Por Miguel Díaz Román
Fuentes de SN indican que el Proyecto de la Cámara 363 será llevado a votación mañana lunes a pesar de que es objetado por las aseguradoras del país, quienes sostienen que la medida se ha basado en premisas falsas y en estadísticas erróneas con el propósito de justificar más beneficios a los afectados por los huracanes Irma y María, los cuales redundarán en una ganancia significativa para los bufetes de abogados que suelen litigar contra las aseguradoras en los tribunales.
La Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico, (Acodese), ha denunciado que el PC 363 , por ejemplo, propone que las aseguradoras paguen los gastos de abogado de los asegurados, lo cual es una iniciativa que causará un alza en los costos de reaseguro y por supuesto, redundará en un aumento en el costo de las primas de los seguros de propiedad.
Un informe interno de la aseguradora Mapfre considera que la medida podría facilitar reclamaciones menos fundamentadas y aumentar el riesgo de la doble compensación y permitiría múltiples causas de acción por el mismo daño.
Otros efectos atribuidos a la medida es la posible exposición financiera de aseguradoras y el enriquecimiento injusto de asegurados demandantes, de sus abogados y de los llamados fondos de inversión que han adquirido la representación legal de numerosos consejos de titulares de condominios.
Una tendencia a preferir los litigios y un alza en los costos y en la duración de estos, es otra de las consecuencias generadas por la medida.
El representante Jorge Navarro Suárez, quien es el presidente de la Comisión de Banca y Seguros de la Cámara de Representantes, dijo que desconocía las medidas que bajaran para consideración del pleno de la Cámara de Representantes mañana lunes.
El legislador también manifestó ignorar lo que «estuviera trabajando la Comisión», en referencia a la Comisión de Banca y Seguros que él preside.
La fuente sostuvo que el PC 363 será «llevado a votación el lunes (mañana 8 de junio de 2026). Resulta sorprendente que se impulse en este momento, aparentemente por razones de corte populista. Tal como señalamos en nuestra comunicación, se trata de una iniciativa innecesaria y con implicaciones negativas».
Informe positivo
A pesar de que el PC 363 recibió un informe positivo el 19 de junio de 2025 de parte de la Comisión de Banca y Seguros, la medida no fue incluida en paquete de proyectos para votación en la etapa final de la primera sesión ordinaria que finalizó el 30 de junio de 2025.
Durante la segunda sesión ordinaria el informe rendido por la Comisión fue retirado del calendario de la Cámara el 28 de agosto de 2025 y la medida fue referida a la Comisión. El 14 de octubre de 2025, tras la inclusión de varias enmiendas, la medida recibió un segundo Informe Positivo pero no fue incluida entre las medidas para votación en el pleno de la Cámara.
No obstante, de acuerdo con la fuente, en la presente sesión legislativa, que es la tercera sesión ordinaria del cuatrienio, la mayoría del Partido Nuevo Progresista bajaría el PC 363 mañana lunes 8 de junio de 2026.
El PC 363 propone enmiendas en la Ley 247 de 2018, que permitió, entre otras disposiciones, a los asegurados demandar civilmente a un asegurador por incurrir en ciertas prácticas desleales descritas en el Código de Seguros. Además, la ley avala, en cumplimiento con determinadas disposiciones, que las aseguradoras paguen los gastos de abogado de los asegurados.
Preocupan los derechos de asegurados
El PC 363 fue radicado por el representante Joe Colón Rodríguez. La Exposición de Motivos de la medida indica que su aprobación es necesaria para aclarar la contradicción que surgió entre la interpretación realizada por el Tribunal Supremo de la ley 247 de 2018 y la intención del legislador cuando fue aprobado ese estatuto.
Según indica la medida, esa aclaración es necesaria para evitar que se «limiten los derechos de los asegurados».
No obstante, la aseguradora Mapfre ha ido más lejos al afirmar que la medida intenta revertir lo que el Tribunal Supremo dispuso en tres pleitos que involucra los consejos titulares de tres condominios. En tales pleitos los consejos de titulares, quienes impugnaron a la aseguradora Mapfre, no se les concedió una partida para compensar por el costo de los honorarios de abogados.
«En dichos litigios, a pesar de estar disponibles los remedios a nuestros asegurados, en estos casos, los asegurados sencillamente no cumplieron con la letra de la Ley 247 a pesar de estar asesorados por sus abogados y, por tanto, no merecieron una partida de honorarios de abogados.No demostraron la violación bajo la Ley 247 y no cumplieron con las notificaciones que con claridad la ley lo disponía», sostuvo la licenciada Hilda Surillo Pena, quien es la vicepresidenta ejecutiva y asesora jurídica de la aseguradora Mapfre, en una comunicación enviada a la Cámara de Representantes el pasado 17 de octubre de 2025.
Los tres casos en los que intervino el Tribunal Supremo son: el Consejo de Titulares del Condominio Balcones de San Juan v. Mapfre; Consejo de Titulares del Condominio Playa Azul II v. Mapfre y Consejo de Titulares del Condominio Kings Court 76 v. Mapfre.
Sin evidencia
Según la licenciada Surillo Pena, la exposición de motivos del PC 363 contiene información incorrecta sobre la gestión de las aseguradoras en el manejo de reclamaciones de los huracanes Irma y María.
La abogada alega que no hay evidencia en que la mayoría de los pleitos obedecen a la temeridad de las aseguradoras y tampoco existe evidencia sobre que las indemnizaciones irrazonables forzaron a los asegurados a radicar pleitos en los tribunales Tampoco existe evidencia que indique que la mayoría de los pleitos se radicaron debido a un retrasó el pago de parte de las aseguradoras.
Aún así la exposición de motivos repite el relato generalizado sobre que las aseguradoras le fallaron a los asegurados. De hecho, la OCS había informado que de un universo de 303,999 reclamaciones se presentaron 3,808 demandas entre 2019 a 2021.
En ese contexto la rama judicial ha informado en 2025 que quedaban 85 demandas activas en los tribunales, lo que representa aproximadamente un 2% de las demandas y un .03% de las reclamaciones.
Incluso, la licenciada Surillo Pena señaló que las 303,999 reclamaciones presentadas tras los huracanes Irma y María, la OCS recibió un total de 1,985 querellas por parte de los asegurados con relación al manejo de sus reclamaciones, una cantidad que «no es representativa de la insatisfacción generalizada de los asegurados».
Forzadas a radicar pleitos
Otra situación que resalta las contradicciones en la exposición de motivos es que menciona la falta de “indemnizaciones razonables”, cuando en realidad lo que se ha registrado son reclamaciones exageradas. Según Mapfre, las aseguradoras han sido forzadas a radicar pleitos judiciales pues las reclamaciones no se podían resolver salvo por una adjudicación judicial.
Entre estas figura el reclamo del Condominio Villas de Hato Tejas v. Mapfre, donde reclamaban $17,186,034.65 y el Tribunal de Primera Instancia (TPI) adjudicó y el Tribunal de Apelaciones (TA) confirmó $869,999.70; Condominio Bahía del Mar v. Mapfre, donde reclamaban $1,804,624.72 y el TPI adjudicó y el TA confirmó $100,430.33; Consejo de Titulares del Condominio Alturas de Caldas vs. Mapfre, donde reclamaban $3,047,699.56 y el TPI adjudicó $493,113.48, entre otros.
Una estadística levantada en la unidad de litigios de Mapfre, según mencionó la licenciada Surillo Pena, concluye que el promedio lo finalmente pagado por sentencia o estipulación representa un 10% a 15% de lo reclamado. «Es por tanto, que las indemnizaciones por cuantía expresadas en las demandas, no son realistas a lo que corresponde en las pérdidas y el pago por indemnización al reclamante», comentó la vicepresidenta de Mapfre.
Cuatro enmiendas
Además, el PC 363 introduce cuatro enmiendas de efecto retroactivo a la ley 247 de 2018, que buscan eliminar la posibilidad de nuevas interpretaciones del Tribunal Supremo afecten «los derechos de los asegurados».
La primera de ellas impone a la aseguradora el pago de honorarios de abogado a favor del asegurado en caso de cualquier adjudicación adversa bajo dicho artículo.La segunda elimina las condiciones previas y de índole jurisdiccional que debe cumplir el asegurado antes de radicar una demanda bajo el Art. 27.164.
La tercera avala que un asegurado obtenga el beneficio de dos remedios bajo el Art. 27.164 junto con cualquier otra causa de acción.
La cuarta enmienda le impone a las aseguradoras, bajo el Art. 27.165, el pago del 33% del monto recuperado, como honorarios o compensación adicional para el asegurado. Esta compensación estará disponible ante cualquier sentencia de un tribunal, foro administrativo, o proceso de mediación.
Efecto nefasto
Acodese sostuvo que el PC 363 favorece intereses económicos ajenos a los asegurados, lo cual es un escenario que ya experimentó el estado de Florida.
«Estas enmiendas propuestas solo beneficiarán a los abogados y, a la larga, el consumidor que terminará perjudicado al enfrentarse a primas más altas o, peor aún, a un escenario de falta de aseguradores y reaseguradores», dijo Iraelia Pernas, quien es la directora ejecutiva de Acodese.
Pernas reveló que las enmiendas que pretende introducir el PC 363 son «una copia exacta» de las secciones 624.155 y 627.428 del Código de Seguros de Florida, que estuvieron vigentes antes de 2019 y que causaron en «efecto nefasto» en la industria de seguros de ese estado.
Sostuvo que, aunque Florida sólo representó el 14.9% de las reclamaciones nacionales de seguros de propiedad en 2022, ese estado concentró el 70.8% de los litigios, generando costos de defensa y litigación de aproximadamente $2.9 mil millones.
«Estos costos finalmente fueron trasladados a los consumidores mediante primas elevadas», sostuvo Pernas.










