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Piden al Tribunal Supremo que haga respetar las reservas agrícolas y el plan de uso de terrenos

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Las seis organizaciones que han impugnado la determinación del gobierno de ubicar en terrenos agrícolas proyectos solares presentaron ante el Tribunal Supremo un recurso de revisión que busca revertir la decisión del Tribunal de Apelaciones y del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan, quienes han rechazado su reclamo para que sean respetadas las disposiciones que rigen la Reserva Especial Agrícola y el Plan de Uso de Terrenos.

El Tribunal de Apelaciones había confirmado la decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan, que desestimó un recurso de ‘mandamus’ para que el Negociado de Energía hiciera valer las Reserva Especial Agrícola y el Plan de Uso de Terrenos.

El mandamus también tenía como objetivo que se le ordenara al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) cumplir con su deber de asistir al Negociado de Energía en la identificación de los lugares aptos para establecer proyectos de energía renovable.

Sostuvieron que en ambas decisiones judiciales deja a las peticiones radicadas por las seis organizaciones sin un foro competente para ventilar la controversia, ante la realidad de que el Negociado de Energía ha incumplido con su deber.

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Las organizaciones que presentaron el recurso son la Liga de Ciudades PR Inc., la Organización Boricuá de Agricultura Eco Orgánica Inc., el Frente Unido Pro-Defensa del Valle de Lajas, Inc., El Puente de Williamsburg, Inc., el Comité Diálogo Ambiental, Inc. y Sierra Club Puerto Rico.

Las agencias citadas en el caso son el DDEC, el Negociado de Energía, la Oficina de Gerencia y Permisos, la Junta de Planificación, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el secretario de Justicia.

Tanto el Tribunal de Apelaciones como el Tribunal de Primera Instancia reconocen jurisdicción exclusiva al Negociado de Energía y exhortan a las organizaciones a acudir ante el Negociado mediante un proceso administrativo.

No obstante, en un caso anterior, ya las organizaciones habían acudido al Negociado de Energía, quien declaró que carece de jurisdicción sobre la ubicación de los proyectos de energía renovable.

En ese caso anterior, el Tribunal de Apelaciones confirmó que el Negociado no tenía jurisdicción sobre la ubicación de los proyectos.

“La Sentencia remite injusta y arbitrariamente a las comparecientes a un foro que niega tener, y se declara consistentemente sin jurisdicción para considerar y aplicar la Reserva Especial Agrícola y el Plan de Uso de Terrenos. Tiene la consecuencia directa de requerir a las aquí comparecientes que acudan a un proceso administrativo y de revisión judicial que ya se agotó. No es necesario que las comparecientes acudan nuevamente ante el Negociado mediante querella y revisión judicial para que el Negociado considere y aplique la Reserva Especial Agrícola y el Plan de Uso de Terrenos”, lee el recurso radicado.

Las organizaciones señalaron que el Negociado de Energía se propone continuar evaluando proyectos industriales de energía sin identificar los lugares aptos, “tales como sistemas de relleno sanitario no operacionales y aquellos terrenos previamente contaminados”, según dispone la Ley de Política Pública Energética.

Además, sin considerar que la mayoría de esos proyectos industriales se proponen ubicar en Suelos Rústicos Especialmente Protegidos Agrícolas, en la Reserva Especial Agrícola, lo cual es incompatible y perjudicial para el interés público porque atenta contra la seguridad alimentaria.

Por lo anterior, solicitaron al Tribunal Supremo que ordene al DDEC asistir en la identificación de los lugares aptos para viabilizar la integración de energía renovable a la red eléctrica, y a someter sus conclusiones al Negociado, expresamente excluyendo aquellos que se identifican como Suelos Rústicos Especialmente Protegidos Agrícolas.

“Queda claro que las decisiones sobre proyectos industriales de energía que dañan terrenos de alto valor agrícola que impactan, además, zonas pobladas ya por familias, están en manos de una entidad que no ha querido asumir jurisdicción para analizar sus impactos. Este asunto es urgente: el Negociado está por evaluar entre 70 y 80 de estos proyectos, y la mayoría de ellos sin identificar los lugares aptos, sin aplicar el Plan de Uso de Terrenos y sin considerar la Reserva Especial Agrícola de Puerto Rico”, explicó Marissa Reyes Díaz, de la Organización Boricuá de Agricultura Ecológica.

“Es importante destacar que las organizaciones no nos oponemos a la energía renovable, todo lo contrario. Contamos con una larga trayectoria de apoyar la energía solar en techos con almacenamiento y las microrredes que aportan mayor resiliencia a la red. La energía solar en techos permite esa tan necesaria transición a fuentes sostenibles sin poner en peligro nuestra soberanía alimentaria”, concluyó Reyes Díaz.

Hoy en día, el 85% de lo que consumimos en Puerto Rico es importado, y Puerto Rico tiene una de las tasas de inseguridad alimentaria más altas en Estados Unidos. Es por ello que no debemos poner en peligro el escaso suelo agrícola que nos queda y que se debe respetar y hacer valer la Reserva Especial Agrícola de Puerto Rico. Es así que la ley lo requiere”, expresó.

Desde el año 2022, este grupo de organizaciones ha insistido en que las dependencias públicas deben proveer toda la información relacionada con los proyectos industriales de producción de energía solar, que se identifiquen terrenos previamente impactados para ubicarlos y se protejan, excluyendo de los planes de desarrollo, terrenos Suelos Rústicos Especialmente Protegidos Agrícolas en la Reserva Especial Agrícola.

Para ello, han presentado estudios e información técnica y científica de diversos especialistas y han contado con el apoyo legal de Earthjustice.

“Se solicita de este honorable Tribunal que revoque la sentencia (del Apelativo secundando al Tribunal de Primera Instancia) y devuelva el caso ante el TPI para que adjudique el Mandamus en los méritos”, concluye el recurso presentado.

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