Por Enrique Vázquez Quintana, MD
“There is no crueler tyranny than that which is exerted under the shadow of law and
within the color of justice”.
Baron Montesquieu
El 20 de junio de 2000 operé a una paciente que tenía un nódulo en el lóbulo izquierdo del tiroides y el calcio de la sangre elevado (hiperparatiroidismo). Como secuela de la operación resultó con el calcio bajo, una complicación inherente a ese tipo de operación ocurre en 3-5% de los casos y no tiene que ver con la experiencia del cirujano.
Para ese tiempo yo había operado a más de 10,000 pacientes de tiroides y más de 750 de paratiroides. La paciente tenía depresión antes de la cirugía y se trataba con un psiquiatra. Depresión es uno de los primeros síntomas de la enfermedad de Alzheimer.
El esposo y la paciente me demandaron en el 2001 por el calcio bajo. El caso tardó diez años antes de llegar al Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan. Pasaron seis jueces y no se resolvió el caso. El caso llegó al TPI de San Juan en el 2011 y se decidió en el TPI el 28 de octubre de 2011.
El esposo de la paciente testificó que su esposa estaba olvidadiza, que iba a quemar la casa, que maltrataba a los nietos cuando los visitaban, que no podía asistir a la iglesia pues olvidaba los himnos, que no podían ir a bailar o al casino, que la intimidad sexual era menos de una vez al mes, que la llevó al CDT de Levittown y le dijeron que padecía de Alzheimer y la comenzaron en Aricept y Namenda, medicamentos que se usan exclusivamente para tratar la enfermedad de Alzheimer.
Un perito norteamericano, otorrinolaringólogo testificó que el calcio bajo que resultó de mi operación le causó demencia a la paciente. Mi abogado le preguntó si tenía evidencia científica para respaldar su testimonio y respondió que no la tenía. No la tenía, pues no existe esa evidencia en la literatura médica.
Mí perito un endocrinólogo graduado de la Escuela de Medicina UPR y adiestrado en Yale y con fondos de NIH testificó que una baja abrupta de calcio puede causar desorientación o pérdida de memoria transitoria, se le administra calcio y Vitamina D y los síntomas se corrigen y no dan lugar a demencia alguna.
Esa es la realidad científica. El caso se decidió el 28 de octubre de 2011. La jueza del TPI me puso una multa de $280,000 a pagar al matrimonio y $284,000 por temeridad porque el caso tardó diez años desde la demanda hasta llegar al TPI, la ineficiencia del sistema me las cargó a mí. Durante el juicio el abogado demandante me preguntó si yo había demandado a una abogada.
Esa pregunta no era pertinente al caso, mi abogado no objetó por lo que contesté que había demandado a una abogada que colocó una demanda frívola en mi contra. Le gané la demanda, el tribunal dictaminó que me debía compensar por la cantidad de $184,000 por daños económicos y morales. Eso creó animosidad de la Juez Gloria M. Soto Burgos hacia mí persona.
A la licenciada la suspendieron por tiempo indefinido de su práctica legal. Acudí al Tribunal Apelativo y en un documento plagado de errores; donde debía decir hipocalcemia (calcio bajo) dice hipercalcemia (calcio alto), al leer esa oración no se comprende su significado. Hasta el nombre de la paciente fue cambiado, en lugar de Isabel Montañez Ortiz escribieron Isabel Montañez Quintana, creando un híbrido o una quimera entre la paciente y su cirujano.
Ese tribunal ratificó al TPI y me impuso una multa de $6,000 alegando que la apelación era frívola. Esa sentencia fue radicada el 28 de septiembre de 2012. Acudí al Tribunal Supremo y en votación de 5 -4 los jueces del Tribunal Supremo sentenciaron que le causé demencia a la paciente, pero no era Alzheimer.
Ese es un grado de sofisticación extraordinario pues ni los neurólogos poseen ese grado de experiencia. Votaron en mi contra la presidenta Liana Fiol Matta, Mayte Oronoz Rodríguez, Anabelle Rodríguez Rodríguez, Erick Kolthoff Caraballo y Roberto Feliberti Cintrón. Otros cuatro jueces disintieron, pero no escribieron su opinión.
Ante ese atropello me deprimí, necesité antidepresivos y fui admitido en el hospital psiquiátrico Panamericano de Cidra, PR. En febrero de 2016. No conseguí un abogado que me representara por lo que por derecho propio demandé a siete jueces del sistema judicial local y al perito norteamericano en la Corte Federal de San Juan. El Juez Jay García Gregory desestimó el caso con perjuicio a favor del perito norteamericano, acudí al Tribunal Apelativo de Boston y éste nos envió a llegar a una transacción.
Acudimos al Edifico Ochoa ante el Juez Charles Cordero y el norteamericano tuvo que aceptar indemnizarme por una cantidad confidencial pero inferior a los $170,000 que tuve que pagarle a Triple-S Seguros por el exceso de mi póliza. Luego el Juez García Gregory desestimó el caso a favor de un juez del apelativo local y luego desestimó el caso a favor de los otros seis jueces.
Apelé al Tribunal Apelativo de Boston y luego de un largo tiempo, ese tribunal con una sola palabra “Affirmed”, ratificó las decisiones del juez García Gregory. Acudí entonces al Tribunal Supremo Federal, le asignaron número al caso, pero luego me indicaron que lo rechazaban. Sometí una “Petition of Rehearing” pero el 21 de agosto de 2022 el legal Clerk me informó que rechazaron ver el caso.
Solo me resta el Tribunal Celestial para que se me haga justicia, pero aun esa fecha no ha sido decidida. La abogada se negó a pagar la multa y fue restituida mintiéndole al Tribunal Supremo. Su restitución es una charada. Le reclamé por carta sobre esa irregularidad a la jueza presidenta Maite Oronoz, pero como a los jueces no se le puede escribir un ayudante me comunicó que la restitución de la Lcda. Gladys E. Guemarez Santiago era final y firme.
Podemos pensar que si ese es el tipo de abogada que la Administración de la Hon. Juez Oronoz permite que practique en nuestro país, Puerto Rico no tiene remedio desde el aspecto judicial, está destinado al fracaso.
La decisión del Tribunal Supremo que concluye que este servidor le causó demencia a una paciente es una Sentencia Maquiavélica ya que no acumula jurisprudencia, no es una opinión. Está hecha exclusivamente para mí, yo soy el único cirujano en el planeta que causa demencia en operaciones. Eso es una aberración judicial, equivalente a prevaricación en el sistema legal napoleónico. Eso es un fracaso de la justicia.
El Tribunal Supremo convirtió una mentira científica a una verdad jurídica por medio de una aberración judicial. La madre de la juez Anabelle Rodríguez Rodríguez falleció en el 2012, a la edad 84 de la enfermedad de Alzheimer.
En un cuerpo colegiado la Jueza Rodríguez Rodríguez estaba moral, ética y legalmente obligada a orientar a los otros miembros del Tribunal sobre esa enfermedad. Hizo todo lo contrario emitió su voto en mi contra sentenciando que este servidor le causó demencia a una paciente.
Existe una relación genética o hereditaria que se está investigando en el presente. Los tres tribunales de justicia de Puerto Rico se ensañaron en mi contra imponiéndome castigos extraordinarios que violan el Artículo 8 de la Constitución norteamericana. El Tribunal Supremo me ha convertido en el hazmerreír de la profesión médica y de todo Puerto Rico.
Durante mi vida profesional operé a abogados, jueces, juezas, esposa de jueces, esposas de abogados nunca rechacé tratar médicamente a esos profesionales. Pero hoy un abogado, Luis F. Abreu Elías a quien operé varios años atrás me envió un mensaje electrónico en el que me dice: “Engancha los guantes ya con lo del Alzheimer, lograste un milagro, causaste un Alzheimer, imposible. Solo Dios tiene ese poder. Adiós, Dios Vázquez Quintana, o hasta luego”.
En el plano personal: mi primera esposa y madre de seis hijos falleció de Alzheimer tras once años de enfermedad. Mi segunda esposa padece de los primeros síntomas de la enfermedad de Alzheimer y en su locura me dice que yo le produje el Alzheimer.
Encima de esa tragedia familiar, el Tribunal Supremo me estruja en la cabeza que yo le causé una demencia a una de mis pacientes. MAKTUB, es una palabra árabe que significa, Escrito Está. Cualquiera que fuera mi esposa ella padecería de Alzheimer, pero la alevosía del Tribunal Supremo no puedo comprenderla, ni siquiera la sospeché.
Todavía me pregunto, ¿Cuál fue el daño que le causé a la judicatura del país, para merecer este castigo? La que puedo pensar es que los abogados ni los jueces pueden concebir que un médico prevalezca en una demanda en contra de una abogada o abogado. Les pregunto a los honorables jueces, ¿Cuántos médicos le han ganado una demanda a un abogado o abogada?
Creo que he sido el único y lo he pagado con creces. En el No Ha Lugar del Tribunal Supremo del 12 de marzo de 2024 se menciona solo cuatro jueces y una, la Hon. jueza Pabón Charneco, no participó, siendo consistente en su evaluación ya que disintió en el 2015.
Este documento confirma el comportamiento de cofradía de la judicatura del país. Votaron a favor del No Ha Lugar la juez presidenta Maite Oronoz, consistente con su votación del 2015 que le causé demencia a una paciente. Sin embargo, el Hon. Luis Estrella Martínez disintió en el 2015 y ahora rehúsa ver el caso y corregir un error garrafal de sus colegas.
Igualmente, el Hon. Juez Rivera García disintió en el 2015 y al presente rehúsa corregir el error de sus colegas. En el No Ha Lugar a la Primera moción de Reconsideración votaron otros cuatro jueces. Preside el grupo el juez Martínez Torres quien disintió en la sentencia de diciembre de 2015. Los jueces Kolthoff Caraballo y Feliberti Cintrón son consistente en su votación para continuar atropellándome.
El Juez Colón Pérez no estaba en el Tribunal Supremo en el 2015, pero ahora se une como otro sabio en la medicina. La discrepancia en las decisiones de los jueces confirma la cofradía de estos. Los jueces del Tribunal Supremo se turnan en sus decisiones para continuar el atropello y humillación en mi contra.
Los jueces del Tribunal Supremo continúan abusando de su poder en contra de un ciudadano que le ha servido bien a su pueblo. Pasé 40 años de mi vida en la Escuela de Medicina de la UPR educando a estudiantes de medicina y cirujanos generales. Serví en el ejército incluyendo una estadía en la República de Vietnam donde adquirí unas cuantas enfermedades por exposición al Agente Naranja.
Algunos de ustedes patriotas, no fueron ni cobitos. Entiendo que ustedes están padeciendo del síndrome de hubris, un trastorno psiquiátrico caracterizado por arrogancia, soberbia y prepotencia. Pero esa enfermedad se cura a edad 70, a su retiro, hasta dejan de ser honorables. Pretenden por casos estatutarios decir que tienen inmunidad, impunidad e infalibilidad. La constitución dice que todos somos iguales ante la ley, menos los jueces.
La Asociación de la Judicatura Puertorriqueña tiene unos reglamentos secretos, su presidente se dedica a defender a los jueces en los programas radiales y televisivos. El exjuez Antonio S. Negrón García indicó en una ocasión en el caso Feliciano Rosado v Matos Jr : “Se descarta la inmunidad absoluta y se establece la inmunidad parcial, nadie, ni los jueces están por encima del imperio de la ley”.
Pero lo más terrible es que los abogados le tienen terror a los jueces. El Papa Francisco decretó que durante el mes de mayo de 2013 se rezase para—“Quienes administren la justicia actúen siempre con integridad y recta conciencia”. El dedicar un mes para rezar por la integridad moral y la recta conciencia de los jueces no puede pasar desapercibido, particularmente porque esas intenciones no se refieren a la función de otros servidores del estado.
Ya el profesor Erwin Chemerinsky había acuñado el término “Juridocrasia”, sinónimo de “cofradía”. Con un escueto No Ha Lugar el Tribunal Supremo se niega a corregir su error. Las sentencias del Tribunal Supremo de Puerto Rico no están escritas en piedra. El Tribunal Supremo Federal ha anulado 241 decisiones del propio tribunal desde el 1837 hasta el 2020. El último fue Roe v Wade.
En la Corte Federal de San Juan hay historial de revocación de sentencias. En 1969 los estudiantes del Recinto de Río Piedras protestaron en contra del ROTC y el servicio militar obligatorio. El Estudiante Edwin Feliciano Grafals fue acusado por rehusar inscribirse en el servicio militar y fue llevado ante el Juez Hiram R. Cancio Vilella quien le impuso una sentencia de un año en prisión.
Los abogados del estudiante Feliciano Grafals apelaron al Primer Circuito de Boston. El Juez Cancio Vilella solicitó autorización para reconsiderar su propia sentencia. El Juez Cancio Anuló su sentencia, le impuso una hora de cárcel y cerró el caso. El juez Cancio tuvo la valentía para revocar su propia decisión que no contenía error alguno de su parte. Una actuación similar de parte de esta Corte Suprema sería más que honorable.
Este Tribunal Supremo le impuso una sentencia equivocada sobre los hombros a este servidor que solo siguió la mejor práctica de la medicina. Esa sentencia es contraria a los conocimientos científicos actuales. La revocación de esa sentencia ante la ciudadanía proveería un aumento en la admiración y respeto para nuestro más alto tribunal.
Cuando esta historia concluya tendré que decir como dijo el criminal Cool Hand Luke en la película al guardia antes de su ejecución—“Lo que aquí hemos tenido es una falta de comunicación”. Eso es así pues lo que me hizo el Tribunal Supremo fue una ejecución, no física pero moral, emocional y económica.
La sentencia del Tribunal Supremo en mi contra pertenece a un Lugar de la Fama de la Injusticia. Cuando la ley falla, todos perdemos. La Junta de Licenciatura y Disciplinas Médicas es el experto en medicina, es la rama del Ejecutivo, del secretario de Salud que le otorga la licencia a los médicos, evalúa su comportamiento, los multa o los remueve de la práctica de la medicina.
La Junta de Licenciatura y Disciplinas Médicas evaluó mi actuación y emitió una Resolución, número 2023-70, en abril de 2023 en la que me exonera de toda culpa en el manejo de la paciente en cuestión.
Pero ustedes honorables jueces pretenden saber más medicina que los médicos, pero lo increíble es que no conocen nada de la medicina. Según ustedes claman deferencia en el asunto del aumento de sueldo a la judicatura, la rama Ejecutiva merece la misma deferencia de parte de los honorables jueces del sistema judicial del país.
La Doctrina Chevron (Caso Chevron v Natural Resources Defense Council 467 US 837, 1984) los tribunales de justicia les otorgan una gran deferencia a las autoridades del ejecutivo como EPA, OSHA, CDC y otras para regular y aplicar las medidas sobre ambiente, seguridad en el lugar de empleo, salud y otras. La JLDM evaluó mi caso como por ley se requiere y concluyó que este servidor actuó correctamente conforme a los estándares médicos y éticos aplicables. La actuación del Tribunal Supremo no tiene sentido.
Esta negativa por parte de los tribunales a considerar la evidencia presentada, en favor de mantener una sentencia que contradice la práctica médica establecida, constituye una violación del derecho a un juicio justo y equitativo. Además, al desestimar la importancia de la documentación proporcionada por la Junta de Licenciatura y Disciplinas Médicas, se está ignorando el derecho a la igualdad ante la ley y no discriminación, mi derecho al debido proceso de ley, la protección de mi reputación y dignidad profesional, ya que se trata de una entidad equivalente al Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo incurrió en el delito de prevaricación. Prevaricación ocurre cuando un tribunal dicta una sentencia o resolución a sabiendas de que dicha sentencia es injusta o contraria a la ley. Esa decisión equivale al incumplimiento de la ley y es una expresión de abuso de poder por parte de la autoridad judicial.
En PR no existe el delito de prevaricación, pero existe perjurio, abuso de poder y el Artículo 1802. Estoy en una situación de indefensión y humillación ante esa sentencia de nuestro Tribunal Supremo. Solicito que el Honorable Tribunal Supremo anule mi sentencia del 18 de diciembre de 2015 por ser una aberración judicial, un abuso de poder y un fracaso de la justicia.