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Tribunal Apelativo abre el telón para pleitos contra la ORIL por daños económicos

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Por Miguel Díaz Román

El Tribunal de Apelaciones de San Juan rechazó tajantemente revisar su decisión de anular una sanción impuesta por la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL) contra un ganadero penalizado por entregar leche con altos contajes de bacterias y a quien se le obligó a pagar por la totalidad de un tanque del producto que fue decomisado, sin que existiera reglamentación vigente que autorice ese tipo de castigo.

La determinación del Tribunal de Apelaciones podría abrir el telón para que decenas de ganaderos demanden al gobierno en busca de una compensación por daños económicos, debido a que la ORIL también los obligó a pagar miles de dólares por la leche decomisada que contenía los tanques de recogido, luego de que se determinara que sus entregas registraban altos contajes de bacterias.

“Se declara no ha lugar la reconsideración interpuesta”, sostuvo la escueta sentencia de una página emitida el pasado 7 de agosto de 2024, la cual fue avalada por un panel integrado por cuatro jueces. El panel fue presidido por la jueza Laura Ortiz Flores.

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En su sentencia el Tribunal de Apelaciones concluyó que “no nos persuaden” los argumentos de la ORIL para lograr la revocación de la sentencia que ese tribunal emitió el pasado 19 de julio de 2024.

En esa sentencia el Tribunal dejó sin efecto un dictamen de la agencia reguladora imponiendo el pago de $16,770.40 al ganadero Jesús R. Díaz González por, alegadamente, causar la contaminación por bacterias de 16,968 cuartillos de leche almacenada en un tanque de un camión de recogida del producto de la Vaquería Tres Monjitas, Inc.

La sentencia del Tribunal Apelativo representa un fuerte varapalo para la ORIL y su administrador interino, Ramón González Beiró, quien también es el secretario de Agricultura.

Ganadero impugna uso de la analogía

El pasado 7 de junio de 2023 la ORIL impuso la citada sanción contra el ganadero Díaz González, luego de que la leche producida por su vaquería y depositada en un tanque de recogido, registrara presencia de bacterias y células somáticas que excedían los límites bacterianos para la leche cruda establecidos en la reglamentación vigente.

De inmediato, el ganadero Díaz González impugnó la determinación de la ORIL debido a que la reglamentación no contempla la imposición de sanciones económicas cuando la leche depositada en un tanque registra determinado contaje de bacterias. El abogado de Díaz González fue el licenciado Homel Mercado.

La impugnación argumentó que la ORIL actuó incorrectamente al aplicar al ganadero una pena por analogía o utilizando disposiciones de la reglamentación que resultan inaplicables a los hechos. Es decir, la aplicación analógica contempla extender las consecuencias de una acción a unos hechos similares o análogos.

De hecho, el artículo 8 del reglamento 5 de la ORIL dispone claramente que un ganadero vendrá obligado a pagar el costo de disposición y el volumen de la leche decomisada de un tanque por depositar leche cruda contaminada con antibiótico, drogas, inhibidores, adulterantes, crioscopia o por exceder el límite de acidez. 

No obstante, la reglamentación no considera imponer la responsabilidad de pagar el costo de disposición y el volumen de la leche dañada por incumplir el conteo bacteriano.

ORIL con nueva directriz

De hecho, el 11 de agosto de 2021, el agrónomo Milton López, director del Programa de Calidad de la ORIL, distribuyó un correo electrónico entre los productores de leche que estableció como nueva directriz que los ganaderos serán responsables de pagar el valor total de aquella leche decomisada de un tanque si su entrega incumplió con los parámetros de células somáticas y bacterias.

No obstante, en una vista el agrónomo López admitió que la citada notificación no tenía la firma del administrador de la ORIL y que él carece de la autoridad para hacer órdenes administrativas. Además, López también reconoció que el reglamento 5 no contiene disposiciones para el pago de la leche dañada por el incumplimiento con los parámetros de bacterias.

En el recurso de revisión de la sentencia, radicado por la  ORIL el 29 de julio, la entidad reguladora sostuvo que el Tribunal pretende aplicar en el derecho civil y administrativo la prohibición existente para el uso de la analogía en el derecho criminal.  Incluso, la ORIL sostuvo que el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha autorizado el uso de la analogía en la esfera administrativa. 

Regulador reclama deferencia

Además, la ORIL planteó que la orden contra el ganadero Díaz González fue una la orden administrativa emitida por el administrador de la agencia reguladora, la cual “merece deferencia”. También señaló que el recurso del demandante fue “prematuro” y la sentencia emitida por el Apelativo fue “dada sin jurisdicción”. El abogado de la ORIL fue el licenciado Edward Hill Tolinche. 

 La sentencia recurrida emitida por el Tribunal Apelativo el 19 de julio, la cual fue redactada por el juez Waldemar Rivera Torres, revocó el dictamen de la ORIL y dejó sin efecto la sanción impuesta al ganadero Díaz González. La sentencia también concluyó que la ORIL actuó más allá de los márgenes de su autoridad al imponer una sanción utilizando como método de interpretación la analogía.

“Como indicamos, toda sanción o multa tiene que estar expresada en el reglamento. Así las cosas, los errores fueron cometidos. Por último, precisa advertir que lo aquí determinado no es impedimento para que las partes afectadas por la contaminación de la leche, por exceso del conteo bacteriano y su posterior decomiso, pueden procurar algún remedio en los foros correspondientes”, sostuvo la sentencia.

SN ha obtenido información que ya existe un movimiento de productores dirigido a presentar una reclamación judicial que exigirá a la ORIL compensar por los daños económicos causados por la imposición ilegal de sanciones que no estaban sustentadas por la reglamentación.

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