Por Miguel Díaz Román
El gobernador Pedro Pierluisi ha impartido un veto de bolsillo a una controvertible medida que le concedía a la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) el poder de adjudicar de manera sumaria y expedita el pago de facturas a los proveedores de servicios de salud, la cual fue favorecida por el Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, y por el sector de los proveedores de servicios de salud, entre los que figuran los médicos, la industria de hospitales, las farmacias y los laboratorios.
El veto de bolsillo se configura cuando han pasado 30 días desde que la legislatura envió a la Fortaleza una medida aprobada y el gobernador no actúa sobre ella. Además, el veto de bolsillo tiene la característica de que el Primer Ejecutivo no tiene que ofrecer explicaciones sobre por qué no avaló la medida.
No obstante, la Fortaleza informó que el proyecto fue vetado porque el capítulo 30 del Código de Seguros ya tiene un proceso expedito de pagos a las aseguradoras. De hecho, la Fortaleza coincidió con los planteamientos de La Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE), que había hecho sonar las alarmas debido a que el nuevo poder que el PS 1349 concedía a la OCS amenazaba con convertir a la entidad reguladora en juez y parte de las controversias relacionadas con el pago de reclamaciones.
El Proyecto del Senado 1349 fue enviado al gobernador el pasado 31 de julio, lo que implica que el pasado viernes 30 de agosto, se cumplieron los 30 días reglamentarios desde que la Fortaleza recibió la medida. De hecho, entre las medidas convertidas en ley en los pasados días no figura el PS 1349.
La conversión en ley de la medida por el gobernador prometía un enfrentamiento legal con la industria de seguros de salud, que ya había dado señales inequívocas que se impugnarían el estatuto en los tribunales.
La medida fue radicada por el presidente del Senado, José Luis Dalmau, y por el senador Ramón Ruiz Nieves, el 13 de octubre de 2023.
Ayer ni el presidente del Senado ni el presidente del Colegio de Médicos Cirujanos, Carlos Díaz, que había respaldado el PS 1349, no estuvieron disponibles para reaccionar al veto de bolsillo emitido por el gobernador.
La directora ejecutiva de ACODESE, licenciada Iraelia Pernas, había sostenido que la medida era “peligrosa” debido a que las discrepancias sobre el monto que corresponde pagar por una reclamación es un asunto que siempre se ha dilucidado en los tribunales y no en la OCS, que es el regulador de la industria de seguros.
“Por la diversidad y complejidad de las reclamaciones que pueden envolver estos casos, no se trata de asuntos susceptibles de una adjudicación sumaria. Se trata de controversias que deben juzgarse por un tribunal, no por el regulador de la industria de seguros. De esa manera, se resuelven los casos, salvaguardando el debido proceso de ley de ambas partes”, dijo Pernas.
La medida dispone que la OCS deberá adjudicar una controversia sobre una cuantía de pago a un proveedor por medio de un procedimiento sumario, que es un proceso rápido que debería prescindir de algunas formalidades del juicio ordinario, en aquellas reclamaciones que no hayan logrado superar favorablemente el periodo de reconciliación de diferencias dispuesto en el Código de Seguros.
Además, la medida establece que a las deudas que atienda la OCS a través del proceso expedito se le impondrán intereses legales, los cuales serán determinados por la OCS y pagaderos a favor de los proveedores de servicios de salud. La medida también ordena al Tribunal Apelativo y al Tribunal Supremo resolver en 10 días los recursos de revisión que presente alguna de las partes.
El Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, había avalado la medida porque no existe un proceso expedito para resolver disputas sobre reclamaciones en 30 días en el Código de Seguros. De hecho, la OCS había indicado que la División de Investigaciones de Servicios al Consumidor de la OCS, resolvió en 2022 alrededor 325 investigaciones de pago puntual, las cuales constituyen “una cantidad minúscula de reclamaciones”.
Adams Vega aseguró que la poca cantidad de reclamaciones obedece a que los proveedores tienen temor a represalias y han optado por no impugnar las dilaciones en el proceso de pago puntual. Como resultado de esa conducta “quedan inmersos en un proceso de reconciliación de cuentas”.
Otra medida que sí fue avalada por el Primer Ejecutivo fue el Proyecto de la Cámara 303, que regula la figura de los “terceros administradores” en el Código de Seguros de Puerto Rico. La medida añade el Capítulo 32 al Código de Seguros el cual estará dedicado exclusivamente al asunto de los terceros administradores.
Sobre esta medida ACODESE no respaldó su aprobación porque representaba una duplicidad de funciones y obligaciones que ya se encuentran en el Código de Seguros.