Apelativo confirmó One Alliance deberá pagar $2.9 millones a titulares del Ocean Sixteen

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Por Miguel Díaz Román

La aseguradora One Alliance Insurance deberá pagar $2,951,820.23 millones a favor del consejo de titulares del condominio Ocean Sixteen, ubicado en Río Grande, luego de que el Tribunal de Apelaciones confirmó el dictamen emitido por el Tribunal de Primera Instancia de Fajardo (TPI) el 16 de junio de 2025.

Además, el Tribunal de Apelaciones avaló la determinación del TPI que le impuso a One Alliance la obligación de pagar $15,000 por concepto de honorarios de abogado a favor de la representación legal del consejo de titulares del condominio Ocean Sixteen.

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El fallo del TPI que fue confirmado por el Tribunal de Apelaciones obedece a una demanda que el consejo de titulares radicó en contra de la aseguradora por el incumplimiento de las disposiciones de su póliza de seguros en relación con los daños causados por el huracán María.

Juan Terrassa, quien es CEO de One Alliance Insurance Corp, sostuvo que la reclamación del condominio Ocean Sixteen está marcada por el fraude y que la aseguradora no permitirá que se paguen reclamaciones fraudulentas.

«!Vamos en alzada!. El consejo de titulares del condominio Ocean Sixteen reclamó en un principio vicios de construcción a la póliza que tenía el contratista y cobraron de ese contratista. Entonces, cuando ocurre el huracán María, reclaman los mismos daños que reclamaron antes y que el contratista no pagó. Entonces el tribunal no ha recibido la prueba nuestra para poder validar el tema de fraude.¿Vamos a pagar un fraude sobre una reclamación que no tiene nada que ver con María? Vamos en alzada. No tenemos otra alternativa. Si una aseguradora paga una reclamación fraudulenta está coparticipando del fraude. Nosotros no podemos hacer eso», sostuvo Terrassa.

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En la demanda radicada el 18 de enero de 2019 el consejo de titulares del condominio Ocean Sixteen sostuvo que la póliza de seguro cubría daños provocados por vientos de tormentas y huracanes. La póliza se emitió el 6 de agosto de 2017 y vencía el 6 de agosto de 2018.

Alegan incumplimiento

De acuerdo con la sentencia del Tribunal Apelativo emitida el pasado 1 de abril de 2026, el consejo de titulares sometió su reclamación a One Alliance respaldada por informes periciales que estiman pérdidas sustanciales en el condominio. También alegó que la aseguradora incumplió su deber de ajustar y pagar la pérdida dentro del término de 90 días, según ordena el Código de Seguros.  

El consejo estableció que One Alliance incumplió el acuerdo contractual e incurrió en una práctica desleal en el ajuste de la reclamación por lo que exigió el pago de una indemnización por los daños sufridos junto con la imposición de costas, gastos y honorarios de abogado por temeridad.

One Alliance negó haber incumplido con las obligaciones contractuales que surgen de la póliza y rechazó haber incurrido en temeridad y en actuaciones negligentes y dilatorias en el ajuste de la reclamación de condominio Ocean Sixteen, según consta en su respuesta a la demanda radicada el 25 de marzo de 2019.

Intento de enriquecimiento

La aseguradora alegó que no llevó a cabo el ajuste de la reclamación debido a que no había recibido todos los documentos necesarios por parte del consejo de titulares. Según surge de la sentencia del Tribunal Apelativo, One Alliance sostuvo que hubo falta de mantenimiento del condominio antes del paso del huracán María y que el consejo de titulares intentaba enriquecerse injustamente de su reclamación. 

No obstante, la sentencia establece que en ningún momento One Alliance alegó la existencia de fraude, daños preexistentes o doble compensación.

La sentencia también resalta que el descubrimiento de prueba sufrió de múltiples interrupciones y dilaciones excesivas que retrasaron la resolución del caso. Y que a pesar de reiteradas intervenciones del TPI, One Alliance no entregó el informe de su perito oportunamente ni formuló una oferta transaccional formal, lo que provocó que el caso se extendiera hasta el 2023. 

Alegadamente, el TPI estableció nuevas fechas para las deposiciones, para el descubrimiento de prueba, la conferencia con antelación al juicio y para la celebración del juicio.

Tras concluir el descubrimiento de prueba, el 1 de junio de 2023, One Alliance notificó un requerimiento de admisiones que incluyó información que no había sido intercambiada y anunció dos testigos no revelados previamente. 

El 22 de junio de 2023 el TPI dispuso que el requerimiento de la aseguradora  se tendría por no puesto.

Al solicitar reconsideración, según señala la sentencia, One Alliance alegó por primera vez que el propósito del requerimiento de admisiones era corroborar que el consejo de titulares había cometido fraude en las reclamaciones presentadas. El TPI declaró sin lugar la solicitud de reconsideración el 23 de junio de 2023.

Nueva teoría de fraude

En la conferencia con antelación al juicio, celebrada el 21 de julio de 2023, el consejo de titulares argumentó que en el borrador del Informe de conferencia se anunciaron nuevos testigos y se esbozó una nueva teoría de fraude por parte de One Alliance, con la intención de anular la póliza.

One Alliance alegó que dichos asuntos se habían discutido anteriormente y que los testigos se limitarían a autenticar documentos. Con el fin de evitar que el proceso se dilatara por más tiempo, el consejo de titulares decidió no objetar la nueva teoría ni los testigos con la condición de que se le permitiera presentar prueba adicional para refutarlos. El TPI acogió la propuesta y le concedió hasta el 25 de agosto de 2023 para presentar la prueba de refutación.

Luego de la conferencia con antelación al juicio, el 29 de agosto de 2023, One Alliance anuló y rescindió el contrato de seguro de condominio Ocean Sixteen con el argumento de que el consejo de titulares había reclamado el pago de daños que no fueron provocados por los vientos del huracán María.

La aseguradora exigió al consejo de titulares la devolución de $194,416.00, que correspondían a la diferencia entre el adelanto de $350,000.00 y la prima de $155,584.00.

Además, reclamó el pago de $75,000.00 por gastos incurridos en ajustadores, peritos y honorarios de abogados.

Atrasos y más atrasos

Luego, One Alliance anunció un nuevo perito, el cual nunca presentó un informe pericial. Cuando dicha omisión fue cuestionada, la aseguradora informó que no utilizaría al perito, a pesar de que su designación había provocado la dilación de los procedimientos y la posposición del juicio.

En el informe de la conferencia con antelación a juicio sometido por las partes el 9 de mayo de 2024, One Alliance anunció 31 documentos como parte de su prueba documental.

En la segunda conferencia con antelación a juicio, celebrada el 9 de julio de 2024, One Alliance no presentó 24 documentos de los 31 que había anunciado con anterioridad, la cual era parte esencial de su evidencia. La aseguradora no ofreció explicación alguna para este incumplimiento.

El 16 de junio de 2025, el TPI emitió una sentencia enmendada Nunc Pro Tunc en la cual ordenó a One Alliance a pagar al consejo de titulares $2,951,820.23 millones. 

Seis errores

Además, el TPI le impuso a la aseguradora lo obligación de pagar $15,000 por haber incurrido en una conducta litigiosa temeraria, que causó que el consejo de titulares consumiera innecesariamente recursos y esfuerzo para litigar el caso durante siete años desde el paso del huracán María y por ocupar injustificadamente el calendario judicial a los fines de evadir su responsabilidad contractual.

El 16 de julio de 2025, One Alliance acudió al Tribunal Apelativo señalando que el TPI había cometido seis errores. 

Estos incluyen no decretar que el demandante cometió fraude en su reclamación, al encontrar temerario al demandado , no considerar la existencia de daños preexistentes en el inmueble, al emitir sentencia por la suma de $2.9 millones sin tener prueba suficiente, al considerar las mejoras como partidas cubiertas en la póliza, al aplicar la presunción dispuesta en la Regla 304 (5) de evidencia en contra de la parte demandada.

Finalmente el Tribunal Apelativo consideró y discutió a fondo los seis errores y determinó que no procedían.

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