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Pantoja advierte Reforma Contributiva se afectará con eliminación de tributo de 1% a las primas de seguro 

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Por Miguel Díaz Román 

En una ponencia escrita que presentó ante la Comisión de Banca y Seguros de la Cámara de Representantes, el secretario de Hacienda, Ángel Pantoja, no alentó esperanzas sobre la aprobación de una medida que propone la eliminación gradual  de la contribución de 1 % que le aplica a las primas que obtienen las aseguradoras por la venta de pólizas de seguros.

A través del uso de un lenguaje directo, sin adornos o desvíos argumentativos, el secretario de Hacienda solicitó un margen de tiempo suficiente para completar los trabajos relacionados con la reforma contributiva que prepara la administración de la gobernadora Jenniffer González Colón.  antes de tomar una determinación en relación con varias medidas «que aunque loables», pueden trastocar los trabajos para lograr una reforma contributiva integral».

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De hecho, el funcionario señaló que la contribución de 1 % generó $41 millones el pasado año 2024 y advirtió que «cualquier medida que trastoque los ingresos del Fondo General tiene el potencial de afectar la estructura contributiva que se está diseñando, la que ciertamente será en beneficio de todos nuestros ciudadanos»

Incluso, Pantoja dijo que ha conversado sobre el impacto de la medida con la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS).

La argumentación de Pantoja alude directamente al Proyecto de la Cámara 590,radicado por el presidente del cuerpo, el representante Carlos Johnny Méndez.

La medida propone reducir el tributo de 1% que se aplica a las primas de seguros al 0.5% para los años 2025 a 2027, lo que reduciría la recaudación en $20.5 millones. 

Además propone eliminar el tributo para el año 2027,lo que implica que el fisco dejaría de ingresar $41 millones.

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El secretario recordó que la gobernadora creó un comité para evaluar las tasas contributivas existentes y crear un sistema contributivo más equitativo. Sostuvo que el comité someterá recomendaciones que reducen la carga a los contribuyentes.

La Comisión cameral, que preside el representante Jorge Navarro Suarez, celebró una vista pública del pasado martes a la asistió la designada Comisionada de Seguros, la licenciada Suzette Del Valle Lecároz, la licenciada Irealia Pernas, directora ejecutiva  de la Asociación de Compañías de Seguros (ACODESE) y el licenciado Luis Rivera Cruz, director de Asuntos Intergubernamentales y Asesor Senior de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF).

En su ponencia el secretario de Hacienda hizo un recuento detallado en cuatro párrafos de la obligación que la Constitución le impone a la agencia fiscal, junto con leyes y determinaciones administrativas que definen aún más la función del Departamento de Hacienda (DH) como recaudador de ingresos para el Fondo General y como fiscalizador de acciones y medidas legislativas que pudieran afectar esa función.

Obligación constitucional de cobrar

Pantoja sostuvo que la Constitución delegó en el DH «la responsabilidad de administrar las leyes tributarias y la política fiscal de la isla, de una manera eficiente para así maximizar los recaudos del erario. Por lo tanto, el Departamento funge como el principal recaudador y custodio de los fondos públicos».

El funcionario le recordó a la Comisión cameral que el DH «es el administrador del Código de Rentas Internas, de la ley de Contabilidad de Gobierno de Puerto Rico y por disposición administrativa el secretario de Hacienda funge como Principal Oficial Financiero del Gobierno». 

Luego, en un revelador cuarto párrafo, Pantoja señaló que «cónsono con nuestro propósito y pericia, el departamento tiene la responsabilidad de asesorar la Rama Legislativa sobre aquellas medidas que tengan un impacto sobre el Fondo General, específicamente, aquellas que pudieran afectar de algún modo los recaudos e ingresos. Como tesorero del gobierno de Puerto Rico, somos parte del componente económico gubernamental que coordina los asuntos presupuestarios y el cumplimiento del Plan Fiscal».

Más adelante y sin señalar el contenido del PC 590, Pantoja citó la sección 15 del presupuesto vigente certificado por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF), la cual establece que cualquier medida que modifique los fondos asignados en el presupuesto requiere identificar una fuente de ingresos que sustituya tales ingresos. Además, la JSF debe certificar que esta medida está en cumplimiento con el Plan Fiscal. 

Otro señalamiento de Pantoja que coloca en aprietos al PC 590 que es que la sección 32.41 del Plan Fiscal Certificado establece como condición inescapable «el principio de neutralidad fiscal que debe regir en toda legislación de índole contributiva donde hay un impacto al erario».

Medida no identifica recaudos sustitutos

El PC 590 no contiene recomendaciones ni identifica una fuente de ingresos que sustituya los recaudos que dejaría de recibir el Fondo General con la eliminación gradual del tributo del 1%, lo que ya coloca a la medida en incumpimiento con la sección la sección 15 del presupuesto vigente certificado y con la sección 32.41 del Plan Fiscal Certificado.

De hecho, ni la Asociación de Compañías de Seguros (ACODESE), que presentó una sustanciosa ponencia de ocho páginas en la que se analizan los efectos adversos del tributo de 1% en las operaciones de las aseguradoras, ni la OCS atendieron los requerimientos de la JSF para garantizar que aquella medida que modifique los fondos asignados en el presupuesto debe identificar una fuente sustituta de recaudos, logrando un efecto neutral. 

La OCS dedicó unas breves oraciones al final de su ponencia en la que reconoce que «el proyecto no dispone para la sustitución de estos ingresos luego del 31 de diciembre de 2027». También señaló que le concede «deferencia» a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y a la AAFAF para identificar aquellas fuentes de recaudos que sustituyan los ingresos que generará el tributo de 1% para el año 2027. 

Ante ese requisito impostergable Rivera Cruz recomendó una evaluación por parte de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa.

En la vista pública la Comisionada Del Valle Lecároz sostuvo que el tributo de 1% es una contribución que se aplica de manera uniforme y no toma en cuenta las diferencias entre líneas de negocio de seguros, por lo que el efecto del pago de ésta no es heterogéneo entre los segmentos de negocios de seguros de Propiedad & Contingencia, y Vida y Salud. 

Estos segmentos de negocios poseen perfiles de riesgo, necesidades de capital, modelos de riesgo y mecanismos de cálculo de prima específicos que no toma en cuenta la Contribución Especial.

Remanente de Patente Nacional

La contribución del 1% es el remanente de la extinta patente nacional que se impuso en 2013. Aunque posteriormente la patente nacional fue eliminada, la legislatura mantuvo el tributo en la industria de seguros.

Sobre esta realidad la licenciada Pernas sostuvo que dicha contribución no tiene razón de ser en la actualidad. » Se trata de una imposición injusta y discriminatoria, que coloca en desventaja al sector de seguros frente a las otras industrias que no pagan esta contribución. La situación de los aseguradores es particularmente onerosa porque, a diferencia de otros sectores económicos, la contribución del 1% sobre las primas no puede ser transferida al consumidor final».

La directora ejecutiva de Acodese sostuvo que las tarifas y condiciones de las pólizas están estrictamente reguladas y sujetas a aprobación de la OCS, lo cual limita la capacidad de los aseguradores de ajustar precios para absorber costos adicionales. 

Tributo es un gasto

«En la práctica, esto significa que el impuesto se convierte en un gasto directo que reduce los márgenes de operación de los aseguradores. Con esto, se coloca a la industria de seguros en desventaja pues, mientras otros sectores productivos pueden aliviar el impacto de nuevas cargas contributivas a través de ajustes de precios, los aseguradores se ven obligados a absorber el impuesto dentro de sus costos operacionales. En un país que enfrenta riesgos recurrentes como huracanes, terremotos y una población primordialmente envejeciente con creciente necesidad de seguros de salud y vida, mantener esa carga que debilita al sector asegurador representa un riesgo sistémico. En síntesis, la contribución en sí, más la imposibilidad de trasladar este impuesto al consumidor, constituye un trato inequitativo frente a otros sectores «.dijo Pernas.

Enmienda para confirmar cumplimento

En la vista el representante Navarro Suárez presentó una enmienda dirigida a garantizar la eliminación del tributo por medio de comprobar que las aseguradoras pueden cumplir con criterios objetivos de desempeño. Entre los criterios para comprobar desempeño el legislador mencionó el cumplimento con el pago puntual de las reclamaciones, la merma en litigios y la satisfacción del asegurado. Sostuvo que el cumplimiento sería una tarea de la OCS.

Del Valle Lecároz, afirmó que “en la medida que estén buscando enmendar el proyecto para crear un balance, entre apoyar y dar un beneficio a las aseguradoras, pero a la misma vez al consumidor, lo veo loable, lo único que habría que ver cómo se puede medir esa efectividad y tendría que hacerse un reglamento para poder medir el cumplimiento de los componentes de esta industria”.

Pernas no estableció una posición en relación a la enmienda propuesta por Navarro Suarez debido a que dicha responsabilidad recae en la matrícula de ACODESE.

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