Surillo como precipitante potencial de una impugnación judicial, es aquella que concedería al árbitro la habilidad de entrar a adjudicar el alcance de la cubierta.

Surillo sostuvo que la ley 242 y el propio reglamento 106 establecen que la injerencia del árbitro estará limitada a determinar el valor del daño contenido en una reclamación en controversia.

La otra disposición del reglamento rechazada de manera tajante por Mapfre es la que permitiría que el Comisionado de Seguros pueda obligar a un asegurador a presentar una oferta sobre el monto a pagar por una reclamación cuestionada por el asegurado, si el funcionario interpreta que ha existido un retraso en el cumplimiento de ese requisito.

La primera de las normas con el potencial de provocar una acción judicial contra la OCS, según sostuvo la licenciada Surillo, se trata del lenguaje del artículo 10 del reglamento 106, que atiende el alcance de las controversias que el árbitro podrá dirimir dentro del proceso de valoración.

Árbitro entraría en asuntos de la cubierta

Específicamente el lenguaje rechazado por Mapfre indica: “para determinar la cuantía de los daños o pérdidas a la propiedad en el proceso de valoración, las partes por acuerdo mutuo o porque así lo autorice el tribunal, podrán someter ante la consideración del árbitro los asuntos establecidos en este artículo”

Surillo señaló que la inclusión de este lenguaje contradice la Ley 242 del 2018 y el Código de Seguros de Puerto Rico, al permitir que el árbitro haga determinaciones sobre los elementos de la cubierta que contiene la póliza. La licenciada insistió en que, tanto la ley 242 y el reglamento 106, reconocen que el árbitro sólo debe manejar elementos de la valoración del daño.

De hecho, el artículo 11.190 del Código de Seguros, que fue enmendado por la Ley 242, establece que un árbitro es una “parte imparcial y competente seleccionada para resolver desacuerdos exclusivamente relacionados con el valor de la propiedad o daños en una o más partidas de la reclamación”. Más adelante este artículo añade “el árbitro no tendrá autoridad para decidir controversias de cobertura o cualquier cuestión de derecho”.

“Esto es totalmente ajeno a lo que la ley 242 prohíbe: que un árbitro no va a entrar en los elementos de la cobertura. Cuando se pasa del “appraisal” y el árbitro se interesa en adjudicar la causalidad de un daño, está entrando en temas de la cobertura”, indicó la ejecutiva.

“En la causalidad de un daño podemos reconocer que existe un daño y que pudo ser a causa del evento (catastrófico) o por el efecto de la falta de mantenimiento. Si la causa del daño no es un evento cubierto en la póliza, esa determinación no le toca hacerla al árbitro. Esa es una determinación que la debe hacer un tribunal”, sostuvo.

Accidentes en el lenguaje

La vicepresidente de Mapfre advirtió que el reglamento 106 es visto como una herramienta que puede ser útil para resolver controversias con los asegurados, pero que los accidentes en el lenguaje entorpecen ese objetivo.

“Este es un elemento altamente cuestionable y no nos gustaría tener que cuestionar (judicialmente) el reglamento, en momentos en que se quiere implementar, y tener que cuestionarlo en momentos cuando queremos tener un mecanismo para utilizarlo”, dijo de manera escueta la licenciada Surillo.

La otra disposición objetada por Mapfre es el artículo 9 del reglamento 106, el cual atiende los requisitos para llevar a cabo un proceso de valoración.

El lenguaje que desata la oposición en el artículo 9 indica: “el asegurador debe haber reconocido cubierta del evento o pérdida reclamada y efectuar una oferta de pago por los daños o pérdida reclamada o, de no haberse realizado una oferta, el Comisionado considere que el asegurador está dilatando o retrasando indebida e injustificadamente la resolución de la reclamación conforme a los parámetros dispuestos en el Artículo 27.162 del Código de Seguros de Puerto Rico.”

“Este es otro caso en el que el reglamento excede lo que la ley proponía”, dijo Sánchez Géigel.

Necesaria una oferta para iniciar un “appraisal”

“Tiene que haber una oferta en la que el asegurado está en desacuerdo, sino hay oferta en la que el asegurado no está de acuerdo, no hay nada arbitrar. Entonces se inserta un requisito o que no aparece en la ley y es que el Comisionado considere que se han retrasado en hacer una oferta ¿Qué es lo que eso implica? ¿Que vamos a forzar una oferta que no existe? Puede ser que no estamos listos para arbitrar!”, advirtió Surillo.

“Ya Sabemos que el Código de Seguros autoriza al Comisionado de Seguros a que resuelva una reclamación. Pero no puede obligar a que se realice una oferta. Y que tal sí no estamos listos, que tal sí no hay cobertura, y que tal si el asegurado no está cooperando. Este lenguaje es ajeno a los principios de la ley y va a fomentar litigación y que, por supuesto, es el primer elemento que si se intenta implementar estaríamos cuestionando judicialmente.  Queremos que el “appraisal” sea cuando las ofertas estén listas. Las ofertas no se pueden forzar si no existen”, exclamó la licenciada Surillo.

“Tenemos un caso en que un asegurado no cooperó. Nunca presentó su caso y no hubo oferta. Nos obligaron a un proceso de “appraisal” sin que hubiera una oferta. En ese caso estuvimos más de dos años pidiendo la documentación para establecer la pérdida y nunca se sometió”, indicó el licenciado Negrón.

Mapfre acudió al tribunal en contra de la OCS y finalmente la decisión judicial favoreció a la aseguradora.

“Ya hay un precedente en el tribunal en que no se puede llegar al “appraisal” si no hay oferta”, concluyó Negrón.

Programas de computadora alientan discrepancias

Otras disposiciones del reglamento cuestionadas tanto por ACODESE como por Mapfre es que avala el uso de un agente de bienes raíces y de los ajustadores públicos o independientes como árbitros.  ACODESE y Mapfre sostienen que los agentes de bienes raíces no tienen las competencias para intervenir en el arbitraje mientras que los ajustadores públicos o independientes no garantizan la imparcialidad de los procesos.

Una de las disposiciones del reglamento 106 con posibilidad de generar una gran controversia es la que permite que para la estimación de costos se usen programas de computadora que son utilizados por algunos ajustadores públicos, los cuales no reflejan la realidad de los costos de los materiales y la mano de obra en el mercado local.

 “Claramente estos programas de computadora permiten que personas que no son arquitectos o ingenieros lleguen a unas conclusiones con relación al costo de daños. Estos daños no son los que normalmente utilizan los arquitectos y los ingenieros para llegar a un estimado para hacer la reparación de una propiedad”, explicó Sánchez Géigel.

“¿Por qué se permite que se usen estos programas de computadora para hacer estimados? Por qué las personas que los usan no tienen las destrezas, la preparación académica para hacer un estimado de costos como normalmente se hace en la industria para hacer una reconstrucción o una construcción nueva. Estamos fomentado discrepancias que en un momento dado se tienen que dilucidar, cuando estamos comparando un índice de costos para hacer el estimado establecido en Puerto Rico y la metodología de construcción que se utiliza en Puerto Rico con otro sistema que no tiene el mismo índice de costos y otra metodología de construcción, que contempla otras actividades innecesarias para llevar a cabo la reparación y restablecer al asegurado al lugar en que se encontraba previo a la pérdida”, indicó el presidente de Mapfre.  

En una extensa carta que ACODESE envió a la OCS el pasado 29 de enero de 2024, la organización que agrupa a las aseguradoras del país, de la que Mapfre es parte integral, presentó sus objeciones al reglamento 106. ACODESE sostuvo que la OCS recibió la misiva y se comprometió a citar próximamente a los representantes de la organización a una reunión en la que serán discutidas sus objeciones. 

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INFORME SEMANAL- 16 de febrero de 2024

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Esta semana en Informe Semanal conversamos con los ejecutivos de la aseguradora Mapfre sobre el llamado reglamento de «appraisal» de la Oficina del Comisionado de Seguros para resolver reclamaciones en controversia. Sobre este reglamento existen serias objeciones de parte de las aseguradoras locales. También conversamos con el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, sobre unas querellas radicadas por la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera contra decenas de ganaderos y contra las empresas Suiza Dairy y Tres Monjitas. También hablamos sobre una queja realizada por la alcaldesa de Salinas por el alegado movimiento de tierra ilegal efectuado en una finca donde se proyecta establecer un parque de placas fotovoltaicas. Además, el economista José Alameda nos hablará de la llamada crisis que enfrentan los hospitales del país. Otro tema es la selección de San Juan como una de las ciudades más baratas del mundo. Por último, dialogamos sobre el uso que hace el Departamento de Educación de los cerca de $5,000 millones que tiene de presupuesto y si el 70 % de ese dinero llega a los estudiantes en servicios.

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Nuevos aumentos en primas de entre 5 % y 10 % en 2024 por alza en reaseguro

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Por Miguel Díaz Román

Los consumidores no deben esperar reducciones en las primas de seguros este año, especialmente en las primas de seguros de propiedad, y al menos deben estar preparados para enfrentar nuevos aumentos que, aunque no serán tan altos como los registrados el pasado año, si tendrán un efecto en el presupuesto de los ciudadanos y de las empresas.

Los aumentos oscilarán entre 5 % y 10 %, lo cual implica que el bolsillo de los consumidores recibirá un inevitable impacto, el cual no será tan dramático como los incrementos registrados el pasado año, que en algunos casos, representaron alzas de entre 40 % y 50 %.

Así lo anticipó el presidente de Antilles Insurance Company, Jaime González Portilla, quien indicó que este año persiste una capacidad limitada en el mercado de reaseguro.

“Lo que hemos visto y escuchado es que se estará registrando un aumento de entre 5 % y 10 %. Todo esto se debe a que la capacidad del reaseguro catastrófico es limitada y especialmente para Puerto Rico”, dijo González Portilla.

El ejecutivo sostuvo que las aseguradoras que les tocó renovar sus contratos de reaseguro catastrófico en enero ya han experimentado un alza, la cual se traducirá en un aumento en las primas de entre 5 % y 10 %. Indicó que el otro periodo de renovación de contratos de reaseguro catastrófico para las aseguradoras ocurrirá en los meses de abril y mayo.

“Si estuvieran entrando más reaseguradores nuevos al mercado, habría más oferta de precios bajos y las primas podrían bajar. Pero ese no es el caso”, indicó González Portilla.

“Nosotros renovamos en mayo. El año pasado el aumento en reaseguro representó un aumento de hasta 40 % en el caso nuestro. Esto no va para abajo. Hay que seguir hablando del tema de aumento en las primas y todo se debe a la capacidad limitada del reaseguro”, insistió el presidente de Antilles Insurance Company.

El reaseguro es un mecanismo que utilizan las aseguradoras para distribuir sus riesgos y limitar las responsabilidades económicas que podrían enfrentar en caso de un evento catastrófico. Los contratos de reaseguro convierten a una aseguradora en asegurado de un reasegurador.

Esto implica que las aseguradoras deberán compartir con el reasegurador una parte sustancial de la prima que cobran para garantizar la protección de aquellos riesgos (propiedades) que se incluyan en los contratos de reaseguro.

González Portilla explicó que las empresas de reaseguro siempre tienen como alternativa realizar inversiones pasivas en vehículos de inversión (como los bonos a corto o mediano plazo) que no representan riesgo alguno para sus inversionistas.

Indicó que el alza en los intereses ordenada entre 2022 y 2023 por la Reserva Federal ha elevado la presión de los inversionistas que integran las empresas de reaseguro para que obtengan réditos sustanciales en los contratos de reaseguro catastrófico.

“Recuerda que esas compañías de reaseguro en este momento y por el alza en los intereses, pueden invertir su dinero y asegurar buenos retornos (ganancias) de entre un 5 % y 6 % sin ningún tipo de riesgo. Entonces, ¿para qué exponer ese capital en el mercado de reaseguro? Y las empresas que lo están haciendo (permanecer en el negocio de reaseguro) sus inversionistas le exigen que sus retornos sean bien favorables. Obviamente, por esa razón los precios del reaseguro no están bajando. Están subiendo entre un 5 % y un 10 % “, indicó.

El ejecutivo agregó que aquellos clientes que, para efectos de la prima, sus propiedades no fueron estimadas con tarifas adecuadas deberán esperar aumentos entre 5 % y 10 %. No obstante, aquellos clientes cuyas propiedades fueron estimadas con tarifas adecuadas podrán experimentar un leve aumento o, incluso, no recibir alza en sus primas este año.

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ACODESE insiste en objeciones a reglamento de “appraisal” de la OCS

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Por Miguel Díaz Román

A pesar de que la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) acogió algunas recomendaciones de la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE) sobre la redacción del reglamento de valoración de reclamaciones, un proceso conocido como “appraisal” en el que un árbitro adjudica el monto a pagar en una reclamación disputada, aún persisten serias diferencias relacionadas con el texto final del reglamento.

No están del todo claras las repercusiones que podrían causar las diferencias entre ACODESE y la OCS por la redacción final del llamado reglamento 106, que establece las normas que regirán el proceso de valoración de una reclamación sobre la que existen discrepancias.

De hecho, el reglamento 106 entró en vigor el pasado 1 de enero sin que la OCS atendiera la totalidad de las objeciones de ACODESE.

No obstante, algunas de esas objeciones fueron consideradas por la OCS, que accedió a realizar determinados cambios en el lenguaje del reglamento a finales de 2023.

Pero aún existen disposiciones en el reglamento que son rechazadas por la organización que representa a las aseguradoras del país, según se desprende de una extensa carta de 13 páginas que la licenciada Iraelia Pernas, directora ejecutiva de ACODESE, envió a la OCS el pasado 29 de enero de 2024.

En entrevista con SN Pernas reveló que la OCS recibió la misiva y se comprometió a citar a los representantes de ACODESE a una reunión en la que serán discutidas sus objeciones.

“Lo que estamos pidiendo es sentarnos con el Comisionado y revisitar algunos asuntos y ver si se puede enmendar el reglamento”, dijo la directora ejecutiva de ACODESE.

Pernas aclaró que no hay intención de ACODESE de acudir a los tribunales en relación al reglamento 106, sino lograr soluciones por consenso. “Entendemos que esa también es la posición de la OCS”, dijo Pernas.

Ajustadores no pueden ser árbitros

Entre los principales señalamientos de la misiva se destaca que el reglamento permite que la posición de árbitro sea ocupada por un ajustador público o un agente de bienes raíces. ACODESE ha planteado que ambas figuras “no garantizan total imparcialidad y podrían carecer de las competencias para dirimir las controversias”.

ACODESE sostiene que la posición de árbitro debe ser ocupada por personas cuyas profesiones cumplan con la definición de árbitro que establece el artículo 12 del reglamento, el cual es definida como “una parte imparcial y competente seleccionada, dentro del proceso de valoración, para resolver desacuerdos exclusivamente relacionados con el valor de una pérdida o daños en una o más partidas de la reclamación en pólizas de seguros de propiedad en la línea comercial o personal.”

En la carta Pernas explicó que los socios de ACODESE y sus asegurados “no utilizan a los agentes de bienes raíces en el proceso de valoración de pérdidas a la propiedad por tratarse de un asunto complejo” Incluso, Pernas indicó que no existe información en el expediente administrativo del reglamento que explique si un agente de bienes raíces, quien actúa como intermediario en transacciones de bienes inmuebles, tiene la competencia para actuar como árbitro.

La carta señala que utilizar a los ajustadores públicos o independientes como árbitros no garantiza la imparcialidad de los procesos, “cuando en su haber profesional, y bajo el mismo evento catastrófico, por ejemplo, podrían estar manejando otras reclamaciones, en representación del mismo asegurador o en contra del mismo asegurador”.

ACODESE respaldó que los árbitros sean ingenieros y arquitectos porque conocen el costo de los materiales de construcción en Puerto Rico debido a que continuamente están involucrados en procesos de construcción que requieren la elaboración de diseños y planos. Como tercera opción Perna indicó que los árbitros podrían ser tasadores “en casos de menos complejidad”.

Disposición vaga

Otra de las objeciones es que el reglamento permite que el Comisionado de Seguros designe a la posición de árbitro a una persona que no cumpla con los requisitos profesionales establecidos.

La disposición del reglamento indica que “en circunstancias apropiadas” el Comisionado de Seguros podrá designar como árbitro a una persona que, aunque no reúna el criterio de cualificación o formación profesional aquí establecido, “éste considere que cuenta con el adiestramiento o la experiencia suficiente para entender el proceso de valoración”.

En la misiva Pernas sostuvo que esa disposición debe eliminarse, pues es contraria a los requisitos de competencia a los árbitros. “El lenguaje de “circunstancias apropiadas” es una disposición muy vaga y ambigua, considerando que no se definen cuáles son estas circunstancias. Debido a la vaguedad de este lenguaje y a la falta de fundamentos para obviar las cualificaciones del árbitro, que están previamente establecidas en la Regla, este ejercicio podría resultar arbitrario y caprichoso”, expuso Pernas.

ACODESE también planteó que la citada disposición atenta contra un proceso ágil y económico pues la partes podrán oponerse a la selección de un árbitro que no cumple los requisitos de la regla 106, lo que atrasaría la solución de la disputa.

Una de las objeciones más reveladoras de ACODESE es que para la estimación de costos el reglamento avala el uso de sistemas tecnológicos o programas de computadora que son utilizados por algunos ajustadores públicos, los cuales no reflejan la realidad de los costos de los materiales y la mano de obra en el mercado local.

De hecho, ha trascendido que determinados ajustadores públicos cuyos ajustes en reclamaciones originadas por el huracán María han sido impugnados en los tribunales locales, efectuaron la estimación de costos a través de programas de computadora que no reflejaban los costos del mercado local.

Valores de la pérdida según el mercado local

“Los valores que produzca el sistema tecnológico o software que se utilice en el proceso de evaluación de los daños o pérdidas por los tasadores deberán estar atemperados a los costos prevalecientes al momento de la pérdida en el mercado específico de Puerto Rico. Será obligación de los tasadores divulgar el tipo y la fuente de los costos de construcción o reemplazo de partes características del sistemas tecnológicos o software utilizado en la valoración de la reclamación”, sostuvo Pernas

Una disposición controvertible que contiene el reglamento es aquella que ordena el pago del monto acordado por el árbitro en el procedimiento de valoración sin considerar que el asegurador está obligado a realizar el proceso de ajuste según los términos y condiciones establecidos en la póliza.

“El proceso de valoración sólo obliga a las partes en torno al valor de la pérdida determinada, la cual se mantiene sujeto a los términos y condiciones de la póliza”, sostuvo Pernas en la misiva.

La ejecutiva indicó que al catalogar como exigible el monto acordado en el proceso de valoración, se está eliminando toda disposición contractual contenida en la póliza que pudiese afectar dicho monto. Pernas agregó que ese lenguaje resultará en el menoscabo de las obligaciones contractuales dispuestos en la póliza y que la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico prohíbe.

Necesario incluir ajuste del asegurador

En el lenguaje propuesto por ACODESE se establece que el acuerdo establecido por el árbitro y avalado por las partes, advendrá final y firme luego de un término de 30 días tras la notificación del acuerdo. 

Transcurrido el término antes mencionado y si alguna de las partes no acudió al Tribunal de Primera Instancia a solicitar su impugnación, el monto determinado en el acuerdo sobre el valor de la pérdida será final y la aseguradora vendrá obligada a ajustar ese monto según los límites y exclusiones dispuestas en la póliza. Finalmente, la aseguradora deberá notificar dicho ajuste al asegurado.

El proceso de valoración de la pérdida o “appraisal” comprende aquellas controversias generadas por reclamaciones presentadas ante pólizas de seguros de propiedad, las cuales suelen ser reclamos que suelen involucrar cantidades sustanciales de dinero.

El proceso de “appraisal” estará disponible para las controversias generadas en pólizas de propiedad de líneas personales (individuos) y por empresas y comercios. Además, incluye las reclamaciones en disputa generadas por agencias del gobierno central, corporaciones públicas y municipios.

El reglamento 106 obedece a las disposiciones de la Ley 242 de 2018, la cual requiere que las aseguradoras de propiedad y lo asegurados participen en un procedimiento de valoración para resolver las disputas en torno al valor de una pérdida sujeta a reclamación, si así lo ha solicitado una de las partes.

Decisión será vinculante

A pesar de que la Ley 242 se aprobó en 2018, no ha sido hasta cinco años después que la OCS logró presentar el reglamento del estatuto.

El reglamento 106 dispone que el proceso de “appraisal” puede ser solicitado tanto por el asegurado como por la aseguradora y requiere que cada una de las partes seleccionen un tasador. En este caso será un ajustador público para los asegurados y un ajustador independiente para las aseguradoras.

Además, las partes tendrán la obligación de seleccionar por mutuo acuerdo un árbitro, que será una parte imparcial y cuya decisión se limitará a determinar la valoración de la reclamación en controversia.

El árbitro no podrá evaluar aquellos elementos de la cubierta dispuestos en el contrato de seguros entre el asegurado y el asegurador.

La decisión del árbitro será vinculante para las partes y aquella parte que se encuentre inconforme la podrá impugnar en el tribunal.

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Informe Semanal 9 de febrero de 2024

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Esta semana en Informe Semanal conversamos con el ingeniero Jesus Manuel Nuñez y el economista Dario Martínez, sobre la posibilidad de establecer en Puerto Rico una planta de energía nuclear. También conversamos con el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, sobre unas querellas radicadas por la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera contra decenas de ganaderos y contra las empresas Suiza Dairy y Tres Monjitas. También hablamos sobre una queja realizada por la alcaldesa de Salinas por el alegado movimiento de tierra ilegal efectuado en una finca donde se proyecta establecer un parque de placas fotovoltaicas.

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Tres Monjitas y Suiza Dairy rechazan acusaciones de la ORIL

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Por Miguel Díaz Román

Las plantas procesadoras Tres Monjitas y Suiza Dairy rechazaron tajantemente una serie de querellas radicadas por la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL) en la que se acusa a ambas empresas y a un grupo de ganaderos de entregar leche a la planta Indulac contaminada con pelos, larvas, cáscaras de huevos y otros residuos.

La grave acusación contenida en las querellas incluye una advertencia de que los ganaderos se exponen a perder sus licencias de producción de leche y las plantas procesadoras sus licencias de elaboración.

Las querellas sostienen que las entregas de leche contaminada a la planta de Indulac con los citados residuos fueron realizadas el pasado 5 de enero de 2024 por varios camiones de Tres Monjitas y Suiza Dairy.

Los documentos alegan que las plantas y los ganaderos podrían haber incurrido en violaciones al reglamento 4, que rige las operaciones de transportación de leche cruda, y el reglamento 5, que establece las normas de calidad que gobiernan la producción de leche.

Las querellas fueron firmadas por el licenciado Edward Hill Tollinche, que es un abogado que ha mantenido contratos con la ORIL durante años y que suele representar a la dependencia del Departamento de Agricultura en controversiales legales en los tribunales.

De hecho, las acciones tomadas por Hill Tollinche a través de las querellas debieron recibir el aval del secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, quien actualmente es el administrador interino de la ORIL.

En la querella el licenciado Hill Tollinche solicita al oficial examinador de la ORIL la celebración inmediata de una vista administrativa para dilucidar las acusaciones.

De las querellas se desprende que fueron los empleados de Indulac quienes descubrieron los elementos contaminantes en el filtro del conducto de vaciado que se conecta al tanque termo de los camiones de las plantas procesadoras para extraer la leche cruda.

De inmediato las empresas Suiza Dairy y Tres Monjitas han objetado los graves señalamientos mencionados en la querella.

La empresa Suiza Dairy sostuvo ayer mediante una expresiones escritas que  “rechazamos enfáticamente tales alegaciones, ya que Suiza Dairy está absolutamente comprometida con la calidad y realiza una serie de controles antes de la recepción de leche cruda, en el momento de la llegada del producto a las Plantas de Procesamiento, durante los procesos de pasteurización y envasado y finalmente antes de la salida del producto al mercado, cumpliendo plenamente con todos los estándares requeridos por las agencias gubernamentales locales y federales. Suiza Dairy sostiene su compromiso con la elaboración de la mejor leche fresca para el bienestar y salud del pueblo puertorriqueño”.

Por su parte, Orlando González, gerente general de la empresa Tres Monjitas autorizó las siguientes declaraciones: “esta semana, recibimos varias querellas de la ORIL, sobre hallazgos de residuos y materiales en los filtros de vaciado localizados en las líneas conducentes a los tanques de leche cruda de Indulac. Esta leche era transportada desde las vaquerías en camiones termo pertenecientes a Vaquería Tres Monjitas el pasado 5 de enero de 2024. Vaquería Tres Monjitas reafirma que mantiene un compromiso firme y sostenido con la calidad de sus productos y procesos. Destaca además, que cumple cabalmente con todas las regulaciones locales y federales, incluyendo el Reglamento 4 de la ORIL, y los requisitos del Pasteurized Milk Ordinance (PMO) que disponen los procedimientos y requisitos de limpieza e higiene de sus camiones termos, la bomba, la manga de conducción de leche y sus accesorios. La planta mantiene registros de los procesos de limpieza, verificaciones de lavados y gráficas de temperaturas y de las labores de limpieza que se realizan diariamente. Estos registros están disponibles para la revisión de la ORIL en cualquier momento”.

La insólita acusación de la ORIL ha generado una atmósfera de indignación y sospecha en amplios sectores de la industria lechera pues, en síntesis, las querellas señalan que en las entregas de leche cruda de varios camiones de dos empresas distintas realizadas durante un mismo día se registró la presencia de los mismos elementos contaminantes: larvas, cáscaras, pelos y otros residuos que no son mencionados en el documento.

Determinados ganaderos que han solicitado permanecer en el anonimato argumentaron que la querella radicada por el licenciado Hill Tollinche carece de pruebas que justifiquen señalar a los ganaderos acusados y a las plantas procesadoras como responsables de la supuesta aparición en un filtro de Indulac de elementos contaminantes.

Incluso, estos ganaderos sostienen que la planta Indulac debió figurar como parte de los señalados en las querellas, pues los presuntos elementos contaminantes fueron encontrados en un filtro que es manejado exclusivamente por los empleados de la planta de balance.

El expresidente del sector de leche de la Asociación de Agricultores, Luis “Tata” Cordero, sostuvo que se propone reunir a todos los ganaderos involucrados en las acusaciones de la ORIL “para pedir explicaciones por esa forma de tratar esta situación de acusar y amenazar sin tener ninguna evidencia. El problema es que se puede ir público sin pensar en el daño que puede causar”. Las expresiones de Cordero fueron publicadas por él en las redes sociales.

De hecho, las acusaciones contenidas en las querellas son más intrigantes debido a que la planta Indulac no había registrado antes del 5 de enero la presencia de elementos contaminantes en la leche entregada por los camiones de las plantas procesadoras.

El gerente general de Indulac, Francisco Orama, le confirmó a SN que no recuerda que se haya registrado un evento similar antes del 5 de enero del 2024.

Orama también señaló que Indulac coloca un nuevo filtro en el conducto de vaciado cada vez que un camión de las plantas procesadoras entrega leche en Indulac.

“Es procedimiento estándar que una vez el departamento de calidad (de Indulac) da el visto bueno de que se puede descargar el camión, se le coloca el filtro a la salida del camión. Un filtro por camión. No se puede reusar (el filtro)”, sostuvo el ejecutivo en una declaración a SN que fue enviada mediante mensaje de texto.

Orama también explicó que Indulac envía a la ORIL un reporte diario sobre el estado de los filtros. “Es procedimiento diario enviar un reporte del estado de los filtros por camión recibido. Se envían todos todos los días”, dijo el ejecutivo en un mensaje de texto.

SN le cuestionó a Orama “cómo es posible que dos camiones de dos empresas distintas se les señale por el hallazgo de larvas, cáscaras y pelos en la leche el mismo día. Francamente, esto levanta interrogantes”. En respuesta Orama señaló: “habría que ver qué metodología o data usó la ORIL para las conclusiones que llegó. Yo desconozco totalmente”.

-“De la querella se desprende que personal de Indulac alertó a la ORIL sobre que en el conducto de vaciado se detectó la presencia de larvas, cáscaras y pelos en la leche. Fue gente de Indulac la que inició este asunto”, indicó SN al ejecutivo.

– “Como le expliqué ayer, es un informe diario y rutinario que se prepara por personal de Calidad de Indulac. Ese día debieron haber filtros fuera de lo normal o en ese estado y de ahí es que ORIL procede”, respondió Orama.

El ejecutivo confirmó que Indulac procesó la leche en que aparecieron los elementos contaminantes, la cual fue envasa como leche UHT, que es el principal producto que elabora esa planta procesadora, y, además, se elaboró queso.

Ayer trascendió en las redes sociales que Julio Meléndez Morales, quien es uno de los directivos de Indulac y es, además, director ejecutivo de la Cooperativa Productores Leche Puerto Rico (Coople), advirtió al sector ganadero que la cooperativa estaría atendiendo el asunto según los remedios reglamentarios. Coople es la entidad propietaria de Indulac.

“Todo aquel ganadero que haya recibido una notificación de la ORIL por un incidente relacionado a la fecha del 5 de enero de 2024 se está trabajando para atender el asunto de manera eficaz dentro de los remedios que ofrece el reglamento. De tener alguna duda, favor de comunicarse con este servidor”, anunció Meléndez Morales en las redes sociales.

SN le envió un mensaje al ejecutivo de Coople para conocer qué acciones se proponía realizar Coople con las querellas emitidas por la ORIL.- “Le pregunto qué se proponen hacer en Coopple con esa querella. Llama la atención que varios camiones de dos empresas distintas se les señale por el hallazgo de larvas y pelos en la leche el mismo día”, cuestionó SN. Meléndez Morales no respondió.

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Cámara de Comercio promueve café boricua en Washington

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Con nuevo presidente y una agenda comprometida en los temas de agroindustria en la isla, la Cámara de Comercio de Puerto Rico, presentó al Sr. Juan Arzuaga, como presidente de la Comisión de Agroindustria. 

Como parte de sus primeros pasos, el Sr. Arzuaga, viajó a Washington DC esta semana para dialogar con varios congresistas sobre la medida H.R. 965, presentada por la representante Jill Tokuda de Hawaii en conjunto con la Comisionada Jenniffer González-Colón y los congresistas Case y Graves. 

Esta medida persigue proporcionar subvenciones de investigación y extensión para combatir plagas de plantas y malezas nocivas que afectan las plantas de café, y para otros fines.

En general, se podrán conceder subvenciones para investigación y extensión conforme a esta sección; a los efectos, de desarrollar y difundir herramientas y tratamientos, con base científica, para combatir las plagas de las plantas y las malezas nocivas que afectan los cafetales.

La medida legislativa de la Cámara Baja, además, busca establecer un programa de manejo integrado de plagas en áreas afectadas o en riesgo de ser afectadas por plagas de plantas o malezas nocivas que impactan los cafetos; encuestar y recopilar datos sobre la producción y la salud de las plantas de café.

“Es de suma importancia que continuemos teniendo presencia en estos asuntos, tanto a nivel Federal como Estatal, para el bienestar de nuestra industria. Como parte de nuestro plan anual estaremos concretando reuniones para dialogar con varias industrias locales en pro de continuar reclutando y ampliando nuestra matrícula; para así, poder crear un frente unido a favor de todos los agricultores”, comentó Juan Arzuaga, presidente de la Comisión de Agroindustria de la Cámara de Comercio de Puerto Rico, quién cuenta con más de 10 años de experiencia trabajando en la Legislatura de Puerto Rico y ocupa el puesto de Gerente General de Puerto Rico Coffee House.

A su vez, dicho proyecto proporcionará subvención para investigar la biología, inmunología, ecología, genómica y bioinformática de las plantas de café; y realizar investigaciones sobre los factores que pueden contribuir o estar asociados con el café.

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Alcaldesa de Salinas denuncia obras ilegales en finca vinculada al secretario de Agricultura

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Por Miguel Díaz Román

El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) refirió a su Cuerpo de Vigilantes, que es la policía ambiental del gobierno, una denuncia realizada por la alcaldesa de Salinas, Karilyn Bonilla Colón, sobre la incidencia de un movimiento ilegal de terrenos en una finca que pertenece a una empresa en la que el secretario de Agricultura, Ramón González Beiró, es accionista y su hijo es vicepresidente.

 La finca donde se ha movido terreno de manera ilegal, según la denuncia realizada por la alcaldesa Bonilla Colón, pertenece a la empresa Agriart LLC, la cual es presidida por el acaudalado ganadero Mike McCloskey, mientras que González Beiró es accionista y su hijo, Ramón González Bernnazar, es el vicepresidente.

Agriart LLC alquiló la citada finca a la empresa Clean Flexible Energy, cual pertenece a la cogeneradora AES ubicada en Guayama. En el citado predio Clean Flexible Energy se propone construir un inmenso parque de paneles fotovoltaicos.

Bonilla Colón presentó la denuncia en el DRNA el miércoles 31de enero, luego de que fue informada sobre que maquinara pesada se encontraba en la finca removiendo porciones significativas de la corteza terrestre.

La abogada comunitaria y ambiental Ruth Santiago confirmó que le envió un correo electrónico a la alcaldesa Bonilla Colón tras confirmar el movimiento de terreno en la finca donde Clean Flexible Energy planifica construir el parque de paneles fotovoltaicos.

“Si, le enviamos un correo electrónico sobre el movimiento de terreno y la oficina de la alcaldesa le sometió la información al DRNA. Entendemos que son los terrenos donde AES y Clean Flexible Energy proponen el proyecto de 276,000 placas en suelo rústico especialmente protegido agrícola”, sostuvo Santiago.

En unas declaraciones escritas la alcaldesa sostuvo: “Referimos para investigación un caso de movimiento de terreno sin los permisos requeridos, en la finca donde la empresa AES propone instalar un parque solar. Según el portal de permisos, el proponente radicó una consulta de ubicación, que aún es evaluada por las agencias. Es importante señalar que nuestro municipio de Salinas no endosa dicho proyecto, por la calificación y zonificación del suelo”.

El parque de paneles fotovoltaicos propuesto en Salinas por Clean Flexible Energy es investigado por la Oficina de Ética Gubernamental debido a que el Departamento de Agricultura (DA) endosó el proyecto a pesar de que los terrenos que pertenecen a Agriart LLC son parte de una reserva agrícola. La reglamentación vigente solo avala usos estrictamente agrícolas en las reservas agrícolas.

El endoso del DA fue efectuado por un denominado Comité de Energía creado por González Beiró y cuyos miembros son subalternos del funcionario. No está claro si todos los miembros del Comité de Energía conocían la relación del secretario con la finca donde se propone construir el parque de paneles fotovoltaicos.

 Además, Bonilla Colón refirió al DRNA un segundo caso de un alegado corte de árboles sin la autorización debida. Los cortes ilegales habrán ocurrido en una finca adyacente al Paseo Ladi en Salinas. La alcaldesa sostuvo que recientemente el DRNA revocó el permiso de corte de árboles y emitió una orden de paralización en esa finca.

“Nuestro llamado a la agencia es a que proceda cuanto antes, y se realicen las investigaciones correspondientes. Sepa toda la ciudadanía que estaremos vigilantes para que se cumpla con las leyes y reglamentos vigentes”, indicó Bonilla Colón.

El portavoz para la prensa del DRNA, Joel Seijo, confirmó que la denuncia efectuada por la alcaldesa de Salinas fue referida al Cuerpo de Vigilantes para investigación.

Una fuente de SN reveló que los trabajos de movimiento de terrenos en la finca que pertenecen a Agriart LLC, se realizaban en la tarde, luego de cumplido la jornada laboral en el gobierno.

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Informe Semanal-2 de Febrero de 2024

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Esta semana en Informe Semanal conversamos con Manuel Martin, ejecutivo de Mapfre, sobre el seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal, conocido como SINOT y los beneficios que ofrece.Tambien hablamos con el ex secretario de Agricultura, Carlos Flores Ortega, sobre la importación de 150 toros por el Departamento de Agricultura a un costo de $1.5 millón mientras la UPR en Mayaguez produce el ganado Cenepol, geneticamente mejorado, y lo vende a bajo costo: $1,500 por animal. El costo de la ganado importado ascendió hasta $15,000 por animal.

También conversaremos sobre la investigación que realiza la Oficina de Ética Gubernamental relacionada con una declaración jurada que acusa al secretario de Agricultura, Además, Ramón González Beiró, de intervenir en la venta de un terreno. También hablamos sobre la importación de leche que se realizara a mediados de año, como resultado los problemas que enfrenta la industria lechera.

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