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Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones rechaza depreciación de piezas avalada por CSM

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Por Miguel Díaz Román

El Tribunal de Apelaciones confirmó una determinación del Tribunal de Primera Instancia de San Juan que rechazó la argumentación realizada por la Cooperativa de Seguros Múltiples (CSM) que intentaba justificar su práctica de aplicar depreciación a las piezas de a ser reemplazadas durante las reparaciones de vehículos accidentados, según informó el bufete 1-800-LAW FIRM en un comunicado de prensa.

El comunicado de prensa sostiene que la decisión del Tribunal de Apelaciones es “histórica” y, además, planteó que allana el camino para una acción legal y demanda de clase en el pleito incoado contra cuatro aseguradoras. Estas aseguradoras son la CSM, Mapfre, Triple S y Universal Insurance.

El bufete 1-800-LAW FIRM también sostuvo que el examen judicial de la controversia realizado por el Tribunal de Apelaciones no encontró fundamento legal para justificar las defensas presentadas por la CSM, las cuales que se apoyaba en afirmaciones de que su política de depreciación estaba autorizada por la Oficina del Comisionado de Seguros y que los asegurados renunciaron a sus derechos al aceptar el pago.

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Además, según planteó el bufete 1-800-LAW FIRM, el Tribunal de Apelaciones señaló que el Tribunal de Primera Instancia colocó correctamente sobre la CSM el peso de demostrar la legalidad de estas prácticas.

Fallo con implicaciones

El bufete sostuvo que el fallo judicial podría tener implicaciones de gran alcance para miles de asegurados que pueden haber sido perjudicados por la misma práctica.

En una resolución emitida el pasado 30 de abril, la jueza Iris Cancio González, del Tribunal de Primera Instancia de San, denegó un petición de la CSM para que se dictara una sentencia sumaria a su favor y en cambio instruyó a la aseguradora a demostrar la legalidad de la aplicación de un descuento por depreciación en una reclamación de pérdida parcial, la razonabilidad del método utilizado para calcular la depreciación, y la base fáctica para aplicar dicho descuento.

Insatisfechos con el fallo judicial, la CSM acudió al Tribunal Apelativo en busca de una revisión, la cual fue denegada de manera tajante el pasado 20 de noviembre.

“Denegamos la expedición del auto solicitado. Un examen del expediente del asunto ante nuestra consideración no refleja la existencia de prejuicio, parcialidad o error craso y manifiesto en la actuación del TPI. Tampoco consideramos que mantener la determinación de dicho foro represente un fracaso de la justicia”, sostuvo el Tribunal Apelativo.

La determinación de la jueza surgió en una demanda radicada por la ciudadana Lynette Rodríguez Flores contra la CSM por el alegado uso no autorizado de la depreciación para reducir el monto a pagar por una reclamación.

La jueza Cancio González también advirtió a la parte demandante para “avalarse de los mecanismos de descubrimiento de prueba para obtener aquella evidencia necesaria para poner al Tribunal en condiciones de evaluar si se cumplen los requisitos de la Regla 20.1 para certificar un pleito como uno de clase”.

Póliza no contempla depreciación

Según los hechos planteados en el Tribunal de Primera Instancia, el vehículo de la demandante, que estaba asegurado por su póliza de la CSM, resultó averiado en un accidente en octubre de 2020, tras lo cual la aseguradora estimó los costos de reparación en $4,544.07.

Depreciación de 20 %

Pero del desglose de pagos presentado por la ajustadora de CSM, Ana Bauzá Rosas, surge que al costo neto de piezas necesarias para reparar el vehículo se le aplicó un “descuento” de 25%, una depreciación por 30%, y el deducible de $250, establecido en la póliza, lo redujo el monto a pagar por la reclamación a $3,859.15.

Luego, el esposo de Rodríguez Flores, el señor Richard Dunnam, cuestionó el uso de la depreciación y adujo que era incorrecto. Como resultado de esa queja la CSM determinó que la depreciación aplicable era de 20 % y no 30 %. Finalmente, al aplicar la depreciación de un 20% la CSM restó $681.61 y determinó que el pago neto debía ascender a $4,199.96.

No obstante, en la póliza emitida a favor de la demandante por la CSM no se establece que se aplicará una depreciación por el costo de las piezas para reparar el vehículo en caso de un accidente y mucho menos indica cómo se calculará esa depreciación.

Duro golpe para la CSM

“Por más de una década, la práctica de CSM de automáticamente aplicar una depreciación en las piezas de reemplazo ha resultado en reducciones de millones de dólares en los pagos a los asegurados . Estas deducciones han obligado a los consumidores a cubrir gastos que su seguro estaba destinado a proteger, socavando el mismo propósito de los contratos de seguro”, destacó el licenciado Francisco Colón Ramírez, abogado del bufete 1-800-LAW FIRM en representación de los consumidores demandantes.

Colón Ramírez explicó que tales prácticas no se ajustan a las prácticas de la industria de seguros en los Estados Unidos, pero los asegurados puertorriqueños han sufrido estas políticas injustificadamente.

De acuerdo con las declaraciones del bufete, las implicaciones de este fallo judicial son profundas debido a que una posible determinación del Tribunal de Primera Instancia a favor de que el pleito sea certificado como una acción de clase, abriría el camino para que miles de asegurados afectados reivindiquen sus derechos.

La CSM ha planteado que el caso podría tener un efecto adverso en sus finanzas y, entre sus argumentos, ha sostenido que el Tribunal debería desestimar el caso porque responsabilizar a la aseguradora podría hacer colapsar su estabilidad financiera.

“Los tribunales existen para hacer justicia, no para proteger a entidades de las consecuencias de su propia conducta ilícita y nosotros apoyamos a los asegurados que han sido impactados por esta práctica. La batalla está lejos de terminar, pero esta decisión nos acerca más a nuestra meta de terminar con esta práctica injustificada” concluyó diciendo el abogado Colón Ramírez.

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