Por Miguel Díaz Román
La medida que propiciaría la negociación colectiva de tarifas entre las aseguradoras y los proveedores de salud, que sin duda es el proyecto legislativo con posibilidades de causar grandes repercusiones en la industria de seguros de salud del país, fue convertido en ley por el gobernador Pedro Pierluisi.
Con la firma del gobernador el Proyecto de la Cámara 1641, que propone posibilitar la negociación colectiva para propiciar un alza en las tarifas de los proveedores de servicios de salud y evitar el éxodo de médicos, ya es la Ley 78 de 2024.
La medida se había quedado estancada en un comité de conferencia en la pasada sesión legislativa, luego de que a última hora se introdujeron enmiendas en el Senado, las cuales no fueron aceptadas por los proponentes de la medida en la Cámara de Representantes.
No obstante, las diferencias fueron superadas y la medida finalmente fue avalada entre marzo y abril por ambos cuerpos. El PC 1641 fue enviado a Fortaleza el pasado 6 de mayo y el gobernador lo convirtió en ley el 16 de mayo.
“Por décadas, las posibilidades de negociaciones entre aseguradores y proveedores han resultado inexistentes e inalcanzables toda vez que éstas últimas han establecido unilateralmente los términos contractuales y las tarifas a pagar a los proveedores, resultando en falta de procesos colaborativos en la relación entre proveedores y aseguradores de planes médicos que experimentamos hoy en la isla” sostuvo el Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega.
El proyecto fue radicado por el presidente de la Cámara de Representantes, Rafael Hernández Montañez, y la representante Sol Higgins Cuadrado, ambos del PPD, y los representantes, Carlos Méndez Núñez y José Hernández Concepción, quienes pertenecen al PNP.
La medida fue patrocinada desde su origen por el presidente del Colegio de Médicos Cirujanos, doctor Carlos Díaz, y por Adams Vega.
Negociación colectiva sería obligatoria
La ley 78 considera a toda la isla como una sola área geográfica, lo que eliminaría las once áreas geográficas reconocidas por la regla 91 de la OCS. La medida dispone que el proceso de negociación colectiva sea obligatorio y además, propone aumentar de un 20% a 40% el número de proveedores que se pueden unir para negociar con las aseguradoras.
La negociación colectiva figura como un mecanismo para que las aseguradoras y los proveedores acuerden el monto de las tarifas desde 2008, cuando se aprobó la ley 203.
El estatuto añadió el capítulo 31 al Código de Seguros, pero se convirtió en uno inoperante a consecuencia de las excesivas disposiciones de la regla 91. Pero la ley 78 enmienda la ley 203 y la regla 91, con el objetivo de convertir la negociación colectiva en un mecanismo viable.
La Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE) ha sostenido que la negociación colectiva podría crear un monopolio en la negociación de tarifas a nivel de toda la Isla, integrado por los proveedores, que aumentará las primas de los seguros de salud privados y los públicos y podría causar un aumento en el número de personas no aseguradas.
Acodese sostuvo que los médicos que no participen de las negociaciones colectivas reclamarán trato igual, según las tarifas acordadas por aquellos grupos que negociaron con las aseguradoras, lo que causaría que las tarifas negociadas quedarían vigentes en toda la isla.